{"id":1122002,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"PRINCIPADO DE ASTURIAS","nivel3":"CONSEJERÍA DE CULTURA, POLÍTICA LINGÜÍSTICA Y TURISMO"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"920441","fechaRecepcion":"2026-07-20","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":15000,"mrr":false,"descripcion":"Convocatoria del III Premiu Obdulia Álvarez «La Busdonga» d’Asturianada 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de bibliotecas, archivos, museos y otras actividades culturales","codigo":"91"},{"descripcion":"Actividades de creación artística y artes escénicas","codigo":"90"}],"regiones":[{"descripcion":"ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS"}],"descripcionFinalidad":"Cultura","descripcionBasesReguladoras":"Resolución de 16 de septiembre de 2024, de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte, por la que se crea el Premiu Obdulia Álvarez «La Busdonga» d’Asturianada y se aprueban sus bases reguladoras","urlBasesReguladoras":"https://sede.asturias.es/bopa/2024/09/25/2024-08116.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"AL DÍA SIGUIENTE PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO","textFin":"30 días naturales desde el inicio","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1497200,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Resolucion_convocatoria 17 julio.pdf","long":377216,"datMod":"2026-07-20","datPublicacion":"2026-07-20"}],"anuncios":[{"numAnuncio":217547,"titulo":"Extracto de la Resolución de 17 de julio de 2026 por la que se aprueba la convocatoria el III Premiu Obdulia Álvarez «La Busdonga» d’Asturianada.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios:</p><p>Podrá presentarse a este premio cualquier persona, sin distinción de nacionalidad, que habiendo participado en la categoría femenina, masculina o moza de alguno de los concursos locales de asturianada \" Ciudá de Llangréu\" (X edición - 2025), \"Ciudad de Oviedo\" (XXXIV edición 2026), \"Conceyu Siero\" (XIV edición - 2026), \"El Comercio\" (XLIV edición - 2026), \"Pueblos de Llanes\" (III edición - 2026), \"Valle del Narcea\" (VIII edición - 2026), o \"Villa de la Avellana\" (VI edición - 2026, hayan quedado seleccionados o seleccionadas entre las seis personas mejor clasificadas de su categoría en alguno de los certámenes locales y, también, en el conjunto de los referidos certámenes locales. Quien participe en la categoría moza no podrá hacerlo en ninguna de las otras dos.</p><p>Segundo. Objeto:</p><p>Premio a la mejor interpretación de Asturianada en la edición de 2026 en cada una de las tres categorías del premio.</p><p>Tercero. Bases reguladoras:</p><p>Resolución de 16 de septiembre de 2024 (BOPA del 25 de septiembre de 2024) de la Consejería de Cultura, Política Llingüística y Deporte.</p><p>Cuarto. Importe:</p><p>6.000,00 euros para la categoría femenina,</p><p>6.000,00 euros para la categoría masculina y</p><p>3.000,00 euros para la categoría moza (hasta 22 años).</p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:</p><p>Veinte días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.</p><p>Sexto. Otros datos de interés</p><p>-En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código PREM0032T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la</p><p>posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.</p><p>-Las solicitudes irán acompañadas de escrito de aceptación firmado por la persona propuesta como finalista, o su representante legal, en caso de resultar necesario; documento acreditativo de la personalidad de la persona interesada o autorización para que pueda ser consultado por el órgano gestor; ficha de acreedores de la persona interesada, o su representante legal, debidamente cumplimentada y tramitada por la entidad bancaria; y declaración responsable de la persona interesada, o su representante legal, relativa a los siguientes extremos: hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social; no ser deudor de la Hacienda del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles; relación de subvenciones solicitadas así como las concedidas con la misma finalidad; y si ha procedido a la justificación de las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la comunidad autónoma.</p>","textoLeng":null,"url":"https://miprincipado.asturias.es/bopa/disposiciones?p_p_id=pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb&p_p_lifecycle=0&_pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb_mvcRenderCommandName=%2Fdisposition%2Fdetail&p_r_p_dispositionText=2026-06215&p_r_p_dispositionReference=2026-06215&p_r_p_dispositionDate=28%2F07%2F2026","cve":null,"desDiarioOficial":"BOPA. 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