{"id":1124549,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"EXTREMADURA","nivel3":"DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL"},"sedeElectronica":"https://www.juntaex.es/w/0620122","codigoBDNS":"922988","fechaRecepcion":"2026-07-31","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":2590332,"mrr":false,"descripcion":"Ayudas 2026 del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de municipios de Extremadura, según Resolución de 30 de julio de 2026 que las convoca","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Administración pública y de la política económica, social y medioambiental","codigo":"84.1"}],"regiones":[{"descripcion":"ES43 - EXTREMADURA"}],"descripcionFinalidad":"Otras actuaciones de carácter económico","descripcionBasesReguladoras":"Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio, por el que se regulan las bases para la distribución del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de municipios de Extremadura","urlBasesReguladoras":"http://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2021/1380o/21030041.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Día siguiente al de la publicación de la Resolución de la Convocatoria en el DOE","textFin":"15 días hábiles desde el siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOE","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1503773,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Ayudas 2026 del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de municipios de Extremadura, según Resolución de 30 de julio de 2026 que las convoca.PDF","long":651396,"datMod":"2026-07-31","datPublicacion":"2026-07-31"}],"anuncios":[{"numAnuncio":218510,"titulo":"EXTRACTO de la resolución de 30 de julio de 2026, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura, durante el ejercicio 2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 B y 20.8 a) de la</p><p>Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el</p><p>extracto de las ayudas del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades</p><p>Integrales de Municipios de Extremadura correspondiente a la</p><p>convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos</p><p>Nacional de Subvenciones</p><p>(https://www.infosubvenciones.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en</p><p>el presente DOE.</p><p></p><p>Primero. Convocatoria.</p><p></p><p>Se convocan las ayudas del Fondo de Cooperación para las Mancomunidades</p><p>Integrales de Municipios de Extremadura para 2026.</p><p></p><p>Segundo. Objeto.</p><p></p><p>La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de las ayudas a</p><p>conceder con cargo al Fondo de Cooperación para las Mancomunidades</p><p>Integrales de Municipios en Extremadura, cuya finalidad es la de</p><p>cooperar en el sostenimiento de las mismas, potenciando su desarrollo</p><p>integral en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de</p><p>Extremadura, de acuerdo con las bases reguladoras aprobadas mediante</p><p>Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio.</p><p></p><p>A estos efectos, se entenderá por desarrollo integral de las</p><p>mancomunidades de municipios de Extremadura aquel orientado a la</p><p>realización de obras y prestación de servicios que sean necesarios para</p><p>que las entidades locales que las integran puedan ejercer las</p><p>competencias y prestar los servicios previstos en el artículo 15 de la</p><p>Ley 3/2019, de 22 de enero, de Garantía de la Autonomía Municipal de</p><p>Extremadura, y los enumerados en los artículos 25 y 26 de la Ley 7/1985,</p><p>de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, exigiendo que</p><p>su prestación se lleve a cabo mediante gestión directa.</p><p></p><p>Tercero. Mancomunidades beneficiarias.</p><p></p><p>Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en esta resolución,</p><p>las mancomunidades de municipios que, cumpliendo con los requisitos</p><p>previstos en el Decreto 10/2021, de 17 de marzo, por el que se</p><p>establecen determinados requisitos mínimos para la calificación como</p><p>integral de una mancomunidad de municipios de la Comunidad Autónoma de</p><p>Extremadura, se encuentren calificadas como integrales por la</p><p>Presidencia de la Junta de Extremadura a la fecha de finalización del</p><p>plazo de presentación de solicitudes de las ayudas y reúnan, asimismo,</p><p>los requisitos establecidos en el artículo 2.2 del Decreto del</p><p>Presidente 39/2021, de 16 de julio.</p><p></p><p>Cuarto. Bases reguladoras.</p><p></p><p>Decreto del Presidente 39/2021, de 16 de julio, por el que se regulan</p><p>las bases para la distribución del</p><p>Fondo de Cooperación para las Mancomunidades Integrales de Municipios de</p><p>Extremadura (DOE nº 138, de 20 de julio).</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>Quinto. Cuantía.</p><p></p><p>El importe total del presupuesto con destino al Fondo de Cooperación</p><p>para las Mancomunidades Integrales que en este ejercicio asciende a dos</p><p>millones quinientos noventa mil trescientos treinta y dos euros</p><p>(2.590.332,00 €) se distribuirá entre las solicitudes presentadas y</p><p>conforme a los criterios previstos en el resuelvo SEXTO de la resolución</p><p>de concesión. Este importe se distribuye en gastos corrientes con cargo</p><p>a la aplicación presupuestaria 220060000/G/115B/46000 TA11001003 y</p><p>programa de financiación 20080173 por cuantía de dos millones doscientos</p><p>noventa mil trescientos treinta y dos euros (2.290.332,00 €), e</p><p>inversiones, con cargo a la aplicación presupuestaria</p><p>220060000/G/115B/76000 TA11001003 y programa de financiación 20080173,</p><p>por cuantía de trescientos mil euros (300.000,00 €),  con cargo a los</p><p>Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para</p><p>2024, prorrogados durante el ejercicio 2026, hasta, en su caso, la</p><p>aprobación y entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la</p><p>Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026, de acuerdo con lo</p><p>establecido en la Orden de 16 de diciembre de 2025 por la que se fijan</p><p>condiciones y criterios de aplicación de la referida prórroga (DOE nº</p><p>243, de 18 de diciembre de 2025).</p><p></p><p>El importe se encuentra cofinanciado con las aportaciones de las</p><p>Diputaciones Provinciales de Cáceres y Badajoz, mediante convenio de</p><p>cooperación suscrito al efecto con fecha 24 de septiembre de 2024 en</p><p>materia de Mancomunidades Integrales de Municipios de Extremadura.</p><p></p><p>Ninguna mancomunidad integral podrá ser beneficiaria de ayudas que</p><p>superen el 10 por 100 de la totalidad del importe consignado anualmente</p><p>en los presupuestos para el Fondo de Cooperación para Mancomunidades</p><p>Integrales de Municipios de Extremadura.</p><p></p><p>Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p></p><p>Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a partir</p><p>del día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria</p><p>y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura, a través de</p><p>Sede Electrónica Asociada mediante el acceso a través del Punto de</p><p>Acceso General Electrónico en la siguiente dirección electrónica:</p><p>https://www.juntaex.es/w/0620122</p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1510o/26062055.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"DOE. D.O. DE EXTREMADURA","datPublicacion":"2026-08-06"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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