{"id":1123405,"organo":{"nivel1":"ESTADO","nivel2":"MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO","nivel3":"DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS INDUSTRIALES"},"sedeElectronica":"https://sede.serviciosmin.gob.es","codigoBDNS":"921844","fechaRecepcion":"2026-07-28","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":600000000,"mrr":false,"descripcion":"Mecanismo de compensación de costes de emisiones indirectas de CO2 – 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"GRAN EMPRESA"},{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"INDUSTRIA MANUFACTURERA","codigo":"C"}],"regiones":[{"descripcion":"ES - ESPAÑA "}],"descripcionFinalidad":"Industria y Energía","descripcionBasesReguladoras":"Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, por el que se establece mecanismo de compensación costes indirectos para los sectores y subsectores industriales expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono durante el periodo 2021-2030.","urlBasesReguladoras":"https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2022-7190","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-07-30","fechaFinSolicitud":"2026-08-26","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":"SA.122532","urlAyudaEstado":"https://competition-cases.ec.europa.eu/cases/SA.122532","fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1501382,"descripcion":"Orden de tramitación de urgencia","nombreFic":"Orden tramitación urgencia ayudas CO2 2026.pdf","long":187750,"datMod":"2026-07-28","datPublicacion":"2026-07-28"},{"id":1501059,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Orden convocatoria CO2 2026.pdf","long":664487,"datMod":"2026-07-28","datPublicacion":"2026-07-28"}],"anuncios":[{"numAnuncio":218165,"titulo":"Extracto de la Orden de 24 de julio de 2026 por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones dispuestas en el Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero.- Beneficiarios.</p><p>Personas jurídicas del sector privado, incluidas o no en el Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la Unión Europea, cualquiera que sea su forma jurídica y que:</p><p>a. Estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud.</p><p>b. Realicen una o varias actividades, o fabriquen productos destinados a comercialización y beneficio empresarial, en los sectores enumerados en el anexo I de la Orden de convocatoria.</p><p>c. Hayan incurrido en costes de emisiones indirectas de CO2, en el año 2025, debido a los costes indirectos soportados en los gastos de suministro eléctrico destinados a los procesos productivos.</p><p>Segundo.- Objeto.</p><p>Compensación, en forma de subvención, de los costes indirectos imputables a las emisiones de gases de efecto invernadero repercutidos en los precios de la electricidad del año 2025, conforme al Real Decreto 309/2022 de 3 de mayo, y al amparo de lo establecido en la Directiva (UE) 2018/410 del Parlamento Europeo y del Consejo de 14 de marzo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2003/87/CE para intensificar las reducciones de emisiones de forma eficaz en relación con los costes y facilitar las inversiones en tecnologías hipocarbónicas.</p><p>Tercero.- Bases reguladoras.</p><p>Real Decreto 309/2022, de 3 de mayo, por el que se establece el mecanismo de compensación de costes indirectos para los sectores y subsectores industriales a los que se considera expuestos a un riesgo significativo de fuga de carbono durante el periodo 2021-2030.</p><p>Cuarto.- Cuantía.</p><p>La cuantía máxima de las ayudas que podrán otorgarse al conjunto de todos los beneficiarios será de 600.000.000 euros. Las ayudas adoptarán la forma de subvención. El importe global máximo destinado a las subvenciones en la presente convocatoria se prorrateará entre todos los beneficiarios de las mismas.</p><p>Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes y de la correspondiente documentación será de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Orden de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».</p>","textoLeng":null,"url":"http://www.boe.es/diario_boe/verifica.php?acc=Verificar&c=BOE-B-2026-25588","cve":"BOE-B-2026-25588","desDiarioOficial":"BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO","datPublicacion":"2026-07-29"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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