{"id":1117304,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"VÉLEZ-MÁLAGA","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE VÉLEZ-MÁLAGA"},"sedeElectronica":"https://sede.velezmalaga.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO","codigoBDNS":"915743","fechaRecepcion":"2026-06-26","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":72428.28,"mrr":false,"descripcion":"TERCERA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE PARTICIPANTES Y CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN EN LOS ITINERARIOS DE INSERCIÓN LABORAL DEL PROYECTO “VÉLEZ-MÁLAGA INTEGRA+”, FINANCIADO POR EL PROGRAMA DE EMPLEO, EDUCACIÓN,\nFORMACIÓN Y ECONOMÍA SOCIAL, DEL FSE+","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"},{"descripcion":"OTROS SERVICIOS","codigo":"T"}],"regiones":[{"descripcion":"ES617 - Málaga"}],"descripcionFinalidad":"Fomento del Empleo","descripcionBasesReguladoras":"Ordenanzas de subvenciones del Ayuntamiento de Vélez-Málaga","urlBasesReguladoras":"https://velezmalaga.es/index.php?mod=normativamunicipal& id=151","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Desde el día siguiente a la publicación del extracto en el BOP de Málaga","textFin":"10 días hábiles","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[{"descripcion":"FSE+ - FONDO SOCIAL EUROPEO PLUS"}],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1483054,"descripcion":"CORRECCIÓN ERRORES DE LA RESOL DE CONVOCATORIA","nombreFic":"Resolucion_Rectificacion_nivel__codigo_expediente.pdf","long":311714,"datMod":"2026-06-26","datPublicacion":"2026-06-26"},{"id":1483053,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Resol_2026005783_03_convocatoria.pdf","long":506317,"datMod":"2026-06-26","datPublicacion":"2026-06-26"}],"anuncios":[{"numAnuncio":215651,"titulo":"EXTRACTO DE RESOLUCIÓN N.º 2026005783, DE 24 DE JUNIO DE 2026, MODIFICADA POR LA RESOLUCIÓN N .º 2026005829, DE 25 DE JUNIO DE 2026, DEL CONCEJAL DELEGADO DE HACIENDA, RELATIVA A LA TERCERA CONVOCATORIA PARA LA SELECCIÓN DE PARTICIPANTES Y CONCESIÓN DE BECAS DE FORMACIÓN EN LOS ITINERARIOS DE INSERCIÓN LABORAL DEL PROYECTO “VÉLEZ-MÁLAGA INTEGRA+”, FINANCIADO POR EL FSE+","tituloLeng":null,"texto":"<p>PRIMERO.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA</p><p>La presente convocatoria tiene por objeto la selección de participantes y la concesión de becas de formación en los itinerarios de inserción laboral del proyecto C001.OP086 “Vélez-Málaga INTEGRA+”, financiado por el Programa de Empleo, Educación, Formación y Economía Social, del Fondo Social Europeo Plus (FSE+) del periodo de programación 2021-2027, destinadas a mejorar el acceso al empleo y el desarrollo de medidas de activación de las personas desempleadas demandantes de empleo del municipio de Vélez-Málaga.</p><p>Itinerarios de inserción laboral “Vélez-Málaga INTEGRA+”. 3ª convocatoria</p><p>Nivel   Código y Denominación   Nº participantes   Zona urbana desfavorecida   Horas formación específica   Horas práctica profesional tutorizada   Horas formación transversal   Horas tutoría  Horas complementarias   Horas totales   Vinculado a un CP</p><p>1   C001.OP086.E026 Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales   15   No   150   80   9   10   1   250  Si</p><p>1   C001.OP086.E010 Operaciones básicas de restaurante y bar                           15   Si   210   80   9   10   6   315   Si</p><p>1   C001.OP086.E011 Operaciones básicas de restaurante y bar                           15   Si   210   80   9   10   6   315   SI</p><p>1   C001.OP086.E017 Operaciones auxiliares en la organización de actividades y funcionamiento de instalaciones deportivas   15   NO   180   80  9  10  6   285  SI</p><p>1   C001.OP086.E012   Actividades Auxiliares de Trabajos en Almacén                 15   NO   130   80   9   10   6   235   NO</p><p>2 C001.OP086.E022 Socorrismo en instalaciones acuáticas                                  15   NO   290   80   9   10   6   395   SI</p><p>Tipo de convocatoria: Concurrencia competitiva</p><p>SEGUNDO.- BENEFICIARIOS</p><p>Las personas que deseen participar en los itinerarios de inserción laboral del proyecto deben reunir los siguientes requisitos a la fecha de presentación de solicitudes:</p><p>a) Estar empadronadas en municipio de Vélez-Málaga.</p><p>b) Estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en los servicios públicos de empleo.</p><p>c) No haber participado en otras acciones formativas financiadas por el Fondo Social Europeo Plus</p><p>d) En cuanto a la beca de formación prevista en los artículos 9 y 10 de esta convocatoria, el participante no podrá percibir, al inicio del itinerario formativo, rentas o ingresos iguales o superiores, en cómputo mensual, al 75 % del IPREM mensual vigente.