{"id":1130424,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"MALPICA DE BERGANTIÑOS","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE MALPICA DE BERGANTIÑOS"},"sedeElectronica":"https:// sede.malpicadebergantinos.es/gl/index.html","codigoBDNS":"928863","fechaRecepcion":"2026-09-10","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":20000,"mrr":false,"descripcion":"AYUDAS A LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA EN EL AÑO 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales","codigo":"91"}],"regiones":[{"descripcion":"ES111 - A Coruña"}],"descripcionFinalidad":"Cultura","descripcionBasesReguladoras":"CONVOCATORIA DE AYUDAS A LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA El FOMENTO DE LA CULTURA EN El AÑO 2026","urlBasesReguladoras":"https://traductor.dacoruna.gal/fron-trad/urlTranslate.php?direccion3=gl-es&inurl=https://bop.dacoruna.gal/bopportal/publicado/2026/09/08/2026_0000005797.html","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Desde el día siguiente a la publicación de este extracto","textFin":"Transcurridos 20 días naturales, contados desde el día siguiente al de publicación de este extracto","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1520093,"descripcion":"Documento de la convocatoria en lengua cooficial","nombreFic":"Resolución convocatoria (gal).pdf","long":167898,"datMod":"2026-09-10","datPublicacion":"2026-09-10"},{"id":1520092,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Resolución convocatoria (cast).pdf","long":92509,"datMod":"2026-09-10","datPublicacion":"2026-09-10"}],"anuncios":[{"numAnuncio":220677,"titulo":"EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS A LAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO PARA EL FOMENTO DE LA CULTURA EN EL AÑO 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios.</p><p>Podrán optar a solicitar ayudas, en el marco de los programas contemplados en la presente convocatoria, las entidades culturales y educativas legalmente constituidas que cumplan los siguientes requisitos:</p><p> </p><p>Carecer de fines de lucro.</p><p>Desarrollar sus actividades en el ámbito territorial del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.</p><p>Estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o en su defecto tener solicitada su inscripción en el mismo.</p><p> </p><p>Segundo. Objecto</p><p>En el Programa de Promoción Cultural se subvencionarán actividades culturales que se realicen en el ámbito geográfico del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños, así como los gastos de funcionamiento de las entidades que las realicen, siempre que tengan una vinculación directa con estas. Las entidades solicitantes deberán disponer de sede en el Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.</p><p> </p><p>Con carácter general, non podrán ser objecto de ayuda, en la presente convocatoria, las actividades subvencionadas, en el mismo ejercicio, a través de otras ayudas del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.</p><p> </p><p>A los efectos de esta convocatoria se entenderán como actividades de promoción cultural, las acciones, proyectos y programas, en los que los fines principales sean:</p><p> </p><p>La formación y promoción en el campo de las actividades escénicas (música, danza, teatro y magia).</p><p>La formación y promoción en los ámbitos de la literatura, la fotografía, el cine, las creaciones audiovisuales, la pintura, la escultura y demás artes plásticas.</p><p>La formación y promoción de las artesanías tradicionales, especialmente las que tengan vinculación con el Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños y la “Costa da Morte”.</p><p>La promoción, Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños y la “Costa da Morte”.</p><p>La promoción, divulgación y puesta en valor del patrimonio material e inmaterial del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños y la “Costa da Morte”.</p><p>Las actividades de educación no formal e informal complementarias de la actividad de los centros de enseñanza del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños y organizadas por entidades de la comunidad educativa.</p><p>La promoción de la lengua gallega.</p><p>La promoción, difusión y puesta en valor de las tradiciones específicas del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños y la “Costa da Morte”.</p><p>La promoción, difusión y puesta en valor de las tradiciones específicas de Galicia arraigadas en el ámbito local y/o en la “Costa da Morte”.</p><p>El mantenimiento de los gastos de funcionamiento de las entidades que impulsen programas, proyectos o actividades derivadas de los fines anteriores.</p><p> </p><p>A los efectos de el Programa de Promoción Cultural se entenderán excluidas las acciones, proyectos y programas:</p><p>En los que la finalidad principal y/o vehicular no se correspondan con los descritos en el apartado anterior.</p><p>De promoción de las fiestas patronales y festejos, que en su caso, podrán disponer de líneas específicas de ayudas.</p><p>Las “foliadas”, por tener un tratamiento específico en el apartado 1.2.2. de las presentes bases.</p><p> </p><p>En el Programa de Promoción de las “Foliadas”, podrán ser objecto de ayuda las “foliadas” que se celebren en el ámbito geográfico del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.