{"id":1115461,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"SAN ROQUE","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"913900","fechaRecepcion":"2026-06-18","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":120000,"mrr":false,"descripcion":"SUBVENCIÓN PARA ESCUELAS DEPORTIVAS TEMPORADA 2026-2027","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades deportivas, recreativas y de entretenimiento","codigo":"93"}],"regiones":[{"descripcion":"ES612 - Cádiz"}],"descripcionFinalidad":"Educación","descripcionBasesReguladoras":"SUBVENCIÓN PARA ESCUELAS DEPORTIVAS TEMPORADA 26-27","urlBasesReguladoras":"https://transparencia.sanroque.es/portal-de-transparencia/normativa-municipal/procedimientos-libre-concurrencia","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"A PARTIR DEL DIA SIGUIENTE DE LA PUBLICACIÓN EN EL BOP DE CÁDIZ","textFin":"30 DÍAS NATURALES TRAS PUBLICACIÓN EN BOP CÁDIZ","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1478233,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"BASES_REGUALDORAS_DEL_PROCEDIMIENTO_DE_ADJUDICACIÓN_DE_LAS_ESCUELAS_DEPORTIVAS_DE_BASE_PARA_LA_TEMPORADA_2026_2027_Y_LA_CONCESIÓN_DE_SUBVENCIONES_PARA_SU_DESARROLLO.pdf","long":749076,"datMod":"2026-06-18","datPublicacion":"2026-06-18"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214994,"titulo":"Extracto de la Resolución de Alcaldía nº 3255 de 15 de junio de 2026 por la que se aprueban las  Bases Reguladoras del procedimiento para la adjudicación de las Escuelas Deportivas de Base para la temporada 2026-2027 y la concesión de Subvenciones  para su desarrollo.","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad  con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones  (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):</p><p></p><p>BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO PARA LA ADJUDICACIÓN DE LAS ESCUELAS DEPORTIVAS DE BASE Y LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE LA DELEGACIÓN MUNICIPAL DE DEPORTES DEL ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE SAN ROQUE PARA SU DESARROLLO DURANTE LA TEMPORADA 2026-2027.</p><p></p><p>PRIMERA. OBJETO.</p><p></p><p>\tLas presentes bases tienen por objeto la regulación del procedimiento de adjudicación de las Escuelas Deportivas de Base de Entidades Deportivas, (en adelante EDB), mediante   procedimiento de concurrencia competitiva, así como la concesión de las correspondientes subvenciones como consecuencia de su organización y desarrollo como complemento a la competencia local en materia deportiva.</p><p></p><p>          \tEstas Bases Reguladoras, convocan la siguiente tipología y cantidad de Escuelas Deportivas de Base:</p><p></p><p>1)\t- Escuelas Deportivas de Base Públicas (Aquellas cuya actividad se desarrolle en instalaciones deportivas de titularidad municipal).</p><p></p><p>1.\tDeportes Colectivos</p><p>2.\t</p><p>1.\tBaloncesto\t\t          1 Escuela Deportiva</p><p>2.\tFútbol \t                                 1 Escuela Deportiva</p><p>3.\tWaterpolo\t\t          1 Escuela Deportiva</p><p>4.\tBalonmano\t\t          1 Escuela Deportiva</p><p>5.\tRugby\t\t          1 Escuela Deportiva</p><p>6.\tVoleibol\t                                 1 Escuela Deportiva</p><p>7.\tFútbol Sala                                     1 Escuela Deportiva</p><p>8.\tDeporte Adaptado\t          1 Escuela Deportiva</p><p></p><p>3.\tDeportes Individuales</p><p>4.\t</p><p>1.\tAjedrez\t\t          1 Escuela Deportiva</p><p>2.\tAtletismo\t        \t          1 Escuela Deportiva  </p><p>3.\tJudo\t\t          1 Escuela Deportiva</p><p>4.\tGimnasia Rítmica\t          1 Escuela Deportiva</p><p>5.\tTenis                                               1 Escuela Deportiva por zona</p><p>6.\tPadel                                               1 Escuela Deportiva por zona</p><p>7.\tTaekwondo \t                                 1 Escuela Deportiva por zona</p><p>8.