{"id":1126755,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"DIPUTACIÓN PROV. DE MÁLAGA","nivel3":"DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA"},"sedeElectronica":"sede.malaga.es","codigoBDNS":"925194","fechaRecepcion":"2026-08-17","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":96436.5,"mrr":false,"descripcion":"Resolución de Presidencia 2026/6009 de 12 de agosto de Aprobación de la 7ª Convocatoria para la selección de participantes en itinerarios de formación incentivada, proyecto EnRuta financiado por el FSE+,","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"}],"regiones":[{"descripcion":"ES617 - Málaga"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"Bases reguladoras para la selección de participantes en los itinerarios de formación incentivada del proyecto EnRuta financiado por el FSE+ 2021-2027","urlBasesReguladoras":"https://www.bopmalaga.es/verificacion.php?archivo=20250807-03076-2025-01.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Desde el día siguiente a lapublicación en BOPMA del extracto de la Convocatoria","textFin":"12 días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOPMA","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[{"descripcion":"FSE+ - FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS"}],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1509805,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"20260812 Aprobación 7ª Convocatoria EnRuta.pdf","long":501736,"datMod":"2026-08-17","datPublicacion":"2026-08-17"}],"anuncios":[{"numAnuncio":219274,"titulo":"Extracto de la Resolución de Presidencia número 2026/6009 de 12 de agosto de aprobación de la Séptima convocatoria para la selección de participantes de los itinerarios de formación incentivada del proyecto EnRuta, financiado por el FSE+","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Requisitos de las personas participantes.</p><p>1. Las personas que deseen participar en los itinerarios de inserción laboral del proyecto serán personas desempleadas que deben de reunir los siguientes requisitos a la fecha de presentación de solicitudes:</p><p>a) Estar empadronadas en un municipio de la provincia de Málaga (excepto Málaga y Vélez Málaga por tener ambos municipios concedidos un proyecto propio en el marco del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) del periodo de programación 2021-2027).</p><p>b) Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo.</p><p>2.  Tendrán preferencia las personas que pertenezcan a alguno de los siguientes colectivos más alejado del mercado laboral:</p><p>- Personas desempleadas de larga duración. Se consideran desempleadas de larga duración a las personas en situación de desempleo de manera continuada al menos un año (doce o más meses)</p><p>- Personas mayores de 45 años.</p><p>- Personas con discapacidad que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%.</p><p>- Nacionales de terceros países</p><p>- Participantes de origen extranjero</p><p>- Otras personas en situación socioeconómica de vulnerabilidad, incluidas aquellas que se encuentran en situación o riesgo de pobreza, exclusión social o discriminación en sus múltiples facetas, acreditada por un informe de los Servicios Sociales.</p><p>- Las personas que no hubieran participado en acciones formativas por el Fondo Social Europeo Plus (en adelante FSE+)</p><p>3. Para recibir la beca de formación además de los requisitos indicados en el apartado 1, no se podrán percibir rentas o ingresos iguales o superiores en cómputo mensual al 75% del IPREM mensual vigente al inicio del itinerario formativo, y disponer de la documentación que así lo acredite, que será exigible  para ser beneficiario de la beca de formación.</p><p>4. La situación de desempleado de los participantes en los itinerarios, deberá concurrir también al inicio del correspondiente itinerario de inserción.</p><p>5. La selección de los participantes de los itinerarios se hará respetando los principios de igualdad de oportunidades, objetividad, publicidad, transparencia y no discriminación.</p><p>6. Cada persona podrá realizar con aprovechamiento solo un itinerario.</p><p>7. Si un participante causa baja en un itinerario, podrá ser sustituido por la persona suplente, siempre que pueda alcanzar la condición de persona formada.</p><p> </p><p>Segundo. Objeto y actuaciones</p><p>La presente Convocatoria tiene por objeto impulsar la inserción socio-laboral y mejora de las condiciones de vida de las personas en situación de desempleo, priorizando a las personas más alejadas del mercado laboral, a través de itinerarios de formación incentivada.