{"id":1125288,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CHIVA","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE CHIVA"},"sedeElectronica":"https://chiva.sedelectronica.es/info.0","codigoBDNS":"923727","fechaRecepcion":"2026-08-06","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":6000,"mrr":false,"descripcion":"BASES Y CONVOCATORIA DE LA XXXV EDICIÓN DE LOS PREMIOS OTOÑO “VILLA DE CHIVA” 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de creación artística y artes escénicas","codigo":"90"}],"regiones":[{"descripcion":"ES523 - Valencia / València"}],"descripcionFinalidad":"Cultura","descripcionBasesReguladoras":"BASES Y CONVOCATORIA DE LA XXXV EDICIÓN DE LOS PREMIOS OTOÑO “VILLA DE CHIVA” 2026","urlBasesReguladoras":"https://chiva.sedelectronica.es/info.0","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":"2026-10-30","textInicio":"A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE PUBLICACIÓN EN EL BOP","textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1505860,"descripcion":"DECRETO DE ALCALDIA","nombreFic":"DECRETO 2026-2422 [Resolución PR_2026_2957 - Actuación genérica con fiscalización].pdf","long":2203473,"datMod":"2026-08-06","datPublicacion":"2026-08-06"},{"id":1505858,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":". BASES Y CONVOCATORIA PREMIOS OTOÑO 2026.pdf","long":331937,"datMod":"2026-08-06","datPublicacion":"2026-08-06"}],"anuncios":[{"numAnuncio":218809,"titulo":"Extracto de la aprobación Decreto nº 2026-2422 de 04 de agosto de 2026, por la que se aprueban las Bases de la Convocatoria de la XXXV Edición de los Premios de Otoño \"Villa de Chiva\" 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>BASE PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA</p><p>El objeto de las presentes bases es regular la convocatoria de la XXXV Edición de los Premios Otoño “Villa de Chiva” 2026, con la finalidad de fomentar la creación artística y literaria, contribuir al dinamismo del sector cultural y reconocer la trayectoria y calidad de las obras presentadas.</p><p>Los premios tendrán la consideración de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y se otorgarán con arreglo a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por el Ayuntamiento de Chiva y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.</p><p>La convocatoria se regirá por las presentes bases, por lo establecido en el anexo 4 por las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del ejercicio 2026 y por el resto de normativa que resulte de aplicación.</p><p>BASE SEGUNDA.- FINANCIACIÓN</p><p>Los premios regulados en esta convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 33400-48013 del Presupuesto General del Ayuntamiento de Chiva para el ejercicio 2026, hasta un importe máximo de SEIS MIL EUROS (6.000,00 €).</p><p>La concesión de los premios quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.</p><p>BASE TERCERA.- CUANTÍA Y MODALIDAD DE LOS PREMIOS</p><p>La XXXV Edición de los Premios Otoño “Villa de Chiva” 2026 contará con las siguientes dotaciones económicas:</p><p>Premio de CREACIÓN ARTÍSTICA: MIL OCHOCIENTOS EUROS (1.800,00 €).</p><p>Premio de CREACIÓN LITERARIA: MIL OCHOCIENTOS EUROS (1.800,00 €).</p><p>Los premios tendrán carácter único e indivisible, no pudiendo declararse ex aequo ni fraccionarse entre varias candidaturas.</p><p>Asimismo, el resto de artistas seleccionados por el jurado para participar en la exposición colectiva recibirán una cuantía de CIEN EUROS (100,00 €) cada uno, con un máximo de veinticuatro (24) artistas seleccionados, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la correspondiente convocatoria y exista disponibilidad presupuestaria.</p><p>Modalidad de Creación Artística</p><p>En la modalidad de Creación Artística, además del Premio, el Ayuntamiento de Chiva, a través del Departamento de Cultura y Educación, organizará una exposición colectiva de las y los artistas seleccionados por el jurado, así como la propia obra ganadora. La obra premiada en esta modalidad pasará a formar parte de la colección municipal de arte.</p><p>Modalidad de Creación Literaria</p><p>En la modalidad de Creación Literaria, la obra premiada obtendrá, además del premio económico, y en concepto de ayuda o subvención en especie, al amparo de lo previsto en la Disposición Adicional Quinta de la LGS, 10 ejemplares de la edición impresa de la obra que será publicada a través de la editorial con la que el Ayuntamiento estime conveniente contratar sus servicios. El importe de referencia, se entenderá como un avance de los derechos de autor de la primera edición.