{"id":1119075,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"REGIÓN DE MURCIA","nivel3":"CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y DESARROLLO TERRITORIAL"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"917514","fechaRecepcion":"2026-07-07","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":25000,"mrr":false,"descripcion":"Orden 6 juli0 2026 Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, convocatoria de subvs. para financiación del transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en la Región de Murcia, para 2026.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"OTROS SERVICIOS","codigo":"T"}],"regiones":[{"descripcion":"ES62 - REGION DE MURCIA"}],"descripcionFinalidad":"Subvenciones al transporte","descripcionBasesReguladoras":"Orden de 15 de junio de 2026,Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, bases reguladoras concesión de subvenciones para financiación del transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales .","urlBasesReguladoras":"https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2026/numero/2991/pdf?id=843673","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-07-09","fechaFinSolicitud":"2026-08-29","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1489004,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"11-ORDEN-2026-CONVOC INTELECT 1309 (COPIA).pdf","long":707893,"datMod":"2026-07-07","datPublicacion":"2026-07-07"}],"anuncios":[{"numAnuncio":216429,"titulo":"Extracto de la Orden de 6 de julio de 2026 de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la financiación del transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en la Región de Murcia, para el ejercicio 2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Número guía de procedimientos y servicios Comunidad Autónoma Región de Murcia: 1309</p><p>BDNS (Identif.): 917514</p><p>Primero. Beneficiarios:</p><p>Podrán solicitar subvenciones en esta convocatoria las asociaciones de personas con discapacidad que cumplan los siguientes requisitos, que se acreditarán con los documentos a que se refiere el artículo 5 de esta Orden:</p><p>1.- Estar inscrita la Asociación en el Registro de Asociaciones de la Región de Murcia.</p><p>2.- Tener su sede abierta o delegación permanente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.</p><p>3.- Tener reflejado en sus Estatutos como fines primordiales la inserción/integración laboral, formación y autonomía personal como objetivos.</p><p>4.-Tener inscritos en la Asociación usuarios que reúnan los siguientes requisitos:</p><p>                a) Mayores de 16 años con discapacidad intelectual y/o parálisis cerebral igual o superior al 33%.</p><p>                b) Estar en prácticas laborales o curso de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal.</p><p>5.-Contar con preparadores laborales con contrato laboral o profesionales vinculados a programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal.</p><p>Segundo. Objeto:</p><p>Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar el transporte público de viajeros regular de uso general, transporte en vehículos de turismo (taxis) y en vehículos arrendados con conductor, a personas con discapacidad intelectual igual o superior al 33% y profesionales, ambos pertenecientes a Asociaciones de Personas con discapacidad dentro del ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para trayectos relacionados con programas de inserción/integración laboral, formación y autonomía personal.</p><p>El periodo subvencionable abarca desde el día 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre 2026.</p><p>Tercero: Bases reguladoras:</p><p>Orden de 15 de junio de 2026, de la Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Territorial, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones para la financiación del transporte público de viajeros a personas con discapacidad intelectual y profesionales en el ámbito la Región de Murcia. (BORM núm.141, de 22 de junio de 2026).</p><p>Cuarto. Cuantía:</p><p>1.- El importe del gasto autorizado para la concesión de subvenciones de la presente convocatoria asciende a 25.000,00€, con cargo a la partida presupuestaria 14.04.00.513A.481.99, proyecto 43933, subproyecto 043933260012, conforme a las siguientes especificaciones:</p><p>2026: 12.500,00€</p><p>2027: 12.500,00€</p><p>2.- Las subvenciones se otorgarán hasta agotar el gasto autorizado.</p><p>3.- La subvención será por un importe máximo de 4.0000 € por asociación.</p><p>4.- El órgano competente repartirá proporcionalmente el importe máximo del crédito disponible entre las asociaciones solicitantes que cumplan los requisitos del artículo 4, en función del número de puntos obtenidos por cada una de ellas.</p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días contados desde el día siguiente a la publicación del extracto de la Orden de convocatoria de la subvención en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.</p><p>Sexto. Criterios de valoración de las solicitudes:</p><p>La valoración de las solicitudes presentadas se hará de forma objetiva según la puntuación definida en este artículo y de acuerdo con el siguiente criterio:</p><p>- Número estimado de trayectos que, tanto los usuarios, como los profesionales que los acompañen, realizarán anualmente durante el ejercicio 2026: 1 punto por cada trayecto con un máximo de 35 puntos.</p><p>Séptimo. Plazo y forma de justificación y forma de pago:</p><p>1.- El pago de la subvención se realizará del siguiente modo:</p><p>a) Con carácter anticipado se abonara el 50% de la subvención concedida, a cuenta de la liquidación final. Dicha liquidación se realizará dentro del primer trimestre del año 2027.</p><p>b) Dentro del primer trimestre del año 2027, se abonara, previa justificación de toda la subvención por la Asociación, el importe que reste hasta completar la cuantía total justificada.</p><p>2.- Las asociaciones beneficiarias deberán presentar ante la Dirección General competente en materia de transportes antes del 1 de abril del año 2027, la siguiente documentación:</p><p>-Certificados emitidos por las empresas concesionarias de transporte público de viajeros correspondientes, en el que consten los billetes emitidos, el importe abonado y el trayecto realizado durante el periodo subvencionable que abarca desde 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.</p><p>-Facturas de los desplazamientos realizados en taxi y justificante de su pago durante el periodo subvencionable que abarca desde 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.</p><p>-Factura de los desplazamientos realizados en vehículos arrendados con conductor y justificante de su pago, Durante el periodo subvencionable que abarca desde 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026.</p><p> </p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2026/numero/3329/pdf","cve":"A-080726-3329","desDiarioOficial":"BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA","datPublicacion":"2026-07-08"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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