{"id":1121847,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"COMUNIDAD DE MADRID","nivel3":"CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"920286","fechaRecepcion":"2026-07-20","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":64800,"mrr":false,"descripcion":"CONVOCATORIA REALIZACIÓN DE PRÁCTICAS EN LA DG COOP.ESTADO Y UE 2027-2028","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades relacionadas con el empleo","codigo":"78"}],"regiones":[{"descripcion":"ES3 - COMUNIDAD DE MADRID"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"BASES REGULADORAS SUBVENCIONES BECAS DG COOPERACIÓN CON EL ESTADO Y LA UE","urlBasesReguladoras":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2024/06/07/BOCM-20240607-22.PDF","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA EN EL BOCM","textFin":"15 DÍAS HÁBILES DESDE LA FECHA DE INICIO","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1498431,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Texto Convocatoria BDNS  ORDEN CONV BECAS 2027-28 ANONIMIZADA.pdf","long":692818,"datMod":"2026-07-22","datPublicacion":"2026-07-22"},{"id":1498433,"descripcion":"Otros documentos  ANEXO II","nombreFic":"Otros documentos  ANEXO II.pdf","long":104232,"datMod":"2026-07-22","datPublicacion":"2026-07-22"},{"id":1498432,"descripcion":"Modelo de Solicitud","nombreFic":"Modelo de Solicitud.pdf","long":162260,"datMod":"2026-07-22","datPublicacion":"2026-07-22"}],"anuncios":[{"numAnuncio":217740,"titulo":"EXTRACTO de la Orden de 15 de julio, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local por la que se aprueba la convocatoria de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la realización de prácticas en la Dirección General de cooperación con el Estado y la Unión Europea para 2027 y 2028.","tituloLeng":null,"texto":"<p>BDNS:</p><p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17</p><p>de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo</p><p>texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones</p><p>(htttp://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web institucional de la Comunidad</p><p>de Madrid (www.madrid.org).</p><p>Primero</p><p>Objeto</p><p>Convocar tres becas para la realización de prácticas en la Dirección General de</p><p>cooperación con el Estado y la Unión Europea.</p><p></p><p>Segundo</p><p>Beneficiarios</p><p>1. Podrán solicitar y ser beneficiarios de las becas, las personas físicas que cumplan los</p><p>siguientes requisitos, previstos en el artículo 3 de las bases reguladoras, en la fecha de</p><p>finalización del plazo de presentación de solicitudes:</p><p></p><p>a)\tSolicitar la beca dentro de los cuatro años siguientes a la terminación de los</p><p>correspondientes estudios de conformidad con la letra e) de este apartado 2.1. Este plazo</p><p>será de cinco años para las personas con discapacidad igual o superior al 33%.</p><p></p><p>b)\tTener como máximo 30 años de edad cumplidos dentro del año natural de la</p><p>convocatoria.</p><p></p><p>c)\tTener nacionalidad de uno de los Estados miembro de la Unión Europea o de alguno de</p><p>aquellos Estados con los que la Unión haya ratificado un Tratado Internacional por el que</p><p>sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.</p><p></p><p>d)\tEstar empadronados en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, como mínimo,</p><p>un año antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad</p><p>con la presente convocatoria o tener la última vecindad administrativa en dicho ámbito en</p><p>el caso de residentes en el extranjero.</p><p></p><p>e)\tEstar en posesión o en condiciones de obtener la titulación universitaria de grado,</p><p>licenciatura o equivalente, conforme al catálogo de titulaciones recogido en el anexo II</p><p>de esta convocatoria.</p><p></p><p>f)\tDominio del idioma inglés, que se acreditará conforme a lo establecido en el</p><p>artículo 9.8.f) de las bases reguladoras, mediante diploma acreditativo de nivel C1 y de</p><p>los apartados 4 y 9.2 (tercer criterio) de esta orden.</p><p></p><p>g)\tNo realizar ningún trabajo remunerado ni percibir ayuda o beca con el mismo fin,</p><p>otorgada por cualquier entidad pública o privada, de conformidad con lo establecido en el</p><p>artículo 13 de las bases reguladoras y del apartado 17 de la presente orden de</p><p>convocatoria.</p><p></p><p>h)\tNo podrán ser beneficiarios de las becas las personas en las que concurran algunas</p><p>de las circunstancias señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17</p><p>de noviembre, General de Subvenciones.</p><p></p><p>i)\tNo haber sido beneficiario de estas becas en ediciones anteriores salvo que haya</p><p>renunciado a la beca con anterioridad al inicio efectivo de la misma.</p><p></p><p>j)\tNo haber disfrutado de otras ayudas para la misma finalidad del programa de becas de</p><p>cualquier administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de</p><p>organismos internacionales en los tres últimos años.</p><p></p><p>Tercero</p><p>Bases Reguladoras</p><p>Las bases reguladoras se recogen en la Orden de 21 de mayo de 2024, del Consejero de</p><p>Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueban las bases reguladoras</p><p>que han de regir las convocatorias de concesión de becas de la Comunidad de Madrid para la</p><p>realización de prácticas en la Dirección General competente en materia de cooperación con</p><p>el Estado y asuntos relacionados con la Unión Europea (BOCM de 7 de junio de 2024).