\tNatación                                         1 Escuela Deportiva</p><p>9.\tEsgrima\t\t          1 Escuela Deportiva</p><p>10.\tKarate\t                                 1 Escuela Deportiva por zona</p><p>11.\tGimnasia Artística\t          1 Escuela Deportiva</p><p>12.\tPetanca\t\t          1 Escuela Deportiva</p><p>13.\tTiro con Arco \t          1 Escuela Deportiva</p><p>14.\tCapoeira\t\t          1 Escuela Deportiva</p><p></p><p>2)\t- Escuelas Deportivas de Base Concertadas (Aquellas cuya actividad se desarrolle en instalaciones deportivas privadas, debido a un déficit de infraestructura municipal).</p><p></p><p>1.\tZona Norte:</p><p>1.\tVela\t\t1 Escuela Deportiva</p><p>2.\tHípica\t\t1 Escuela Deportiva</p><p></p><p>2.\tZona Centro</p><p>1.\tHípica\t\t1 Escuela Deportiva</p><p>SEGUNDA. BENEFICIARIOS</p><p></p><p>\tPodrán ser adjudicatarios de las escuelas deportivas y beneficiarios de las subvenciones aquellas entidades deportivas, incluidas secciones y entidades en general y clubes deportivos, inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas de la Junta de Andalucía y en el Registro de Asociaciones del Ilustre Ayuntamiento de San Roque, y que cumplan con los requisitos enumerados en la base cuarta y que no se encuentren incursos en ninguna causa de exclusión definidas en la base undécima.</p><p>      \tEl disfrute de las presentes subvenciones, obliga a los beneficiarios a aportar declaración certificada por el Secretario de la Entidad, en la que se manifieste el no disfrutar de otras subvenciones. En caso contrario se deberá  detallar el importe de las ayudas recibidas  para atender gastos de la misma naturaleza, dentro del proyecto de Gestión de la Escuela.</p><p></p><p>TERCERA. FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA.</p><p></p><p>\tLa finalidad de la presente convocatoria es la puesta en marcha del Programa de Escuelas Deportivas de Base, promocionando la actividad deportiva en el municipio de San Roque, fomentando especialmente las actividades de iniciación y de carácter formativo y recreativo en niños a partir de 5 años (salvo en algunas modalidades deportivas excepcionales que se recogerán motivadamente en sus respectivos proyectos técnicos las edades comprendidas por la EDB), salvo en el caso de aquellas escuelas que abarquen el nivel de tecnificación deportiva, donde lo que primarán serán los objetivos técnicos-deportivos y los resultados logrados. Por todo ello, en función de los objetivos de cada EDB y de sus distintos niveles de enseñanza, será o no obligatorio, la tramitación de las licencias deportivas y la licencia federativa de la Entidad.</p><p></p><p>\tEl objetivo  concreto de las subvenciones será ayudar a sufragar  los gastos derivados de algunos de los siguientes conceptos:</p><p></p><p>2.\t- Compensación de gastos derivados de la impartición de clases en función del número de horas, número de niñ@s y ratio por profesor.</p><p>3)\t- Gastos federativos, como licencias e inscripciones, tanto de club como de deportistas.</p><p>4)\t- Gastos de arbitrajes, tanto de organización de actividades y eventos, como de asistencia y participación en competiciones.</p><p>5)\t- Gastos de manutención, desplazamientos y alojamientos de deportistas y técnicos a competiciones y eventos planificados por la EDB.</p><p>6)\t- Gastos de seguros obligatorios, de Responsabilidad Civil y de accidentes.</p><p>7)\t- Gastos de adquisición de material y equipamiento deportivo necesario para la puesta en práctica de las escuelas deportivas de base.</p><p>8)\t- Gastos derivados de la realización de cursos y actividades formativas para entrenadores y otros técnicos de la estructura humana de la Escuela Deportiva.</p><p></p><p>\tLas subvenciones se otorgarán de acuerdo a los principios de concurrencia competitiva y conforme a los criterios de eficacia, eficiencia, publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.