{"id":1122991,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"EXTREMADURA","nivel3":"SERVICIO EXTREMEÑO PÚBLICO DE EMPLEO (SEXPE)"},"sedeElectronica":"https://www.juntaex.es/w/0621422","codigoBDNS":"921430","fechaRecepcion":"2026-07-24","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":37050000,"mrr":false,"descripcion":"Subv 2026 a entidades promotoras del Programa de formación y empleo ESCALA. Línea I. Según Resolución de 22 de Julio de 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Administración pública y de la política económica, social y medioambiental","codigo":"84.1"}],"regiones":[{"descripcion":"ES43 - EXTREMADURA"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"Decreto 55/2024, de 18 de junio, de bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y empleo ESCALA y la primera convocatoria de subvenciones a entidades promotoras de los proyectos","urlBasesReguladoras":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2024/1290o/24040088.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":"2026-09-21","textInicio":"el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y del extracto","textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1499919,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Subv 2026 a entidades promotoras del Programa de formación y empleo ESCALA_ Línea I_ Según Resolución de 22 de Julio de 2026.PDF","long":2112152,"datMod":"2026-07-24","datPublicacion":"2026-07-24"}],"anuncios":[{"numAnuncio":217976,"titulo":"Extracto de la Resolución de 22 de julio de 2026, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones del ejercicio 2026 de la Línea I a entidades promotoras de los proyectos del Programa de Formación y Empleo ESCALA.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Objeto.</p><p>Se convocan las subvenciones del ejercicio 2026 de la Línea I a</p><p>entidades promotoras de los</p><p>proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA, previstas, en el</p><p>Capítulo I y Capítulo III del</p><p>Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases</p><p>reguladoras de concesión de</p><p>subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y</p><p>empleo ESCALA y la</p><p>primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos,</p><p>modificado por Decreto</p><p>114/2025, de 2 de septiembre.</p><p>Segundo. Beneficiarias</p><p>Las entidades locales, sus organismos autónomos y entidades con</p><p>competencia en materia de</p><p>promoción de empleo dependientes o asimiladas a las mismas cuya</p><p>titularidad corresponda</p><p>íntegramente a dichas entidades locales, que sean competentes para la</p><p>ejecución de actividades</p><p>de utilidad pública o interés social a ejecutar en el ámbito territorial</p><p>de la Comunidad Autónoma</p><p>de Extremadura.</p><p>Las entidades indicadas en el párrafo anterior, previa conformidad con</p><p>los municipios</p><p>interesados, podrán presentar solicitudes de ayudas para efectuar</p><p>proyectos de carácter</p><p>supralocal. En este caso, las corporaciones locales que han prestado su</p><p>conformidad no podrán</p><p>presentar solicitud simultánea de forma independiente, ni prestar su</p><p>conformidad a más de una</p><p>solicitud, si lo hacen no se tendrá en cuenta su participación en</p><p>ninguna de las solicitudes.</p><p>En este caso, las entidades locales que formen parte de la agrupación,</p><p>que tendrán igualmente la</p><p>consideración de beneficiarias, deberán formalizar un acuerdo, en el que</p><p>se recojan los</p><p>compromisos de ejecución asumidos por cada entidad miembro de la</p><p>agrupación, así como, en</p><p>su caso, el importe de subvención a aplicar por cada una de ellas. En</p><p>dicho acuerdo se nombrará</p><p>un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes</p><p>bastantes para cumplir las</p><p>obligaciones que, como beneficiaria, correspondan a la agrupación y</p><p>compromiso de no</p><p>disolución, hasta transcurrido el plazo de prescripción previsto en los</p><p>artículos 45 y 70 de la Ley</p><p>6/2011, de 23 de marzo.