{"id":1120671,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CHIVA","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE CHIVA"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"919110","fechaRecepcion":"2026-07-14","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":54000,"mrr":false,"descripcion":"Modificación bases de la campaña de promoción comercial Bonos de Compra 2026 \"CHIVA BONO COMPRA 100x50, DA EL DOBLE DE VIDA A TU PUEBLO\"","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Comercio al por menor","codigo":"47"},{"descripcion":"HOSTELERÍA","codigo":"I"}],"regiones":[{"descripcion":"ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA"}],"descripcionFinalidad":"Comercio, Turismo y Pymes","descripcionBasesReguladoras":"Modificación bases de la campaña de promoción comercial Bonos de Compra 2026 \"CHIVA BONO COMPRA 100x50, DA EL DOBLE DE VIDA A TU PUEBLO\"","urlBasesReguladoras":"https://chiva.sedelectronica.es/","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Al día siguiente de la publicación en el BOP","textFin":"10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de las bases en el BOP","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1493296,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Modificación bases campaña Chiva bono compra 100x50.pdf","long":74399,"datMod":"2026-07-14","datPublicacion":"2026-07-14"}],"anuncios":[{"numAnuncio":217010,"titulo":"Modificación bases de la campaña de promoción comercial Bonos de Compra 2026 \"CHIVA BONO COMPRA 100x50, DA EL DOBLE DE VIDA A TU PUEBLO\"","tituloLeng":null,"texto":"<p>Vistas las bases reguladoras de las ayudas “Chiva BONO COMPRA 100*50, Da el doble de vida a tu pueblo”, aprobadas por acuerdo de la Junta de Gobierno Local en su sesión celebrada el 9 de marzo de 2026.</p><p>Atendiendo a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto del ejercicio 2026 del Ayuntamiento de Chiva y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p>Vista la publicación de las citadas bases en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia n.º 55, de fecha 23 de marzo de 2026.</p><p>Considerando que, durante el desarrollo de la primera fase de la campaña, se han planteado diversas cuestiones interpretativas y operativas que ponen de manifiesto la necesidad de introducir determinadas modificaciones en las bases reguladoras con el fin de mejorar su aplicación y funcionamiento en la segunda fase de la campaña.</p><p>Visto el Decreto n.º 2026-0699, de fecha 25 de febrero de 2026, por el que se delega en la Junta de Gobierno Local la “Aprobación de las bases reguladoras de subvenciones, ayudas y premios a otorgar o conceder por el Ayuntamiento de Chiva”.</p><p> </p><p>Vista la propuesta de resolución PR/2026/2721 de 9 de julio de 2026</p><p> </p><p>RESUELVO</p><p>PRIMERO.- Modificar los apartados 2 y 3 de las bases reguladoras de la campaña “Chiva BONO COMPRA 100*50, Da el doble de vida a tu pueblo 2026” que quedarían conforme se desarrolla a continuación:</p><p>“2. FUNCIONAMIENTO DE LA CAMPAÑA</p><p>Las personas interesadas en obtener los bonos de compra, deberán registrarse en la plataforma digital habilitada al efecto. Los bonos estarán numerados y codificados mediante un código QR de identificación que permitirá comprobar su autenticidad y su validación. En el momento del registro se comprobará por el sistema tanto la edad como la condición de persona empadronada en Chiva, a través del padrón municipal. La fecha en la que podrán empezar a descargarse los bonos se anunciará a través de los canales habituales de comunicación del Ayuntamiento.</p><p>Se reservará un cupo de bonos para la adquisición presencial por las personas mayores de 65 años, hasta fin de existencias, que podrán acudir a las oficinas de la Agencia de Empleo y Desarrollo Local. Los días y el horario en que se podrá acudir serán anunciados con anterioridad por los medios de difusión habituales.</p><p>Cada bono tendrá un valor de 50€, pudiéndose gastar en varios establecimientos y siempre aportando el 50% del importe de la compra. La compra máxima a realizar tendrá un importe de 100€ a los que se aplicará el 50% de descuento. Serán los establecimientos participantes los responsables de cumplir con los límites establecidos, así como de comprobar en el momento de la compra, la identidad de la persona (DNI).</p><p>En el momento de la compra, el establecimiento deberá validar el bono mediante la lectura del código QR dispuesto en el mismo, lo que se transmitirá de manera automática a la plataforma de gestión. Puesto que los bonos están asociados a un DNI, el propio establecimiento deberá comprobar la identidad de la persona que lo presente. En cada compra se irá descontando automáticamente el importe de la misma aplicado al bono.</p><p>Se realizarán dos campañas a lo largo del ejercicio 2026 repartidas en dos fases:</p><p>Para la primera fase, los bonos de compra podrán gastarse desde el día 1 de abril hasta el día 30 de junio de 2026. Los bonos podrán descargarse desde el mismo 1 de abril y hasta agotar existencias.</p><p>Para la segunda fase, los bonos de compra podrán gastarse desde el día 1 de septiembre hasta el día 30 de noviembre de 2026. Los bonos podrán descargarse desde el mismo 1 de septiembre y hasta agotar existencias.”</p><p>“3. POBLACIÓN BENEFICIARIA.</p><p>Podrán participar en esta campaña, todas aquellas personas mayores de 18 años empadronadas en el municipio de Chiva con anterioridad a la publicación de las presente bases, que efectúen compras en los establecimientos adheridos. La mayoría de edad deberá de haberse cumplido en el momento de la entrega de los bonos.</p><p>Los bonos están asociados a un número de DNI, siendo el establecimiento el responsable de comprobar la identidad de la persona.</p><p>En la segunda fase, que se desarrollará entre el 1 de septiembre y el 30 de noviembre de 2026, no podrán participar aquellas personas que ya hayan descargado el bono de compra durante la primera fase. “</p><p>SEGUNDO.- Dar publicidad al acuerdo de modificación de las bases de la campaña “Chiva Bono de Compra 100 x 50 2026, da el doble de vida a tu pueblo”, en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia, en la página web - Sede electrónica municipal y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones a los efectos oportunos.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://bop.dival.es/bop/downloads?anuncioCSV=BOPV-2026/09166&lang=es","cve":"BOPV-2026/09166","desDiarioOficial":"B.O.P. 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