{"id":1124550,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"EXTREMADURA","nivel3":"SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN"},"sedeElectronica":"http://www.juntaex.es/w/0720625","codigoBDNS":"922989","fechaRecepcion":"2026-07-31","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concesión directa - canónica","presupuestoTotal":6408000,"mrr":false,"descripcion":"Resolución de 30 de julio de 2026, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan las ayudas destinadas a financiar la escolarización del alumnado del primer ciclo de Educación Infantil en centros docentes de titularidad pública y privados","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Educación preprimaria","codigo":"85.1"}],"regiones":[{"descripcion":"ES43 - EXTREMADURA"}],"descripcionFinalidad":"Educación","descripcionBasesReguladoras":"Decreto 56/2025, de 10 de junio de bases reguladoras de las ayudas a familias, destinadas a financiar la escolarización del alumnado en el primer ciclo de Educación Infantil en centros docentes de titularidad pública y privados autorizados y primera convo","urlBasesReguladoras":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2025/1230o/25040094.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Al día siguiente de la publicación en el DOE","textFin":"Dos meses desde el día siguiente a su publicación","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1503774,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Resolución de Convocatoria.PDF","long":475062,"datMod":"2026-07-31","datPublicacion":"2026-07-31"}],"anuncios":[{"numAnuncio":218511,"titulo":"Extracto de la convocatoria correspondiente al curso escolar 2026/2027, para el alumnado del  primer ciclo de Educación Infantil, establecida en el Decreto 56/2025, de 10 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a familias, destinadas a financiar la escolarización del alumnado en el primer ciclo de Educación Infantil, en centros docentes de titularidad pública y privados autorizados por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad Autó","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la</p><p>Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y 16 q) de la</p><p>ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de</p><p>Extremadura, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto</p><p>completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional</p><p>https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias y en el</p><p>presente Diario Oficial de Extremadura.</p><p></p><p>Primero. Objeto.</p><p>Aprobar para el curso escolar 2026/2027, la convocatoria de las ayudas a</p><p>familias destinadas a financiar, total o parcialmente el coste de la</p><p>escolarización del alumnado de primer ciclo de Educación Infantil,</p><p>matriculado en Escuelas Infantiles municipales y dependientes de la</p><p>Junta de Extremadura no gratuitas, y en centros docentes de Educación</p><p>Infantil privados autorizados por la consejería competente en materia de</p><p>educación no universitaria.</p><p></p><p>Segundo. Personas beneficiarias.</p><p>1.Tendrán la condición de personas beneficiarias quienes cumplan los</p><p>siguientes requisitos a la fecha de finalización del plazo de</p><p>presentación de solicitudes:</p><p>a)\tTener residencia familiar en Extremadura o la condición de extremeño,</p><p>de conformidad con la Ley 6/2009, de 17 de diciembre, del Estatuto de</p><p>los extremeños en el exterior.</p><p>b)\tSer poseedor de un número de identificación fiscal, ya sea de</p><p>carácter definitivo o de carácter provisional.</p><p>c)\tEstar escolarizado en primero, segundo o tercer curso de primer ciclo</p><p>de Educación Infantil, en una Escuela Infantil o en un centro docente</p><p>privado autorizado por la consejería competente en materia de educación</p><p>no universitaria.</p><p>2. No podrá obtener la condición de beneficiario/a el alumnado que se</p><p>encuentre incurso en alguna de las circunstancias previstas en el</p><p>apartado 2 del artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de</p><p>Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.</p><p>Tercero. Bases reguladoras.</p><p>Decreto 56/2025, de 10 de junio, por el que se establecen las bases</p><p>reguladoras de las ayudas a familias, destinadas a financiar la</p><p>escolarización del alumnado en el primer ciclo de Educación Infantil en</p><p>centros docentes de titularidad pública y privados autorizados por la</p><p>Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Comunidad</p><p>Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el</p><p>curso escolar 2025/2026, para el alumnado de segundo y tercer curso del</p><p>ciclo.</p><p>Cuarto. Cuantía.</p><p>Para el objeto de esta convocatoria se destinará el importe máximo de</p><p>6.408.000 € y se financiará con cargo a los Presupuestos Generales de la</p><p>Comunidad Autónoma de Extremadura prorrogados durante el 2026, desde el</p><p>1 de enero de 2026 hasta, en su caso, la aprobación y entrada en vigor</p><p>de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para el año</p><p>2026, con el siguiente desglose presupuestario por anualidad:</p><p>• Anualidad 2026:</p><p>– 130020000/G/222A/48000/CAG0000001/20250349: 1.748.000€</p><p></p><p>• Anualidad 2027:</p><p>– 130020000/G/222A/48000/CAG0000001/20250349: 4.660.000€</p><p></p><p>El importe máximo de la ayuda por alumno es de 200 euros mensuales,</p><p>hasta un máximo de 12 mensualidades, sin que en ningún caso pueda</p><p>superar el importe a abonar por la familia por el servicio educativo.</p><p></p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será de 2 meses, comenzando al</p><p>día siguiente de la publicación de la convocatoria y su extracto en el</p><p>Diario oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es/).</p><p></p><p>Excepcionalmente, el alumnado que, por circunstancias justificadas y</p><p>debidamente acreditadas, no haya podido escolarizarse en el plazo</p><p>establecido en el apartado anterior, podrá presentar su solicitud del 1</p><p>al 15 de mayo de 2027.</p><p></p><p>Las solicitudes se presentarán de forma electrónica a través del punto</p><p>de acceso general electrónico (https://www.juntaex.es/w/0720625)</p><p></p><p></p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1510o/26062057.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"DOE. D.O. DE EXTREMADURA","datPublicacion":"2026-08-06"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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