{"id":1126705,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"ARAGÓN","nivel3":"DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL"},"sedeElectronica":"https://www.aragon.es/","codigoBDNS":"925144","fechaRecepcion":"2026-08-14","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":5000000,"mrr":false,"descripcion":"Convocatoria de subvenciones para la concesión de ayudas con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel 2024 (Convenio 2023-2027) para infraestructuras municipales de dicha provincia","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Administración pública y de la política económica, social y medioambiental","codigo":"84.1"}],"regiones":[{"descripcion":"ES242 - Teruel"}],"descripcionFinalidad":"Infraestructuras","descripcionBasesReguladoras":"ORDEN FOM/949/2024, de 7 de agosto, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel (Convenio 2023-2027) para infraestructuras municipales de dicha provincia.","urlBasesReguladoras":"https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1348106570303","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Día siguiente a la publicación en BOA","textFin":"10 días hábiles","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1509728,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"BDNS_Convocatoria FITE_Infraestructuras mun.pdf","long":808248,"datMod":"2026-08-14","datPublicacion":"2026-08-14"}],"anuncios":[{"numAnuncio":219260,"titulo":"EXTRACTO de la Orden VFL/      /2026, de 14 de agosto, por la que se convocan subvenciones para la concesión de ayudas con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel 2024 (Convenio 2023-2027) para infraestructuras municipales de dicha provincia.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. - Beneficiarios.</p><p>Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones recogidas en la presente convocatoria los municipios y entes locales menores de la provincia de Teruel, con excepción del municipio de Teruel.</p><p> </p><p>Cada solicitante solo podrá presentar una solicitud, en la que se podrán incluir varias actuaciones.</p><p> </p><p> </p><p>Segundo. - Objeto.</p><p>Serán susceptibles de subvención las inversiones que tengan por objeto la ejecución de obras y la adquisición de suministros e inmuebles que promuevan, directa o indirectamente, la creación de renta y riqueza en los municipios beneficiarios, relativas a:</p><p>- Alumbrado público.</p><p>- Recogida de residuos domésticos.</p><p>- Pavimentación de vías públicas.</p><p>- Mobiliario urbano.</p><p>- Actuaciones relativas al ciclo del agua que permitan el abastecimiento de agua potable en los municipios que, debido a circunstancias estructurales y no coyunturales (incremento temporal población, sequia puntual, averías y similares), vienen siendo suministrados de agua de boca mediante cisternas o similares de manera habitual (al menos 8 meses en periodo de 12 meses) y en los que esta circunstancia estructural continúe en la actualidad.</p><p>-Instalaciones deportivas (incluidas piscinas municipales), centros de reunión, centros sociales, centros culturales, consultorios médicos incluyendo la adquisición de material sanitario, multiservicio rural, tienda de alimentación, bares, restaurantes, teleclub, coworking, centros de convivencia, tanatorios, salas de duelo, escuelas infantiles (0-3 años), ludotecas, polígonos industriales y aparcamientos.</p><p>- Parques y plazas públicas.</p><p>- Biblioteca pública y punto de lectura.</p><p>- Tratamiento de residuos.</p><p>- Viviendas municipales.</p><p> </p><p>Tercero. - Bases reguladoras.</p><p>Las subvenciones convocadas, se regirán por la normativa vigente y de forma específica por lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su desarrollo reglamentario; el Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón; la Orden FOM/949/2024, de 7 de agosto (Boletín Oficial de Aragón núm. 163, de 22 de agosto de 2024), modificada por la Orden FOM/1343/2024, de 30 de octubre (Boletín Oficial de Aragón núm. 220, de 12 de noviembre de 2024) y por la Orden VFL/1149/2026, de 27 de julio (Boletín Oficial de Aragón núm. 152, de 7 de agosto de 2026) por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de ayudas con cargo al Fondo de Inversiones de Teruel (Convenio 2023-2027) para infraestructuras municipales de dicha provincia, así como por la presente Orden de convocatoria.</p><p> </p><p>Cuarto. - Cuantía.</p><p>La cuantía total máxima estimada para la presente convocatoria es de cinco millones de euros, con cargo a las siguientes partidas presupuestarias del presupuesto de gasto de la Comunidad Autónoma de Aragón:</p><p> </p><p>13080 1252 760059 32224:        2.500.000,00 €</p><p>13080 1252 760059 91224:        2.500.000,00 €</p><p> </p><p>Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de Aragón.</p><p> </p><p>Las solicitudes deberán presentarse de forma electrónica mediante el uso del certificado de representante de la entidad local. Se accederá a través de la sede electrónica del Gobierno de Aragón, dirección url: https://www.aragon.es/busqueda-de-tramites, siendo el número de trámite el 11831 “Convocatoria 2026 - Ayudas para infraestructuras municipales (FITE 2023-2027) – Anualidad 2024”.  Se acompañará de la documentación relacionada en el artículo noveno de la Orden de Convocatoria, firmada por la persona que se especifica en cada caso y disponible en la misma sede electrónica.</p><p> </p><p>No se admitirán las solicitudes que no se presenten de forma electrónica a través de la citada dirección electrónica y número de procedimiento.</p><p> </p><p>El uso de los modelos generados en la citada URL será de uso obligatorio conforme a lo establecido en el artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=1463353320808","cve":null,"desDiarioOficial":"BOA. B.O. DE ARAGÓN","datPublicacion":"2026-08-24"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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