</p><p>e) Estar en posesión del título académico o certificado oficial que se requiera para acceder a cada uno de los itinerarios de inserción laboral, en función de su nivel.</p><p>f) Al menos el 75 por ciento de los participantes que inicien los itinerarios que se indican a continuación deberán pertenecer a uno de los colectivos más alejados del mercado laboral:</p><p>• Actividades Auxiliares de Trabajos en Almacén.</p><p>• Limpieza de superficies y mobiliario en edificios y locales.</p><p>• Operaciones auxiliares en la organización de actividades y funcionamiento de instalaciones deportivas.</p><p>• Operaciones básicas de restaurante y bar.</p><p>Igualmente será requisito de acceso los marcados en la normativa reguladora de los certificados profesionales y demás acciones formativas de cada convocatoria.</p><p>La Resolución de 10 de marzo de 2025 de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, en cumplimiento de lo establecido en los artículos 54.4, 61 y 75. a) del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, establece las condiciones del procedimiento de comprobación de las habilidades comunicativas del alumnado para acceder a las ofertas de formación profesional de nivel 1.</p><p>El apartado primero, punto 2 de dicha disposición determina que se presumirá que el alumnado posee las habilidades comunicativas en los siguientes supuestos:</p><p>1.- Cuando reúna los requisitos de acceso a los certificados profesionales de nivel 2 y/o 3, establecidos en el artículo 75 y en la disposición adicional quinta del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio.</p><p>2.- Cuando disponga del título de Graduado Escolar del sistema de Educación General Básica (EGB).</p><p>En el caso de que no se acredite reunir los requisitos antes indicados, será obligatoria la realización de una prueba escrita única en competencia básica comunicativa en Lengua Castellana, que podrá completarse con pruebas orales o entrevistas.</p><p>El cumplimiento de estos requisitos será exigido en el momento de la selección de las personas participantes y en el momento de iniciar el itinerario.</p><p>La selección de los participantes de los itinerarios se hará respetando los principios de igualdad de oportunidades, objetividad, publicidad, transparencia y no discriminación.</p><p>Cada persona podrá realizar con aprovechamiento solo un itinerario.</p><p>Si un participante causa baja en un itinerario, podrá ser sustituido por la persona suplente, siempre que pueda alcanzar la condición de persona formada.</p><p>TERCERO.-BASES REGULADORAS</p><p>Constituyen las bases de la presente convocatoria la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Vélez-Málaga, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga nº 43, de 3 de marzo de 2008.</p><p>CUARTO.-CUANTÍA DE LAS BECAS DE FORMACIÓN</p><p>Las personas participantes en los itinerarios formativos podrán optar, si cumplen los requisitos establecidos en el artículo 9 de la convocatoria, a una ayuda económica por importe de 13,45 € por persona y día de asistencia a la formación específica, transversal, complementaria, prácticas profesionales y tutorías. En el cómputo de días por asistencia a la formación no se tendrán en cuenta las ausencias aunque estén justificadas.</p><p>Para optar a las becas de formación las personas seleccionadas para realizar los itinerarios formativos deberán reunir los siguientes requisitos:</p><p>1. Completar la formación programada en el itinerario en el que participe, justificada con la obtención del diploma, certificado o documento acreditativo de la formación obtenida. La formación programada incluye formación específica, práctica profesional no laboral, formación transversal, complementaria y tutorías de orientación. Se admiten ausencias justificadas no superiores al 25% del número total de horas del itinerario, pero no se admitirá ninguna falta de asistencia no justificada.</p><p>2. No percibir rentas o ingresos iguales o superiores en cómputo mensual al 75 % del IPREM de la anualidad en la que se publique la correspondiente convocatoria, al inicio de la acción formativa.</p><p>3. Informe favorable de aprovechamiento del itinerario formativo.</p><p>4. No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones.</p><p>5. Estar al corriente de las obligaciones pecuniarias de cualquier clase con el Ayuntamiento de Vélez-Málaga.</p><p>La concesión de las becas de compensación económica estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes en cada ejercicio.</p><p>El crédito presupuestario para las ayudas económicas reguladas en la presente convocatoria tendrá un importe global máximo de 72.428,25 Euros, cuya financiación será a cargo de la aplicación presupuestaria 130103/241/2269903 denominada “gastos Programa Vélez-Málaga INTEGRA+” del presupuesto vigente. RC N.