</p><p></p><p>          \tLa aportación municipal al proyecto adjudicatario se calculará en función al déficit de gestión derivado del desarrollo de las Escuelas Deportivas de Base, y en ningún caso podrá ser superior al 45 % del total de los costes del proyecto.</p><p></p><p>CUARTA. REQUISITOS.</p><p></p><p>      a) Requisitos Generales:</p><p></p><p>9)\t1.-Tener capacidad de obrar y encontrarse constituidas formalmente con arreglo a su normativa específica, en cada caso.</p><p>10)\t2.- Las entidades deben acreditar que su objeto cumple con los fines y objetivos de las Bases de esta convocatoria.</p><p>11)\t3.- Encontrarse al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social y otros tributos locales.</p><p>12)\t4.- No tener antecedentes en el desarrollo de ningún tipo de actividad que hubiera interferido negativamente en el funcionamiento de las instalaciones y servicios ofertados por la Delegación Municipal de Deportes, incluyendo no respetar las indicaciones del personal de la instalación, causar grave deterioro al material o instalación deportiva o no cumplir con los procedimientos establecidos desde la Delegación de Deportes. A tal efecto, se emitirá informe por el Director del Servicio de la Delegación de Deportes.</p><p>13)\t5.- Haberse ajustado a lo indicado por la Delegación Municipal de Deportes para el desarrollo del programa de ?Escuelas Deportivas de Base?, para la subvención concedida en el ejercicio anterior. A tal efecto, se emitirá informe por el Director del Servicio de la Delegación de Deportes.</p><p>14)\t6.- No debe haber recaído sobre las Entidades solicitantes resolución de reintegro o pérdida de la subvención por incumplimiento de las condiciones establecidas en las bases correspondientes o bien tuviera pendiente de justificar cualquier otra aportación.</p><p>15)\t7.- Haber cumplido con la justificación del destino de la subvención concedida en el ejercicio anterior. A tal efecto, se solicitará informe de la Intervención de Fondos.</p><p>16)\t8.- No haber sido condenadas por sentencia firme a la pena de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.</p><p>17)\t9.- No haber dado lugar, por haber sido declaradas culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.</p><p>18)\t10.- No estar excluidas, por la concurrencia de alguna de las causas previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2013, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.  </p><p></p><p>\tEl incumplimiento de uno de los requisitos determinará la no admisión de la solicitud a  la presente convocatoria.</p><p></p><p>       b) Requisitos específicos:</p><p></p><p>\tPara considerar un equipo-categoría del club solicitante apta para ser subvencionada al menos el 50 % de los integrantes deberá ser nacido, estar empadronado o escolarizado en el Municipio de San Roque. En el caso de que conste el nacimiento en La Línea de la Concepción por motivos registrales, se podrá admitir otra forma de acreditar el nacimiento en San Roque.</p><p></p><p>\tPara la constatación del cumplimiento de ese requisito, será necesario presentar dentro del plazo establecido en el decreto de adjudicación provisional de las EDB que será notificado a los clubes deportivos correspondientes, los listados de los deportistas inscritos, clasificados por categorías deportivas en los que figuren nombre completo y número de DNI o NIE.</p><p></p><p>\tSe admitirá, para el caso de los nacidos en San Roque pero que no residan en el municipio, que se adjunte a los listados copia del libro de familia o DNI del deportista, y para los escolarizados en el Término Municipal, podrá adjuntarse certificado de estar matriculado expedido por el centro correspondiente.</p><p></p><p>\tLos equipos o categorías que no cumplan este requisito serán excluidas de la solicitud formulada inicialmente por el club o la entidad correspondiente y no serán subvencionadas.</p><p></p><p>QUINTA. NORMATIVA, CONDICIONES Y TIPOLOGÍA DE ESCUELAS DEPORTIVAS DE BASE, A CUMPLIR POR LAS ENTIDADES SOLICITANTES DE ESTAS SUBVENCIONES.