{"id":1118113,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CABILDO INSULAR DE TENERIFE","nivel3":"CABILDO INSULAR DE TENERIFE"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"916552","fechaRecepcion":"2026-07-01","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":320000,"mrr":false,"descripcion":"Acuerdo AC0000028110 de 1 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno Insular, por el que se convocan Subvenciones para el apoyo a proyectos de mejora de la competitividad, innovación y cooperación empresarial de asociaciones, federaciones o confederaciones","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR","codigo":"G"}],"regiones":[{"descripcion":"ES709 - Tenerife"}],"descripcionFinalidad":"Comercio, Turismo y Pymes","descripcionBasesReguladoras":"Subvenciones para el apoyo a proyectos de mejora de la competitividad, innovación y cooperación empresarial de asociaciones,\nfederaciones o confederaciones empresariales del sector comercial minorista, restauración 2026.","urlBasesReguladoras":"https://www.bopsantacruzdetenerife.es","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOP","textFin":"VEINTE (20) DÍAS HÁBILES a partir del día siguiente al de la publicación convocatoria en el BOP","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1488321,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"AC0000028110  Aprob. BBRR y conv. E2026011129.pdf","long":1243904,"datMod":"2026-07-06","datPublicacion":"2026-07-06"}],"anuncios":[{"numAnuncio":216024,"titulo":"Extracto del Acuerdo AC0000028110 de la sesión ordinaria de 1 de julio de 2026, del Consejo de Gobierno Insular, por el que se convocan Subvenciones para el apoyo a proyectos de mejora de la competitividad, innovación y cooperación empresarial de asociaciones, federaciones o confederaciones empresariales del sector comercial minorista, restauración 2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. –Bases Reguladoras:</p><p>Las Bases reguladoras de la presente convocatoria fueron aprobadas por acuerdo de Consejo de Gobierno Insular celebrado el día 1 de julio de 2026.</p><p>Segundo - Beneficiarios:</p><p>Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en las presentes bases las Asociaciones Empresariales, las Federaciones o Confederaciones de Asociaciones Empresariales de la isla de Tenerife que pertenezcan al sector del comercio, restauración/ bares/ cafeterías o servicios personales, o bien, que cuenten con socios pertenecientes a los sectores referenciados, y que, además, cumplan con los requisitos establecidos en la Base 4ª de las reguladoras.</p><p>Tercero. - Objeto:</p><p>Las presentes Bases tienen por objeto establecer las normas que han de regir la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para el apoyo a proyectos de mejora de la competitividad y para la innovación y cooperación empresarial de Asociaciones, Federaciones o Confederaciones empresariales de la isla de Tenerife que pertenezcan al sector del comercio, restauración/bares/cafeterías o servicios personales, o bien, que cuenten con socios pertenecientes a los sectores referenciados, y que, además, cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases Reguladoras    </p><p>Los destinatarios finales de los proyectos a implementar serán tanto personas físicas (empresarios/as individuales) como personas jurídicas, independientemente de estar asociados o no a la Asociación Empresarial beneficiaria, que deberán pertenecer al sector del comercio, restauración/bares/cafeterías o servicios personales. Se priorizarán aquellos proyectos cuyos destinatarios finales sean autónomos y micropymes.</p><p>Los destinatarios finales de los proyectos deberán ser empresas que desarrollen una de las actividades económicas incluidas en las agrupaciones siguientes en relación a las actividades del Impuesto de Actividades Económicas (IAE):</p><p>Sección 1ª (Actividades Empresariales), División 6ª (Comercio, Restaurante y Hospedajes, Reparaciones), Agrupación 64 (Comercio al por menor de productos alimenticios, bebidas y tabaco realizado en establecimientos permanentes).</p><p>Sección 1ª (Actividades Empresariales), División 6ª (Comercio, Restaurante y Hospedajes, Reparaciones), Agrupación 65 (Comercio al por menor de productos industriales no alimenticios realizado en establecimientos permanentes).