º 12026000018706, de fecha 23 de abril de 2026.</p><p>QUINTO.- LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES</p><p>1.- La solicitud de participación en la presente convocatoria, junto con la documentación exigida en la misma deberá presentarse, preferentemente, en la Sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga, en el siguiente enlace: sede.velezmalaga.es.</p><p>También podrán presentarse en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga o en cualquiera de las formas establecidas en el art 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p><p>Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas dentro del plazo de presentación de solicitudes.</p><p>2.- El plazo para la presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, iniciándose a partir del día siguiente al de la publicación de extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga. El texto completo de la convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en el tablón general de anuncios y edictos del Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga. En el caso de que no existan participantes suficientes para desarrollar un itinerario, este plazo permanecerá abierto hasta que el itinerario permita incorporar nuevos participantes y estos puedan adquirir la condición de persona formada. En cualquier caso, las solicitudes presentadas en el plazo inicial tendrán preferencia sobre las posteriores.</p><p>3.- Los formularios/anexos se encuentran disponibles en la página web del Excmo ayuntamiento de Vélez Málaga https://www.velezmalaga.es/, siendo de uso obligatorio para los/as solicitantes en virtud del artículo 66.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.</p><p>4.- El Excmo. Ayuntamiento de Vélez-Málaga es la entidad responsable del tratamiento de los datos personales proporcionados en la solicitud, que serán tratados con la finalidad de gestionar su participación en el presente programa, tramitar las solicitudes presentadas, verificar el cumplimiento de los requisitos exigidos, así como atender y gestionar, en su caso, las reclamaciones, alegaciones, recursos, actuaciones de seguimiento, evaluación, control y justificación que pudieran derivarse de su desarrollo.</p><p>SEXTO: - DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA PARA LA ADMISIÓN DE LAS SOLICITUDES</p><p>1. Solicitud debidamente cumplimentada, firmada y fechada, en el modelo (Anexo II).</p><p>Con la presentación de la solicitud de participación y, en su caso, de beca de formación, se manifiesta expresamente la autorización a esta Entidad, para realizar las consultas necesarias a otros organismos públicos, al objeto de verificar los datos aportados por los interesados y hacer las comprobaciones oportunas.</p><p>El modelo de solicitud estará disponible en la página web de este Ayuntamiento cuando se abra el plazo de presentación de solicitudes. Deberá estar firmada por la persona interesada y por el representante legal, en su caso.</p><p>2. Acreditación de la personalidad: copia del documento nacional de identidad (DNI) o tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en vigor. En el caso de ciudadanos/as comunitarios/ as que no tengan TIE o este no se encuentre en vigor, presentarán copia del Certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión Europea y copia del documento nacional de identidad del país de procedencia o pasaporte en vigor.</p><p>3. Acreditación de persona desempleada e inscrita como demandante de empleo en los servicios públicos de empleo:</p><p>– Informe de periodos de inscripción como demandante de empleo emitido por el Servicio Andaluz de Empleo desde el 1 de enero de 2024 y el informe de la demanda de empleo (DARDE), actualizado a fecha de presentación de solicitud o de subsanación en su caso.</p><p>– Informe de vida laboral, actualizado a la fecha de presentación de solicitud o de subsanación en su caso.</p><p>Esta documentación junto con el Anexo VI se deberá presentar también, al inicio del itinerario formativo actualizado a fecha igual o posterior al inicio del mismo.</p><p>4. Acreditación de estar empadronado/a en el municipio de Vélez-Málaga: autorización para recabar dicha información en esta Administración.</p><p>5. Acreditación de pertenecer a un colectivo más alejado del mercado laboral. Será imprescindible presentar los siguientes certificados, informes y/o autorizaciones:</p><p>Personas desempleadas de larga duración: se considerarán personas desempleadas de larga duración a aquellas que se encuentran en situación de desempleo de manera continuada al menos un año (doce meses o más). A tal efecto, durante ese periodo de tiempo las personas deberán haber estado inscritas como demandantes de empleo y no haber trabajado. Dicha circunstancia se deberá acreditar con informe de periodos de inscripción emitido por el Servicio Andaluz de Empleo, a fecha de la solicitud o de subsanación, en su caso.