{"id":1124608,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"EXTREMADURA","nivel3":"DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS SOCIALES, INFANCIA Y FAMILIA"},"sedeElectronica":"https://www.juntaex.es/w/0702824","codigoBDNS":"923047","fechaRecepcion":"2026-07-31","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concesión directa - canónica","presupuestoTotal":1000000,"mrr":false,"descripcion":"Ayudas 2026 a la natalidad a familias residentes en Extremadura por Resolución de 29 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de los hogares como productores de servicios para uso propio","codigo":"98.2"}],"regiones":[{"descripcion":"ES43 - EXTREMADURA"}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"Decreto 81/2025, de 15 de julio, de bases reguladoras de las ayudas por natalidad a otorgar a las familias residentes en la CA Extremadura, y primera convocatoria para 2025","urlBasesReguladoras":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1510o/25040137.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":"2026-09-30","textInicio":"A partir de día siguiente a punlicación de la convocatoria en el DOE","textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1503872,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":" Resolución, de 29 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de las ayudas económicas por natalidad a otorgar a las familias residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura en el ejercicio 2026.PDF","long":521065,"datMod":"2026-07-31","datPublicacion":"2026-07-31"},{"id":1503873,"descripcion":"Modelo de solicitud","nombreFic":"Solicitud.PDF","long":307981,"datMod":"2026-07-31","datPublicacion":"2026-07-31"}],"anuncios":[{"numAnuncio":218531,"titulo":"Extracto de la Resolución de 29 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de concesión de las ayudas económicas por natalidad a otorgar a las familias residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p></p><p></p><p></p><p>BDNS (Identif.):</p><p></p><p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8. a) de la</p><p>Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 16.q) de la</p><p>Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de</p><p>Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto</p><p>completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones</p><p>(https://www.infosubvenciones.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en</p><p>el presente Diario Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es).</p><p></p><p>Primero. Objeto de la convocatoria y procedimiento de concesión.</p><p>La convocatoria tiene por objeto a concesión de ayudas por natalidad,</p><p>correspondiente al año 2026, por el procedimiento de concesión directa y</p><p>convocatoria pública abierta, a otorgar a las familias residentes en la</p><p>Comunidad Autónoma de Extremadura por el nacimiento, la adopción, la</p><p>guarda con fines de adopción o situación equivalente en caso de adopción</p><p>internacional, en núcleos de población con menos de 3.000 habitantes.</p><p></p><p>Segundo. Personas beneficiarias.</p><p>De acuerdo con lo señalado en el resuelvo segundo de la resolución de</p><p>aprobación de la convocatoria podrán acceder a las ayudas las personas</p><p>físicas que cumplan los requisitos del artículo 2 del decreto regulador</p><p>de estas ayudas, siempre que el nacimiento, adopción, guarda con fines</p><p>de adopción o situación equivalente en caso de adopción internacional</p><p>haya tenido lugar o se produzca entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31</p><p>de agosto de 2026, ambos inclusive.</p><p></p><p>Tercero. Bases reguladoras.</p><p></p><p>Decreto 81/2025, de 15 de julio, por el que se establecen las bases</p><p>reguladoras de las ayudas por natalidad a otorgar a las familias</p><p>residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la</p><p>primera convocatoria para el año 2025 (Diario Oficial de Extremadura</p><p>núm. 151, de 6 de agosto de 2025).</p><p></p><p>Cuarto. Cuantía.</p><p>La cuantía total máxima de la convocatoria de ayudas por natalidad será</p><p>de 1.000.000,00 €, con cargo a la aplicación presupuestaria</p><p>110030000/G/252A/48000, Fondo CAG0000001, código de proyecto 20240336,</p><p>de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura</p><p>para el año 2026.</p><p>No realizada la ampliación de crédito correspondiente y agotado el</p><p>crédito consignado en la convocatoria, se declarará finalizado el</p><p>período de vigencia de la misma mediante resolución del Secretaria</p><p>General de la Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios</p><p>Sociales y Familia y se publicará en el Diario Oficial de Extremadura</p><p>(http://doe.juntaex.es) y en el portal de subvenciones</p><p>(https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/A11/es/inicio), con la</p><p>consiguiente inadmisión de las solicitudes posteriormente presentadas.</p><p>La cuantía individualizada de la ayuda a otorgar será de 500 € por cada</p><p>hija o hijo nacido, adoptado o sobre el que se haya formalizado la</p><p>guarda con fines de adopción o situación equivalente en caso de adopción</p><p>internacional.</p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la</p><p>publicación simultánea de la convocatoria y el presente extracto en el</p><p>Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es, finalizando el 30</p><p>de septiembre de 2026, inclusive.</p><p>El modelo de solicitud y el de certificado de residencia en una entidad</p><p>local menor o pedanía, según anexos I y II, respectivamente, estarán</p><p>disponibles en el punto de acceso general electrónico de los servicios y</p><p>trámites: https://www.juntaex.es/w/0702824.</p><p>Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de la</p><p>Vicepresidencia y Consejería de Desregulación, Servicios Sociales y</p><p>Familia a las siguientes direcciones, en función de la provincia de</p><p>residencia:</p><p>a) Si se reside en la provincia de Cáceres: Plaza Hernán Cortés, 1.</p><p>10001- Cáceres. DIR3 A11036277 (o en su defecto A11030102).</p><p>b) Si se reside en la provincia de Badajoz: Ronda del Pilar, 10.</p><p>06002-Badajoz. DIR3 A11036577 (o en su defecto A11030101).</p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1510o/26062081.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"DOE. D.O. DE EXTREMADURA","datPublicacion":"2026-08-06"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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