{"id":1121462,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"DIPUTACIÓN PROV. DE TERUEL","nivel3":"DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE TERUEL"},"sedeElectronica":"https://dpteruel.sedeelectronica.es","codigoBDNS":"919901","fechaRecepcion":"2026-07-17","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":50000,"mrr":false,"descripcion":"Convocatoria de concesión de subvenciones para encuentros y pruebas deportivas asociaciones y clubes de la provincia de Teruel 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO","codigo":"S"}],"regiones":[{"descripcion":"ES242 - Teruel"}],"descripcionFinalidad":"Cultura","descripcionBasesReguladoras":"Ordenanza general de subvenciones por la que se aprueban las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones por la Diputación Provincial de Teruel - BOPTe nº 102, de 29/05/2024","urlBasesReguladoras":"https://236ws.dpteruel.es/DPT/bopt.nsf/0/62CFAD45B3819E1AC1258B2B00380D4F","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-07-22","fechaFinSolicitud":"2026-08-18","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1495957,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"DECRETO 2026-2647 Aprobación Convocatoria subv. Enc y pruebas dep As y Clubes 2026.pdf","long":618795,"datMod":"2026-07-17","datPublicacion":"2026-07-17"}],"anuncios":[{"numAnuncio":217396,"titulo":"Convocatoria de concesión de subvenciones para encuentros y pruebas deportivas asociaciones y clubes de la provincia de Teruel 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>EXTRACTO del Decreto núm. 2026-2647, de fecha 16 de julio de 2026, de la Presidencia, por la que aprueba la \"Convocatoria de concesión de subvenciones para encuentros y pruebas deportivas asociaciones y clubes de la provincia de Teruel 2026\".</p><p>Primero.- Objeto.-</p><p>Es objeto de la presente Convocatoria la concesión de subvenciones por la organización de encuentros y pruebas deportivas puntuales de ámbito supramunicipal, que tengan especial interés provincial y estén autorizados por la Federación deportiva correspondiente, durante el período comprendido entre el 1 de septiembre de 2025 y el 31 de agosto de 2026.</p><p>Segundo.- Requisitos de los beneficiarios.-</p><p>Podrán acogerse a la presente convocatoria todas las Asociaciones y Clubes deportivos de la provincia de Teruel que estén inscritos en el Registro de Entidades Deportivas de Aragón, que desarrollen su actividad correspondiente en el ámbito territorial de la misma y que organicen eventos deportivos puntuales de especial interés provincial, autorizados por la Federación Deportiva respectiva, excluyendo competiciones regulares de temporada.</p><p>El número máximo de encuentros y pruebas deportivas a incluir en la presente convocatoria es de dos por entidad solicitante.</p><p>Para una misma prueba deportiva no se concederá subvención a diferentes entidades solicitantes.</p><p>Tercero.- Presentación de solicitudes, documentación y plazo.-</p><p>Las solicitudes se presentarán exclusivamente a través de la Sede Electrónica de la Diputación Provincial de Teruel.</p><p>Las solicitudes deberán estar firmadas electrónicamente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 10 y 11 de la Ley 39/2015, de 1 e octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, por quien ostente la representación de la entidad, manifestando de esta forma su conformidad con las condiciones de esta Convocatoria.</p><p>En la solicitud constará la siguiente documentación:</p><p>A) Instancia del representante legal de la Entidad, dirigida al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial de Teruel, ajustada al modelo publicado en esta convocatoria.</p><p>B) Si el beneficiario es una entidad jurídica de derecho privado, que no podrá tener ánimo de lucro, deberá adjuntar: Estatutos, escritura fundacional, CIF, documento que acredite la inscripción en el Registro correspondiente, IBAN, y poderes de representación o documento similar de la persona que lo solicita por cuenta de la entidad.</p><p>Si ya obrasen en poder de la Diputación Provincial de Teruel podrán indicarlo en la solicitud, quedando exentos de su presentación.</p><p>C) Memoria detallada, suscrita por quien ostente la representación legal, con indicación de las actividades que se van a realizar, describiéndose los objetivos y el cumplimiento de la finalidad que se pretende con la subvención, conforme al presupuesto previsto. En el caso de las Asociaciones o Entidades deberá estar aprobada por su Junta.</p><p>D) Presupuesto total del proyecto, diferenciando el importe de la subvención solicitada a la Diputación Provincial de Teruel, el importe obtenido a través de otras subvenciones y el de financiación de la propia entidad solicitante, en su caso.</p><p>E) Acreditación de estar al corriente de las obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y de las obligaciones con la Hacienda Provincial derivadas de cualquier ingreso de derecho público.</p><p>La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social.</p><p>F) Declaración responsable de que la entidad y su representación legal no están incursos en causa de incapacidad para ser beneficiarios de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el art. 13 de la ley 38/2003, General de Subvenciones. Este apartado se acreditará en los Anexos presentados.</p><p>G) Acreditación de los extremos objeto de puntuación de la convocatoria.</p><p>H) Certificado de autorización de la prueba expedido por la Federación deportiva correspondiente.</p><p>I) Declaración de las subvenciones obtenidas para la misma finalidad y compromiso de comunicar a la Diputación Provincial de Teruel las que se obtengan en el futuro.</p><p>J) En virtud de lo preceptuado en el Art. 9 del Decreto Legislativo 2/2023 de 3 de mayo del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Subvenciones de Aragón, todos los beneficiarios vendrán obligados a:</p><p>Comunicar al órgano concedente cualquier circunstancia que provoque una modificación en los términos de la actuación subvencionada, en el plazo de un mes desde que se produjo la modificación.