</p><p>Sección 1ª (Actividades Empresariales), División 6ª (Comercio, Restaurante y Hospedajes, Reparaciones), Agrupación 67 (Servicio de alimentación delimitados a los grupos).</p><p>Sección 1ª (Actividades empresariales), División 9ª (Otros servicios), Agrupación 97 (Servicios personales).</p><p>Se considerarán actividades excluidas las siguientes:</p><p>Epígrafe 655.1.- Comercio al por menor de combustibles de todas clases, excepto gases y carburantes.</p><p>Epígrafe 655.2.- Comercio al por menor de gases combustibles de todas clases.</p><p>Epígrafe 655.3.- Comercio al por menor de carburantes para el surtido de vehículos y aceites y grasas lubricantes.</p><p>Agrupación 66. Comercio mixto o integrado; comercio al por menor fuera de un establecimiento comercial permanente; comercio en régimen de expositores en depósito y mediante aparatos automáticos; comercio al por menor por correo y catálogo de productos diversos.</p><p>Grupo 974. Agencia de prestación de servicios domésticos.</p><p>Grupo 979. Otros servicios personales N.C.O.P.</p><p>Los proyectos presentados deberán, obligatoriamente, incluir acciones de formación, asesoramiento y consultoría, que podrán abarcar diferentes actuaciones tales como:</p><p>-Realización de diagnósticos.</p><p>-Implementación de prácticas y actuaciones recomendadas.</p><p>-Adaptación del modelo de negocio o actividad productiva.</p><p>-Elaboración de hojas de ruta individualizadas.</p><p>-Acciones formativas y/o jornadas.</p><p>-Acompañamiento en procesos de transformación empresarial.</p><p>-Acciones de difusión y/o networking.</p><p>Los proyectos a desarrollar deberán enfocarse en alguno de los siguientes ámbitos:</p><p>- Implantación de mejoras en la gestión empresarial, entendiendo como tales aquellas que procuren introducir una mejora que redunde en la mayor eficiencia y eficacia en los diferentes procesos de los distintos ámbitos del negocio, especialmente introduciendo los últimos métodos o fórmulas dirigidos a la gestión de los recursos humanos, ventas, aprovisionamientos, mejora del proceso productivo, clientes, financiación de la empresa, marketing, etc. No se admitirán proyectos enfocados únicamente en materia de digitalización.</p><p>- Apoyo en la implantación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible en la gestión ordinaria de la empresa, dentro de los diferentes campos relacionados con la actividad empresarial, como puede ser igualdad de género, energía asequible y no contaminante, trabajo decente y crecimiento económico o producción y consumo responsable.</p><p>Cuarto. - Cuantía:</p><p>El crédito presupuestario aprobado para esta convocatoria asciende a TRESCIENTOS VEINTE MIL EUROS (320.000,00 €), correspondiente a la anualidad 2026, declarado como ampliable hasta en otros CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €) en función de la disponibilidad de crédito como consecuencia de alguna de las circunstancias reglamentariamente establecidas.</p><p>Anualidad        Aplicación Presupuestaria     nº de propuesta          nº de Ítem          Importe (€)</p><p>2026                     0601.4333.48940                  26-005575             26-016712       320.000,00 €</p><p>El importe de las subvenciones a conceder será de un máximo de 50.000,00 €, con un límite del 100% del gasto del proyecto considerado como subvencionable, de acuerdo con lo establecido en la Base 2ª, para aquellas propuestas que hubieran obtenido mayor valoración por aplicación de los criterios de la Base 12ª, salvo para los proyectos para los que no fuera posible alcanzar dicho importe por aplicación del crédito disponible en la convocatoria.</p><p>El importe mínimo a alcanzar por el gasto subvencionable es de 25.000,00€.</p><p>El importe de la subvención individual en ningún caso podrá ser de tal cuantía que aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas o ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.</p><p>Si, como consecuencia de la concurrencia con subvenciones concedidas por otras entidades públicas o privadas para el mismo fin, el importe de la ayuda superase el límite máximo del 100% del coste de la inversión, se procederá la reducción de la aportación del Cabildo Insular de Tenerife, de forma que no se supere tal porcentaje.</p><p>Quinto. - Plazo de presentación de solicitudes:</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será VEINTE (20) DÍAS HÁBILES a computar a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.