</p><p></p><p>           \tLos Proyectos Técnicos a presentar por los solicitantes se ajustarán a las siguientes condiciones:</p><p>\t5.a.) Condiciones Generales:</p><p></p><p>\tDenominación: Se considerará Escuela Deportiva de Base, el conjunto de medios humanos y materiales que tenga como finalidad la iniciación técnico-deportiva, por tanto, el objetivo primordial de las EDB, será la enseñanza de principios básicos de los diferentes deportes, a niños/as en edad escolar en un marco de adquisición de valores propios de la actividad física y el deporte.</p><p></p><p>\tModalidades Deportivas: Se ofertarán las EDB, en las modalidades que se detallaron en el artículo 1, y que se describirán en las condiciones específicas. Cada entidad solicitante podrá optar a la gestión de cuántas, zonas de trabajo quiera, y a las modalidades deportivas que quiera, teniendo que presentar un Proyecto Técnico por cada una de las modalidades deportivas que solicite.</p><p></p><p>\tParticipantes y Categorías: Podrán inscribirse en las Escuelas Deportivas de Base los niños/as de 5 a 18 años, repartidos en las categorías que establezcan las distintas federaciones y reglamentaciones deportivas, y que por lo general se clasificarán en los siguientes niveles de enseñanza:</p><p>\tNivel de Iniciación Deportiva ? Categorías: Prebenjamín y Benjamín.</p><p>\tNivel de Iniciación Avanzada ? Categorías: Alevín e Infantil.</p><p>\tNivel de Tecnificación   ?           Categorías: Cadete y Juvenil.</p><p>\t</p><p>\tLa inclusión de deportistas en un nivel u otro podrá variar por criterios deportivos, pudiéndose cambiar las categorías marcadas anteriormente.</p><p></p><p>\tCalendario y Horarios: Las escuelas tendrán su actividad, como mínimo, entre los meses de octubre a mayo,  excepto en aquellos casos que las entidades solicitantes quieran ampliar este periodo, y en las  categorías de nivel de Tecnificación Deportiva, que abarcará los meses, según el calendario de competición de cada modalidad deportiva.</p><p></p><p>\tLas sesiones de entrenamiento tendrán lugar en horario extraescolar, y en cualquier caso entre las 16:00 y las 20:00 horas excepto los días de competición, en que serán los propios de la misma.</p><p>\tCualquier modificación del horario establecido deberá ser informada a la Delegación Municipal de Deportes. La petición de cambio deberá realizarse por escrito a través del Área de Coordinación Deportiva de la Delegación Municipal de Deportes.</p><p>\t\t</p><p>\tUso de Instalaciones Deportivas: Estos horarios una vez analizados y estudiados por la Coordinación Deportiva de la Delegación Municipal de Deportes, se autorizaran para su uso como Horarios Oficiales de las Escuelas para la temporada 2026-2027.</p><p>\t</p><p>\tAsí mismo la Entidad tendrá autorizado el uso de las Instalaciones Deportivas Municipales sin cargo alguno para la Entidad para todas aquellas competiciones y Actividades recogidas en el Proyecto Técnico presentado, sin menoscabo de cumplir con el Decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos Públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario, modificado por el Decreto 155/2018, de 31 de julio, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos de Andalucía y se regulan sus modalidades, régimen de apertura o instalación y horarios de apertura y cierre.</p><p></p><p>\tUso del Servicio de Desplazamientos de Deportistas: La entidad gestora de la EDB, incluida en el Programa Deportivo tendrá acceso a la utilización de este servicio de la Delegación Municipal de Deportes con un tope de gasto limitado anual, que se le comunicará en el primer trimestre de funcionamiento de la EDB, siempre y cuando cumpla con el requisito marcado en los CRITERIOS DE VALORACIÓN en lo referente a los inscritos en la EDB.