{"id":1126539,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"PRINCIPADO DE ASTURIAS","nivel3":"CONSEJERÍA DE DERECHOS SOCIALES Y BIENESTAR"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"924978","fechaRecepcion":"2026-08-13","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":3350000,"mrr":false,"descripcion":"convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales_Ámbito D","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"OTROS SERVICIOS","codigo":"T"}],"regiones":[{"descripcion":"ES120 - Asturias"}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"Bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines sociales","urlBasesReguladoras":"https://miprincipado.asturias.es/bopa/2022/12/02/2022-09202.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Día siguiente a publicación extracto en BOPA.","textFin":"15 días hábiles desde siguiente a BOPA.","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1509333,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Resolución convocatoria fines sociales..pdf","long":563327,"datMod":"2026-08-13","datPublicacion":"2026-08-13"}],"anuncios":[{"numAnuncio":219204,"titulo":"Extracto de la Resolución de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar del Principado de Asturias, de 12 de agosto de 2026, por la que se convocan subvenciones destinadas a la realización de programas de interés general para fines social","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios:</p><p>Cruz Roja y las entidades definidas en el artículo 2 de la Ley 43/2015, de 9 de octubre, del Tercer Sector de Acción Social que reúnan los requisitos señalados en la Base segunda de las reguladoras de estas subvenciones.</p><p>Segundo. Finalidad:</p><p>Desarrollo durante el año 2027 de programas de interés general para fines sociales relativos a los ámbitos de actuación A-Longevidad activa, inclusiva y significativa, B-Garantía de derechos de la infancia y la familia, C-Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia, D-Inserción social e inclusión activa de población de espec ial vulnerabilidad y E-Participación solidaria de la ciudadanía, con cargo a las asignaciones tributarias del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto de Sociedades, destinado a cubrir necesidades de asistencia y bienestar social y fomento del voluntariado competencia del Principado de Asturias.</p><p>Tercero. Bases reguladoras:</p><p>Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de programas de interés general para fines sociales. (BOPA núm. 232, de 2 de diciembre)</p><p>Cuarto. Importe:</p><p>El crédito total destinado a estas subvenciones, de 9.690.000,00 €, se ejecutará de acuerdo con la siguiente distribución por ámbitos y líneas de actuación:</p><p>\",,A-Longevidad activa, inclusiva y significativa: 1.225.000,00€.</p><p>\",,B-Garantía de derechos de la infancia y la familia: 2.000.000,00 €.</p><p>Este crédito se distribuirá en las siguientes líneas de actuación:</p><p>\",,Línea B.1: Prevención, apoyo e intervención para favorecer la capacidad y la responsabilidad familiar, favoreciendo interacciones positivas entre los miembros, así como promoción de la dimensión comunitaria de la intervención: 1.040.000,00 €.</p><p>\",,Línea B.2: Promoción de los derechos de la infancia y de la participación infantil, en el marco de la planificación autonómica y municipal: 440.000,00 €.</p><p>\",,Línea B.3: Complementariedad al acogimiento y a la adopción de niñas, niños y adolescentes y apoyo a la inserción sociolaboral de jóvenes que hayan estado bajo una medida de protección y que hayan abandonado el sistema, o complemento de actuaciones en los programas de preparación para la vida independiente: 520.000,00 €.</p><p>\",,C-Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia: 2.932.000,00 €.</p><p>\",,D-Inserción social e inclusión activa de población de especial vulnerabilidad: 3.350.000,00 €.</p><p>,,Este crédito se distribuirá en las siguientes líneas de actuación:</p><p>\",,Línea D.1-Atención de necesidades básicas, urgentes y puntuales de personas en situación de pobreza y vulnerabilidad: 545.000,00 €.