{"id":1116084,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"ZARAGOZA","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"914523","fechaRecepcion":"2026-06-22","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":208300,"mrr":false,"descripcion":"SUBVENCIONES A COMISIONES DE FESTEJOS EN JUNTAS MUNICIPALES Y VECINALES 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades asociativas","codigo":"94"}],"regiones":[{"descripcion":"ES - ESPAÑA "}],"descripcionFinalidad":"Otras Prestaciones económicas","descripcionBasesReguladoras":"Ordenanza General Municipal de Subvenciones","urlBasesReguladoras":"http://bop.dpz.es/BOPZ/UploadServlet?ruta=Boletines\\2016\\236\\bop.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-06-26","fechaFinSolicitud":"2026-07-24","textInicio":"desde el día siguiente publicación boletí oficial","textFin":"20 días después de la publicación en el BOPZ","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1479739,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"1700_textoConvocatoria.pdf","long":382020,"datMod":"2026-06-22","datPublicacion":"2026-06-22"}],"anuncios":[{"numAnuncio":215266,"titulo":"Extracto del Acuerdo de Gobierno de Zaragoza de fecha 18 de junio de 2026 por el\nque se aprueba la convocatoria de Subvenciones a Comisiones de Festejos en\nJuntas Municipales y Vecinales año 2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17</p><p>de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo</p><p>texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones</p><p>(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), y en el portal</p><p>corporativo municipal (https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/27460).</p><p>Primero. Beneficiario.</p><p>Podrán ser entidades beneficiarias las Comisiones de Festejos y excepcionalmente las</p><p>entidades reconocidas como tales que, reuniendo los requisitos generales establecidos</p><p>en la Ordenanza, cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria y</p><p>?Que desarrollen su actividad en el territorio Municipal de Zaragoza.</p><p>?Que estén inscritas en el Censo Municipal de Entidades Ciudadanas, en el mo-</p><p>mento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.</p><p>?Que, en el caso de tratarse de una entidad reconocida, hayan justificado las</p><p>subvenciones de años anteriores otorgadas por el Ayuntamiento de Zaragoza y</p><p>se haya manifestado favorablemente la conformidad a las mismas por el</p><p>Concejal Presidente, el Consejero de Participación Ciudadana y Régimen Interior</p><p>u Órgano Municipal competente según proceda.</p><p>Segundo. Objeto.</p><p>Pueden ser objeto de subvención los programas de fiestas desarrollados por</p><p>Comisiones de Festejos constituidas o que se constituyan o, excepcionalmente, una</p><p>asociación existente en el barrio o distrito, siempre que unas u otra obtengan el</p><p>reconocimiento de la Junta Municipal o Vecinal correspondiente.</p><p>El ámbito de actuación no superará el del barrio o distrito, aunque dentro de los mismos</p><p>podrán reconocerse distintas Comisiones para ámbitos territoriales diferenciados y</p><p>cuyas actividades se realicen íntegramente dentro de dicho ámbito.</p><p>Tercero. Bases Reguladoras.</p><p>Las subvenciones se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de</p><p>Subvenciones (en adelante LGS); por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,</p><p>Reglamento de la LGS (en adelante RLGS); el Decreto Legislativo 2/2023, de 3 de</p><p>mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de</p><p>Subvenciones de Aragón; por la Ordenanza General Municipal de Subvenciones,</p><p>aprobada por acuerdo del Excmo. Ayuntamiento Pleno de 26 de septiembre de 2016 y</p><p>publicada en BOPZ con fecha 13 de octubre de 2016; por las bases de ejecución del</p><p>Presupuesto Municipal; el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de</p><p>Zaragoza, así como por el resto de normas de derecho administrativo que resulten de</p><p>aplicación.</p><p>Cuarto. Cuantía.</p><p>La cantidad global máxima prevista para esta convocatoria asciende a 208.300 ?, que</p><p>podrá ser atendida con cargo a las aplicaciones presupuestarias del Presupuesto Gene-</p><p>ral Municipal para el 2026.</p><p>La cuantía máxima a conceder a cada entidad beneficiaria no podrá superar el 100% de</p><p>los gastos subvencionables presentado con el límite general de 20.746,00 ?, o en su</p><p>caso, el límite del presupuesto disponible.</p><p>La cantidad mínima a conceder será de 500 euros.</p><p>Quinto. Plazo de solicitud.</p><p>El plazo para la presentación electrónica de las solicitudes será de 20 días hábiles</p><p>contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el</p><p>Boletín Oficial de la Provincia.</p><p>Las solicitudes se presentarán exclusivamente en el Registro General Electrónico del</p><p>Ayuntamiento de Zaragoza (https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/27460) a</p><p>través del certificado de representante de persona jurídica, o también mediante DNI</p><p>electrónico de la persona representante de la entidad, acompañado en este último caso,</p><p>del respectivo poder de representación que ostenta.</p>","textoLeng":null,"url":"https://boletin.dpz.es/BOPZ/obtenerContenidoEdicto.do?idEdicto=894840&numBop=143","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE ZARAGOZA","datPublicacion":"2026-06-25"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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