</p><p>Las solicitudes se formalizarán en el modelo normalizado oficial específicamente elaborado por el Cabildo Insular de Tenerife, que se encuentra a disposición de los interesados en la sede electrónica (https://sede.tenerife.es), apartado «Trámites ».</p><p>La documentación a presentar junto con la solicitud será la relacionada en el Anexo I de las Bases reguladoras.</p><p>Sexto. –Resolución del procedimiento y recursos.</p><p>El plazo máximo para resolver y notificar el presente procedimiento será de SEIS (6) MESES a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria.</p><p>El vencimiento del plazo máximo sin que se hubiese dictado y notificado la resolución expresa, legitima al solicitante para entender desestimada por silencio administrativo su solicitud.</p><p>Corresponde a la Consejera con Delegación en Comercio y Apoyo a la Empresa, de conformidad con lo dispuesto en la Base 27ª.2 de las de Ejecución del Presupuesto de este Cabildo Insular, la competencia para la concesión de estas subvenciones.</p><p>Contra la Resolución, dictada por delegación del Consejero Insular, se podrá interponer RECURSO DE ALZADA ante la Presidenta de la Corporación, en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente al de la recepción de su notificación, cuya resolución agotará la vía administrativa, a efectos de la interposición del recurso CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en Santa Cruz de Tenerife, dentro del plazo de DOS MESES contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que estime procedente.</p><p>Séptimo. –Gastos subvencionables:</p><p>Son conceptos subvencionables los siguientes:</p><p>Costes de personal vinculado a la realización del proyecto:</p><p>•El coste del personal contratado específicamente para la realización del proyecto será subvencionable al 100%, incluyendo los sueldos brutos más las cargas de la Seguridad Social imputables a la Entidad beneficiaria y la indemnización por finalización de contrato, así como otros costes imputables que constituyan la remuneración (excluyendo los correspondientes a recargos o sanciones por cualquier tipo de incumplimiento de la normativa).</p><p>•Cuando se trate de costes de personal propio de la Asociación/Federación que se imputen al presupuesto del proyecto, el coste subvencionable podrá ser hasta el 100% de las horas dedicadas al mismo en el caso de que realicen tareas de carácter técnico ligadas directamente al desarrollo del proyecto, así como de gestión ordinaria de funcionamiento del mismo.</p><p>En todo caso, los recursos humanos destinados al desarrollo del proyecto, la naturaleza de los puestos de trabajo y su número, las actividades a desarrollar, así como el tiempo de trabajo imputado, deberán ser razonables y adecuados a las características del proyecto. Para poder valorar este extremo, en la memoria inicial a presentar junto a la solicitud, será necesario adjuntar el detalle del tiempo estimado de dedicación al proyecto de cada uno de los puestos de trabajo y las actividades, funciones y tareas a realizar, identificando cada puesto de trabajo en esa situación, así como el tipo de contrato laboral, y el convenio colectivo aplicable.</p><p>Gastos derivados directamente de la realización del proyecto, del siguiente tipo:</p><p>Contratación de consultores y formadores; alquiler de aulas o salas, distintos de la sede del beneficiario, donde se desarrollaren las actividades; material utilizable en el aula por los docentes durante la formación incluida en el proyecto presentado o que incluya los contenidos a impartir para aprendizaje del alumno, pudiendo este material con los contenidos ser distribuido entre los/as participantes. Únicamente se financiarán gastos de tipo corriente, no admitiéndose ningún gasto de naturaleza inventariable.</p><p>Los gastos de contratación de consultores y formadores (empresas externas) no podrán superar el 15% del coste total del proyecto.”</p><p>Gastos en publicidad y difusión del proyecto (con un límite máximo del 5% del total de los gastos subvencionables del proyecto).</p><p>Coste del informe del auditor previsto en la justificación de los gastos realizados, hasta un máximo de 2.000,00 €.</p><p>Los referidos costes, señalados en el apartado anterior para tener la consideración de subvencionables, deberán cumplir los siguientes requisitos:</p><p>Tener una relación directa e indubitada con la actividad subvencionada y ser adecuados a los objetivos de las presentes bases.