{"id":1127419,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"BENICASIM/BENICÀSSIM","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE BENICASIM/BENICÀSSIM"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"925858","fechaRecepcion":"2026-08-21","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":600,"mrr":false,"descripcion":"SUBVENCIÓN POR CONCURRENCIA COMPETITIVA CONCURSO BENICÀSSIM BELLE ÉPOQUE 2026 - FOTOGRAFÍA.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de creación artística y artes escénicas","codigo":"90"}],"regiones":[{"descripcion":"ES522 - Castellón / Castelló"}],"descripcionFinalidad":"Comercio, Turismo y Pymes","descripcionBasesReguladoras":"SUBVENCIONES EN CONCURRENCIA PÚBLICA ANUALIDAD 2026.","urlBasesReguladoras":"https://belleepoque.benicassim.es/concursos/","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-09-04","fechaFinSolicitud":"2026-09-13","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1511679,"descripcion":"BASES CONCURSO MARATÓN FOTOGRÁFICO BENICÀSSIM BELLE ÉPOQUE 2026","nombreFic":"20260707_Otros_BASES CONCURSO MARATÓN FOTOGRÁFICO BENICÀSSIM BELLE ÉPOQUE 2026.pdf","long":424346,"datMod":"2026-08-21","datPublicacion":"2026-08-24"},{"id":1511676,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"20260724_Certificado_Certificado de acuerdos_Certificado de acuerdo.pdf","long":698830,"datMod":"2026-08-21","datPublicacion":"2026-08-24"}],"anuncios":[{"numAnuncio":219640,"titulo":"BASES DEL CONCURSO DE FOTOGRAFÍA BELLE ÉPOQUE 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>ANUNCIO</p><p>La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el día 24 de julio de 2026, acordó, entre otros, aprobar las bases reguladoras y la convocatoria del concurso que se indican:</p><p>“BASES DEL CONCURSO DE FOTOGRAFÍA BELLE ÉPOQUE 2026</p><p>PRIMERA. - Objeto</p><p>El objeto de las presentes Bases es la concesión de premios, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización del Concurso de Fotografía “Benicàssim Belle Époque 2026”, organizado por el Ayuntamiento de Benicàssim, a través de su Concejalía de Turismo, que se celebra con motivo de la recreación histórica “Benicàssim Belle Époque” en el entorno de Las Villas, con la finalidad de promover el arte y la cultura, así como fomentar el conocimiento y visita a este entorno, en cumplimiento del objetivo estratégico de la promoción turística de los recursos del municipio.</p><p>SEGUNDA. - Beneficiarios</p><p>Podrán participar en el concurso de fotografía las personas físicas mayores de 18 años, tanto profesionales como aficionados, previa inscripción en los términos de la base sexta.</p><p>No podrán tener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el apartado 2 del articulo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).</p><p>TERCERA .- Actividad a realizar. Temática, técnica, formato y materiales.</p><p>La actividad consistirá en la realización de imágenes fotográficas que transmitan la esencia y la singularidad de las Villas de Benicàssim y estarán relacionadas con la recreación histórica de “Benicàssim Belle Époque” 2026, en el entorno del Paseo Pilar Coloma y/o la temática de esta edición XV Aniversario de Benicàssim Belle Époque.</p><p>Los materiales necesarios para la ejecución de la obra fotográfica deberán ser aportados por los participantes.</p><p>La técnica podrá ser en color o en blanco y negro.</p><p>Las fotografías deberán tener formato de archivo jpg/jpeg a alta resolución (mínimo 10 Megpíxeles), con una limitación de 10 Megabites.</p><p>Todas las fotografías han de ser originales e inéditas, no admitiéndose las que no se hayan realizado en el transcurso del evento “Benicàssim Belle Époque” 2026, hayan participado en otros concursos o hayan sido ya publicadas.</p><p>No se aceptarán fotografías que no sean propiedad del autor ni aquellas que se sean fotomontajes, o hayan sido manipuladas con inteligencia artificial.</p><p>Podrá presentarse un máximo de tres (3) fotografías por participante. En el caso de presentarse más de una fotografía, deberá rellenarse una solicitud por cada una de ellas.</p><p>Las fotografías presentadas deberán preservar el derecho a la intimidad y la dignidad de las personas, pudiendo ser excluidas aquellas que no cumplan estos mínimos requisitos.</p><p>En el caso de tratarse de primeros planos de personas, deberán contar con la autorización expresa del protagonista, que se exigirá obligatoriamente si la fotografía resultase ganadora. El modelo de cesión, que figura como anexo a estas bases. (ANEXO III), se encontrará disponible tanto en la web https://belleepoque.benicassim.es/, como en la Tourist Info Casa Abadia, sita en C/ Santo Tomás n.