{"id":1122351,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CABILDO INSULAR DE TENERIFE","nivel3":"CABILDO INSULAR DE TENERIFE"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"920790","fechaRecepcion":"2026-07-22","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":1500000,"mrr":false,"descripcion":"Subvenciones para el apoyo a actividades en materia de Empleo realizadas por Entidades sin fines lucrativos, convocatoria 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades relacionadas con el empleo","codigo":"78"}],"regiones":[{"descripcion":"ES709 - Tenerife"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"Subvenciones para el apoyo a actividades en materia de empleo realizadas por entidades sin fines lucrativos, ejercicio 2026\n(E2026014018).","urlBasesReguladoras":"http://www.bopsantacruzdetenerife.es","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial","textFin":"30 días naturales después de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1507120,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"AC0000028336 BBRR y Conv ESFL26.pdf","long":1697822,"datMod":"2026-08-10","datPublicacion":"2026-08-10"}],"anuncios":[{"numAnuncio":219041,"titulo":"Extracto del Acuerdo AC0000028336 de 5 de agosto de 2026, del Consejo de Gobierno Insular, por el que se convoca Subvención para el apoyo a actividades en materia de Empleo realizadas por Entidades sin fines lucrativos, correspondientes al año 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero.- Beneficiarios:</p><p>Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes Bases las Asociaciones, Fundaciones y otras Entidades sin ánimo de lucro radicadas en la isla de Tenerife entre cuyos fines esté la formación y el empleo.</p><p>Segundo.- Objeto:</p><p>Subvenciones destinadas a financiar la ejecución de proyectos de empleo promovidos por Entidades sin fines lucrativos que actúen en el ámbito del Empleo, dirigidos a mejorar la empleabilidad y favorecer la inserción laboral, en su caso, de las personas participantes, mediante el desarrollo de itinerarios personalizados que incluyan acciones de información, orientación, asesoramiento, formación y acompañamiento en la inserción.</p><p>Tercero.- Bases Reguladoras:</p><p>Las Bases reguladoras de la presente convocatoria fueron aprobadas por acuerdo de Consejo de Gobierno Insular celebrado el 5 de agosto de 2026.</p><p>Cuarto.- Cuantía:</p><p>El crédito presupuestario aprobado para esta convocatoria asciende a UN MILLÓN QUINIENTOS MIL EUROS (1.500.000,00 €) a imputar a las aplicaciones presupuestarias correspondientes a la anualidad 2026, desglosado en 220.000,00 € destinados a Entidades sin ánimo de lucro con forma jurídica de fundación, y 1.280.000,00 € para Entidades sin ánimo de lucro con otras formas jurídicas.</p><p>Este crédito se destinará a cada tipología de proyectos de acuerdo con la siguiente distribución:</p><p>Tipo de proyecto                                                                          Crédito</p><p>Economía azul y verde                                                                500.000,00 €</p><p>Industria, construcción sostenible y eficiencia energética           400.000,00 €</p><p>Servicios y Economía Naranja                                                    600.000,00 €</p><p>TOTAL                                                                                      1.500.000,00 €</p><p>Quinto.- Requisitos de los proyectos</p><p>Los requisitos que deberán reunir los proyectos financiables con cargo a estas subvenciones serán los relacionados en la Base 1ª.1 de las reguladoras de la convocatoria, con las siguientes particularidades:</p><p>1) Podrán ser objeto de subvención los siguientes tipos de proyectos:</p><p>      Economía Azul y Verde (agricultura sostenible, actividades ligadas a la economía circular y medioambiente, etc.).</p><p>      Industria, construcción sostenible y eficiencia energética (reparaciones, energías renovables, mantenimiento de edificios e instalaciones, etc.).</p><p>      Servicios (nuevas tecnologías, turismo activo, comercio, salud, etc.)  y economía naranja (actividades relacionadas con la cultura, el arte y la creatividad).</p><p>En todo caso, los proyectos deberán dirigirse preferentemente a sectores o actividades con potencial de generación de empleo y demanda profesional en Tenerife</p><p>La memoria del proyecto deberá justificar adecuadamente la necesidad de las actuaciones previstas y la idoneidad del sector o actividad elegido, incorporando información, diagnósticos o referencias que permitan fundamentar dicha elección..</p><p>2) La fecha límite de ejecución de los proyectos será un año a partir de la fecha de publicación de la resolución de concesión de las subvenciones. No obstante, podría ampliarse esta fecha en el caso de que el órgano otorgante, de oficio o a solicitud de las entidades beneficiarias de estas subvenciones, estimara su conveniencia con base en razones de interés público y social. Cuando esa ampliación fuera a solicitud de las entidades beneficiarias, ésta deberá justificarse adecuadamente y realizarse con al menos un mes de antelación a la fecha de finalización del periodo de ejecución.</p><p>3) El rango de coste subvencionable de los proyectos será el siguiente:</p><p>            Mínimo: 50.000,00 €            Máximo: 250.000,00 €</p><p>En el caso de las solicitudes de financiación de entidades para proyectos cuyo presupuesto subvencionable supere el máximo previsto de ese rango de coste, éstas deberán prever en su presupuesto de ingresos la financiación alternativa del exceso sobre el referido rango, de tal manera que en caso contrario estas solicitudes serán excluidas de la convocatoria, al igual que cuando no alcancen el importe mínimo del rango de coste referido.