{"id":1128060,"organo":{"nivel1":"ESTADO","nivel2":"MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN","nivel3":"SECRETARÍA GENERAL DE PESCA"},"sedeElectronica":"https://sede.mapa.gob.es/portal/site/seMAPA/ficha-procedimiento?procedure_suborg_responsable=27&procedure_etiqueta_pdu=null&procedure_id=1079&by=theme","codigoBDNS":"926499","fechaRecepcion":"2026-08-26","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":200000,"mrr":false,"descripcion":"ORDEN DEL MINISTRO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN POR LA QUE SE CONVOCAN EN 2026 AYUDAS A LAS ORGANIZACIONES PROFESIONALES DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA PARA SU CONSOLIDACIÓN, COFINANCIADAS POR EL FEMPA","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Pesca y acuicultura","codigo":"03"}],"regiones":[{"descripcion":"ES - ESPAÑA "}],"descripcionFinalidad":"Agricultura, Pesca y Alimentación","descripcionBasesReguladoras":"Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca","urlBasesReguladoras":"https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2017-12663","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Desde el día siguiente a la publicación de la Orden","textFin":"10 días hábiles desde el día siguiente a la publicación de la Orden","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1513154,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Orden convocatoria consolidación 2026_DEFINITIVO.pdf.xsig.pdf","long":268258,"datMod":"2026-08-26","datPublicacion":"2026-08-26"},{"id":1513158,"descripcion":"Modelo anexo B","nombreFic":"modelo Anexo B.pdf","long":299628,"datMod":"2026-08-26","datPublicacion":"2026-08-26"},{"id":1513157,"descripcion":"Modelo anexo A","nombreFic":"modelo Anexo A editable.pdf","long":403682,"datMod":"2026-08-26","datPublicacion":"2026-08-26"}],"anuncios":[{"numAnuncio":219767,"titulo":"Extracto de la Orden de 12 de agosto de 2026 por la que se convoca para el año 2026 la concesión de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de los productos de la pesca y de la acuicultura para su consolidación, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura (FEMPA), gestionadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios.</p><p> </p><p>Podrán ser beneficiarios de las ayudas indicadas las organizaciones profesionales de los sectores de la pesca y de la acuicultura de ámbito nacional o transnacional, en su caso, que están indicadas en el artículo 4 de la Orden de convocatoria, que cumplan con lo establecido en la normativa nacional y de la Unión Europea concordante y, en particular, con lo dispuesto en los artículos 3 y 34 del Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, así como con los requisitos específicos establecidos en el capítulo IV para la línea de ayudas a la consolidación.</p><p> </p><p> </p><p>Segundo. Objeto y régimen de concesión.</p><p> </p><p>Se convoca en régimen de concurrencia competitiva la concesión de ayudas a la consolidación para el año 2026 para las organizaciones profesionales del sector pesquero de ámbito nacional y transnacional.</p><p> </p><p>Tercero. Bases reguladoras</p><p> </p><p>Las bases reguladoras de estas ayudas a la consolidación quedan establecidas en el Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre (BOE número 268 de 04 de noviembre de 2017).</p><p> </p><p> </p><p>Cuarto. Cuantía</p><p> </p><p>La financiación de la ayuda a la consolidación, se efectuará con cargo al presupuesto del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación a través de la aplicación presupuestaria 21.11.415B.772, “Ayudas al desarrollo de la nueva OCM para la comercialización de los productos pesqueros” de los Presupuestos Generales del estado para 2026. La dotación máxima para atender a esta convocatoria se establece en 200.000 €.</p><p> </p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes</p><p> </p><p>La presentación de las solicitudes de ayudas a la consolidación, que será potestativa, se realizará mediante la cumplimentación del anexo A de la convocatoria. El plazo de presentación será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”.</p><p> </p><p>El artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre establece la obligación de las personas jurídicas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Las organizaciones profesionales, como personas jurídicas, deberán presentar las solicitudes a través del registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en los modelos que estarán accesibles en la sede electrónica: https://sede.mapa.gob.es/portal/site/seMAPA, o en cualquiera de los lugares previstos según el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p> </p><p> </p><p>Sexto. Criterio de adjudicación</p><p> </p><p>La distribución de los fondos disponibles se llevará a cabo de conformidad con los criterios de selección establecidos en el artículo 11 de la convocatoria.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"http://www.boe.es/diario_boe/verifica.php?acc=Verificar&c=BOE-B-2026-27921","cve":"BOE-B-2026-27921","desDiarioOficial":"BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO","datPublicacion":"2026-08-27"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. 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