</p><p>Las personas que resulten seleccionadas por la presente convocatoria participarán en un itinerario formativo incentivado. El número de personas que se beneficiarán de cada itinerario será un máximo de 15 ascendiendo a un total de 165 personas las que participarán en la presente convocatoria.</p><p>Las actividades formativas que se van a impartir dentro de los itinerarios están compuestas por los módulos indicados en el art. 5 de las Bases Reguladoras. Se van a impartir un total de 11 cursos con un máximo de 15 plazas de beneficiarios.</p><p>- Agricultura ecológica. Municipio impartición: Benamocarra. Nº horas formación específica: 120. Nº horas prácticas: 150. Nº horas formación transversal y complementaria: 30. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 310.</p><p>- Aseo, movilización y atención a la persona dependiente. Municipio impartición: Villanueva de Algaidas. Nº horas formación específica: 75. Nº horas prácticas: 100. Nº horas formación transversal y complementaria: 25. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 210.</p><p>- Atención en sala de restaurante y bar. Municipio impartición: Estepona. Nº horas formación específica: 75. Nº horas prácticas: 100. Nº horas formación transversal y complementaria: 25. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 210.</p><p>- Auxiliar administrativo/a con contabilidad. Municipio impartición: Antequera. Nº horas formación específica: 120. Nº horas prácticas: 150. Nº horas formación transversal y complementaria: 30. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 310.</p><p>- Auxiliar de almacén. Municipio impartición: Alhaurín el Grande. Nº horas formación específica: 75. Nº horas prácticas: 100. Nº horas formación transversal y complementaria: 25. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 210.</p><p>- Ayudante de cocina. Municipio impartición: Fuengirola. Nº horas formación específica: 120. Nº horas prácticas: 150. Nº horas formación transversal y complementaria: 30. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 310.</p><p>- Ayudante de cocina. Municipio impartición: Torremolinos. Nº horas formación específica: 120. Nº horas prácticas: 150. Nº horas formación transversal y complementaria: 30. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 310.</p><p>- Gestión de logística. Municipio impartición: Algarrobo. Nº horas formación específica: 120. Nº horas prácticas: 150. Nº horas formación transversal y complementaria: 30. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 310.</p><p>- Gestión y dinamización de actividades de turismo activo. Municipio impartición: Cuevas de San Marcos. Nº horas formación específica: 75. Nº horas prácticas: 100. Nº horas formación transversal y complementaria: 25. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 210.</p><p>- Recepcionista de establecimientos turísticos. Municipio impartición: Fuengirola. Nº horas formación específica: 120. Nº horas prácticas: 150. Nº horas formación transversal y complementaria: 30. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 310.</p><p>- Tareas auxiliares de albañilería. Municipio impartición: Pizarra. Nº horas formación específica: 75. Nº horas prácticas: 100. Nº horas formación transversal y complementaria: 25. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 210.</p><p>Además del siguiente itinerario formativo que se incluyó en la cuarta Convocatoria aprobada por acuerdo de Junta de Gobierno de 4 de marzo de 2026, punto 1.2.8., publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 49 de 12 de marzo de 2026 y  corrección de error publicada en el Boletín Oficial de la Provincia número 53 de 18 de marzo de 2026, se convocan un máximo de 45 plazas suplentes, debido al retraso del inicio del itinerario, para garantizar su realización:</p><p>- Venta online. Municipio impartición: Antequera. Nº horas formación específica: 75. Nº horas prácticas: 100. Nº horas formación transversal y complementaria: 25. Nº horas tutorías: 10. Nº horas totales itinerario: 210.</p><p>El municipio de impartición establecido es para la formación específica, transversal y complementaria. Las prácticas profesionales se realizaran en empresas y/o entidades colaboradoras más cercanas al municipio de residencia de cada alumno/a.</p><p> </p><p>Tercero. Bases Reguladoras.</p><p>Las Bases Reguladoras para la selección de participantes de los itinerarios de formación incentivada del proyecto EnRuta, financiado por el programa de empleo, educación, formación y economía social, del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) del periodo de programación 2021-2027, aprobadas por acuerdo de Pleno de la excelentísima Diputación de Málaga en sesión celebrada el día 23 de julio de 2025, punto número 9.4, publicadas en el BOPMA número 151 de fecha 7 de agosto de 2025.