{"id":1117498,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"MASSANASSA","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE MASSANASSA"},"sedeElectronica":"https://massanassa.sedelectronica.es/info.0","codigoBDNS":"915937","fechaRecepcion":"2026-06-29","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":16000,"mrr":false,"descripcion":"CAMPAÑA DE BONOS COMERCIALES DE MASSANASSA 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR","codigo":"G"}],"regiones":[{"descripcion":"ES523 - Valencia / València"}],"descripcionFinalidad":"Comercio, Turismo y Pymes","descripcionBasesReguladoras":"Ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Massanassa","urlBasesReguladoras":"https://bop.dival.es/bop/downloads?anuncioNumReg=2021/00356&lang=va","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"07/09/2026","textFin":"Hasta agotarse el número de bonos","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1483548,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"DECRETO 2026-1342 [Resolución convocatoria Bonos Comerç Massanassa 2026].pdf","long":402570,"datMod":"2026-06-29","datPublicacion":"2026-06-29"}],"anuncios":[{"numAnuncio":215755,"titulo":"Extracto de la Resolución de Alcaldía de fecha 29 de Junio de 2.026, del Ayuntamiento de Massanassa por la que se convoca la campaña de Bonos comerciales de Massanassa 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Objeto.</p><p>Estimular el consumo a través del fomento de la compra física de la ciudadanía en el comercio minorista y establecimiento de Massanassa.</p><p>Segundo. Ámbito de aplicación:</p><p>El ámbito de aplicación de este programa será el término municipal de Massanassa.</p><p>Tercero. Beneficiarios:</p><p>Tendrán la consideración de personas beneficiarias de la subvención las personas físicas, mayores de 18 años, que adquieran los BONOS dentro de la prelación de solicitudes del periodo indicado que les corresponda según su vecindad administrativa, por los medios y cauces establecidos en la presente convocatoria.</p><p>El requisito de empadronamiento deberá cumplirse a fecha de aprobación de las presentes bases, en la que se extraerá el listado.</p><p>Cuarto. Bases reguladoras.</p><p>Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Massanassa, aprobada mediante acuerdo plenario de 28 de Octubre de 2020 y publicada en el BOP de Valencia de fecha 21 de Enero de 2021.</p><p>Quinto. Cuantía.</p><p>El crédito asignado para la financiación de esta convocatoria es de 16.000,00 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 43112-480 COMERÇ AMB PREMI</p><p>Los bonos comerciales de Massanassa serán tarjetas físicas de banda magnética precargadas con 100 euros, de los cuales 50 euros serán aportados por la persona beneficiaria y 50 euros serán aportados por el Ayuntamiento de Massanassa.</p><p>Tendrán una validez de un año desde la fecha de su emisión, trascurrido el periodo indicado, el importe no consumido será devuelto al Ayuntamiento de Massanassa, entendiéndose la renuncia a esas cantidades por parte de los beneficiarios.</p><p>Se tratará de tarjetas no nominativas, por lo que en caso de pérdida o robo, no será posible la expedición de una nueva tarjeta. Una vez entregadas por parte del ayuntamiento, la responsabilidad de custodia de las mismas será de la persona beneficiaria.</p><p>Sexto. Establecimientos y procedimiento de adhesión.</p><p>Podrán participar las personas físicas, jurídicas legalmente constituidas y sociedades civiles, cuya actividad se desarrolle en el municipio de Massanassa y que además tengan un establecimiento con atención directa al público y a pie de calle. En este sentido, se excluyen actividades comerciales a través de aparatos automáticos y en los que no se encuentre una persona encargada de la vigilancia del correcto transcurso del comercio o los realizados en viviendas. Además, la superficie de venta al público deberá ser inferior a 400 metros cuadrados. Los comercios que deseen participar en la campaña de forma completa, deberán disponer de un TPV compatible con las tarjetas de la campaña.</p><p>El procedimiento de adhesión será a través del trámite específico creado en la sede electrónica del Ayuntamiento de Massanassa “Adhesión bonos comerciales de Massanassa”. Estará vigente de forma continua desde la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de València, facilitando así la incorporación de nuevos establecimientos.</p><p>Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes</p><p>Los bonos se podrán adquirir en la web bonscomercials.massanassa.es</p><p>Para su compra se establecerán dos periodos diferenciados:</p><p>- Del 7 de septiembre a las 09:00 horas al 21 de septiembre de 2026 a las 08:59 horas como periodo prioritario para personas empadronadas en Massanassa.</p><p>- Del 21 de septiembre de 2026 a las 09:00 horas hasta agotarse los bonos para personas no empadronadas en Massanassa.</p><p>Cuando las personas adquieran el bono recibirán un correo electrónico en el que se indicará la fecha y ubicación en la cual podrá recoger su tarjeta.</p><p>Será imprescindible acudir con el documento recibido por correo electrónico para recoger la tarjeta.</p><p>La concesión de los bonos quedará limitada al crédito máximo previsto en la presente convocatoria.</p><p>Octavo. Instrucción y concesión de bonos</p><p>La instrucción de dicho procedimiento se llevará a cabo por Reforça Massanassa.</p><p>El órgano competente para la aprobación del gasto aprobará la relación de personas que han adquirido los bonos conforme a la propuesta elevada por el instructor, basada en los listados de la plataforma de venta de bonos de comercio de Massanassa.</p><p>Esta Resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, será motivada y hará constar la</p><p>partida presupuestaria a la que se imputará el gasto, así como los beneficiarios y la cuantía</p><p>concedida a cada uno de ellos.</p><p>Noveno. Tratamiento fiscal del premio</p><p>En virtud de lo establecido en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Real Decreto 439/2007, por el que se aprueba su Reglamento, y sus modificaciones posteriores, los importes bonificados derivados de la presente campaña podrán tener la consideración de ganancia patrimonial a efectos fiscales.</p><p>No obstante, de conformidad con la normativa tributaria aplicable, el Ayuntamiento de Massanassa no practicará retención a cuenta del IRPF sobre dichos importes.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://bop.dival.es/bop/downloads?anuncioCSV=BOPV-2026/08415&lang=es","cve":"BOPV-2026/08415","desDiarioOficial":"B.O.P. DE VALENCIA","datPublicacion":"2026-07-08"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}