{"id":1126792,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"CANTABRIA","nivel3":"CONSEJERÍA DE DESARROLLO RURAL, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTACIÓN"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"925231","fechaRecepcion":"2026-08-17","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":456000,"mrr":false,"descripcion":"Convocatoria de ayudas a las entidades asociativas agrarias para la colaboración en la prestación de servicios de asesoramiento que incluya la gestión técnico-económica, a las explotaciones agrarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA","codigo":"A"}],"regiones":[{"descripcion":"ES13 - CANTABRIA"}],"descripcionFinalidad":"Agricultura, Pesca y Alimentación","descripcionBasesReguladoras":"Orden MED/28/2017, de 27 de junio, establece las bases de las ayudas a las entidades asociativas agrarias para la colaboración en la prestación de servicios de asesoramiento que incluya la gestión técnico-económica, a las explotaciones agrarias","urlBasesReguladoras":"https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=314997","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOC","textFin":"QUINCE DIAS HABILES CONTADOS A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN EL BOC","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1509895,"descripcion":"ANEXO III","nombreFic":"ANEXO_III.pdf","long":100818,"datMod":"2026-08-17","datPublicacion":"2026-08-17"},{"id":1509900,"descripcion":"ANEXO VI","nombreFic":"ANEXO_VI.pdf","long":153365,"datMod":"2026-08-17","datPublicacion":"2026-08-17"},{"id":1509893,"descripcion":"ANEXO I","nombreFic":"ANEXO_I-2026.pdf","long":186324,"datMod":"2026-08-17","datPublicacion":"2026-08-17"},{"id":1509894,"descripcion":"ANEXO II","nombreFic":"ANEXO_II.pdf","long":95764,"datMod":"2026-08-17","datPublicacion":"2026-08-17"},{"id":1509898,"descripcion":"ANEXO IV","nombreFic":"ANEXO_IV.pdf","long":93146,"datMod":"2026-08-17","datPublicacion":"2026-08-17"},{"id":1509899,"descripcion":"ANEXO V","nombreFic":"ANEXO_V.pdf","long":82031,"datMod":"2026-08-17","datPublicacion":"2026-08-17"},{"id":1509902,"descripcion":"ANEXO VII","nombreFic":"ANEXO_VII.pdf","long":73510,"datMod":"2026-08-17","datPublicacion":"2026-08-17"},{"id":1509892,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"CONVOCATORIA AYUDAS ENTIDADES SERVICIOS ASESORAMIENTO.report (1).pdf","long":273629,"datMod":"2026-08-17","datPublicacion":"2026-08-17"}],"anuncios":[{"numAnuncio":219281,"titulo":"Extracto de la Resolución de la Consejera de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, de 12 de agosto de 2026, por la que se convocan ayudas a las entidades asociativas agrarias para la colaboración en la prestación de servicios de asesoramiento que incluya la gestión técnico-económica, a las explotaciones agrarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios.</p><p> </p><p>1. Podrán ser entidades prestadoras del servicio de asesoramiento las cooperativas agrarias y las organizaciones profesionales agrarias que estén reconocidas como entidades de asesoramiento por la Dirección General de Desarrollo Rural.</p><p>2. La afiliación a las entidades beneficiarias no será condición para tener acceso a los servicios subvencionados.</p><p>3. De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) nº 702/2014 de la Comisión de 25 de junio de 2014, los prestadores de los servicios deberán cumplir los siguientes requisitos:</p><p>a) ser microempresas o pequeñas y medianas empresas (PYME) activas en el sector agrario o jóvenes agricultores.</p><p>b) no estar sujetas a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.</p><p>c) no tratarse de empresas en crisis conforme a la definición contenida en el artículo 2.14 del mencionado Reglamento.</p><p>4. La entidad prestadora del servicio no podrá estar incursa en ninguna de las causas de incompatibilidad o prohibición, para obtener subvenciones, de las establecidas en el artículo 12.2 y 3 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.</p><p> </p><p>Segundo. Objeto.</p><p> </p><p>Convocar para el ejercicio 2026, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de las subvenciones a las empresas activas en el sector agrícola y a los jóvenes agricultores para beneficiarse de los servicios de asesoramiento que incluyan la gestión técnico-económica de dichas empresas, mediante el pago a las entidades prestadoras de dichos servicios.</p><p> </p><p> </p><p> </p><p>Tercero. Bases reguladoras.</p><p> </p><p>Orden MED/28/2017, de 27 de junio, establece las bases de las ayudas a las entidades asociativas agrarias para la colaboración en la prestación de servicios de asesoramiento que incluya la gestión técnico-económica, a las explotaciones agrarias en la Comunidad Autónoma de Cantabria (BOC nº 133, de 11 de julio de 2017).</p><p> </p><p>Cuarto. Cuantía.</p><p> </p><p>La concesión de las subvenciones para este ejercicio se financiará exclusivamente con cargo a los créditos consignados en las aplicaciones presupuestarias 05.03.414A.773, hasta un máximo de 150.000 euros, y 05.03.414A.782, hasta un máximo de 306.000 euros, de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2026, con un importe máximo total de 456.000 euros.</p><p>Podrá transferirse crédito de una partida presupuestaria a otra en el caso de que haya fondos sobrantes en una de ellas para atender las solicitudes de ayuda subvencionables y carencia de ellos en la otra, realizándose las modificaciones que procedan en el expediente de gasto antes de la resolución de concesión.</p><p> </p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>1. Las solicitudes de ayuda, dirigidas a la persona titular de la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación, conforme al modelo del anexo I de la presente Resolución, junto con la documentación que se detalla en el artículo 6 de la Orden MED/28/2017, de 27 de junio, se presentarán en el Registro Electrónico General de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria o en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 134.8 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria, salvo aquellos sujetos que estén obligados a relacionarse con la Administración a través de medios electrónicos, conforme a lo establecido en el articulo 135.2 de la Ley de Cantabria 5/2018, de 22 de noviembre, de Régimen Jurídico del Gobierno, de la Administración y del Sector Público Institucional de la Comunidad Autónoma de Cantabria.</p><p>2. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Cantabria.</p><p>3. Sólo se admitirá una única solicitud por entidad. </p>","textoLeng":null,"url":"https://boc.cantabria.es/boces/verAnuncioAction.do?idAnuBlob=439621","cve":"CVE-2026-6632","desDiarioOficial":"BOC. B.O. DE CANTABRIA","datPublicacion":"2026-08-21"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. 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