</p><p> </p><p>Cuarto. Financiación y cuantía de las becas de compensación económica.</p><p>La financiación de las becas de formación asociadas a los itinerarios de formación incentivada regulados en la presente convocatoria se efectuará con cargo a los créditos presupuestarios que figuran en el presupuesto del Servicio de Empleo del año 2026, consignados en la aplicación presupuestaria 2026/1201/2412/48100 Premios, becas y pens. de estudios e investigación por un importe total de 96.436,50€, Proyecto de gastos 2025.3.2412.1  “EnRuta”.</p><p>La cuantía de beca de compensación económica se establece en 13,45 euros por día de asistencia a la formación específica, transversal, complementaria, prácticas profesionales y tutorías. En el cómputo de días por asistencia a la formación no se tendrán en cuenta las ausencias aunque estén justificadas.</p><p> </p><p>Quinto. Plazo y lugar de presentación de solicitudes.</p><p>1. El plazo de presentación de solicitudes será de 12 días hábiles a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga el extracto previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p>2. Los/as solicitantes deberán cumplimentar el formulario del trámite específico habilitado en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Málaga, o presentar la solicitud que figura como anexo I de esta Convocatoria, debidamente cumplimentada y firmada por la persona solicitante o representante, junto con la documentación prevista en el artículo 8 de la presente convocatoria.</p><p>La presentación se efectuará por cualquiera de los medios siguientes, en atención a que las personas interesadas estén obligadas o no a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:</p><p>a. Por medios electrónicos:</p><p>1. Preferentemente, en la sede electrónica de la Diputación de Málaga, a través del trámite específico configurado para la presente Convocatoria accesible en el vínculo  https://sede.malaga.es/ied-proyectoenruta6convocatoria/.</p><p>2. En el Registro electrónico común de la Administración General del Estado, cuando no sea posible la presentación con arreglo al punto anterior.</p><p>b. Otros medios:   </p><p>1. En algunos de los medios anteriormente señalados en el apartado a) del presente artículo.</p><p>2. En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto.</p><p>3. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.</p><p>4. En la oficina de asistencia en materia de Registros de la Diputación Provincial de Málaga o en alguna de las siguientes, siempre que se encuentren conectadas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR): Administración General del Estado, o Administración de las Comunidades Autónomas, o Entidades que integran la Administración Local, u órganos públicos y entidades integrantes del sector público institucional.</p><p>Los formularios/anexos se encuentran disponibles en la página web https://www.malaga.es/empleo/1418/com1_md2_cd-1078/enruta, siendo de uso obligatorio para los/as solicitantes en virtud del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.</p><p>Cuando la solicitud se presente en un Registro distinto del de la Diputación de Málaga o, en las Oficinas de Correos, además de figurar en la misma la fecha de presentación, la persona solicitante deberá simultáneamente remitir aviso de presentación por correo electrónico a enruta@malaga.es.</p><p>La presentación de solicitudes implica la aceptación de las Bases y de los términos de la presente convocatoria y se ajustarán al modelo oficial que se apruebe en esta convocatoria. La Diputación Provincial de Málaga es la entidad responsable del tratamiento de los datos personales proporcionados en la solicitud, que serán tratados con la finalidad exclusiva de instruir y resolver el procedimiento administrativo a que dé lugar su presentación, en la forma y bajo los principios que se describen en su política de privacidad que puede consultarse en la dirección web https://www.malaga.es/diputacion/739/aviso-legal</p><p>La base jurídica que legitima el tratamiento de los datos personales se encuentra en el artículo 6.1.e) del Reglamento General de Protección de Datos, al resultar necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento por el artículo 36 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y 2.3 del Decreto-ley 7/2014, de 20 de mayo, de la Junta de Andalucía.