{"id":1123630,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"DIPUTACIÓN PROV. DE MÁLAGA","nivel3":"DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA"},"sedeElectronica":"https://sede.malaga.es/","codigoBDNS":"922069","fechaRecepcion":"2026-07-28","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":9000,"mrr":false,"descripcion":"Resolución de Presidencia 2026/5559 de 28 de julio, referente a Aprobación de convocatoria de concesión del III Premio Aceleración y Consolidación de Ideas Innovadoras de emprendimiento. Anualidad 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS","codigo":"N"},{"descripcion":"COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR","codigo":"G"},{"descripcion":"HOSTELERÍA","codigo":"I"},{"descripcion":"OTROS SERVICIOS","codigo":"T"}],"regiones":[{"descripcion":"ES617 - Málaga"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"Acuerdo de Pleno de 27 de mayo de 2025, punto 9.2, de aprobación de las Bases Reguladoras para la concesión del Premio Aceleración y Consolidación de Ideas Innovadoras de emprendimiento, publicadas en  el BOPMA 7 de octubre de 2025. Anexo V.32","urlBasesReguladoras":"https://www.bopmalaga.es/edicto.php?edicto=20251007-03901-2025-01","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-09-02","fechaFinSolicitud":"2026-09-30","textInicio":"Al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el BOPMA","textFin":"Veinte días hábiles después de  la publicación de la Convocatoria en el BOPMA","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1501541,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"20260728 Convocatoria III PREMIO ACELERACIÓN Y CONSOLIDACIÓN IDEAS INNOVADORAS 2026.pdf","long":455088,"datMod":"2026-07-28","datPublicacion":"2026-08-24"}],"anuncios":[{"numAnuncio":219673,"titulo":"Resolución de Presidencia 2026/5559 de 28 de julio, referente a Aprobación de convocatoria de concesión del III Premio Aceleración y Consolidación de Ideas Innovadoras de emprendimiento. Anualidad 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primera. Norma reguladora.</p><p>Las Bases Reguladoras de la Diputación Provincial de Málaga para la concesión de Premios para el fomento de la Empleabilidad y el Emprendimiento, aprobadas por el Pleno de la Diputación Provincial de Málaga, en sesión ordinaria celebrada el día  27 de mayo de 2025, al punto 9.2, Anexo V.3.2, de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Málaga, publicado en Boletín Oficial de la Provincia de Málaga nº 191(suplemento 1), de 7 de octubre de 2025.</p><p>En su defecto, será de aplicación lo dispuesto en los preceptos de la citada ordenanza, así como lo dispuesto en la ley 38/2003 de 17 de noviembre, y en el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003.</p><p> </p><p>Segundo.  Objeto</p><p>La presente convocatoria tiene por objeto regular la concesión del III Premio Aceleración y Consolidación de Ideas innovadoras de emprendimiento de la Diputación Provincial de Málaga, en régimen de concurrencia competitiva, con objeto de promover, reconocer y apoyar el emprendimiento de las personas autónomas, profesionales, emprendedoras y empresas que desarrollen ideas innovadoras con impacto en el emprendimiento y el empleo en los municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga.</p><p> </p><p>Tercero. Requisitos de los/as participantes </p><p>Podrán participar en el III Premio Aceleración y Consolidación de Ideas Innovadoras de emprendimiento de la Diputación Provincial de Málaga, las personas autónomas, profesionales, emprendedoras y empresas que desarrollen ideas innovadoras con impacto en el emprendimiento y el empleo en los municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga, que reúnan los requisitos que a continuación se exponen y que, además, no estén incursas en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley General de Subvenciones:</p><p>A) Línea 1: “Premio Aceleración”:</p><p>1. Desarrollar la actividad económica, teniendo que estar dada de alta y quede acreditado haber iniciado la actividad a partir del 1 de enero de 2025 (inclusive), continuando su ejercicio en el momento de concesión del premio.</p><p>2. Que se resida, en caso de personas físicas, o se tenga el domicilio social, en caso de personas jurídicas, en municipios de la provincia de Málaga con una población inferior a 20.000 habitantes a fecha de publicación de esta Convocatoria.