</p><p>\t</p><p>\tPara el buen funcionamiento del servicio, deberá al principio de temporada entregar un Calendario Oficial de Competiciones, y comunicar por escrito antes del miércoles de la semana en curso el horario de salida, lugar y condiciones del viaje a realizar.</p><p></p><p>\tFuncionamiento: En lo referente a las enseñanzas básicas y prácticas de cada EDB, contará con sus propias Programaciones Técnicas, que han de figurar en el Proyecto Técnico-Deportivo. Estas Programaciones se ajustarán de forma genérica como mínimo a las siguientes sesiones semanales:\t</p><p></p><p>1.\tCategorías de Iniciación Deportiva: de 2 a 3 sesiones semanales x 1 h. /sesión. (En estas categorías estará totalmente prohibido exceder estas hora de entrenamientos).</p><p>1.\t</p><p>o\tCategorías de Iniciación Avanzada: 3 sesiones semanales x 1?5 h./sesión.</p><p>2.\t</p><p>1.\tCategoría de Tecnificación: de 3 a 4 sesiones semanales x 2 h./sesión.</p><p></p><p>\tInscripciones: En las escuelas podrán inscribirse los alumnos que lo deseen teniendo en cuenta el número máximo de alumnos indicado, así como el nivel deportivo en función de la tipología de la EDB. A partir de la categoría infantil, tendrán preferencia los alumnos que provengan de las categorías inferiores de la misma entidad.</p><p></p><p>\tEstas inscripciones se realizarán a través de las Entidades Gestoras adjudicatarias,  de las Escuelas Deportivas de Base, que en todo momento cumplirán con la normativa vigente en materia de Protección de Datos, y que podrán cobrar por ello una cuota en concepto de matrícula y unas cuotas de inscripción mensual, que en ningún caso  serán superiores a lo marcado en las condiciones específicas, y que se realizarán mediante ingreso bancario, en la cuenta bancaria que cada entidad presente certificada junto a la documentación de solicitud, y a través de la cuál se efectuará todos los movimientos de gastos e ingresos con cargo a la cuenta de explotación de la Escuela Deportiva de Base.</p><p>\tR.R.H.H.: La estructura técnica, compuesta por todos los medios humanos que necesiten las EDB, serán propuesto por el solicitante y tendrán relación contractual con el mismo, no teniendo en ningún caso la Delegación Municipal de Deportes del Ilustre Ayuntamiento de San Roque, responsabilidad sobre ellos.</p><p></p><p>\tDe este modo, cada entidad solicitante propondrá su Organigrama de funcionamiento en el Proyecto Técnico, los mínimos que se exigirán serán:</p><p></p><p>\tCoordinador o Director de la Escuela: Deberá estar en posesión del título de Grado de Ciencias de la Actividad Física y del Deporte o título equivalente; o al menos título superior deportivo o título equivalente (Técnico de grado Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva), en la modalidad o especialidad deportiva correspondiente.</p><p></p><p>\tEntrenador Nivel Tecnificación: Al menos deberá estar en posesión de la titulación de Técnico Superior Deportivo en su modalidad; o licencia federativa de entrenador en su modalidad.</p><p></p><p>\tMonitor deportivo: Deberá estar en posesión del título de Monitor Deportivo expedido por la Federación Deportiva correspondiente, o Técnico Superior en Enseñanza y Animación Sociodeportiva.</p><p></p><p>\t5.b.) Seguros obligatorios:</p><p></p><p>Cada Entidad adjudicataria de la EDB, tendrá la obligación de contratar un Seguro de RC Colectiva anual, donde quede recogido lo dispuesto en el decreto 109/2005, de 26 de abril, publicado en el BOJA no 92 de 13 de mayo de 2005, por el que se regulan los requisitos de los contratos de seguro obligatorio de Responsabilidad Civil de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria primera de la ley 13/1999 de 15 de diciembre de espectáculos públicos y actividades recreativas de Andalucía.</p><p>\t5.c.) Condiciones Específicas:</p><p></p><p>\tPara considerar un equipo-categoría del club solicitante apta para ser subvencionada, al menos el 50 % de los integrantes deberá cumplir alguno de estos requisitos:</p><p></p><p>1.