</p><p>Tercero. Bases reguladoras</p><p>Decreto 55/2024, de 18 de junio, por el que se aprueban las bases</p><p>reguladoras de concesión de</p><p>subvenciones destinadas a la financiación del Programa de formación y</p><p>empleo ESCALA y la</p><p>primera convocatoria a las entidades promotoras de los proyectos,</p><p>modificado por Decreto</p><p>114/2025, de 2 de septiembre.</p><p>Cuarto. Cuantía.</p><p>El importe global de esta convocatoria de la Línea I para el desarrollo</p><p>de proyectos del Programa de formación y empleo ESCALA es de 37.050.000</p><p>euros, que serán financiados con cargo al</p><p>proyecto de gasto 20080252 “Oportunidades de empleo y formación (B)”,</p><p>con fuente de</p><p>financiación “Transferencias del Estado”, con la siguiente distribución</p><p>por aplicaciones y</p><p>ejercicios presupuestarios:</p><p>Año 2026: 140130000 G/242B/46000 TE24001002 20080252 18.525.000 euros.</p><p>Año 2027: 140130000 G/242B/46000 TE24001002 20080252 14.820.000 euros.</p><p>Año 2028: 140130000 G/242B/46000 TE24001002 20080252 3.705.000 euros.</p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>El plazo para presentar solicitudes se extenderá desde el día siguiente</p><p>al de la publicación de esta</p><p>convocatoria y su extracto en el Diario Oficial de Extremadura</p><p>(http://doe.juntaex.es ) hasta el 21</p><p>de septiembre de 2026.</p><p>Sexto. Condiciones de proyectos.</p><p>1.- En virtud de los artículos 14.4 y 32.5 del mencionado decreto, cada</p><p>entidad promotora,</p><p>entendiendo como la misma entidad, las entidades locales y sus</p><p>organismos autónomos o</p><p>entidades dependientes, no podrá presentar más de una solicitud y el</p><p>número máximo de</p><p>participantes por proyecto será, según la población a la que afecte el</p><p>proyecto, el siguiente:</p><p>- 60 participantes en proyectos que afecten a un ámbito territorial con</p><p>una población de más de</p><p>100.000 habitantes.</p><p>- 48 participantes en proyectos que afecten a un ámbito territorial con</p><p>una población de entre</p><p>50.000 y menos de 100.000 habitantes.</p><p>- 36 participantes en proyectos que afecten a un ámbito territorial con</p><p>una población de entre</p><p>20.000 y menos de 50.000 habitantes.</p><p>- 24 participantes en proyectos que afecten a un ámbito territorial con</p><p>una población de</p><p>menos de 20.000 y más de 10.000 habitantes.</p><p>- 12 participantes en proyectos que afecten a un ámbito territorial con</p><p>una población igual</p><p>o inferior a 10.000 habitantes.</p><p>Se tendrán en cuenta las cifras oficiales del Padrón Municipal</p><p>publicadas por el Instituto Nacional</p><p>de Estadística a la fecha de publicación de la convocatoria.</p><p>2.- Cuando el itinerario formativo del proyecto vaya dirigido a la</p><p>obtención por las personas</p><p>participantes de certificados profesionales, se deberá indicar en la</p><p>solicitud de qué certificado o</p><p>certificados se trata y la entidad promotora deberá estar acreditada e</p><p>inscrita para ello en el</p><p>Registro de Centros y Entidades de Formación Profesional para el Empleo</p><p>de la Comunidad</p><p>Autónoma de Extremadura o solicitar su acreditación con anterioridad a</p><p>la finalización del plazo</p><p>establecido para presentar la solicitud de subvención para el desarrollo</p><p>del proyecto en la</p><p>presente convocatoria de subvenciones a entidades promotoras.</p><p>En el caso de que la entidad no esté acreditada o de que la solicitud</p><p>presentada no reúna los</p><p>requisitos para su acreditación, la especialidad formativa no será</p><p>viable, según lo dispuesto en el artículo 23 del referido decreto.</p><p>3.