{"id":1128588,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"EXTREMADURA","nivel3":"SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE)"},"sedeElectronica":"https://sexpeemplea.juntaex.es/ayudas_becas_y_ayudas","codigoBDNS":"927027","fechaRecepcion":"2026-08-31","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concesión directa - canónica","presupuestoTotal":500000,"mrr":false,"descripcion":"Convocatoria 2026 becas y ayudas a alumnos en acciones formativas no conducentes a certificados profesionales dirigidas a personas desempleadas, según Resolución de 29 de julio de 2026 que las convoca.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Otra educación","codigo":"85.5"}],"regiones":[{"descripcion":"ES43 - EXTREMADURA"}],"descripcionFinalidad":"Desempleo","descripcionBasesReguladoras":"Orden de 27 de marzo de 2023 que regula la programación, gestión y control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación, en Extremad","urlBasesReguladoras":"http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2023/620o/23050074.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria y extracto en el DOE","textFin":"Un año desde día siguiente publicación resolución de convocatoria y extracto en el DOE","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1514597,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Resolución 29 julio 2026 aprueba convocatoria 2026 becas y ayudas desempleados.PDF","long":1058682,"datMod":"2026-08-31","datPublicacion":"2026-08-31"}],"anuncios":[{"numAnuncio":219994,"titulo":"Extracto Resolución de 29 de julio de 2026 del SG SEXPE que aprueba convocatoria 2026 de becas y ayudas alumnos de acciones formativas no conducentes a certificados profesionales dirigidas a personas desempleadas","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la</p><p>Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el</p><p>extracto de la resolución arriba referenciada, cuyo texto completo puede</p><p>consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones</p><p>((http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente Diario Oficial de</p><p>Extremadura.</p><p></p><p>Primero. Objeto.\t</p><p></p><p>Convocatoria de 2026 de becas y de ayudas a que tengan derecho las</p><p>personas trabajadoras desempleadas que participen en las acciones</p><p>formativas no conducentes a certificados profesionales y, en su caso,</p><p>prácticas profesionales no laborales vinculadas a las mismas, incluidas</p><p>en la oferta formativa del Servicio Extremeño Público de Empleo dirigida</p><p>a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad</p><p>Autónoma de Extremadura.</p><p></p><p>Segundo. Personas beneficiarias.</p><p></p><p>1. Podrán ser beneficiarias de las becas y/o ayudas financiadas con</p><p>cargo a la convocatoria las personas trabajadoras desempleadas, que</p><p>participen en las acciones formativas no conducentes a certificados</p><p>profesionales y, en su caso, prácticas profesionales no laborales</p><p>asociadas a las mismas, incluidas en el ámbito de aplicación de la</p><p>convocatoria, que reúnan los requisitos específicos para acceder a las</p><p>becas y/o a cada una de las modalidades de ayudas previstos en los</p><p>artículos 83, 84 y 85 de la Orden de 27 de marzo de 2023.</p><p></p><p>A efectos de lo anterior, se considerarán como personas trabajadoras</p><p>desempleadas a aquellas que se encuentren inscritas como tales en el</p><p>Servicio Extremeño Público de Empleo, incluyendo las personas</p><p>trabajadoras agrarias. No será precisa la inscripción como demandante de</p><p>empleo cuando una norma específica así lo prevea, y en particular en el</p><p>supuesto de jóvenes inscritos en el Fichero del Sistema Nacional de</p><p>Garantía Juvenil, de acuerdo con lo previsto en la Ley 18/2014, de 15 de</p><p>octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la</p><p>competitividad y la eficiencia.</p><p></p><p>La consideración como persona trabajadora desempleada o no desempleada</p><p>vendrá determinada por la situación laboral en que se halle la persona</p><p>solicitante el día de inicio de la acción formativa o de las prácticas</p><p>profesionales no laborales o, en su caso, el día de su incorporación, si</p><p>esta es posterior al inicio de la acción formativa.</p><p></p><p>2. Una vez iniciada la acción formativa o las prácticas profesionales no</p><p>laborales o, en su caso, producida la incorporación de la persona</p><p>participante, se interrumpirá la percepción de la beca y/o ayuda durante</p><p>el tiempo en que el/la alumno/a no mantenga la condición de persona</p><p>desempleada.</p><p></p><p>Tercero. Bases reguladoras</p><p></p><p>Las bases reguladoras de la convocatoria son las contenidas en la Orden</p><p>de 27 de marzo de 2023, por la que se regula la programación, gestión y</p><p>control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida a</p><p>personas trabajadoras desempleadas y se establecen las bases reguladoras</p><p>de las subvenciones destinadas a su financiación, en el ámbito de la</p><p>Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE nº 62, de 30 de marzo).</p><p></p><p>Cuarto. Cuantía total convocatoria.</p><p></p><p>1. La cuantía total prevista inicialmente para el periodo de vigencia de</p><p>la presente convocatoria asciende a 500.000,00 euros, con cargo a los</p><p>créditos autorizados en la aplicación presupuestaria 140130000</p><p>G/242B/48000 TE24001002, en el proyecto 20020502 “Becas y Ayudas a</p><p>alumnos correspondientes a acciones formativas”, con fuente de</p><p>financiación de Transferencias del Estado, con el siguiente desglose por</p><p>anualidades:</p><p></p><p>Anualidad 2026: 350.000,00 €</p><p>Anualidad 2027: 150.000,00 €</p><p></p><p>2. Dicha cuantía podrá aumentarse en función de las disponibilidades</p><p>presupuestarias, en los términos previstos en el artículo 39.4 de la Ley</p><p>6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de</p><p>Extremadura, con la publicación del correspondiente anuncio en el Diario</p><p>Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es) y en el Portal de</p><p>subvenciones de la Comunidad Autónoma</p><p>(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/index), así como en el</p><p>Portal de Transparencia de la Junta de Extremadura</p><p>(http://gobiernoabierto.juntaex.es), conforme lo establecido en el</p><p>artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de</p><p>Extremadura.</p><p></p><p>Quinto. Cuantía individualizada de las becas y ayudas.</p><p></p><p>Las becas y ayudas tendrán la cuantía máxima señalada en el Anexo I de</p><p>la resolución de convocatoria.</p><p></p><p>Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p></p><p>El plazo para presentar las solicitudes de becas y ayudas será de quince</p><p>días hábiles a contar desde el día siguiente al de la finalización de la</p><p>acción formativa y/o de las prácticas profesionales no laborales. En el</p><p>caso de abandono del curso y/o prácticas profesionales no laborales por</p><p>enfermedad o colocación laboral, la solicitud deberá presentarse en el</p><p>plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la</p><p>fecha de efectividad de dicho abandono.</p><p></p><p>Séptimo. Otros datos.</p><p></p><p>Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran</p><p>publicados en el Diario Oficial de Extremadura, en la Orden de 27 de</p><p>marzo de 2023 (DOE nº 62, de 30 de marzo), en la resolución de</p><p>convocatoria, disponibles en el punto de acceso general electrónico de</p><p>los servicios y trámites https://www.juntaex.es, así como en la página</p><p>web https://sexpeemplea.juntaex.es/ e, igualmente, se podrá acceder a</p><p>ellos a través de Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.</p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1710o/26062245.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"DOE. D.O. DE EXTREMADURA","datPublicacion":"2026-09-03"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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