</p><p>\",,Línea D.2-Inclusión de personas en situación de especial dificultad o en situación de riesgo de exclusión al margen de su pertenencia a un colectivo concreto, incluyendo la atención integral a personas sin hogar: 1.300.000,00 €</p><p>\",,Línea D.3-Promoción social de la comunidad gitana: 340.000,00 €</p><p>\",,Línea D.4-Atención a personas inmigrantes en situación de vulnerabilidad social: 225.000,00 €.</p><p>\",,Línea D.5-Integración sociolaboral de personas reclusas y ex reclusas: 190.000,00 €.</p><p>\",,Línea D.6-Apoyo al mantenimiento de redes de servicios de atención integral a personas con problemas de drogodependencias y otras adicciones: 240.000,00 €</p><p>\",, Línea D.7-Apoyo al mantenimiento de servicios de atención a personas con VIH/Sida y de mejora de su inserción sociolaboral: 15.000,00 €.</p><p>\",,Línea D.8-Atención a jóvenes en situación de vulnerabilidad social: 175.000,00 €</p><p>\",,Línea D.9-Atención a Mujeres en situación de vulnerabilidad social: 320.000,00 €</p><p>\",,E-Participación solidaria de la ciudadanía: 183.000,00 €.</p><p>Si en alguno de los ámbitos de actuación no se llegase a aplicar el crédito previsto en su totalidad, el mismo se redistribuirá entre el resto de ámbitos de actuación atendiendo a la proporcionalidad de la distribución de créditos inicial. En los ámbitos de actuación con líneas específicas con crédito asignado, se aplicará esa misma regla internamente a las líneas antes de redistribuirlo entre el resto de ámbitos.</p><p>La cuantía individualizada de las subvenciones vendrá determinada en función del crédito disponible en cada ámbito, y en su caso línea, de actuación de los contemplados en la convocatoria, y se establecerá siguiendo la regla de la proporcionalidad, aplicándose a la cuantía solicitada la puntuación obtenida en aplicación de los criterios de valoración.</p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:</p><p>15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.</p><p>Sexto. Otros datos:</p><p>En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://miprincipado.asturias.es/) está publicada la ficha de servicio, que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0235T01 en el buscador de la página, en la que se encontrará el texto íntegro de la resolución, información complementaria, los formularios normalizados de solicitud y los anexos que deben acompañarlos, y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud. Existe un formulario de solicitud específico para cada ámbito de actuación.</p><p>Las solicitudes, que deben presentarse electrónicamente, se dirigirán, indicando el código de identificación (DIR) correspondiente en la casilla dispuesta al efecto en los formularios de solicitud, a:</p><p>-,,Para los ámbitos A-Longevidad activa, inclusiva y significativa y C-Promoción de la autonomía personal y prevención de la dependencia, al Servicio de Gestión de Plazas y Centros, de la Dirección General de Promoción de la Autonomía personal y Mayores (Código DIR A03016123).</p><p>-,,Para el ámbito B-Garantía de derechos de la infancia y la familia, al Servicio de Promoción de Derechos, Apoyo Familiar y Protección de la Dirección General de Infancia y Familias (Código DIR A03045378).</p><p>-,,Para los ámbitos D-Inserción social e inclusión activa de población de especial vulnerabilidad y E-Participación solidaria de la ciudadanía, al Servicio de Inclusión y Prestaciones Básicas de Servicios Sociales de la Dirección General de Gestión de Derechos Sociales (Código DIR A03045377)</p><p>El otorgamiento y o la denegación de subvenciones se realizará por la Ilma. Sra. Consejera de Derechos Sociales y Bienestar mediante resolución motivada que deberá adoptarse y notificarse en el plazo máximo de 4 meses contados a partir del día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo máximo sin que haya recaído resolución expresa, se podrá entender que ésta es desestimatoria.</p>","textoLeng":null,"url":"https://miprincipado.asturias.es/bopa/disposiciones?p_p_id=pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb&p_p_lifecycle=0&_pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb_mvcRenderCommandName=%2Fdisposition%2Fdetail&p_r_p_dispositionText=2026-06919&p_r_p_dispositionReference=2026-06919&p_r_p_dispositionDate=21%2F08%2F2026","cve":null,"desDiarioOficial":"BOPA. B.O. DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS","datPublicacion":"2026-08-21"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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