{"id":1119112,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"COMUNIDAD DE MADRID","nivel3":"CONSEJERÍA ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"917551","fechaRecepcion":"2026-07-07","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":300000,"mrr":false,"descripcion":"FINANCIACION ESTATAL-INC.LAB.PERS.EXC.SOC.-AYUDAS EMPRESAS INSERCION (AY.4)","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"GRAN EMPRESA"},{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades relacionadas con el empleo","codigo":"78"}],"regiones":[{"descripcion":"ES3 - COMUNIDAD DE MADRID"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"ORDEN DE 8 DE JULIO DE 2025, DE LA CONSEJERA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EM#PLEO, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE SUBVENCIONES PARA LA INCLUSIÓN LABORAL DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE EXCLUSIÓN SOCIAL MEDIANTE AYUDAS A LAS EMPRESAS DE INSERCIÓN","urlBasesReguladoras":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2025/07/21/BOCM-20250721-26.PDF","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-07-15","fechaFinSolicitud":"2026-07-28","textInicio":"EL DIA SIGUIENTE A LA PUBLICACION DEL EXTRACTO EN BOCM","textFin":"10 DIAS HABILES DESDE EL INICIO","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1493641,"descripcion":"Otros documentos  BOCM-20260714-29_Ay4","nombreFic":"Otros documentos  BOCM-20260714-29_Ay4.pdf","long":91777,"datMod":"2026-07-15","datPublicacion":"2026-07-15"},{"id":1493640,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Texto Convocatoria BDNS  Orden 2-Jul-2026.pdf","long":793585,"datMod":"2026-07-15","datPublicacion":"2026-07-15"}],"anuncios":[{"numAnuncio":216440,"titulo":"Extracto de la Orden de 2 de julio de 2026, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan, para el año 2026, las subvenciones de la Ayuda 4 del programa de inclusión laboral de personas expuestas a factores de vulnerabilidad y/o exclusión social mediante ayudas a las empresas de inserción.","tituloLeng":null,"texto":"<p>BDNS</p><p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17</p><p>de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo</p><p>texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.</p><p>(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).</p><p></p><p>Primero. Objeto y bases reguladoras.</p><p></p><p>1.\tLa presente orden, tiene por objeto convocar para el año 2026 subvenciones para</p><p>favorecer la inclusión laboral de personas expuestas a factores de vulnerabilidad y/o</p><p>exclusión social mediante ayudas a las empresas de inserción y sus entidades promotoras,</p><p>en el marco del Programa Operativo FSE+ 2021/2027 de la Comunidad de Madrid.</p><p></p><p>2.\tLas bases reguladoras de este programa se encuentran recogidas en la Orden de 8 de</p><p>julio de 2025, de la Consejera de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se aprueban las</p><p>bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de inclusión laboral de</p><p>personas en situación de exclusión social mediante ayudas a las empresas de inserción.</p><p></p><p>Segundo. Entidades beneficiarias y requisitos.</p><p>1.\tPodrán ser beneficiarios de la Ayuda 4 las empresas de inserción con centro de</p><p>trabajo en la Comunidad de Madrid que cumplan con lo establecido en la Ley 44/2007, de 13</p><p>de diciembre, para la regulación del régimen de empresa de inserción, y que se encuentren</p><p>inscritas y calificadas por el Registro Administrativo de Empresas de Promoción e</p><p>Inserción Laboral subvencionables por la Comunidad de Madrid, de acuerdo con lo</p><p>establecido en los artículos 17 a 22 del Decreto 32/2003, de 13 de marzo, del Consejo de</p><p>Gobierno, por el que se regula la colaboración de las empresas de promoción e inserción</p><p>laboral de personas en situación de exclusión social con la Comunidad de Madrid y se</p><p>establecen medidas de fomento de su actividad. También podrán solicitar las ayudas las</p><p>empresas de inserción en proceso de calificación que hubieran solicitado la misma con</p><p>carácter previo a la publicación de la convocatoria, aunque no podrá concederse la</p><p>subvención en tanto no obtengan la calificación en el citado Registro.</p><p></p><p>2.\tLos beneficiarios de las ayudas reguladas en la presente Orden deberán reunir los</p><p>siguientes requisitos generales:</p><p>a)\tHallarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social.</p><p>b)\tHallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con el Estado y con la</p><p>Comunidad de Madrid.</p><p>c)\tHallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los</p><p>términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones,</p><p>aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de noviembre.</p><p>d)\tNo estar incursas en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la</p><p>Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para obtener la condición de</p><p>beneficiario de subvenciones públicas.</p><p></p><p></p><p>Tercero. Gastos subvencionables y cuantía de la subvención.</p><p></p><p>La ayuda 4 tiene por objeto la financiación parcial, con un tope máximo del 90 por 100, de</p><p>las inversiones en activo fijo que estén vinculadas a la creación de nuevos puestos de</p><p>trabajo de personas en inserción, siempre que dicha inversión esté relacionada con las</p><p>actividades desarrolladas por la empresa de inserción.</p><p></p><p>Se establece un módulo económico de 15.000 euros por puesto de inserción creado, con un</p><p>límite del 90 por 100 del coste total de la inversión realizada subvencionable sin IVA,</p><p>debiendo justificarse la realización del 100 por 100 de la inversión.</p><p></p><p></p><p>Cuarto. Periodo subvencionable y financiación.</p><p></p><p>El periodo subvencionable para las 4 ayudas comprenderá desde 1 de septiembre de 2025 al</p><p>30 de junio de 2026.</p><p></p><p>La Ayuda 4 estará dotada con 300.000 euros con cargo al Programa 241 M Promoción y Fomento</p><p>del Empleo, centro gestor 200150000, subconcepto 77309 de los Presupuestos Generales de la</p><p>Comunidad de Madrid para el año 2026.</p><p></p><p>Será objeto de financiación con cargo a fondos procedentes de la distribución de créditos</p><p>en materia laboral de los Presupuestos Generales del Estado para su gestión por las</p><p>Comunidades Autónomas.</p><p></p><p></p><p>Quinto. Publicidad de la convocatoria y plazo de presentación de solicitudes.</p><p></p><p>1.\tLa convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid en forma</p><p>del presente extracto, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que</p><p>publicará el texto íntegro de la misma en el Sistema Nacional de Publicidad de</p><p>Subvenciones.</p><p></p><p>Así mismo, la convocatoria se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid,</p><p>http://www.comunidad.madrid., dentro del apartado de Ayudas dirigidas a Centros Especiales</p><p>de Empleo, Empresas de Inserción y otras entidades colaboradoras, en Programa de ayudas a</p><p>las empresas de inserción.</p><p></p><p>2.\tEl plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día</p><p>siguiente al de la publicación de esta convocatoria en forma de extracto en el Boletín</p><p>Oficial de la Comunidad de Madrid.</p><p></p><p></p><p>Sexto. Formularios.</p><p></p><p>Los modelos normalizados correspondientes a los formularios previstos en esta convocatoria</p><p>serán publicados en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.</p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/07/14/BOCM-20260714-29.PDF","cve":null,"desDiarioOficial":"BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID","datPublicacion":"2026-07-14"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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