</p><p>B) Línea 2: “Premio Consolidación”:</p><p>1. Desarrollar la actividad económica, teniendo que estar dada de alta desde el 1 de enero de 2023 (inclusive) y quede acreditado el desarrollo de la actividad de forma ininterrumpida y continuando el ejercicio de dicha actividad en el momento de concesión del premio.</p><p>2. Que se resida, en caso de personas físicas, o se tenga el domicilio social, en caso de personas jurídicas, en municipios de la provincia de Málaga con una población inferior a 20.000 habitantes a fecha de publicación de esta Convocatoria.</p><p> </p><p>Cuarto. Solicitud, plazo y forma de presentación.</p><p>Las personas autónomas, profesionales, emprendedoras y empresas que desarrollen ideas innovadoras con impacto en el emprendimiento y el empleo en los municipios menores de 20.000 habitantes de la provincia de Málaga interesadas en participar en la convocatoria deberán cumplimentar la correspondiente solicitud, y presentarla por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, acompañando la documentación indicada en el artículo 6 de la presente convocatoria. La solicitud deberá estar debidamente cumplimentada en todos sus apartados y firmada por persona interesada o su representante que, en su caso, cuente con poder de representación suficiente para ello, según modelo normalizado.</p><p>Las personas interesadas en estos premios podrán participar, con proyectos derivados de diferentes actividades, en las dos líneas señaladas, debiendo cumplir de forma individualizada cada proyecto los requisitos establecidos en el artículo 4.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOPMA), si bien en el supuesto de que el último día de plazo fuese inhábil, se trasladará la finalización al inmediato día hábil siguiente.</p><p>La presentación de solicitudes, con la documentación prevista en el artículo 6 de la presente convocatoria, se efectuará por cualquier de los medios siguientes, en atención a que las personas interesadas estén o no obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:</p><p>1) Para los interesados obligados a relacionarse con la Administración por medios electrónicos:</p><p>a) En el Registro electrónico de la Diputación de Málaga, accesible a través de la sede electrónica en el vínculo https://sede.malaga.es/registro-electronico/</p><p>b) En el Registro electrónico común, accesible en la página web https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do seleccionando después de iniciar el trámite, a través del buscador, la unidad correspondiente a la que, de conformidad con lo establecido en esta convocatoria, debe dirigirse, dentro de la Diputación Provincial, la documentación.</p><p>2) Para los restantes interesados:</p><p>a) En algunos de los medios anteriormente señalados en el punto 1 del presente artículo.</p><p>b) En las oficinas de Correos, mediante correo certificado en sobre abierto.</p><p>c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.</p><p>d) En la oficina de asistencia en materia de Registros de la Diputación Provincial de Málaga o en alguna de las siguientes, siempre que se encuentren conectadas en el Sistema de Interconexión de Registros (SIR): Administración General del Estado, o Administración de las Comunidades Autónomas, o Entidades que integran la Administración Local, u órganos públicos y entidades integrantes del sector publico institucional.</p><p>El formulario/anexo se encuentra disponible en la página web https://www.malaga.es/empleo/1418/planes-programas, siendo de uso obligatorio para las solicitantes en virtud del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.</p><p>Cuando la solicitud se presente en un Registro distinto del de Diputación de Málaga o en las Oficinas de Correos, además de figurar en la misma la fecha de presentación, el solicitante deberá simultáneamente remitir aviso de presentación por correo a empleo@malaga.es.</p><p>La presentación de solicitudes implica la aceptación de las Bases reguladoras y de los términos de la presente convocatoria y se ajustarán al modelo oficial que se apruebe en la presente convocatoria.