\tSer nacido en San Roque (para los inscritos en la Línea de la Concepción por motivos registrales, se podrá admitir otra forma de acreditar el nacimiento en San Roque).</p><p>2.\tEstar empadronado en San Roque.</p><p>3.\tEstar matriculado en un centro educativo del Término Municipal de San Roque.</p><p></p><p>\tAdemás de la normativa general detallada anteriormente, los proyectos técnicos solicitantes deberán respetar la siguiente normativa o condiciones específicas en función a la tipología de Escuela, que para la temporada 2026/2027 serán las siguientes:</p><p></p><p>\t- Escuelas Deportivas de Base Públicas. (Aquellas que se realicen en \tInstalaciones deportivas municipales).</p><p></p><p>\t1) De Tecnificación Deportiva: Son las Escuelas Deportivas de Base que entre sus objetivos generales prima la especialización deportiva y la consecución de logros y méritos deportivos, teniendo la obligación de estar federados todos los deportistas y técnicos y que para esta temporada se dividen en:</p><p>\t1.1) Más de 70 alumnos total por EDB:</p><p>\t- Rugby</p><p>\t- Fútbol</p><p>\t</p><p>\t1.2 Menos de 70 alumnos total por EDB:\t\t</p><p>\t- Natación</p><p> \t- Waterpolo</p><p></p><p>\t2) De Promoción Deportiva: Son las Escuelas Deportivas de Base que entre sus objetivos generales prima la enseñanza deportiva y la iniciación a la practica físico-deportiva, pudiendo en algunos casos alcanzar el nivel de Tecnificación Deportiva y que para esta temporada se dividen en:</p><p>\t2.1) Más de 45 alumnos total por EDB :\t\t</p><p>\t- Atletismo\t\t</p><p>\t- Baloncesto</p><p>\t- Judo</p><p>\t- Gimnasia Rítmica</p><p>\t- Tenis</p><p>\t- Padel</p><p>\t- Voleibol</p><p>\t- Taekwondo</p><p>\t- Gimnasia Artística</p><p>\t\t\t</p><p>\tEstas EDB tienen la obligación de tener a sus deportistas y técnicos acogidos a un Seguro de accidentes, bien por medio de licencia federativa o a través de una póliza de seguros.</p><p></p><p>\t2.2) Menos de 45 alumnos total por EDB:</p><p>\t- Balonmano</p><p>\t- Esgrima</p><p>\t- Tiro con Arco</p><p>\t- Ajedrez</p><p>\t- Petanca</p><p>\t- Karate</p><p>\t- Hípica</p><p>\t- Vela</p><p>\t- Fútbol Sala</p><p>\t- Capoeira</p><p></p><p>\tEstas EDB tienen la obligación de tener a sus deportistas y técnicos acogidos a un Seguro de accidentes, bien por medio de licencia federativa o a través de una póliza de seguros.</p><p></p><p></p><p>Condición Específica\tDeportes Individuales\tDeportes Colectivos</p><p>\tNivel Iniciación\tNivel</p><p> Iniciación A.\tNivel Tecnificación\tNivel Iniciación\tNivel Iniciación A.\tNivel</p><p>Tecnificación</p><p></p><p>Nº alumnos x grupo máximo\t20</p><p>(excepto  Padel 6)</p><p>\t18</p><p>(excepto Padel 6)\t</p><p>15\t25</p><p>(excepto Fútbol 7)\t</p><p>22</p><p>\t20</p><p>(excepto Fútbol 11 y Rugby 22</p><p></p><p>Nº Alumnos x grupo mínimo\t10</p><p>(excepto  Padel 6)</p><p>\t8</p><p>(excepto  Padel 4)\t6                 \t10\t10</p><p>(excepto Fútbol 11 18)\t10</p><p>(excepto  Fútbol 11  18)</p><p>Cuota  de Inscripción mensual máxima para empadronados\t</p><p>15 €/mes\t</p><p>18 €/mes\t</p><p>25 €/mes\t</p><p>12 €/mes\t</p><p>15 €/mes\t</p><p>20 €/mes</p><p>Cuota  de inscripción mensual máxima</p><p>para no empadronados</p><p>OPCIONAL\t</p><p>18 €/ mes\t</p><p>21 €/ mes\t</p><p>30 €/ mes\t</p><p>15 €/ mes\t</p><p>18 €/ mes\t</p><p>25 €/ mes</p><p>Organización de Actividades Obligatorias\t</p><p>2\t</p><p>3\t</p><p>-\t</p><p>2\t</p><p>3\t</p><p>-</p><p></p><p></p><p>Competiciones Obligatorias\t</p><p></p><p>JJDD</p><p>Estrecho\tPrimera Competición Federada de su modalidad deportiva</p><p>(como mínimo)\t</p><p>Campeonato Provincial de su modalidad deportiva (como mínimo)\t</p><p></p><p>JJDD</p><p>Estrecho\tPrimera Competición Federada de su modalidad deportiva</p><p>(como mínimo)</p><p>\t</p><p>Campeonato Provincial de su modalidad deportiva</p><p>(como mínimo)</p><p></p><p>1)\t- Escuelas Deportivas de Base Concertadas. (Aquellas que se realicen en Instalaciones deportivas privadas, debido a un déficit de infraestructura deportiva pública en alguna zona del municipio concreta). Para el caso de estas EDB, sólo se concertarán, grupos de nivel de iniciación deportiva.