{"id":1123850,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"MADRID","nivel3":"DISTRITO DE CARABANCHEL"},"sedeElectronica":"https://sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.c61bb691882ed9d32e202e2084f1a5a0/?vgnextoid=5a9d5d53be9a0210VgnVCM100000171f5a0aRCRD&vgnextchannel=5a9d5d53be9a0210VgnVCM100000171f5a0aRCRD&vgnextfmt=default","codigoBDNS":"922289","fechaRecepcion":"2026-07-29","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":2800,"mrr":false,"descripcion":"CERTAMEN DE NOVELA CORTA DE CIENCIA FICCIÓN JULIO VERNE 11, 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de creación artística y artes escénicas","codigo":"90"}],"regiones":[{"descripcion":"ES30 - COMUNIDAD DE MADRID"}],"descripcionFinalidad":"Cultura","descripcionBasesReguladoras":"ORDENANZA BBRR GENERALES PARA CONCESIÓN SUBVENCIONES POR AYTO MADRID Y OP","urlBasesReguladoras":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/11/22/BOCM-20131122-34.PDF","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM","textFin":"25 DÍAS HÁBILES CONTADOS DESDE EL SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL B","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1502077,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"BASES DE LA CONVOCATORIA CERTAMEN DE DE NOVELA CORTA DE CIENCIA FICCIÓN “JULIO VERNE 11” 2026.PDF","long":568027,"datMod":"2026-07-29","datPublicacion":"2026-07-29"}],"anuncios":[{"numAnuncio":218304,"titulo":"Extracto de la CERTAMEN DE NOVELA CORTA DE CIENCIA FICCIÓN JULIO VERNE 11, 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Decreto de 28 de julio de 2026 del Concejal Presidente del Distrito de Carabanchel, por el que se aprueban las Bases que han de regir la convocatoria de la I edición del Certamen de novela corta de Ciencia Ficción “Julio Verne 11”</p><p></p><p>Primero. Requisitos de las obras y las personas participantes.</p><p></p><p>Requisitos de los participantes.</p><p></p><p>a)Podrán concurrir al premio los escritores mayores de edad.</p><p>b) De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, no podrán obtener la condición de beneficiario del premio si concurren en alguna de las circunstancias enumeradas en el citado artículo.</p><p></p><p>c) Deberán encontrarse al corriente de pago en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y del cumplimiento de las obligaciones por reintegro de subvenciones en la forma establecida en el artículo 33 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismo Públicos.</p><p></p><p>5.2 Requisitos de las obras.</p><p></p><p>a) Las obras deben ser originales. El autor o autora de la novela corta garantizará la autoría y originalidad de la obra presentada, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena y que no corresponde a ningún autor fallecido.</p><p></p><p>No obstante, se podrá verificar la originalidad de las novelas recibidas, tomando como muestras fragmentos específicos, mediante la utilización de las herramientas IA más avanzadas destinadas a corroborar si el contenido es originariamente humano o si constituye un plagio de otras obras publicadas.</p><p></p><p>Para garantizar la fiabilidad del proceso y minimizar así la posibilidad de falsos positivos, podrán emplearse simultáneamente múltiples sistemas de verificación y análisis comparativo exhaustivo con fuentes externas para la detección inequívoca de plagio.</p><p></p><p>Esta base no limita ni prohíbe el uso legítimo de herramientas de inteligencia artificial por parte de los participantes como apoyo para la generación inicial de ideas, estructuración o planificación general de la obra. No obstante, la redacción final, el estilo y la expresión literaria del texto deberán corresponder inequívocamente a las competencias creativas y literarias propias del participante.</p><p></p><p>b) La temática del certamen se centra en obras de novela corta pertenecientes</p><p>al género de la ciencia ficción, en cualquiera de sus vertientes.</p><p></p><p>c) Las novelas cortas estarán escritas en castellano y no habrán sido premiadas</p><p>en otros concursos ni se habrán presentado previamente, con igual o distinto</p><p>título, a ningún otro premio literario.</p><p></p><p>d) La extensión de las obras será de entre 20.000 y 40.000 palabras. Tamaño</p><p>A4, mecanografiadas a doble espacio en tipo de letra Arial cuerpo 12. Todas</p><p>las páginas irán numeradas.</p><p></p><p>e) Sólo se podrá presentar una obra por autor.</p><p></p><p>f) Cada novela deberá tener un título.</p><p></p><p>Segundo. Objeto y finalidad de la convocatoria.</p><p></p><p>El objeto de la convocatoria es promover la creación literaria mediante la organización de un certamen de novela corta de ciencia ficción denominado “Julio Verne 11”, dirigido a fomentar la participación cultural de la ciudadanía dentro del ámbito del distrito. La iniciativa busca impulsar el talento literario, apoyar a escritores noveles y consolidados, y estimular el interés por la ciencia ficción como género narrativo. Para ello, se establecen las bases que regulan la presentación de obras originales e inéditas, el procedimiento de selección y valoración por parte del jurado, y la concesión del premio “Julio Verne 11” previsto.</p><p></p><p>El certamen se enmarca en el proyecto cultural Distrito 11, que impulsa la creación artística en sus múltiples disciplinas — teatro, música, literatura, fotografía, artes urbanas, etc.— como forma de dinamizar la vida cultural del distrito y apoyar a nuevos talentos.</p><p></p><p>Tercero. Régimen Jurídico.</p><p></p><p>A la presente convocatoria le será de aplicación lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, de 30 de octubre de 2013, así como lo recogido en las presentes bases.</p><p></p><p>En su defecto, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p></p><p>Asimismo, esta convocatoria se regirá por las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.</p><p></p><p>Cuarto. Cuantía de la convocatoria e importe de los premios.</p><p></p><p>El importe destinado a esta convocatoria asciende a 2.800 euros (dos mil ochocientos euros).</p><p></p><p>Se establecen tres premios económicos para los diferentes clasificados, distribuyéndose de la siguiente manera:</p><p>- 1er clasificado: un premio de 2.000,00 € y placa.</p><p>- Finalistas (dos): un premio de 400,00 € y diploma.</p><p></p><p>El premio estará sujeto a las retenciones fiscales que correspondan según la normativa vigente.</p><p></p><p>El premio podrá ser declarado desierto.</p><p></p><p>Quinto. Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.</p><p></p><p>El plazo de presentación comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y finalizará el 15 de septiembre de 2026.</p><p>La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es), así como un extracto de la misma en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.</p><p>La solicitud de inscripción se podrá presentar:</p><p>a.Electrónicamente, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento, https://sede.madrid.es. En este caso deberá utilizar alguno de los sistemas de identificación electrónica admitidos por el Ayuntamiento de Madrid.</p><p>b.Presencialmente, en las oficinas de registro del Ayuntamiento de Madrid. También podrá presentarse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC).</p><p>Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 LPAC.</p><p></p><p>Sexto. Otros datos.</p><p></p><p>Esta convocatoria de subvenciones se desarrolla en régimen de concurrencia competitiva.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/08/03/BOCM-20260803-44.PDF","cve":"BOCM-20260803-44","desDiarioOficial":"BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID","datPublicacion":"2026-08-03"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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