</p><p>Los datos personales se incorporarán a la actividad de tratamiento “Premios y Actividades de Promoción” del Registro de Actividades de Tratamiento de la Diputación, con la finalidad de tramitar y resolver el premio convocado por la Diputación Provincial de Málaga así como aquellas actuaciones cuya competencia tenga atribuida el Servicio de Empleo de la Diputación Provincial de Málaga en relación al fomento del emprendimiento y la empleabilidad. Su contenido, base jurídica, régimen de cesiones y plazo de conservación pueden ser consultados en el siguiente enlace https://www.malaga.es/gobierno/7278/com1_os-Todas%20las%20Unidades/com1_md1_cd-13288/premios-y-actividades-de-promocion.</p><p>Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando proceda, dirigiéndose al responsable del tratamiento de datos según se indica en el enlace https://www.malaga.es/diputacion/739/aviso-legal, o ponerse en contacto con el Delegado de Protección de Datos, en el teléfono 952 133 624 o la dirección de correo electrónico protecciondedatos@malaga.es. También puede presentar directamente una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía en https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicio.xhtml</p><p> </p><p>Quinto. Documentación a aportar.</p><p>1.- Solicitud en modelo normalizado, debidamente cumplimentada y firmada (Anexo I)</p><p>2.- Copia del DNI o TIE (tarjeta de identidad de extranjeros) en vigor. En el caso de ciudadanos o ciudadanas comunitarias que no tengan TIE o esté no se encuentre en vigor, presentará fotocopia del Certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión y fotocopia del Documento Nacional de Identidad del país de procedencia o pasaporte en vigor.</p><p>3.- Copia del CIF de la empresa.</p><p>4.- Resumen del proyecto que consistirá en un documento que, con una extensión máxima de 4 páginas, tipo de letra Arial 11, recoja los principales rasgos del proyecto detallando, en particular, los siguientes puntos, siempre que describan la realidad del proyecto:</p><p>            - Objeto social.</p><p>            - Sector de actividad del proyecto.</p><p>            - Descripción de la actividad empresarial.</p><p>            - Fecha de inicio de la actividad o de la nueva línea de negocio, según proceda en cada caso.</p><p>            - Se reflejaran los aspectos de la actividad empresarial que manifiesten que se cumplen con los criterios de valoración de las candidaturas establecidos en el artículo 9: Criterios de valoración para la concesión del premio de la presente convocatoria.</p><p>5.- Declaración responsable de no encontrarse incursa en ninguno de los supuestos contemplados en el Art. 13.2 y 3 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (Anexo II a) o Anexo II b) según proceda)</p><p>6.- Certificado de situación en el censo de actividades económicas de la AEAT, no pudiendo tener una antigüedad superior a 10 días hábiles el documento que acredite el alta en la actividad a fecha de la solicitud:</p><p>            - Línea  1 “Premio Aceleración”: Ejercicio 2025 y 2026</p><p>            - Línea 2 “Premio Consolidación”: Ejercicio 2023, 2024, 2025 y 2026</p><p>7.- Informe de vida laboral, o documento acreditativo para mutualistas, con una antigüedad máxima de 10 días hábiles a la fecha de la solicitud del premio.</p><p>8.- Acreditación de la representación en su caso y actualización de la misma. (Anexo III a) o Anexo III b) según proceda)</p><p>9.- Autorización a la Diputación Provincial de Málaga para recabar información en procedimientos de concesión de subvenciones y ayudas públicas. (Anexo IV a) o Anexo IV b) según proceda)</p><p>10.- Certificado de empadronamiento, con objeto de acreditar el municipio de residencia en el caso de ser persona física, cuya fecha de emisión no puede ser anterior a 30 días a la fecha de solicitud.</p><p>11.- Certificados de estar al corriente en el pago en las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, con una antigüedad máxima de 10 días hábiles a la fecha de solicitud. Los oportunos certificados deben ser expedidos “a efectos de obtener una subvención otorgada por las Administraciones Públicas” o bien con carácter general, no siendo admisibles los emitidos a los efectos de contratar con el sector público.</p><p>12.