</p><p>  </p><p>Tercero. Bases reguladoras</p><p>Las bases específicas reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la convocatoria aprobada en fecha 01/09/2026 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de A Coruña nº 171 de fecha 08/09/2026.</p><p> </p><p>Cuarto. Cuantía de la ayuda.</p><p>El importe global para las presentes subvenciones será de 20.000 € con cargo a la partida 334.48000 del presupuesto del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños para el año 2026 actualmente en vigor. De ese importe 17.000 € se destinarán a promoción cultural y 3.000 € a promoción de las \"foliadas\".</p><p> </p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>1. Las solicitudes se presentarán a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños (https://sede.malpicadebergantinos.es/gl/index.html).</p><p> </p><p>2. El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial da Provincia.</p><p> </p><p>Sexto. Otros datos.</p><p>Se adjuntará la siguiente documentación:</p><p>1.- Formulario de Solicitud Normalizado, que incluirá:</p><p> </p><p>Datos identificativos y domicilio electrónico de la entidad solicitante y su representante.</p><p>Actividade/s para las que se solicita ayuda.</p><p>Importe de la ayuda solicitada.</p><p>Memoria explicativa de la/s actividade/s para las que se solicita ayuda. Esta hará mención a las personas beneficiadas directa o indirectamente por la ayuda, objetivos, descripción, lugar y calendario de realización de la misma.</p><p>Detalle del presupuesto estimativo de gastos e ingresos de la/s</p><p>Certificación acreditativa del acuerdo de solicitud y del nombramiento de la/el representante para sus relaciones con el Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños.</p><p>Declaración de la/el representante del conocimiento y aceptación de las bases de la convocatoria, de que son ciertos los datos que figuran en la solicitud, de no tener concedidas otras subvenciones para las actividades para las que solicita ayuda, o si las tuviese de las cantidades y entidades que las conceden, de no estar incursa/o en causas de incompatibilidad o incapacidad para contratar y percibir subvenciones de la Administración Pública, de autorización, o no, para comprobar si está al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y frente al Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños, de no tener ayudas pendientes de justificación y de comprometerse a aportar los datos que se le puedan solicitar a los efectos de las comprobaciones previstas en la legislación vigente.</p><p> </p><p>2.- Documentación identificativa, que incluirá:</p><p>Copia de la tarjeta del CIF de la entidad.</p><p>Copia de los estatutos de la entidad.</p><p>Acreditación de la inscripción de la junta directiva actual en el Registro de Asociaciones de Galicia, o en su defecto, certificación de la composición actual de la junta directiva.</p><p>Copia de la tarjeta del NIF del representante.</p><p>Certificación de los datos bancarios de la entidad, actualizada.</p><p> </p><p>3.- Memorias, que incluirá:</p><p>Memoria explicativa de las actividades que tiene realizado o programado realizar en el año 2026.</p><p>Presupuesto del año 2026.</p><p> </p><p>4.- Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con las administraciones públicas, que incluirán:</p><p>Certificado en vigor acreditativo de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la AEAT, frente a la Seguridad Social, frente a la Xunta de Galicia y frente al Ayuntamiento de Malpica de Bergantiños, salvo que se autorizase expresamente para solicitarlos o expedirlos de oficio, según el caso.</p><p> </p><p>5.- Otras autorizaciones y/o acreditaciones, que en su caso puede incluir:</p><p>Solicitud de autorización, si procede, en el caso de que la entidad solicitante concierte la ejecución, total o parcial, del objecto de la subvención con personas vinculadas a esta (art. 29.7.d) de la Ley 38/2003, del 17 de noviembre, general de subvenciones y art. 68 del Real Decreto 887/2006, del 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley general de subvenciones).</p><p>De ser el caso, acreditación de disponer de un local social abierto al público.</p><p> </p><p>El defecto, error o ausencia en la presentación de la documentación a la que se refiere esta base, deberá ser emendado en el plazo de 10 días desde la recepción del requerimiento.</p><p> </p><p>La documentación se entregará en 5 archivos diferentes, en formato PDF, que llevarán por nombre y contenidos los que a continuación se detallan:</p><p>“01 Formulario de Solicitude”, seguido del nombre de la entidad. Incluirá la documentación que se recoge en el apartado 1.</p><p>“02 Documentación Identificativa”, seguido del nombre de la entidad. Incluirá la documentación que se recoge en el apartado 2.</p><p>“03 Memorias”, seguido del nombre de la entidad. Incluirá la documentación que se recoge en el apartado 3.</p><p>“04 Certificados de estar ao corrente nas obrigas coas AA PP”, seguido del nombre de la entidad. Incluirá la documentación que se recoge en el apartado 4.</p><p>“05 Outras autorizacións e/ou acreditacións”, seguido del nombre de la entidad. Podrá incluir, según el caso, la documentación que se recoge en el apartado 5.</p>","textoLeng":null,"url":"https://bop.dacoruna.gal/bopportal/descargarPdf.do?fecha=20260916&numRegistro=2026/0000005945.pdf","cve":"2026/5945","desDiarioOficial":"B.O.P. DE A CORUÑA","datPublicacion":"2026-09-16"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}