</p><p>Propiedad intelectual y derechos de explotación</p><p>Las personas premiadas cederán al Ayuntamiento de Chiva los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública, transformación y difusión de las obras galardonadas, únicamente para fines culturales, educativos, promocionales e institucionales vinculados al certamen, sin finalidad comercial. La cesión se realizará sin límite territorial y por el plazo máximo legalmente permitido, según la ley.</p><p>BASE CUARTA.- PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS</p><p>Podrán participar en la presente convocatoria las personas físicas mayores de 18 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, cualquiera que sea su nacionalidad o lugar de residencia.</p><p>Cada participante podrá presentar un máximo de dos obras, en cada modalidad.</p><p>Las personas participantes deberán garantizar mediante declaración responsable, anexo en las bases:</p><p>La autoría y originalidad de las obras.</p><p>Que las obras son inéditas, salvo en aquellos supuestos expresamente permitidos en estas bases.</p><p>Que las obras no han sido premiadas anteriormente.</p><p>Que no se encuentran incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.</p><p>Que se hallan al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, cuando resulte legalmente exigible.</p><p>Las personas participantes deberán comunicar al Ayuntamiento cualquier premio, distinción o reconocimiento obtenido por las obras presentadas desde la fecha de presentación hasta la resolución definitiva de la convocatoria.</p><p>BASE QUINTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN</p><p>1. Forma de presentación</p><p>Las solicitudes podrán presentarse:</p><p>Preferentemente por medios electrónicos a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Chiva.</p><p>Presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento.</p><p>Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015.</p><p>El plazo de presentación finalizará el día 30 de octubre de 2026.</p><p>2. Subsanación</p><p>Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o faltara documentación, se requerirá a la persona interesada para que subsane la falta en el plazo de diez días hábiles, con indicación de que, si no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su solicitud, previa resolución dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015.</p><p>A) CREACIÓN ARTÍSTICA</p><p>Se podrán presentar trabajos de pintura, fotografía, escultura y poesía visual, todos ellos según lo indicado en el apartado “dossieres” de estas bases. Los trabajos finales, en el momento en que se requieran por parte del Ayuntamiento de Chiva para formar parte de la exposición, deberán cumplir los siguientes requisitos:</p><p>Requisitos técnicos:</p><p>Pintura: el soporte será libre y las obras tendrán unas dimensiones por lado de 50 cm de mínimo por 150 cm de máximo.</p><p>Fotografía: se pueden presentar una única fotografía, o un conjunto o colección fotográfica de 2 imágenes como mínimo y 10 como máximo, en formato libre. Deberán poder ser enmarcados en marcos de 40 x 50 cm.</p><p>Escultura: Técnica y soporte libre. Las obras tendrán una dimensión máxima de 200 cm en su eje mayor, sin contar el pedestal.</p><p>Poesía Visual: Trabajos de creación poético-visual con plena libertad temática.</p><p>Las obras seleccionadas deberán entregarse debidamente preparadas para su exposición.</p><p>En aquellos casos en los que las obras artísticas, especialmente esculturas, instalaciones, fotografía, poesía visual o propuestas que requieran un montaje específico, necesiten instalación previa, sistemas de anclaje, soportes, dispositivos audiovisuales, iluminación, elementos técnicos o cualquier otro recurso necesario para su correcta exhibición, la persona autora deberá aportar un documento técnico explicativo detallado en el que se especifiquen las características y necesidades del montaje.</p><p>Dicho documento deberá incluir, al menos:</p><p>Descripción detallada del sistema de montaje e instalación.</p><p>Relación completa de materiales, soportes y elementos auxiliares necesarios para la exhibición de la obra.</p><p>Necesidades técnicas, eléctricas o audiovisuales, en su caso.</p><p>Instrucciones específicas de manipulación, colocación y desmontaje.</p><p>Dimensiones definitivas de exposición.</p><p>Tiempo estimado necesario para el montaje y desmontaje.</p><p>Asimismo, las personas participantes deberán aportar junto con la obra todos los materiales, piezas y elementos necesarios para su correcto montaje y exhibición, no asumiendo el Ayuntamiento de Chiva la obligación de proporcionar materiales técnicos o estructurales no previamente indicados ni incluidos por la persona autora.