</p><p>Ser necesarios para llevar a cabo el proyecto subvencionado.</p><p>En ningún caso el precio puede ser superior al valor del mercado.</p><p>Deben ser realizados con anterioridad a la finalización del plazo del período de justificación.</p><p>Cuando el importe de un gasto subvencionable, salvo los de personal, supere la cuantía de 15.000,00 €, el beneficiario deberá solicitar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contratación del compromiso para la adquisición de los servicios, salvo que por las especiales características de los gastos subvencionables no exista en el mercado suficiente número de entidades que lo suministren o presten, o salvo que el gasto se hubiera realizado con anterioridad a la solicitud de la subvención.</p><p>La elección entre las ofertas presentadas, que deberán aportarse en la justificación, o en su caso, en la solicitud de la subvención, se realizará conforme a criterios de eficiencia y economía, debiendo justificarse expresamente en una memoria la elección cuando no recaiga en la propuesta económica más ventajosa.</p><p>Octavo. - Abono:</p><p>Una vez publicada la resolución del procedimiento, y previos los trámites presupuestarios oportunos, se procederá al abono anticipado del 100% del importe de la subvención concedida.</p><p>Se producirá la reducción de la subvención concedida en el supuesto de falta de justificación o de concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la LGS.</p><p>En el caso de no justificar materialmente el cumplimiento de los criterios de valoración tenidos en cuenta para la concesión de las subvenciones, establecidos en la Base 11ª de la convocatoria, se recalculará la subvención a conceder aplicando una reducción en los siguientes porcentajes:</p><p>Incumplimiento del criterio A (Proyectos dirigidos, en exclusiva, a autónomos y micropymes): Reducción en un 25% del importe concedido.</p><p>Incumplimiento del criterio B (Proyectos destinados, en exclusiva, a autónomos y empresas del sector del comercio minorista): Reducción en un 25% del importe concedido.</p><p>En caso de incumplimiento de la obligación consistente en que las empresas y/o autónomos/as destinatarias/beneficiarias de los proyectos pertenezcan al sector del comercio, restauración/bares/cafeterías o servicios personales, se reducirá el 100% del importe concedido.</p><p>Si como consecuencia de la concurrencia con subvenciones concedidas por otras entidades públicas o privadas para el mismo fin, el importe de la ayuda a percibir superase el límite máximo del 100% del coste de la inversión, procederá la reducción de la aportación del Cabildo Insular de Tenerife de forma que no se sobrepase tal porcentaje.</p><p>El beneficiario perderá el derecho a la subvención concedida, cuando el importe total justificado implique una reducción superior al 30% respecto de la cifra de gastos subvencionables a justificar para la ayuda concedida.</p><p>Noveno. – Publicidad de la subvención en caso de ser concedida:</p><p>A los efectos de dar cumplimiento a la obligación de publicidad prevista en la Ley General de Subvenciones, el Cabildo Insular procederá a remitir información a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.</p><p>Décimo. - Otros datos:</p><p>Las subvenciones que se regulan en esta Bases, son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de otras Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, pero no con otras que hubiera otorgado este Cabildo Insular, o su sector público insular, para actividades a realizar en el mismo ejercicio económico de la convocatoria y el mismo fin.</p><p>En relación al número de participantes, los proyectos deberán destinarse a un mínimo de 20 autónomos y/o empresas, de los que, tal como recogen las Bases, al menos el 70% (14) de estos deberán participar en la totalidad de las acciones que se desarrollen.</p><p>El plazo máximo de ejecución del proyecto subvencionable: 30 de noviembre de 2027.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopsantacruzdetenerife.es/boletines/2026/10-7-26/10-7-26.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE SANTA CRUZ DE TENERIFE","datPublicacion":"2026-07-10"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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