</p><p></p><p></p><p>Condición Específica\tDeportes Individuales</p><p>\t</p><p>VELA\t</p><p>HÍPICA</p><p>Nº Alumnos x grupo máximo\t45</p><p>(total inscritos)\t45</p><p>(total inscritos)</p><p>Nº Alumnos x grupo mínimo\t15</p><p>(total inscritos)\t15</p><p>(total inscritos)</p><p>Cuota de Inscripción mensual máxima para empadronados\t</p><p>30 €/ mes\t</p><p>30 €/ mes</p><p>Cuota de Inscripción mensual máxima para NO empadronados\t</p><p>40 €/ mes\t</p><p>40 €/ mes</p><p></p><p>Aportación municipal por alumno\t45%</p><p>Coste unitario mensual\t45%</p><p>Coste unitario mensual</p><p>Actividades Obligatorias\t2\t2</p><p>Competiciones Obligatorias\tNo\tNo</p><p></p><p>\tTodos los proyectos que no cumplan con estas condiciones mínimas no podrán ser tenidos en cuenta para su valoración.</p><p> </p><p>SEXTA. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR LOS SOLICITANTES.</p><p></p><p>Junto a la solicitud de subvención, formulada y dirigida al Sr. Alcalde-Presidente de la Delegación Municipal de Deportes del Ilustre Ayuntamiento de San Roque en Modelo Oficial (Anexo I), acompañada de la Documentación Genérica que se detalla en la misma, la entidad solicitante deberá presentar un Proyecto Técnico por cada una de las EDB que solicite, que contendrá como mínimo:  </p><p></p><p></p><p>1. PROYECTO TÉCNICO?DEPORTIVO</p><p></p><p>a) Objetivos generales y específicos de la EDB.</p><p></p><p>b) Recursos Humanos:</p><p>\t* Organigrama:</p><p>\t\t- Puestos y funciones.</p><p>\t\t- Nombres de los ocupantes, titulación y experiencia deportiva.</p><p></p><p>c) Programaciones Técnicas, por niveles y grupos de trabajo. (Detallando Ratio de monitores utilizados por alumnos).</p><p>\t* Objetivos.</p><p>\t* Contenidos.</p><p>\t* Metodología.</p><p>\t* Temporización de sesiones.</p><p>\t* Horarios semanales y duración de las sesiones.</p><p>\t* Necesidades de instalaciones.</p><p></p><p>d) Recursos Materiales:</p><p>\t* Inventario de material disponible para la puesta en práctica de la EDB.</p><p>\t* Propuesta de Adquisición de material necesario, (acompañada de factura pro - forma valorando económicamente la misma).</p><p></p><p>e) Previsión de participantes:</p><p></p><p>\t* Para Deportes Colectivos:</p><p>\t- Previsión del n.º de equipos y grupos por categorías, en el caso de los grupos de tecnificación deportiva, indicando la competición en la que participó la temporada anterior y puesto en el que resulto clasificado, en base a la temporada anterior.</p><p>\t- Previsión del nº de participantes inscritos por equipo, categoría y nivel, en base a la temporada anterior.</p><p></p><p>\t * Para Deportes Individuales:</p><p>\t- Previsión del nº de alumnos inscritos por grupo, categoría y nivel, en base a \tla temporada anterior.</p><p>\t</p><p>\t- En el caso de los grupos de tecnificación deportiva, resultados y marcas de \tcada uno de los participantes en la temporada anterior.</p><p></p><p>\tf) Planificación de Actividades y Competiciones:</p><p></p><p>\t* Actividades y competiciones en la que participen los alumnos y equipos por niveles. (Que serán como mínimo las marcadas en las condiciones específicas).</p><p>\t* Actividades y Competiciones a organizar por la Escuela Deportiva de Base como complemento a las clases.</p><p></p><p>g) Propuesta de mejoras al proyecto.</p><p></p><p>2. PROYECTO TÉCNICO de GESTIÓN.</p><p></p><p>\ta) Presupuesto de Gastos:</p><p>\t\t* Gastos RRHH.</p><p>\t\t* Gastos Federativos y Arbitrajes.</p><p>\t\t* Gastos de Seguros.</p><p>\t\t* Gastos en Actividades y Competiciones.</p><p>\t\t* Gastos Material Deportivo.</p><p>\t* Otros gastos generales del Proyecto.</p><p></p><p>\tb) Presupuesto de Ingresos:</p><p></p><p>\t* Plan de Ingresos.