º 74-76 de Benicàssim, así como en el Punto de recepción situado en Villa Elisa.</p><p>Igualmente, en las fotografías no podrán aparecer retratados menores de edad sin la autorización expresa de sus padres o tutores, que deberá aportarse junto con la obra que se presente. (ANEXO IV).</p><p>CUARTA. - Cuantía de la convocatoria</p><p>El premio objeto de las presentes bases se aplicará a la aplicación presupuestaria 501.432.48104 “Premios.Turismo” del ejercicio 2026.</p><p>La cuantía total máxima fijada para la convocatoria, dentro del crédito disponible, es de</p><p>600,00 €, de conformidad con la operación contable RC n.º 15889</p><p>QUINTA .- Fecha y lugar de realización</p><p>El concurso tendrá lugar los días 4, 5 y 6 de septiembre de 2026, desde el viernes a las 17:30 h hasta el domingo a las 21:00 h, en el Paseo Marítimo Pilar Coloma de Benicàssim.</p><p>Los fotógrafos podrán captar imágenes del propio evento, participantes, arquitectura mercado, y cualquier otro elemento que forme parte del conjunto de “Benicàssim Belle Époque 2026” La técnica y la temática serán libres, dentro de los requisitos de la cláusula tercera.</p><p>SEXTA .- Solicitudes: plazo, lugar, documentación.</p><p>Los interesados en concurrir en este procedimiento deberán presentar sus solicitudes desde el día 4 de septiembre de 2026 y hasta el 13 de septiembre de 2026, previa publicación de las bases en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Benicàssim.</p><p>La solicitud se realizará por correo electrónico a: belleepoque@benicassim.org</p><p>Deberá aportarse la siguiente documentación:</p><p>- Fotografía en formato jpg/jpeg, con una resolución mínima de 10 Megapíxeles en modo RGB o blanco y negro, y un peso máximo de 10 MB (Megabytes) por archivo.</p><p>- Solicitud de participación, (una por cada fotografía, hasta un máximo de 3) que incluirá teléfono de contacto, correo electrónico, título de la fotografía, fecha y lugar de realización de la obra, y declaración responsable de que es autor de la obra presentada y de que ésta es original. Deberá utilizarse para ello el modelo que se acompaña en las presentes bases como ANEXO I.</p><p>La inscripción al concurso comportará e incluirá la declaración expresa de la persona solicitante de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, así como por reintegro de subvenciones y de no encontrarse incurso/a en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario a las que hace referencia el art. 13.2. de la Ley General Tributaria.</p><p>Igualmente implicará, salvo manifestación expresa en contrario, la autorización para recabar de cualquier Administración Pública, y/o entidad pública o privada, cuantos datos sean necesarios para comprobar o verificar el cumplimiento, por parte del beneficiario, de los requisitos para acceder al premio objeto de las presentes bases. Asimismo, implicará el conocimiento y aceptación de las presentes bases reguladoras, así como de la cesión que se realice a favor de otras Administraciones Públicas de los datos contenidos en la misma y, en su caso, la de los relativos al premio concedido a los efectos de estadística, evaluación y seguimiento.</p><p>Los trabajos que se remitan con posterioridad al 13 de septiembre de 2026 no serán admitidos.</p><p>SÉPTIMA .- Jurado</p><p>El órgano colegiado para evaluar los trabajos presentados será el Jurado del Concurso de fotografía “ Benicàssim Belle Époque” que estará formado por:</p><p>Presidente/a: La Concejal de Turismo del Ayuntamiento de Benicàssim</p><p>Secretario/a: La Técnico de Turismo del Ayuntamiento de Benicàssim, que actuará con voz pero sin voto.</p><p>Vocales: 2 Vocales con conocimientos reconocidos en el ámbito de la fotografía.</p><p>El jurado estará facultado para descalificar las obras que no se ajusten a las presentes bases, así como resolver cualquiera de las cuestiones de su competencia y que no hayan quedado establecidas de manera explícita en las presentes bases.</p><p>OCTAVA .- Criterios de Valoración</p><p>Al objeto de la ponderación objetiva de los trabajos, el jurado valorará principalmente entre otros que considere igualmente pertinentes, los siguientes criterios:</p><p>Originalidad de la obra y creatividad.</p><p>Técnica empleada.</p><p>Calidad fotográfica</p><p>Representación de los valores del evento Benicàssim Belle Époque, la arquitectura de las Villas o la temática de la edición en curso.</p><p>El jurado se reserva el derecho de dejar desierto el premio si considerase que ninguna de las obras presentadas reúne las características establecidas o se ajusta a los criterios de la presentes bases.</p><p>NOVENA.