{"id":1121292,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"EXTREMADURA","nivel3":"DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN LOCAL"},"sedeElectronica":"https://www.juntaex.es/w/0620322","codigoBDNS":"919731","fechaRecepcion":"2026-07-16","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":150000,"mrr":false,"descripcion":"Ayudas 2026 para el Fomento de Agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención según Resolución de 8 de julio de 2026 que convoca","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Administración pública y de la política económica, social y medioambiental","codigo":"84.1"}],"regiones":[{"descripcion":"ES43 - EXTREMADURA"}],"descripcionFinalidad":"Otras actuaciones de carácter económico","descripcionBasesReguladoras":"Decreto 50/2017, de 18 de abril, que regula las ayudas para el fomento de las agrupaciones de Entidades Locales para el sostenimiento en común del puesto de secretaría e intervención","urlBasesReguladoras":"http://doe.gobex.es/pdfs/doe/2017/780o/17040057.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Dia siguiente al de la publicación de la Resolución de Convocatoria en el DOE","textFin":"15 días hábiles desde el siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOE","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1495209,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Resolución de convocatoria.PDF","long":435798,"datMod":"2026-07-16","datPublicacion":"2026-07-16"}],"anuncios":[{"numAnuncio":217290,"titulo":"Extracto de la Resolución de 8 de julio de 2026 de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención durante el ejercicio 2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b. y 20.8 a. de la</p><p>Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el</p><p>extracto de las ayudas destinadas al fomento de agrupaciones de</p><p>entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de</p><p>secretaría intervención, correspondiente a la convocatoria cuyo texto</p><p>completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones</p><p>(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias) y en el</p><p>presente DOE.</p><p></p><p>Primero. Convocatoria.</p><p></p><p>Se convocan las ayudas para el fomento de las agrupaciones de entidades</p><p>locales para el sostenimiento en común de un único puesto de</p><p>secretaría-intervención para 2026.</p><p></p><p>Segundo. Objeto.</p><p></p><p>Ayudas en régimen de concurrencia competitiva para el fomento de las</p><p>agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un</p><p>único puesto de secretaría intervención, de acuerdo con las bases</p><p>reguladoras aprobadas mediante el Decreto 50/2017, de 18 de abril (DOE</p><p>n.º 78, de 25 de abril).</p><p></p><p>Tercero. Entidades beneficiarias.</p><p></p><p>1. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en esta resolución:</p><p></p><p>a)\tLas agrupaciones de entidades locales constituidas para el</p><p>mantenimiento en común de</p><p>un único puesto de secretaría-intervención.</p><p></p><p>b)\tLas entidades locales que se encuentren en proceso de constituir</p><p>agrupación para el mantenimiento en común de un único puesto de</p><p>secretaría-intervención, que tengan aprobados los estatutos por los</p><p>respectivos plenos, y hayan remitido el correspondiente expediente a la</p><p>Dirección General de Administración Local de la Junta de Extremadura,</p><p>antes de la fecha en que se termine el plazo de presentación de</p><p>solicitudes.</p><p></p><p>2. Las entidades locales solicitantes deben cumplir los requisitos</p><p>previstos en el punto 2 del artículo 3 del Decreto 50/2017, de 18 de</p><p>abril, y no encontrarse en las circunstancias previstas en el punto 3</p><p>del artículo 3 del mismo texto legal. Del mismo modo, deben estar al</p><p>corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la</p><p>Hacienda Autonómica, del Estado y la Seguridad Social, antes de dictarse</p><p>la propuesta de resolución de concesión de la subvención y</p><p>con carácter previo al pago.</p><p></p><p></p><p>Cuarto. Bases reguladoras.</p><p></p><p>Decreto 50/2017, de 18 de abril, por el que se regulan las ayudas para</p><p>el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el</p><p>sostenimiento en común del puesto de secretaría e intervención,</p><p>publicado en el DOE n.º 78, de 25 de abril.</p><p></p><p>Quinto. Cuantía.</p><p></p><p>El crédito para atender estas ayudas asciende a ciento cincuenta mil</p><p>euros (150.000 euros), financiándose con cargo a la aplicación</p><p>presupuestaria 220060000 G/115B/46000 CAG0000001 20040163 de los</p><p>Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2024</p><p>prorrogados durante el ejercicio 2026, hasta, en su caso, la aprobación</p><p>y entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad</p><p>Autónoma de Extremadura para el año 2026, de acuerdo con lo establecido</p><p>en la Orden de 16 de diciembre de 2025 por la que se fijan condiciones y</p><p>criterios de aplicación de la referida prórroga (DOE nº 243, de 18 de</p><p>diciembre de 2025).</p><p></p><p>El importe de las ayudas que se concedan a las entidades locales</p><p>agrupadas no podrá exceder del 75 por ciento del coste total que le</p><p>suponga el mantenimiento del puesto de trabajo agrupado.</p><p></p><p>Estas ayudas serán compatibles con cualesquiera otras que pudieran</p><p>obtenerse para el mismo fin, siempre que la suma de todas ellas no</p><p>supere el importe del coste total del puesto de trabajo agrupado objeto</p><p>de la subvención.</p><p></p><p>El importe de las ayudas a conceder por la Junta de Extremadura a cada</p><p>entidad local, en virtud del prorrateo anterior, representa el 50 % del</p><p>importe total a financiar y a conceder en virtud del convenio de</p><p>colaboración suscrito con las Diputaciones provinciales. El 50 %</p><p>restante será financiado y concedido por la Diputación provincial, con</p><p>cargo a su presupuesto, en cuya provincia radique la entidad local</p><p>beneficiaria.</p><p></p><p>Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p></p><p>Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a partir</p><p>del día siguiente al de la publicación de la resolución y del presente</p><p>extracto en el Diario Oficial de Extremadura.</p><p></p><p></p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1390o/26061915.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"DOE. D.O. DE EXTREMADURA","datPublicacion":"2026-07-21"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}