{"id":1120184,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"MELIANA","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE MELIANA"},"sedeElectronica":"https://meliana.sede.dival.es/default.aspx","codigoBDNS":"918623","fechaRecepcion":"2026-07-10","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":22000,"mrr":false,"descripcion":"Bases reguladoras y convocatoria de la ayuda para sufragar parcialmente los gastos de adquisición de tarjeta bonometro y fomentar el uso del transporte ferroviario de personas mayores de 65 o con un grado de discapacidad igual o superior al 64%, 2026/2027","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Transporte de pasajeros por ferrocarril","codigo":"49.1"}],"regiones":[{"descripcion":"ES523 - Valencia / València"}],"descripcionFinalidad":"Subvenciones al transporte","descripcionBasesReguladoras":"Bases reguladoras y convocatoria de la ayuda para sufragar parcialmente los gastos de adquisición de tarjeta bonometro y fomentar el uso del transporte ferroviario de personas mayores de 65 o con un grado de discapacidad igual o superior al 64%, 2026/2027","urlBasesReguladoras":"https://www.meliana.es","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":"2026-09-25","textInicio":"A partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia","textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1492050,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"070_Bases y convocatoria diligencia Bonometro - SEFYCU 8390347.pdf","long":572633,"datMod":"2026-07-10","datPublicacion":"2026-07-10"}],"anuncios":[{"numAnuncio":216825,"titulo":"Bases reguladoras y convocatoria de la ayuda para sufragar parcialmente los gastos de adquisición de tarjeta bonometro y fomentar el uso del transporte ferroviario de personas mayores de 65 o con un grado de discapacidad igual o superior al 64%, 2026/2027","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Personas Beneficiarias.</p><p>Las personas beneficiarias de esta ayuda deben cumplir los siguientes requisitos:</p><p>1. Tener cumplidos 65 años o más a fecha 31 de octubre de 2026, o estar en posesión del certificado de minusvalía con un grado igual o superior al 64%.</p><p>2. Estar censado/a en el municipio de Meliana con al menos 1 año de antigüedad a fecha 31 de octubre de 2026.</p><p>3. Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social y con las obligaciones tributarias del Ayuntamiento de Meliana.</p><p>4. No estar incurso/a en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p>5. No incurrir en ninguna de las causas de exclusión o incompatibilidad especificadas en la base décima.</p><p>Estos requisitos tendrán que reunirse en la fecha de la solicitud de la ayuda.</p><p>Segundo. Objeto y régimen jurídico.</p><p>El objeto se contempla en el apartado uno de las bases.</p><p>Régimen jurídico: Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.</p><p>Tercero. Cuantía de la ayuda.</p><p>El crédito de las ayudas reguladas en las presentes bases será con cargo al capítulo IV, aplicación presupuestaria 05.92400.48000 “Aportació municipal targetes FGV” de los presupuestos generales del Ayuntamiento de Meliana.</p><p>El importe total del programa será de 22.000 €.</p><p>Para el período 2026/2027 el coste del título de transporte de FGV será de 116.40 € para mayores de 65 años y de 87,30 € para personas con un grado de discapacidad igual o superior al 64%, más 2 € por gasto de reactivación de tarjetas ya emitidas y 4 € en caso de expedición de tarjetas nuevas.</p><p>La aportación de las personas beneficiarias será de 50 €, y la parte subvencionada por el Ayuntamiento por la tarjeta será de 66,40€ en el caso de personas mayores y de 37,30€ para personas con una discapacidad igual o superior al 64%, más la cantidad de 2 € en caso de reactivación y 4 € en caso de tarjeta nueva.</p><p>La cuantía de la subvención será destinada a sufragar parcialmente los gastos de adquisición del abono de transporte de personas mayores de 65 años y personas con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 64%</p><p>La cuantía de las ayudas se descontará de los precios establecidos en el Convenio Firmado por el Ayuntamiento y FGV, y las personas beneficiarias habrán de satisfacer al Ayuntamiento de Meliana la parte que les corresponde (50 €).</p><p>Quinto. Plazo de  presentación de solicitudes.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será el indicado en la base 5.</p><p>Las solicitudes se presentarán en el Centro de Servicios Sociales de Atención Primaria del Ayuntamiento de Meliana, calle Ramón y Cajal 4, 46133 Meliana (Valencia) o por medios electrónicos en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Meliana conforme a los dispuesto en el artículo 14, La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.</p><p>De conformidad con lo especificado en la Ley General de Subvenciones, las administraciones concedentes comunicarán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones el texto de la convocatoria y la información requerida por la Base de Datos. La BDNS trasladará al diario oficial correspondiente el extracto de la convocatoria para su publicación.</p><p>La convocatoria de estas ayudas se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, a través de la BDNS, según el procedimiento legalmente establecido.</p><p>Sexto. Documentación a presentar.</p><p>Las solicitudes debidamente cumplimentadas han de acompañarse de la siguiente documentación:</p><p>a) Instancia-solicitud (según modelo adjunto como anexo I).</p><p>b) La presentación de la instancia comportará a autorización por la persona solicitante para que el Ayuntamiento pueda obtener de forma directa, a través de certificaciones telemáticas, las certificaciones de la AEAT y TGSS.</p><p>c) DNI, NIE o pasaporte.</p><p>d) Certificado de discapacidad igual o superior al 64%</p><p>e) En el caso de primera emisión o renovación de tarjeta caducada: fotografía reciente en formato JPG (solo presentación a través de la Sede Electrónica).</p>","textoLeng":null,"url":"https://bop.dival.es/bop/downloads?anuncioCSV=BOPV-2026/09062&lang=es","cve":"BOPV-2026/09062","desDiarioOficial":"B.O.P. DE VALENCIA","datPublicacion":"2026-07-21"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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