</p><p>Para ampliar la información sobre el tratamiento puede acceder al Registro de Actividades de Tratamiento disponible en: https://www.malaga.es/delegaciontecnologia/7278/com1_md1_cd-18609/ acciones-formativas-de-la-unidad-de-empleo</p><p>Puede ejercer los derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión (“derecho al olvido”), limitación del tratamiento, portabilidad y de no ser objeto de decisiones individualizadas. Para ello puede ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos en el correo electrónico protecciondedatos@malaga.es. Así mismo, cuenta con el derecho a presentar una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía en el enlace https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml</p><p> </p><p>Sexto. Documentación a presentar junto a la solicitud de participación</p><p>Las personas interesadas en participar en los itinerarios formativos deberán presentar la documentación exigida en este apartado, y conforme a los modelos que se acompañan a la presente convocatoria.</p><p>La solicitud, cuestionario de ajuste y documentación que se requiere para participar es la siguiente:</p><p>A) Documentación obligatoria para la admisión de la solicitud:</p><p>1. Solicitud debidamente cumplimentada, firmada y fechada según modelo oficial (ANEXO I). Se puede solicitar hasta 2 cursos indicando el orden de preferencia de los mismos. El modelo de solicitud estará disponible en la página Web de Diputación (www.málaga.es) cuando se abra el plazo de presentación de solicitudes. Es imprescindible que esté firmada por la persona interesada.</p><p>2. Acreditación de la personalidad: copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) o Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) en vigor. En el caso de ciudadanos/as comunitarios/as que no tengan TIE o éste no se encuentre en vigor, presentarán fotocopia del Certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión y fotocopia del Documento Nacional de Identidad del país de procedencia o pasaporte en vigor.</p><p>3. Acreditación de persona desempleada e inscrita como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo:</p><p>- Informe de periodos de inscripción emitido por la oficina del Servicio Andaluz de Empleo correspondiente con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria o de la subsanación.</p><p>- Informe de vida laboral emitido con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria o de la subsanación, en su caso.</p><p>4. Acreditación de pertenecer al ámbito territorial de actuación del proyecto: Volante o Certificado de empadronamiento emitido como máximo en los últimos 3 meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.</p><p>B) Documentación acreditativa a efectos de baremación de la solicitud.</p><p>1. Estar empadronados en un municipio de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, excepto Málaga y Vélez Málaga: queda acreditado con la presentación del volante o certificado de empadronamiento emitido como máximo en los últimos 3 meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.</p><p>2. Persona perteneciente a algún colectivo de los más alejados del mercado laboral. Para acreditarlo será imprescindible presentar, junto a la solicitud, los siguientes certificados o informes que lo acrediten, pudiendo ser justificado con los siguientes documentos:</p><p>Personas desempleadas de larga duración: Informe de periodos de inscripción que acredite al menos un año de antigüedad, emitido por la oficina del Servicio Andaluz de Empleo correspondiente con posterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria o de la subsanación, en su caso.</p><p>Personas mayores de 45 años: Queda acreditado con la documentación presentada para acreditar la personalidad.</p><p>Personas con discapacidad que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%: Certificado/informe de discapacidad expedido por la Administración Pública competente.</p><p>Nacionales de terceros países o de origen extranjero: Queda acreditado con la documentación presentada para acreditar la personalidad (NIE, pasaporte, TIE).</p><p>Otras personas en situación de vulnerabilidad acreditada por un informe de los Servicios Sociales.</p><p>Las personas que no hubieran participado en acciones formativas financiadas por el FSE+: queda acreditado con la declaración responsable incluida en el Anexo I.</p><p>3. Ser mujer: queda acreditado con la documentación presentada para acreditar la personalidad.</p><p>4. Cuestionario de ajuste (ANEXO I) debidamente cumplimentado, firmado y fechado. En el caso de no presentarlo o no cumplimentar las preguntas incluidas en el cuestionario, no se realizará la valoración correspondiente.