</p><p>Personas mayores de 45 años, en particular, mujeres. Dicha condición se acreditará con la documentación indicada en el apartado 3.2 de este artículo. Debe haber cumplido 46 años.</p><p>Personas con una discapacidad igual o superior al 33 %. Dicha condición se acreditará con certificado/informe de discapacidad expedido por la administración pública competente.</p><p>Nacionales de terceros países. Se acredita con la documentación indicada en el apartado 3.2 del artículo 5 de la convocatoria.</p><p>Participantes de origen extranjero. Se acredita con la documentación indicada en el apartado 3.2 del artículo 5 de la convocatoria.</p><p>Participantes pertenecientes a minorías. Autorización para recabar informe de los Servicios Sociales de Vélez-Málaga.</p><p>Otras personas en situación socioeconómica de vulnerabilidad, incluidas aquellas que se encuentren en situación o riesgo de pobreza, exclusión social o discriminación en sus múltiples facetas, acreditada por un informe de los Servicios Sociales.</p><p>6.- Cuestionario motivacional debidamente cumplimentado, firmado y fechado (Anexo III). En el caso de no presentarlo o no cumplimentar las preguntas incluidas en el cuestionario, no se realizará la valoración correspondiente. Aquellas preguntas que exigen una sola respuesta, si se marca más de una opción, la puntuación de la misma será cero.</p><p>7.-Titulación o certificado de nivel de estudio máximo alcanzado.</p><p>8.- Compromiso de participación (Anexo IV).</p><p>9.- Documentación para solicitar la ayuda económica por la asistencia a los itinerarios formativos.</p><p>La solicitud de ayuda económica se indicará, en su caso, en la solicitud de participación en los itinerarios formativos (ANEXO II)</p><p>SÉPTIMO.-CRITERIOS DE VALORACIÓN</p><p>En base al proyecto aprobado y, de acuerdo con las prioridades que se contemplan en dicho documento y normativa correspondiente, se establecen los siguientes criterios de baremación:</p><p>Criterios de valoración   Puntuación</p><p>Mujeres                                        4</p><p>Parados/as de larga duración      3</p><p>Pertenencia a uno de los colectivos considerados más alejados del mercado laboral    2</p><p>Pertenencia a más de un colectivo considerado más alejado del mercado laboral    1</p><p>Cuestionario motivacional           4</p><p>En los itinerarios de inserción a desarrollar en zonas urbanas desfavorecidas, los participantes residentes en las mismas, con independencia de la puntuación que obtengan, tendrán prioridad sobre el resto de los solicitantes.</p><p>Se consideran zonas urbanas desfavorecidas en Vélez-Málaga las siguientes: Barrio de La Villa, Casco Sur y Torre del Mar Centro y las áreas estadísticas con códigos 2909401 y 2909402, según el Catálogo de Barrios Vulnerables de España 2011, elaborado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y la Universidad Politécnica de Madrid, actualizado en el año 2021.</p><p>Los criterios de valoración del cuestionario motivacional son los siguientes:</p><p>Motivación e interés hacia la formación y hacia el empleo.</p><p>Capacidad emprendedora.</p><p>Disponibilidad y grado de empleabilidad.</p><p>Se entenderá como colectivos más alejados del mercado laboral los siguientes:</p><p>Personas desempleadas de larga duración.</p><p>Personas mayores de 45 años, en particular, mujeres.</p><p>Personas con una discapacidad igual o superior al 33 %.</p><p>Nacionales de terceros países.</p><p>Participantes de origen extranjero.</p><p>Participantes pertenecientes a minorías.</p><p>Otras personas en situación socioeconómica de vulnerabilidad, incluidas aquellas que se encuentren en situación o riesgo de pobreza, exclusión social o discriminación en sus múltiples facetas, acreditada por un informe de los Servicios Sociales.</p><p>En caso de empate entre 2 o más solicitudes, se establecen los siguientes criterios de desempate:</p><p>Residencia en zonas desfavorecidas.</p><p>Ser mujer.</p><p>Antigüedad de inscripción ininterrumpida como persona desempleada demandante de empleo.</p><p>Pertenencia a varios colectivos más alejados del mercado laboral.</p><p>Mayor puntuación obtenida en el cuestionario motivacional.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopmalaga.es/index.php?fecha=02-07-2026","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. 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