- Tramitación y resolución</p><p>El procedimiento de concesión del premio se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante evaluación de las obras presentadas, con el fin de declarar un ganador de entre las mismas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en las presentes bases, y conceder, con el límite que se establece en la convocatoria, el premio estipulado.</p><p>Recepcionadas las fotografías, el órgano instructor verificará que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria.</p><p>Posteriormente, el jurado evaluará las obras de conformidad con los criterios de valoración establecidos en las presentes bases, emitiendo acta al respecto.</p><p>En el caso de que la fotografía ganadora contenga primeros planos de personas, se requerirá al ganador para que remita ANEXO III, con la autorización expresa del/de los/las protagonista/s, de conformidad con lo establecido en la cláusula tercera de las presentes bases.</p><p>Igualmente, si en la fotografía ganadora apareciesen retratados menores de edad, se requerirá la autorización expresa de sus padres o tutores, que se cumplimentará a través del modelo ANEXO IV, de acuerdo al contenido de la mencionada cláusula.</p><p>Estos documentos serán indispensables, en su caso, para otorgar el premio establecido, la ausencia de los cuales implicará la pérdida automática de dicho premio, que será trasladado al siguiente participante seleccionado por el jurado.</p><p>A la vista de la documentación obrante en el expediente y de la anterior acta, el órgano instructor emitirá propuesta de resolución definitiva con el fallo del jurado, que será inapelable, para seguidamente remitirse a la Junta de Gobierno Local para su aprobación.</p><p>La resolución y notificación al ganador tendrá lugar en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha de terminación del plazo de inscripción al concurso, y se hará pública y se difundirá a través de la página web https://belleepoque.benicassim.es/, así como en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Benicàssim y cualesquiera otros medios que la Concejalía de Turismo estime conveniente para su adecuada promoción.</p><p>Tras el fallo del jurado, éste se notificará al ganador así como al resto de participantes.</p><p>El Órgano Instructor del procedimiento de concesión de premios será el área de Turismo del Ayuntamiento de Benicàssim.</p><p>DÉCIMA.- Cuantía y entrega del premio</p><p>Se establecen dos premios con las siguientes cuantías:</p><p>- Un primer premio por una cuantía de 400,00 €</p><p>- Un segundo premio por una cuantía de 200,00 €</p><p>Se entregarán cuantas menciones de honor considere el jurado sin asignación económica.</p><p>El premio conllevará la cesión al ganador de una sala municipal, en función de la disponibilidad y calendario, para una exposición monográfica con una duración máxima de un mes, cuyas fechas se concretarán con el autor de la obra ganadora.</p><p>El importe del premio concedido será abonado tras el acuerdo de concesión del mismo que será notificado al interesado.</p><p>El pago del premio se realizará mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada por el beneficiario.</p><p>Para el cobro del premio será necesaria la presentación de la siguiente documentación a través del registro de entrada del Ayuntamiento de Benicàssim, de forma presencial o a través de la sede electrónica: https://benicassim.sedelectronica.es/ , o en cualquiera de los lugares establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:</p><p>- Copia del DNI del beneficiario.</p><p>- Declaración responsable de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social, reintegro y no incursión en prohibición. (ANEXO II)</p><p>- Ficha de terceros normalizada debidamente cumplimentada y firmada (descargable desde el enlace https://ayto.benicassim.es/wp-content/uploads/2021/10/nuevo-modelo-h.-terceros-2021.pdf)</p><p>Igualmente los beneficiarios deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Benicàssim, situación que determinará de oficio la propia Corporación municipal.</p><p>El premio será intransferible y estará sometido al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de acuerdo con la legislación vigente.</p><p>La dotación económica tendrá la retención correspondiente, si fuese el caso, de conformidad con la legislación vigente.</p><p>En el caso de celebrarse ceremonia de entrega de premios, se comunicará a los participantes con antelación para coordinar su asistencia.</p><p>DECIMOPRIMERA – Derechos de propiedad y autoría. Cesión de la obra ganadora.