</p><p>El Ayuntamiento de Chiva podrá valorar la viabilidad técnica, espacial y de seguridad de las propuestas presentadas y, en su caso, limitar o adaptar aquellos montajes que no resulten compatibles con las características del espacio expositivo o con la normativa aplicable.</p><p>El Departamento de Cultura del Ayuntamiento de Chiva, tomará las medidas adecuadas respecto de la custodia y la conservación de las obras seleccionadas.</p><p>Dossieres:</p><p>Las obras y trabajos en la modalidad de Creación Artística deberán presentarse mediante dossieres informativos. Los dossieres de las y los artistas interesados en participar en la XXXV Edición de los Premios Otoño “Villa de Chiva” 2026, se presentarán exclusivamente en formato digital e incluirán:</p><p>Currículum artístico y profesional completo (formación, exposiciones individuales y colectivas, bibliografía, premios, obras en colecciones, seminarios, etc.).</p><p>Copia del DNI, NIE, pasaporte o documento equivalente.</p><p>Propuesta artística concreta de un máximo de dos obras que se presentan al Premio, con la ficha técnica correspondiente. Tanto el tema como la técnica y el soporte o soportes son de libre elección del artista, según lo indicado en la base Quinta.</p><p>Una selección de fotografías de otras obras y exposiciones realizadas anteriormente por el artista con la ficha técnica correspondiente.</p><p>Enlaces a catálogos o exposiciones digitales, en su caso.</p><p>Las reseñas bibliográficas y las críticas que se consideren oportunas.</p><p>Una fotografía en digital y texto explicativo sobre la obra o las obras presentadas (máximo de 500 palabras para el texto de cada obra).</p><p>Boletín oficial de inscripción, disponible en la web del Ayuntamiento.</p><p>Declaración jurada de que no presentará la obra en otros concursos, en tanto no finalice o se de resolución a esta XXXV Edición de los Premios Otoño “Villa de Chiva” 2026. En caso contrario será excluido.</p><p>Presentación de dossieres y obras:</p><p>Los dossieres solo podrán enviarse, a través de:</p><p>La sede electrónica del Ayuntamiento de Chiva.</p><p>Por correo electrónico a cultura@chiva.es</p><p>Presencialmente de lunes a viernes, de 9:00h a 14:00h, en el Ayuntamiento de Chiva, sito en la Plaza Gil Escartí S/N.</p><p>Se admitirán los dosieres remitidos por correo postal o mediante servicio de mensajería siempre que la fecha de expedición no sea posterior a la fecha límite establecida para la presentación de candidaturas.</p><p>Una vez realizada la selección por parte del jurado, los soportes digitales aportados (CD, DVD, memorias USB, discos duros u otros similares) podrán ser recuperados por las personas participantes que así lo soliciten. La devolución o recogida de dichos materiales se realizará por el medio que estas determinen, siendo por su cuenta y cargo todos los gastos derivados de su recogida, transporte, envío o devolución. El Ayuntamiento de Chiva no asumirá coste alguno por estos conceptos.</p><p>Recepción y devolución de las obras y materiales:</p><p>Una vez seleccionadas las obras y materiales premiados, se avisará a los y las participantes seleccionados y estos deberán remitir las obras premiadas al Ayuntamiento de Chiva mediante:</p><p>Correo postal o servicio de mensajería. Tanto el envío inicial como la recogida, devolución o reexpedición de las obras una vez finalizado el concurso y/o la exposición serán gestionados y asumidos íntegramente por la persona participante. Todos los gastos derivados del transporte, embalaje, envío, recogida y devolución de las obras correrán por cuenta de la persona autora o participante, independientemente del medio utilizado para su traslado.</p><p>Presencialmente de lunes a viernes, de 9:00h a 14:00h, en el Ayuntamiento de Chiva, sito en la Plaza Gil Escartí S/N.</p><p>El Ayuntamiento de Chiva velará por la adecuada custodia y conservación de las obras desde su recepción hasta su devolución. No obstante, no asumirá responsabilidad alguna por pérdidas, deterioros, desperfectos, robos o cualquier otra incidencia que pudiera producirse durante los traslados, ni por los daños que las obras pudieran sufrir durante el tiempo en que permanezcan depositadas en sus instalaciones. Se recomienda, por tanto, que las obras sean embaladas de forma adecuada y, en su caso, aseguradas por sus propietarios.</p><p>Toda la documentación y los soportes se deben enviar o entregar etiquetados con la indicación:</p><p>XXXV Premios Otoño “Villa de Chiva” 2026 de Creación Artística.