</p><p>4) El mínimo de personas participantes en la fase de formación del proyecto, en función de su presupuesto de gastos subvencionables, y la puntuación asignada en el caso de superarlo, será el siguiente:</p><p>                                                                                                           Nº de Personas y Puntuación</p><p>Rango de coste del Proyecto                                       Mín. Exigido                    10 Puntos                             20 Puntos</p><p>Desde 50.000,00 € hasta 80.000,99 €                                15                             De 20 a 29                            30 o más</p><p>Desde 80.001,00 € hasta 140.000,99 €                              30                             De 40 a 49                            50 o más</p><p>Desde 140.001,00 € hasta 190.000,99 €                            45                             De 60 a 79                            80 o más</p><p>Desde 190.001,00 € hasta 250.000,00 €                            60                             De 80 a 99                          100 o más</p><p>Los mínimos exigidos en esta tabla deberán cumplirse al inicio de la fase formativa del proyecto, rigiéndose la finalización y mantenimiento de la participación por lo dispuesto en las bases reguladoras.</p><p>Por su parte, los grupos de las distintas acciones formativas tendrán, con carácter general, un tamaño mínimo de 10 y un máximo de 20 personas. Durante la ejecución del proyecto, el número mínimo de participantes por grupo podrá reducirse como consecuencia de bajas, abandonos u otras circunstancias debidamente justificadas, siempre que se mantenga el cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases reguladoras.</p><p>5) Los proyectos, para poder ser subvencionables, deberán tener como resultado una inserción laboral de al menos el 10% del total de personas previstas participantes en el proyecto (redondeado al entero más próximo), con un mínimo de 3 inserciones. La previsión de una inserción por encima de este mínimo será valorada de acuerdo al siguiente baremo:</p><p>     Inserción del 15% al 19%: 5 puntos.</p><p>     Inserción del 20% al 24%: 10 puntos.</p><p>     Inserción del 25% al 29%: 15 puntos.</p><p>     Inserción del 30% y más: 20 puntos.</p><p>Se considerarán inserciones laborales válidas aquellas que cumplan las condiciones establecidas en la presente convocatoria y que se produzcan desde que la persona participante haya recibido los servicios de orientación previstos en el proyecto y hasta la finalización del plazo de justificación de la subvención.</p><p>Para ser considerada una contratación como inserción laboral, deberá tener una duración mínima de 3 meses y ser preferiblemente a tiempo completo, o si es a tiempo parcial con un mínimo de media jornada. Asimismo, las altas como autónomo podrán computarse como inserción laboral siempre que su duración sea superior a 3 meses. En casos debidamente justificados se podrían computar varios contratos inferiores a tres meses que sumados supongan más de tres meses de contrato.</p><p>Las contrataciones por la entidad subvencionada de personas participantes no computarán como inserciones.</p><p>6) Las becas a percibir por las personas participantes serán las siguientes:</p><p>      Formación teórica (género, derechos y obligaciones laborales, competencias personales y profesionalizantes): 12 euros por jornada efectiva de al menos 5 horas. En aquellas acciones formativas con una duración inferior a 5 horas, pero igual o superior a 2 horas, la beca se calculará proporcionalmente en función de las horas efectivamente realizadas.</p><p>     Formación en prácticas:3,33 euros por hora efectiva.</p><p>Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:</p><p>Será de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.</p><p>Sexto.- Plazo de justificación de las subvenciones concedidas:</p><p>La justificación del efectivo desarrollo del total de la actividad subvencionada y de la aplicación al mismo de los fondos concedidos y anticipados, se realizará por la modalidad de cuenta justificativa con aportación de informe de auditor/a, mediante la presentación de la documentación que se señala en la Base 17ª y que aparece asimismo relacionada en el Anexo IV.</p><p>El plazo máximo a tal efecto será de TRES (3) MESES a computar desde el día siguiente al de la finalización del plazo previsto para la ejecución del Proyecto subvencionado.</p><p>Séptimo.- Publicidad de la subvención concedida</p><p>La Entidad estará obligada:</p><p>     Hacer referencia de la procedencia de los fondos, es decir, del Marco Estratégico de Desarrollo Insular (MEDI) del Cabildo Insular de Tenerife y del Fondo de Desarrollo de Canarias (FDCAN) de la Comunidad Autónoma de Canarias en sus documentos divulgativos, formativos y publicitarios incluyendo los EPIs de las personas beneficiarias en su caso.</p><p>     Disponer la colocación de un cartel visible en todos los lugares donde se ejecute el proyecto, oficinas de recepción de candidatos/as, lugares de actuaciones y aulas de formación.</p><p>     Los modelos de cartel y logotipos a emplear en cumplimiento de estas obligaciones se incorporan como Anexo I y 2 de esta convocatoria.</p><p>Octavo.- Abono:</p><p>Una vez publicada la resolución del procedimiento, y previos los trámites presupuestarios oportunos, se procederá al abono anticipado del 100% del importe de la subvención concedida.</p><p>No podrá realizarse el pago de la subvención en tanto el beneficiario no se halle al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y el Cabildo Insular de Tenerife, o sea deudor por resolución de procedimiento de reintegro.</p><p>Noveno.- Otros datos:</p><p>Las solicitudes deberán presentarse de forma telemática mediante formulario normalizado oficial específicamente elaborado para esta convocatoria por el Cabildo Insular de Tenerife a través de la sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife en https://sede.tenerife.es, según las instrucciones de la Base 9.1 de las reguladoras.</p><p>La documentación a presentar junto con el formulario de solicitud, será la relacionada en el Anexo I de las Bases reguladoras.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopsantacruzdetenerife.es/boletines/2026/17-8-26/17-8-26.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE SANTA CRUZ DE TENERIFE","datPublicacion":"2026-08-17"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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