</p><p>Se entenderá que desiste de continuar en el proceso de selección si no se presenta la documentación señalada en el apartado A en la forma y plazos señalados. La no presentación de la documentación señalada en el apartado B dará lugar a la no valoración de los apartados no acreditados. Una vez transcurrido el plazo de solicitud y subsanación no se aceptará nueva documentación de las indicadas en los apartados A y B.</p><p> </p><p>Séptimo. Criterios de valoración.</p><p>1. Las solicitudes valoradas podrán alcanzar hasta un máximo de 10 puntos, en función del cumplimiento de los siguientes criterios de valoración:</p><p>1. Pertenencia de la persona solicitante a algún colectivo más alejado del mercado laboral de los indicados en el artículo 6.2 de la presente convocatoria hasta un máximo de 3,25 puntos: 3 puntos con excepción de las personas que no hubieran participado en acciones formativas financiadas por el FSE+ que se valorará con 0,25 puntos adicional.</p><p>2. Municipio de residencia con menos de 20.000 habitantes, según el último padrón municipal de habitantes publicado a fecha de la publicación de la convocatoria: 2 puntos</p><p>3. Ser mujer: 1 punto</p><p>4. Valoración del cuestionario de ajuste (Anexo I): hasta un máximo de 3,75 puntos por las respuestas de este cuestionario y según el baremo que establezca la Comisión de Valoración.</p><p> </p><p>2. El máximo de puntuación que podrá alcanzar cada persona solicitante será de 10 puntos; de forma que, a aquellas personas con mayor puntuación se les asignará uno de los itinerarios seleccionados, teniendo en cuenta el orden de preferencia establecido en el Anexo I; no pudiendo realizar en ningún caso más de un itinerario. Si no obtiene puntuación suficiente para ser seleccionado/a en alguno de los itinerarios solicitados quedará en la lista de reserva de cada uno de ellos.</p><p> </p><p>3. En el supuesto de empate se aplicarán los siguientes criterios de desempate en el orden establecido:</p><p>1º Mayor puntuación obtenida en el cuestionario de ajuste (Anexo I).</p><p>2º Pertenencia a algún colectivo de los más alejados del mercado laboral.</p><p>3º Fecha de presentación de la solicitud.</p><p> </p><p>Octavo.  Instrucción y resolución del procedimiento.</p><p>1. La tramitación y resolución se efectuará en régimen de concurrencia competitiva, conforme a lo establecido en el presente artículo y en el artículo 6 de las bases reguladoras.</p><p>Será competente para la instrucción del procedimiento el/la Diputado/a Delegado/a de Empleo y Formación o Unidad a la que se encuentra adscrita la presente subvención de la Diputación Provincial de Málaga.</p><p>2. La aprobación de la lista provisional de solicitudes admitidas y excluidas, con especificación de la causa de exclusión, corresponderá al Diputado/a Delegado/a de Empleo y Formación.</p><p>3. La aprobación de la lista definitiva de solicitudes admitidas y excluidas con expresión de las causas junto con la propuesta de resolución provisional de personas beneficiarias y suplentes de los itinerarios, será aprobada por la Presidencia u órgano en quién delegue.</p><p>4. Será competente para adoptar la propuesta de resolución provisional de concesión y desestimación de ayudas económicas, la Presidencia u órgano en quién delegue.</p><p>5. La Propuesta de Resolución Definitiva de personas beneficiarias de las ayudas económicas se elevarán por el Diputado a la Presidencia u órgano en quién delegue para su aprobación.</p><p>6. El plazo máximo para resolver y publicar la resolución definitiva de de participantes será de seis meses a contar desde el fin del plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria. El vencimiento del plazo máximo sin haberse publicado la resolución definitiva legitima a los/as interesados/as para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de participación, de conformidad con lo establecido en el artículo 25.5 de la LGS.</p><p> </p><p>Noveno. Medio de notificación o publicidad.</p><p>Todas las resoluciones o acuerdos que se adopten relativos al procedimiento de concurrencia competitiva, se notificarán mediante su publicación en el tablón de edictos de la Diputación Provincial de Málaga y, a título informativo, en su página Web (www.malaga.es), y Sede Electrónica, conforme a lo establecido en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas sin perjuicio de poder dar traslado de notificaciones directas a la personas beneficiarias por correo postal u otros medios de aviso.</p><p> </p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopmalaga.es/verificacion.php?archivo=20260824-03307-2026-01.pdf","cve":"20260824-03307-2026","desDiarioOficial":"B.O.P. 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