</p><p>La obra premiada pasará a ser propiedad del Ayuntamiento de Benicàssim, que a su vez se reserva el derecho de reproducción y exhibición por cualquier medio o soporte, tanto para la difusión de este concurso, del evento Benicàssim Belle Époque, o de otras programaciones culturales, turísticas o municipales posteriores, ya que se entiende la dotación del premio como el precio de la obra.</p><p>La obra mantendrá la autoría de su legítimo creador, que será mencionado por el Ayuntamiento en todas sus exhibiciones o reproducciones.</p><p>DECIMOSEGUNDA .- Obligaciones de los beneficiarios</p><p>Los beneficiarios premiados quedarán sujetos al cumplimiento de las obligaciones contempladas en el art. 14 de la LGS, entre las que se encuentran:</p><p>a) Aceptar el premio concedido, presentando en caso contrario la oportuna renuncia, al</p><p>objeto de evitar el innecesario bloqueo de los fondos públicos.</p><p>b) Someterse a las actuaciones de comprobación a efectuar por el órgano concedente.</p><p>DECIMOTERCERA .- Renuncia</p><p>La presentación por el beneficiario, en su caso, de la renuncia al premio concedido deberá realizarse como máximo hasta el 1 de octubre a los efectos de evitar la inmovilización innecesaria de fondos públicos.</p><p>La comunicación de la renuncia dentro de este plazo constituye una obligación del beneficiario, a los efectos de la infracción y sanciones configuradas en el Título IV de la Ley General de Subvenciones.</p><p>DECIMOCUARTA .- Régimen Jurídico</p><p>La participación en la convocatoria supone la aceptación de las presentes bases.</p><p>En lo no determinado expresamente en las presentes bases, regirá lo dispuesto en la LGS, su Reglamento y la OGS del Ayuntamiento de Benicàssim.</p><p>DECIMOQUINTA .- Tratamiento de datos de carácter personal</p><p>Los datos de carácter personal que serán facilitados en la inscripción así como en los documentos aportados a lo largo de su tramitación, serán tratados por el Ayuntamiento de Benicàssim en calidad de Responsable de Tratamiento de los datos con la finalidad de tramitar y gestionar la concesión del premio.</p><p>La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en el art. 6.1.c) del RGPD, el tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al Responsable del Tratamiento. Art. 6.1.e) del RGPD, el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Y conforme la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y la ley 19/2013, de 9 de diciembre de Transparencia acceso a la información pública y buen gobierno.</p><p>Los datos se cederán por obligación legal en su caso a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, Organismos de la Unión Europea, Juzgados y Tribunales, Administración Tributaria y Seguridad Social, Tribunal de Cuentas y administración competente.</p><p>Los datos serán conservados durante el plazo de tiempo que esté vigente el expediente administrativo o, en su caso, por el tiempo de resolución de un procedimiento contencioso administrativo derivado. No obstante, los datos podrán ser conservados, en su caso, con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos, y en todo caso mínimo 10 años desde que finalice el plazo de prohibición, establecido en la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p>El titular de los datos garantizará la veracidad de los datos aportados y será el único responsable de los datos inexactos o erróneos que facilitara y se comprometerá a comunicar por escrito cualquier modificación que se produzca en los mismos.</p><p>Podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación del tratamiento y/u oposición. A estos efectos, deberá presentar un escrito en el Registro de Entrada, electrónico o presencial, del Ayuntamiento de Benicàssim. En el escrito deberá especificar cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá mostrar o, en caso de envío postal, acompañar la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo. Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación, en primer lugar, ante el Delegado de Protección de Datos correspondiente dpd@benicassim.org o, en su caso, ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd.es)</p><p>En el supuesto de que el solicitante facilite datos o documentos con datos de terceras personas distintas del mismo deberá, con carácter previo a su inclusión, informarle de los extremos contenidos en la presente Base.”</p><p>Lo que se hace público a los efectos oportunos.</p><p> </p><p>En Benicàssim, fecha al margen</p><p> </p><p>DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE</p>","textoLeng":null,"url":"https://bop.dipcas.es/PortalBOP/buscador/","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. 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