</p><p></p><p>Cuarto</p><p>Cuantía</p><p>Las becas estarán dotadas con una cantidad máxima anual de 10.800 euros cada una y serán</p><p>abonadas en 12 mensualidades vencidas de 900 euros en importe bruto. El importe de las</p><p>becas incluye los gastos de las cuotas al Sistema de la Seguridad Social correspondientes</p><p>al trabajador. Las cuotas correspondientes a la Administración de la Comunidad de Madrid</p><p>se abonarán con cargo al programa presupuestario de la Dirección General de Cooperación</p><p>con el Estado y la Unión Europea.</p><p>Las becas a conceder en desarrollo de la presente convocatoria se iniciarán en el</p><p>ejercicio 2027 y su duración será como máximo de 2 años, sin posibilidad de prórroga. Si</p><p>las becas se iniciaran en fecha posterior al 1 de enero de ese año, su finalización será,</p><p>en todo caso, el día 31 de diciembre de 2028.</p><p></p><p>Quinta</p><p>Criterios de concesión</p><p>La máxima puntuación será de 100 puntos.</p><p>*Primer criterio:</p><p>- Expediente académico obtenido en la titulación de grado, licenciatura o equivalente en</p><p>las áreas que se establecen en el anexo II de la convocatoria.</p><p>La puntuación de este criterio se obtendrá proporcionalmente a la nota media del</p><p>expediente académico oficial sobre 10 puntos, y será de un máximo de 70 puntos.</p><p>En caso de que la nota del expediente académico haya sido calificada entre 1 y 4 puntos, o</p><p>sin calificación numérica, se utilizará la siguiente tabla de conversión:</p><p></p><p>CALIFICACIÓN</p><p>SOBRE 10 PUNTOS\tCALIFICACIÓN</p><p>NO NUMÉRICA\tCALIFICACIÓN 1-4 PUNTOS</p><p>6\tAprobado\t1</p><p>7,5\tNotable\t2</p><p>9\tSobresaliente\t3</p><p>10\tMatrícula de Honor\t4</p><p></p><p>En caso de que el solicitante acredite la posesión de dos o más titulaciones</p><p>universitarias de grado, licenciatura o equivalente en las áreas precitadas o de un master</p><p>en materia relacionada con una cualquiera de dichas titulaciones, se multiplicará por el</p><p>coeficiente 1,2 la nota más alta de los expedientes académicos de grado aportados, siendo</p><p>el resultado de tal operación la puntuación final correspondiente a este criterio.</p><p></p><p>En caso de poseer dos titulaciones universitarias y de un master solo se multiplicará por</p><p>una vez el citado coeficiente.</p><p></p><p>*Segundo criterio:</p><p>- Prueba de conocimiento sobre la Unión Europea, con una puntuación máxima de 20 puntos.</p><p></p><p>*Tercer criterio:</p><p>- Acreditación de idiomas. El conocimiento acreditado de diferentes idiomas otorgará un</p><p>máximo de 10 puntos:</p><p>¿ Primer idioma: inglés. Nivel C2 MCER: 2 puntos.</p><p>¿ Segundo idioma: francés:</p><p>Nivel A2 MCER: 1 punto.</p><p>Nivel B1 MCER: 2 puntos.</p><p>Nivel B2 MCER: 3 puntos.</p><p>Nivel C1 MCER: 4 puntos.</p><p>Nivel C2 MCER: 5 puntos.</p><p></p><p>Otros idiomas oficiales de cualquiera de los Estados miembros de la Unión Europea,</p><p>otorgándose una puntuación máxima de hasta 3 puntos. El primer idioma adicional con nivel</p><p>B2 se otorgará 2 puntos; más de un idioma con nivel B2, 3 puntos; y 1 o más idiomas con</p><p>nivel C1, 3 puntos.</p><p></p><p>La acreditación de todos los idiomas se realizará solo mediante título acreditativo</p><p>oficial y con carácter excepcional, y solo en aquellos casos en que en la titulación</p><p>universitaria exigida en esta convocatoria se hayan cursado un mínimo de 180 ECTS en</p><p>inglés, se admitirá como acreditación de este requisito la certificación académica</p><p>personal en la que deberá constar la duración oficial en años académicos, el plan de</p><p>estudios seguido, las asignaturas cursadas, su calificación y carga lectiva de cada una de</p><p>ellas.</p><p></p><p>Para cada lengua, serán admitidos los correspondientes títulos de la Escuela Oficial de</p><p>Idiomas, así como los emitidos por las instituciones culturales oficiales dependientes de</p><p>otros Estados miembro de la Unión Europea o de sus embajadas en España. En el caso de la</p><p>lengua inglesa, serán además admitidos el Cambridge Advanced Exam; Cambridge Business</p><p>Higher; IELTS nivel 7 o superior; TOEFL iBT 95 puntos; y TOEIC 945 Listening and Reading,</p><p>180 Speaking y 180 Writing.</p><p></p><p>Sexto</p><p>Plazo de presentación de solicitudes</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, a contar desde el día</p><p>siguiente a la publicación de este extracto de la convocatoria.</p><p>La presentación de solicitud se realizará, exclusivamente por medios electrónicos. El</p><p>modelo de solicitud que figura como anexo I a esta convocatoria podrá obtenerse y</p><p>cumplimentarse a través de la página web institucional: sede.comunidad.madrid</p><p></p><p>   Madrid a 15 de julio de 2026</p><p>   EL CONSEJERO DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL</p><p>   Fdo. Miguel Ángel García Martín.</p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/09/01/BOCM-20260901-16.PDF","cve":null,"desDiarioOficial":"BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID","datPublicacion":"2026-09-01"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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