</p><p>Los trabajos finalistas seleccionados para la exposición deberán enviarse terminados y listos para exponer, por correo postal a portes pagados o entregar presencialmente de lunes a viernes, de 9:00h a 14:00h, en el Ayuntamiento de Chiva, sito en la Plaza Gil Escartí S/N., en el plazo máximo de 5 días desde su comunicación por parte del Ayuntamiento de Chiva. En caso contrario se desestimará su participación en la exposición y en el premio final.</p><p>B) CREACIÓN LITERARIA</p><p>Formato</p><p>En el apartado de Creación Literaria se podrán presentar trabajos de novelas, conjuntos de relatos, narrativa breve, poesía y escritura teatral. Las obras tendrán plena libertad temática, escritos en cualquier lengua oficial de la Comunidad Valenciana.</p><p>El formato para presentar, las obras literarias será: tamaño de letra 12, con 1,5 de interlineado, en tamaño de página DIN A4, por las dos caras, numerados y en PDF, en caso de presentación en papel, grapados o encuadernados.</p><p>Extensión</p><p>Las extensiones de los textos en las distintas modalidades serán las siguientes:</p><p>Novelas, 70 páginas como mínimo y 120 páginas como máximo. (Páginas DIN A4)</p><p>Relatos, 50 páginas como mínimo y 80 páginas como máximo. (Páginas DIN A4)</p><p>Teatro, 50 páginas como mínimo y 90 páginas como máximo. (Páginas DIN A4)</p><p>Poesía, 40 páginas como mínimo y 60 páginas como máximo. (Páginas DIN A4)</p><p>Presentación</p><p>Las obras de creación literaria, podrán presentarse:</p><p>Preferentemente en formato digital.</p><p>En papel, mediante original y tres copias encuadernadas.</p><p>Las obras literarias se presentarán preferentemente en formato digital: USB/CD, por correo certificado o servicio de mensajería, que incluirá en la cubierta: XXXV Premios Otoño “Villa de Chiva” 2026, título de la obra y un lema o el pseudónimo de la persona que sea su autora. El archivo de la obra deberá presentarse en formato de PDF.</p><p>En el caso de optar por la presentación en papel, los originales se deberán presentar tres copias encuadernadas individualmente cada una de las copias.</p><p>La identidad de la persona autora se incluirá en un sobre cerrado y aparte, o en archivo independiente, garantizando el anonimato ante el jurado.</p><p>Las obras deberán ser inéditas, no premiadas en ningún otro certamen, ni publicadas total o parcialmente. La originalidad de la obra y su autoría se justificará mediante una declaración responsable manifestando ser la persona autora y titular de todos los derechos.</p><p>En consecuencia, el Ayuntamiento de Chiva no se hará responsable de las posibles denuncias por plagio o eventualidad similar que pudieran surgir, recayendo en la persona participante afectada las acciones legales que procedan y asumiendo, en su caso, las indemnizaciones que pudieran corresponder por los perjuicios ocasionados a particulares o a la organización.</p><p>Las personas participantes tendrán el deber de comunicar al Ayuntamiento de Chiva la concesión de cualquier premio que obtenga la obra presentada, en el momento en que esta situación se produzca, lo que podrá dar lugar a su exclusión del premio.</p><p>BASE SEXTA.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN</p><p>La instrucción del procedimiento corresponderá al Departamento de Cultura del Ayuntamiento de Chiva.</p><p>La aprobación de las presentes bases y de la convocatoria corresponderá a la Junta de Gobierno Local.</p><p>La convocatoria será publicada en:</p><p>La Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).</p><p>El Boletín Oficial de la Provincia.</p><p>La sede electrónica del Ayuntamiento de Chiva.</p><p>Jurados</p><p>Se constituirán dos jurados:</p><p>Jurado de Creación Artística.</p><p>Jurado de Creación Literaria.</p><p>Cada jurado estará compuesto por tres personas de reconocida trayectoria profesional relacionadas con la materia objeto del premio.</p><p>Su designación se efectuará mediante Resolución de Alcaldía.</p><p>Los miembros del jurado deberán abstenerse y podrán ser recusados en los supuestos previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015.</p><p>Criterios de valoración</p><p>El jurado valorará:</p><p>Calidad técnica y artística o literaria de la obra.</p><p>Originalidad y creatividad.</p><p>Coherencia formal y conceptual.</p><p>Trayectoria artística o literaria de la persona participante.</p><p>Resolución</p><p>El jurado emitirá propuesta motivada de concesión.</p><p>La resolución definitiva corresponderá a la Junta de Gobierno Local.</p><p>Los premios podrán declararse desiertos cuando las obras presentadas no alcancen el nivel de calidad exigido.