{"id":1121749,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"GALICIA","nivel3":"CONSELLERÍA DE EMPLEO, COMERCIO Y EMIGRACIÓN"},"sedeElectronica":"https://sede.xunta.gal/detalle-procedemento?codtram=TR352A&ano=2025&numpub=1&lang=gl","codigoBDNS":"920188","fechaRecepcion":"2026-07-20","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":9416278.06,"mrr":false,"descripcion":"ORDEN del 7 de julio  de 2026, por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades sin ánimo de lucro","descripcionLeng":"ORDE do 7 de xullo  de 2026, pola que se establecen as bases que regulan as axudas e subvencións para o fomento do emprego a través dos programas de cooperación no ámbito de colaboración coas entidades sen ánimo de lucro","tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Prestación de servicios a la comunidad en general","codigo":"84.2"}],"regiones":[{"descripcion":"ES11 - GALICIA"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"ORDEN del 7 de julio  de 2026, por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades sin ánimo de lucro","urlBasesReguladoras":"https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260722/AnuncioG0767-080726-0003_es.html","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-07-23","fechaFinSolicitud":"2026-08-24","textInicio":"día siguiente a su publicación en DOG","textFin":"UN MES","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1531323,"descripcion":"Texto en otra lengua de la convocatoria","nombreFic":"asinada SXT_FORMATO_DOG_GALEGO_TR352A_2026_20260720_094450.pdf","long":454425,"datMod":"2026-10-02","datPublicacion":"2026-10-02"},{"id":1531322,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"FORMATO_DOG_CAST_TR352A_2026_20260720_094622.pdf","long":348105,"datMod":"2026-10-02","datPublicacion":"2026-10-02"}],"anuncios":[{"numAnuncio":218328,"titulo":"EXTRACTO de la Orden de 7 de julio de 2026 por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades sin ánimo de lucro, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento TR352A)","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) e 20.8.a) de la Lei 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones: \nhttps://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/\nPrimero. Entidades beneficiarias\nPodrán ser beneficiarias de las ayudas y subvenciones previstas en la presente orden las entidades sin ánimo de lucro que, en la fecha de presentación de la solicitud, estén inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (en adelante, RUEPSS) en la categoría de iniciativa social, en las áreas de comunidad, dependencia, discapacidad, inclusión, mayores, familia, infancia, menores e igualdad y cuya actividad principal esté dirigida directamente, y de maneira indubitable, a desarrollar o fomentar acciones específicas para la inserción social y laboral de las personas con discapacidad, en riesgo de exclusión social, servicios comunitarios, igualdad, mayores, familia, infancia, menores o mujeres, siempre que no estén incursas en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. \nDeberá figurar en el RUEPSS la memoria actualizada  de las actuaciones desarrolladas en el año 2025 por la entidad solicitante. Dicha memoria deberá estar disponible antes de la reunión de la Comisión de Evaluación prevista en el artículo 13.\nLas entidades deberán disponer, por lo menos, de un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia, entendiendo por tal una oficina o delegación permanente que pueda ser habilitada al efecto, distinta de la sede social de la entidad cuando coincida con el domicilio de las personas físicas que dirigen la entidad, en propiedad, arrendada o cedida formalmente a esta, y en el que se estén a llevar a cabo programas de apoyo a personas con discapacidad, dependencia, en riesgo de exclusión, mayores, menores, familias o mujeres en situación de vulnerabilidad. Es en ese centro o centros de trabajo en los que las personas que se contraten al amparo de esta convocatoria deberán desarrollar sus funciones.\nSegundo. Obxecto\nEsta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras y de las condiciones por las cuales se regirá, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, la convocatoria pública, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas y subvenciones que, bajo la rúbrica general de programas de cooperación institucionales, están destinadas a la financiación de acciones de fomento de empleo en colaboración con las entidades sin ánimo de lucro señaladas en el artículo 3, a través de la contratación de personas trabajadoras desempleadas y mujeres víctimas de violencia de género desempleadas, para la realización de servicios de interés general y social (código del procedimiento TR352A), con el objeto de proporcionarles la experiencia y la práctica profesional necesarias para facilitar su inserción laboral.\nTercero. Bases reguladoras\nOrden de 7 de julio de 2026,  por la que se establecen las bases que regulan las ayudas y subvenciones para el fomento del empleo a través de los programas de cooperación en el ámbito de colaboración con las entidades sin ánimo de lucro, y se procede a su convocatoria para el año 2026.\nCuarto. Importe\nPara la concesión de estas ayudas se destinan nueve millones cuatrocientos dieciseis mil doscientos setenta y ocho euros con seis céntimos  ( 9.416.278,06 €).\nQuinto. Plazo de presentación de solicitudes\nEl plazo para la presentación de solicitudes será de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Galicia.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260722/AnuncioG0767-080726-0004_es.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"DOG. D.O. DE GALICIA","datPublicacion":"2026-07-22"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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