{"id":1117950,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CABILDO INSULAR DE TENERIFE","nivel3":"CABILDO INSULAR DE TENERIFE"},"sedeElectronica":"https://sede.tenerife.es/es/tramites","codigoBDNS":"916389","fechaRecepcion":"2026-07-01","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":900000,"mrr":false,"descripcion":"Subvenciones a la creación, producción y desarrollo de proyectos audiovisuales, 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Producción cinematográfica, de vídeo y de programas de televisión, grabación de sonido y edición musical","codigo":"59"}],"regiones":[{"descripcion":"ES709 - Tenerife"}],"descripcionFinalidad":"Cultura","descripcionBasesReguladoras":"Bases generales y convocatoria que regirán el otorgamiento de subvenciones a la creación, producción y desarrollo de proyectos audiovisuales, 2026","urlBasesReguladoras":"https://bopsantacruzdetenerife.es/bopsc2/sumario.php?codigopub=1&fecha_mas_reciente=2026-07-01","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-07-07","fechaFinSolicitud":"2026-07-27","textInicio":"Desde el día siguiente a la publicación en el BOP del extracto de la convocatoria","textFin":"Veinte (20) días naturales","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1484947,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"08 AUDIOV 26 bases y conv (anuncio para BOP).report.pdf","long":771835,"datMod":"2026-07-01","datPublicacion":"2026-07-01"}],"anuncios":[{"numAnuncio":215959,"titulo":"Extracto de la convocatoria de subvenciones para la creación, producción y desarrollo de proyectos audiovisuales, 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Beneficiarios. Empresas relacionadas con la actividad audiovisual, que tengan su sede social y domicilio fiscal en la isla de Tenerife desde el 1 de enero de 2021, y empresarios/as individuales nacidos en Tenerife o residentes desde el 1 de enero de 2021, que estén dados de alta en el censo de actividades económicas de la AEAT con anterioridad al 30 de junio de 2024 (excepto los solicitantes de la Modalidad C, a los que no se exige el requisito de antigüedad en el censo de actividades económicas, aunque sí estar dados de alta). En todos los casos, deben estar inscritos como productoras audiovisuales en el Registro de Empresas Audiovisuales de Canarias o en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales del Ministerio de Cultura.</p><p>Segundo. Objeto. Estas subvenciones pretenden contribuir a la financiación de los gastos de producción de largometrajes y cortometrajes y de desarrollo de largometrajes cinematográficos, de imagen real y de animación, tanto de ficción como documental, que se realicen entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de diciembre de 2028.</p><p>Tercero. Bases reguladoras. Aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno Insular AC0000028003 de 10 de junio de 2026, y publicadas en el BOP de Santa Cruz de Tenerife nº 78 de 1 de julio de 2026 (https://bopsantacruzdetenerife.es/bopsc2/sumario.php?codigopub=1&fecha_mas_reciente=2026-07-01).</p><p>Cuarto. Cuantía. Las subvenciones de esta convocatoria se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 26.0801.3343.47900 del Presupuesto del Cabildo Insular de Tenerife para 2026, por un importe de novecientos mil (900.000,00€) euros.</p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Veinte (20) días naturales a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife. Las solicitudes se rellenan según el modelo normalizado habilitado en sede electrónica del Cabildo Insular de Tenerife en https://sede.tenerife.es/es. En ningún caso un mismo solicitante podrá ser beneficiario de más de una subvención por modalidad ni más de tres proyectos de distintas modalidades. Junto con la solicitud se debe aportar el proyecto de actividad y el presupuesto de previsión de gastos e ingresos, así como el resto de documentación general recogida en la base 9.2 de la convocatoria.</p><p>Sexto. Otros datos. Justificación: los proyectos subvencionados deberán justificarse con carácter inmediato una vez ejecutados y, en cualquier caso, antes de dos (2) meses desde su finalización. No subvencionable: Quedan excluidas de esta convocatoria las obras con contenido esencialmente publicitario, las de propaganda política, los noticiarios cinematográficos o las que por su contenido entren en la categoría de películas X. Asimismo, quedan excluidos de estas subvenciones los operadores de televisión u otros prestadores de servicios de comunicación audiovisual.</p>","textoLeng":null,"url":"https://bopsantacruzdetenerife.es/bopsc2/sumario.php?codigop=1&fecha_mas_reciente=2026-07-06","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE SANTA CRUZ DE TENERIFE","datPublicacion":"2026-07-06"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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