- Formulario de alta o modificación de cuentas corrientes (datos terceros), a realizar conforme  a lo indicado en el trámite habilitado en la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Málaga (https://sede.malaga.es/catalogo-de-tramites/) en el apartado “Tesorería”, en atención a que las personas interesadas estén o no obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:</p><p>            a) Para las personas interesadas obligadas a relacionarse con la Administración por medios electrónicos, seleccionar “Alta o Modificación datos de Personas Jurídicas”, siguiendo las instrucciones del siguiente enlace https://sede.malaga.es/ied-gestion-terceros-pj-v3/</p><p>           b) Para las restantes personas interesadas, seleccionar “Alta o Modificación datos de Personas Físicas”, siguiendo las instrucciones del siguiente enlace https://sede.malaga.es/ied-gestion-terceros-pf-v3/</p><p>En ambos casos, una vez realizado dicho trámite y dado que el documento de Alta o modificación de cuentas corrientes (datos terceros) se dirige directamente a la Tesorería General de esta Diputación Provincial, deberá aportar Justificante de dicha presentación junto a la documentación que se indica en este artículo, en la forma en que se especifica en el artículo 5 de la convocatoria.</p><p>13. Las solicitudes presentadas por sociedades deberán venir acompañadas,    adicionalmente, de la siguiente documentación:</p><p>            a. Copia de la escritura o documento de constitución y los estatutos en los que consten el domicilio social y las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.</p><p>            b. Copia de la escritura de poder o documento acreditativo de la representación legal y de la identidad del representante.</p><p> </p><p>Sexto.- Importe del premio y aplicación presupuestaria</p><p>Se concederá el III Premio Aceleración y Consolidación de Ideas Innovadoras de emprendimiento de  la  Diputación  Provincial de Málaga, dotado económicamente con 9.000 €, dividido en dos líneas, con un importe de 4.500 € cada una:</p><p>            - Línea 1: “Premio Aceleración” de Ideas Innovadoras de emprendimiento Diputación Provincial de Málaga, con la siguiente dotación económica:</p><p>            1er Premio  2.500 €</p><p>            2º  Premio  2.000 €</p><p> </p><p>           - Línea 2: “Premio Consolidación” de Ideas Innovadoras de emprendimiento Diputación  Provincial de Málaga, con la siguiente dotación económica:</p><p>           1er Premio  2.500 €</p><p>           2º  Premio  2.000 €</p><p>Estos premios se financiarán con cargo al crédito de la aplicación presupuestaria 2026/1201/2411/48112 de la Diputación Provincial de Málaga.</p><p> </p><p>Séptimo. Criterios de valoración para la concesión del premio.</p><p>Las solicitudes serán evaluadas de acuerdo con los criterios de valoración y su ponderación que se establecen a continuación:</p><p>            - Originalidad, creatividad, innovación, entendiendo como tal un nuevo producto, servicio, modelo organizativo o proceso. Puntuación máxima 10 puntos.</p><p>            - Importancia de la necesidad que cubre, entendiendo como tal la capacidad para resolver un problema significativo y no resuelto, ofreciendo una solución única que impacte positivamente en la sociedad. Puntuación máxima 10 puntos.</p><p>            - Capacidad del modelo de negocio para crecer e internacionalizarse, entendida como la capacidad para que pueda ser desarrollado en ámbitos distintos de aquellos para los que inicialmente fue creado. Puntuación máxima 10 puntos.</p><p>            - Viabilidad técnica, comercial y económica financiera de la empresa. Puntuación máxima 10 puntos.</p><p>            - El proyecto contribuye al cumplimiento de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030. Puntuación máxima 10 puntos.</p><p>            - Impacto del proyecto en la provincia de Málaga, en especial en municipios de menos de 5.000 habitantes. Puntuación máxima 10 puntos.</p><p>Las solicitudes valoradas podrán alcanzar hasta un máximo de 60 puntos en función de los criterios indicados.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopmalaga.es/edicto.php?edicto=20260901-03381-2026-01","cve":"20260901-03381-2026","desDiarioOficial":"B.O.P. DE MÁLAGA","datPublicacion":"2026-09-01"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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