- Los proyectos de la presente convocatoria irán destinados a las</p><p>personas desempleadas e</p><p>inscritas en los Centros de Empleo del Servicio Extremeño Público de</p><p>Empleo mayores de 18 años</p><p>que reúnan los requisitos establecidos en el artículo del citado</p><p>decreto.</p><p>Se considerarán personas mayores de 18 años las que cumplan o hayan</p><p>cumplido dicha edad en</p><p>la fecha de incorporación al proyecto. El resto de los requisitos se</p><p>deberán cumplir tanto en la</p><p>fecha de realización del sondeo o la establecida para el fin de la</p><p>captación de personas</p><p>interesadas, así como en la fecha de incorporación.</p><p>Séptimo. Cuantía de la subvención.</p><p>La cuantía total máxima de la subvención se determinará en la resolución</p><p>de concesión y estará</p><p>compuesta por la suma de los importes de los gastos subvencionables de</p><p>los módulos A, B, de becas y</p><p>ayudas a la movilidad y de los costes salariales de los contratos</p><p>suscritos con el alumnado-trabajador</p><p>correspondientes al año de la convocatoria, establecidos en el artículo</p><p>38.1 del Decreto 55/2024, de 18</p><p>de junio, modificado por Decreto 114/2025, de 2 de septiembre, teniendo</p><p>en cuenta el incremento de</p><p>los módulos económicos A y B según el apartado 3 del referido artículo</p><p>38 del Decreto 55/2024, a</p><p>cuyos efectos, se fijan los siguientes módulos:</p><p>- Módulo A: 120.384,07 euros por especialidad.</p><p>- Módulo B: 33.224,76 euros por especialidad.</p><p>- Módulo de becas de asistencia en la etapa formativa inicial a razón de</p><p>13’50 euros por día lectivo y</p><p>alumno/a.</p><p>- Módulo de ayudas a la movilidad en la etapa formativa inicial de</p><p>proyectos supralocales a razón de</p><p>0’26 euros/km/día lectivo/alumno/a de localidades distintas a la del</p><p>centro de formación. Se tomará</p><p>como referencia para determinar la distancia entre las localidades el</p><p>resultado más corto utilizando la</p><p>aplicación Google Maps (https://www.google.maps).</p><p>- Módulo salario y seguridad social alumnado-trabajador: 75 % del</p><p>salario mínimo interprofesional</p><p>anualmente establecido, incluida la parte proporcional de dos pagas</p><p>extraordinarias y, la totalidad de</p><p>las cuotas a la Seguridad Social a cargo del empleador correspondientes</p><p>por todos los conceptos</p><p>establecidos por la normativa vigente.</p><p>Octavo. Otros datos.</p><p>La tramitación de las solicitudes, así como el acceso a la totalidad de</p><p>la información sobre el</p><p>procedimiento, se efectuará a través del punto de acceso general</p><p>electrónico</p><p>https://www.juntaex.es/w/0621422 , dentro de la ficha correspondiente al</p><p>trámite desde donde</p><p>se habilitará el acceso a la sede electrónica asociada para presentar la</p><p>solicitud, en la forma</p><p>establecida en los artículos 4 y 5 del Decreto 55/2024, de 18 de junio.</p><p>A la solicitud se acompañará la documentación recogida en el artículo 34</p><p>del mencionado decreto</p><p>por el que se aprueban las bases reguladoras de concesión de</p><p>subvenciones destinadas a la</p><p>financiación del Programa de formación y empleo y la primera</p><p>convocatoria a las entidades</p><p>promotoras de los proyectos.</p><p>Los impresos normalizados de los Anexos I bis, II y III deberán ser</p><p>cumplimentados a través de la herramienta informática GETCOTEX, del</p><p>Servicio Extremeño Público de Empleo, ubicado en la</p><p>página http://etcote.juntaextremadura.es/etcote , para ser</p><p>posteriormente firmados y</p><p>presentados de conformidad con el primer párrafo de este apartado.</p>","textoLeng":null,"url":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1450o/26061967.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"DOE. D.O. DE EXTREMADURA","datPublicacion":"2026-07-29"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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