</p><p>La resolución pondrá fin a la vía administrativa.</p><p>En relación a la disposición adicional décima de la Ley General de Subvenciones, se establecerá el régimen especial aplicable al otorgamiento de los premios culturales que deberá ajustarse al contenido de esta ley, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable.</p><p>Publicidad y transparencia</p><p>La concesión de los premios será objeto de publicación en la BDNS, sede electrónica y portal de transparencia del Ayuntamiento de Chiva, indicando:</p><p>Convocatoria.</p><p>Aplicación presupuestaria.</p><p>Personas beneficiarias.</p><p>Importe concedido.</p><p>Compatibilidad</p><p>Premios Artísticos. El premio otorgado a la obra artística ganadora será incompatible con cualquier otro premio, subvención, ayuda o recurso concedido para la misma obra y que tenga por finalidad su adquisición o la financiación de su adquisición por otra entidad pública o privada. Esta incompatibilidad se fundamenta en que la concesión del premio comporta la adquisición de la obra galardonada por el Ayuntamiento, que pasará a integrarse en el patrimonio municipal como bien de titularidad municipal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 19.3 y 17.3.m) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p>Premios Literarios. El premio otorgado a la obra literaria será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, siempre que dicha acumulación no suponga una sobrefinanciación de la actividad subvencionada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el régimen de compatibilidad establecido en las presentes bases reguladoras al amparo del artículo 17.3.m) de la citada ley.</p><p>BASE SÉPTIMA.- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN</p><p>El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses desde la publicación de la convocatoria.</p><p>Transcurrido dicho plazo sin resolución expresa, las solicitudes podrán entenderse desestimadas por silencio administrativo.</p><p>La resolución se notificará mediante publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica municipal, sin perjuicio de las notificaciones individuales que procedan.</p><p>BASE OCTAVA.- OBLIGACIONES DE LAS PERSONAS BENEFICIARIAS</p><p>Las personas beneficiarias estarán obligadas a:</p><p>Aceptar el premio concedido.</p><p>Someterse a las actuaciones de comprobación que pueda efectuar el Ayuntamiento.</p><p>Comunicar cualquier modificación de las circunstancias inicialmente declaradas.</p><p>Reintegrar las cantidades percibidas en los supuestos legalmente previstos.</p><p>El incumplimiento de las obligaciones previstas en estas bases podrá dar lugar a la pérdida del derecho al cobro o al reintegro de las cantidades percibidas.</p><p>BASE NOVENA.- JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN</p><p>Los presentes premios se conceden en atención a la concurrencia de una determinada situación en el perceptor por lo que no requerirán otra justificación que la acreditación en el expediente del carácter de premiado previamente a su concesión, conforme a lo previsto en estas Bases, y de conformidad con lo previsto 30.7 de la LGS.</p><p>BASE DÉCIMA.- PROTECCIÓN DE DATOS</p><p>Los datos personales facilitados serán tratados por el Ayuntamiento de Chiva con la finalidad de gestionar la presente convocatoria, de conformidad con el Reglamento (UE) 2016/679 y la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.</p><p>Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad mediante solicitud dirigida al Ayuntamiento de Chiva.</p><p>BASE UNDÉCIMA.- ACEPTACIÓN E INTERPRETACIÓN</p><p>La participación en la presente convocatoria implica la aceptación íntegra de las presentes bases.</p><p>Cualquier cuestión no prevista será resuelta por el Ayuntamiento de Chiva conforme a la normativa aplicable.</p><p>BASE DUODÉCIMA.- NORMATIVA APLICABLE</p><p>Las presentes bases se regirán por:</p><p>La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p>El Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.</p><p>La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p>La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.</p><p>Las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Chiva.</p><p>El resto de normativa administrativa que resulte de aplicación.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://bop.dival.es/bop/downloads?anuncioCSV=BOPV-2026/10367&lang=es","cve":"BOPV-2026/10367","desDiarioOficial":"B.O.P. DE VALENCIA","datPublicacion":"2026-08-17"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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