{"id":1118254,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"GALICIA","nivel3":"CONSELLERÍA DE POLÍTICA SOCIAL E IGUALDAD"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"916693","fechaRecepcion":"2026-07-02","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":4944660,"mrr":false,"descripcion":"Orden de 18 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se p","descripcionLeng":"Orde do 18 de xuño de 2026 pola que se establecen as bases reguladoras das axudas do programa Emega para o fomento do emprendemento feminino en Galicia, cofinanciadas pola Unión Europea no marco do programa FSE+ Galicia 2021-2027, e se procede á súa convo","tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Comercio al por menor no especializado","codigo":"47.1"}],"regiones":[{"descripcion":"ES11 - GALICIA"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"Orden de 18 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se p","urlBasesReguladoras":"https://www.xunta.gal/diario-oficial-galicia/portalPublicoHome.do?fecha=20260702&ruta=Indice122_es.html","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-07-04","fechaFinSolicitud":"2026-08-03","textInicio":"O prazo de presentación de solicitudes será dun mes contado a partir do día seguinte ao da publicaci","textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[{"descripcion":"FSE+ - FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS"}],"reglamento":{"descripcion":"REG (UE) 2023/2831 de minimis, General","orden":null},"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1485784,"descripcion":"Texto en otra lengua de la convocatoria","nombreFic":"G0762-190626-0002_gal_20260702_091140.pdf","long":92568,"datMod":"2026-07-02","datPublicacion":"2026-07-02"},{"id":1485783,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"G0762-190626-0002_cas_20260702_091111.pdf","long":58110,"datMod":"2026-07-02","datPublicacion":"2026-07-02"}],"anuncios":[{"numAnuncio":216071,"titulo":"EXTRACTO de la Orden de 18 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento SI429A).","tituloLeng":null,"texto":"<p>BDNS (identif.): 000000.\nDe conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones: https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/ge/es/convocatoria/xxxx\nPrimero. Beneficiarias\nPodrán ser beneficiarias de las ayudas del programa Emega las empresas privadas formadas por mujeres que inicien su actividad económica o formalicen sus planes de reactivación y/o mejora en el período comprendido entre el 14 de agosto de 2025 y la fecha del fin del plazo de presentación de solicitudes al amparo de esta convocatoria, siempre que cumplan todas las condiciones y requisitos comunes y los específicos de la correspondiente modalidad o tipo de ayuda previstos en las bases reguladoras.\nDebe tratarse de empresas privadas con la categoría de micro o pequeñas empresas, cualquiera que sea la forma jurídica que adopten: empresarias individuales, sociedades civiles, comunidades de bienes, entidades sin personalidad jurídica o sociedades mercantiles, incluidas las sociedades laborales, las cooperativas de trabajo asociado y las sociedades profesionales.\nSegundo. Objeto\nFijar las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para fomentar el emprendimiento femenino en Galicia y proceder a su convocatoria en el año 2026 (código de procedimiento SI429A).\nEl programa Emega comprende las siguientes modalidades de ayuda:\na) Emega Emerge: línea de ayudas económicas mediante incentivos para promover la puesta en marcha de nuevas iniciativas empresariales y la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena;\nb) Emega Impulsa: línea de ayudas económicas mediante incentivos para favorecer la reactivación, la consolidación de empresas constituidas por mujeres, o la implantación de medidas innovadoras para la mejora de la competitividad, dirigidas a paliar una situación económica adversa, y que resulten necesarias para el mantenimiento del empleo por cuenta propia y por cuenta ajena, así como para alcanzar el necesario equilibrio empresarial y asegurar su pervivencia, consolidación y mejora;\nc) Emega Innova: línea de ayudas económicas mediante incentivos para impulsar la implantación de iniciativas empresariales de carácter innovador, con contenido científico o con base tecnológica, promovida por mujeres y que supongan la creación de empleo femenino estable por cuenta propia y ajena;\nd) Emega Concilia: ayuda complementaria de las modalidades Emerge, Impulsa e Innova para promover la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, en sus dos modalidades: Concilia-promotoras y Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena.\nTercero. Bases reguladoras\nOrden de 18 de junio de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas del programa Emega para el fomento del emprendimiento femenino en Galicia, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento SI429A).\nCuarto. Importe\nLa cuantía de las ayudas se establece en función de la modalidad solicitada y del número de puestos de trabajo generados o mantenidos para mujeres, por cuenta propia y por cuenta ajena, de acuerdo con lo siguiente:\n    a) Emega Emerge: incentivos desde 10.000 € hasta 22.000 €.\n    b) Emega Impulsa: incentivos desde 8.000 € hasta 17.000 €.\n    c) Emega Innova: incentivos desde 18.000 € hasta 42.000 €.\n    d) Emega Concilia:\n    • Concilia-promotoras: incentivo de 3.000 €.\n    • Concilia-personas trabajadoras por cuenta ajena: incentivos desde 1.000 € a 5.000 €.\nPara la concesión de estas ayudas se destina crédito por un importe total de cuatro millones novecientos cuarenta y cuatro mil seiscientos sesenta euros (4.944.660,00 €). Estas ayudas están cofinanciadas en un 60 % por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027.\nEstas ayudas están sometidas al régimen de minimis en los términos establecidos en el Reglamento (UE) núm. 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023.\nQuinto. Plazo de presentación de solicitudes\nEl plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes del vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2026/20260703/AnuncioG0762-190626-0002_es.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"DOG. D.O. DE GALICIA","datPublicacion":"2026-07-03"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}