{"id":1133602,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"CASTILLA Y LEÓN","nivel3":"CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSFORMACIÓN DIGITAL E INTELIGENCIA ARTIFICIAL"},"sedeElectronica":" https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100Detalle/1251181050732/Ayuda012/1285684640457/Propuesta","codigoBDNS":"932041","fechaRecepcion":"2026-09-28","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":4000000,"mrr":false,"descripcion":"Orden de 28/09/2026 de la Consejería de Movilidad, Transformación Digital e Inteligencia Artificial por la que se convocan subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B a las personas jóvenes de Castilla y León.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio","codigo":"98"}],"regiones":[{"descripcion":"ES41 - CASTILLA Y LEON"}],"descripcionFinalidad":"Subvenciones al transporte","descripcionBasesReguladoras":"ORDEN MTD/830/2026, de 27 de agosto, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B a las personas jóvenes de Castilla y León.","urlBasesReguladoras":"https://bocyl.jcyl.es/boletines/2026/08/28/pdf/BOCYL-D-28082026-167-6.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-10-01","fechaFinSolicitud":"2027-01-15","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1528255,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"ORDEN CONVOCATORIA PERMISO CONDUCCIÓN B frimada.pdf","long":365786,"datMod":"2026-09-28","datPublicacion":"2026-09-28"},{"id":1528234,"descripcion":"Anexo I. 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Objeto y Finalidad.</p><p>Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B, a las personas jóvenes de Castilla y León.</p><p>La finalidad de estas subvenciones es fomentar la movilidad de las personas jóvenes contribuyendo, de esta manera, a la mejora de su empleabilidad y acceso a oportunidades laborales. Igualmente, se pretende facilitar el acceso a otros bienes y servicios como la educación, el ocio o la sanidad, reduciendo el aislamiento y fijando población en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León.</p><p>Segundo. Beneficiarias.</p><p>Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas físicas que cumplan los siguientes requisitos:</p><p>a) Tener una edad mínima de 18 años y, como máximo, cumplir 30 años dentro del presente año.</p><p>b) Residir y estar empadronadas en cualquier municipio del territorio de la Comunidad de Castilla y León con al menos cinco años de antelación al momento de la obtención del permiso de conducción.</p><p>c) Obtener el permiso de conducción de la clase B dentro del periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2026 y el 31 de diciembre de 2026; habiendo realizado la formación, íntegramente, en una o más autoescuelas homologadas con sección abierta en Castilla y León.</p><p>Las personas que resulten beneficiarias de estas subvenciones deberán mantener su empadronamiento en cualquier municipio del territorio de la Comunidad de Castilla y León durante al menos tres años, ininterrumpidamente, después de la fecha de la presentación de la solicitud de la subvención</p><p>Tercero. Bases Reguladoras.</p><p>Las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para facilitar la obtención del permiso de conducción de la clase B a las personas jóvenes de Castilla y León se aprueban por la Orden MTD/830/2026, de 27 de agosto, publicada en el B.O.C. y L. n.º 167 de 28 de agosto de 2026.</p><p>Cuarto. Dotación Presupuestaria y Cuantía.</p><p>El importe total de la convocatoria asciende a cuatro millones de euros (4.000.000€).</p><p>De acuerdo con la normativa reguladora de estas subvenciones, cuando sea preciso reforzar las actuaciones inicialmente previstas y con el fin de atender un mayor número de solicitudes de subvención, se podrá añadir una cuantía adicional máxima del 100% a la financiación descrita, cuya aplicación a la concesión de subvenciones no requerirá de nueva convocatoria siempre que se produzca antes de la resolución de aquella.</p><p>A la distribución de la cuantía total máxima del crédito asignado a esta convocatoria entre los diferentes créditos presupuestarios se le otorga expresamente un carácter estimativo por lo que la alteración de dicha distribución no precisará de nueva convocatoria.</p><p>La cuantía máxima de la subvención a conceder será de 900,00 euros, sin que, en ningún caso, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, subvenciones, ingresos o recursos pueda superar el coste total de la actuación subvencionada.</p><p>La cuantía individualizada de la subvención se determinará en función del coste de la actuación subvencionada y debidamente justificada, sin exceder el límite del importe solicitado, y en virtud de los siguientes tramos:</p><p>a) Renta de la unidad de convivencia menor a 1,5 veces IPREM: hasta 900 €.</p><p>b) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 1,5 veces y menor a 2,5 veces el IPREM: hasta 750 €.</p><p>c) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 2,5 veces y menor a 3,5 veces el IPREM: hasta 600 €.</p><p>d) Renta de la unidad de convivencia igual o mayor a 3,5 veces el IPREM: hasta 450 €.</p><p>A estos efectos, se tendrá en cuenta el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) anual a 14 pagas publicado para el año 2026.</p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>El plazo para la presentación de solitudes será desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 15 de enero de 2027.</p>","textoLeng":null,"url":"https://bocyl.jcyl.es/boletines/2026/09/30/pdf/BOCYL-D-30092026-190-17.pdf","cve":"BOCYL-D-30092026-190-17","desDiarioOficial":"BOCYL. B.O. DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN","datPublicacion":"2026-09-30"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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