</p><p>Acreditar el efectivo cumplimiento de los requisitos y la realización de la actividad en todas las subvenciones que le hayan sido concedidas al beneficiario con anterioridad para un mismo destino y finalidad en ejercicios anteriores por alguno de los sujetos comprendidos en los apartados 1 y 2 del artículo 2 de dicha ley, aunque se trate de diferentes fases o aspectos de un mismo proyecto.</p><p>El plazo para la presentación de las solicitudes será de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia.</p><p>Si la solicitud no reuniera los requisitos antes indicados, se requerirá al beneficiario para que subsane los defectos observados en el plazo máximo e improrrogable de 10 días, quedando apercibido de que, de no hacerlo así, se le tendrá por desistido en su petición y se archivarán las actuaciones sin más trámite, conforme a lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015.</p><p>Cuarto.- Cuantía de la subvención.-</p><p>El importe previsto para dichas subvenciones podrá ascender a la cantidad máxima de 50.000 euros que se imputarán a la aplicación presupuestaria 3410-48007 del presupuesto de la Corporación para 2026, quedando condicionados dichos importes a la existencia de crédito suficiente en la misma.</p><p>Quinto.- Procedimiento de concesión y gastos subvencionables.-</p><p>La presente convocatoria se desarrollará en régimen de concurrencia competitiva.</p><p>Serán subvencionables los siguientes conceptos:</p><p>a) Gastos de arbitraje / monitores / técnicos.</p><p>b) Gastos necesarios para asegurar la protección de la salud y la seguridad de practicantes y espectadores, (material higiénico-sanitario, retribuciones del personal encargado de supervisar el cumplimiento de los protocolos de salud y seguridad establecidos, servicios de seguridad, ambulancias, equipos médicos, etc.), siempre y cuando resulten imprescindibles para la actividad.</p><p>c) Material deportivo no inventariable, siempre y cuando resulte imprescindible para la actividad subvencionada.</p><p>d) Alquiler de instalaciones, cuando proceda.</p><p>e) Alquiler de material necesario para la realización del evento, siempre y cuando resulten imprescindibles para el desarrollo de la actividad.</p><p>f) Los gastos de avituallamiento-manutención, transporte, combustible, por el desarrollo de la prueba deportiva sí serán imputables a la justificación de la subvención, debiendo detallarse en la memoria tal extremo, así como la existencia, en su caso, de cuotas de inscripción de los participantes.</p><p>g) Gastos federativos necesarios para el desarrollo de la actividad.</p><p>h) Otros gastos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada.</p><p>Serán considerados como gastos subvencionables y justificables al amparo de la presente convocatoria, todos aquellos relacionados directamente con el desarrollo de la actividad/es objeto de la misma, debidamente justificados en la memoria, salvo los de adquisición de bienes de inversión o inventariables, y comprendidos en el período de ejecución.</p><p>No se considerarán subvencionables, sin perjuicio de los ya establecidos en la normativa estatal o autonómica, los relativos a:</p><p>* Gastos suntuarios.</p><p>* Gastos en servicios de hostelería y restauración, alojamientos y otros de carácter protocolario.</p><p>* Gastos que superen el valor de mercado comprobado por la Administración, por el importe que exceda respecto del mismo. En particular, los relativos a dietas y locomoción de personal, en la medida que, resultando estos gastos subvencionables por considerarse directamente relacionados con la actividad, superen los límites establecidos con carácter oficial para el personal al servicio de las Administraciones Públicas, conforme a lo estipulado en el R.D. 462/2002 de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón del servicio y la Orden EHA/3770/2005, de 1 de diciembre, por la que se revisa el importe de la indemnización por uso de vehículo particular establecida en el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.</p><p>No serán objeto de subvención las comidas de hermandad, viajes lúdicos, ni las actividades subvencionadas por otros programas de la Diputación Provincial de Teruel.</p><p>Sexto.- Criterios para la concesión.-</p><p>Se establecerán como criterios para la concesión de estas subvenciones los siguientes:</p><p>. Antigüedad: 1 punto por cada tres ediciones celebradas, que deberán acreditarse (máximo 3 pts)</p><p>. Ámbito de convocatoria: provincial 1 punto; regional 2 puntos; nacional 3 puntos.</p><p>. Presupuesto de la competición (desde el 1 de septiembre de 2025 hasta el 31 de agosto de 2026):</p><p>- hasta 2.000 €………. 1 punto.</p><p>- De 2.001 a 4.000 €... 2 puntos.</p><p>- De 4.001 a 6.000 €... 4 puntos.</p><p>- De 6.001 a 10.000 €. 6 puntos.</p><p>- Más de 10.000 €…… 10 puntos</p><p>El importe máximo a aprobar por entidad solicitante será de 7.000 €.</p><p>El valor económico del punto se obtendrá de la división del total de la aplicación presupuestaria entre la suma de todos los puntos obtenidos por los solicitantes. La multiplicación de este valor por la puntuación obtenida dará el importe de la subvención que corresponderá a cada beneficiario.</p><p>Una vez distribuidos los fondos de acuerdo a lo dispuesto en la convocatoria, si existiese crédito sin distribuir, éste se asignará de manera directamente proporcional entre todas las solicitudes.</p><p>Décimo.- El plazo de presentación de las justificaciones finalizará el 3 de noviembre de 2026.</p>","textoLeng":null,"url":"236ws.dpteruel.es/estatico/boletines/2026/21julio","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE TERUEL","datPublicacion":"2026-07-21"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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