</p><p>\t* Propuesta de cuotas de inscripciones por alumno y formas de pagos utilizadas (que serán como máximas las marcadas en las condiciones específicas de estas Bases).</p><p>\t* Declaración certificada por el Secretario de la Entidad, con el importe total recibido por otras ayudas, subvenciones o patrocinios de otras administraciones o entidades privadas para el sustento de las EDB.</p><p></p><p>\tc) Propuesta de déficit de gestión para el desarrollo de la EDB. (Ésta en ningún caso podrá exceder del 45% del presupuesto de gastos total).</p><p></p><p>3. Certificado de inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas de la Junta de Andalucía.</p><p></p><p>4. Certificado de la Secretaría General de inscripción en el Registro de Asociaciones del Ilustre Ayuntamiento de San Roque.</p><p></p><p>5. Certificado del Secretario de la entidad en el que se manifieste el no disfrutar de otras subvenciones.</p><p></p><p>6. Póliza de seguro de accidentes y resguardo del pago del mismo, o las licencias federativas que incluyan los datos de las pólizas y/o mutualidades que cubran a los monitores y deportistas, así como el abono de las mismas.</p><p></p><p>7. Póliza de seguro de Responsabilidad Civil y resguardo del pago del mismo.</p><p></p><p>8. Certificado actualizado de estar al corriente en las obligaciones tributarias.</p><p></p><p>9. Certificado actualizado de estar al corriente con la Seguridad Social, o de no figurar inscritos como empresarios.</p><p></p><p>10.  Original o copia compulsada de los estatutos en los que se constate que la entidad solicitante es sin ánimo de lucro, así como que su domicilio social se encuentra en San Roque.</p><p></p><p>11. Declaración del Presidente o Secretaría de la Entidad de no haber sido condenadas por sentencia firme a la pena de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas y de no haber dado lugar, por haber sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la administración.</p><p></p><p>SÉPTIMA. CRITERIOS DE VALORACIÓN.</p><p></p><p>\tPara la adjudicación de las EDB, así como para el cálculo de la cuantía de la subvención a conceder se valorará el interés deportivo-social del Proyecto Técnico presentado y su contribución con el Plan General de Promoción y Actividades Deportivas de la Delegación Municipal de Deportes del Ilustre Ayuntamiento de San Roque.</p><p></p><p>\tPara realizar esta valoración de los proyectos se tendrán en cuenta los siguientes criterios:</p><p></p><p>1.- CRITERIOS SOCIALES (Hasta 27 puntos).</p><p></p><p>- Nº de participantes en la EDB, teniéndose en cuenta los participantes de años anteriores. Hasta 10 puntos.\t\t\t\t</p><p>Puntos\tNº Participantes</p><p>8\t+150 inscritos</p><p>7\t101 a 150 inscritos</p><p>6\t81 a 100 inscritos</p><p>5\t60 a 80 inscritos</p><p>4\t40 a 59 inscritos</p><p>3\t30 a 39 inscritos</p><p>2\t16 a 29 inscritos</p><p>1\t-20 inscritos</p><p></p><p>\tSe otorgará 1 punto extra si el 70% de los inscritos en la EDB son nacidos o están empadronados en San Roque.</p><p></p><p>\tPara considerar un equipo-categoría del club solicitante apta para ser subvencionada, al menos el 50 % de los integrantes deberá cumplir alguno de estos requisitos:</p><p></p><p>1.\tSer nacido en San Roque (para los inscritos en la Línea de la Concepción por motivos registrales, se podrá admitir otra forma de acreditar el nacimiento en San Roque).</p><p>2.\tEstar empadronado en San Roque.</p><p>3.\tEstar matriculado en un centro educativo del Término Municipal de San Roque.</p><p></p><p>\tSe otorgará 1 punto extra si el 40% de los inscritos en la EDB son de sexo femenino como medida de fomento del deporte en la población femenina.</p><p>\t</p><p>- Nº de Zonas del municipio en la que se creen grupos de la EDB. Hasta 8 puntos.</p><p>\t\t\t\t\t\t\t\t</p><p>Zona Casco\t2 puntos</p><p>Zona Valle del Guadiaro\t2 puntos</p><p>Zona Estación Férrea\t2 puntos</p><p>Zona Bahía\t2 puntos</p><p></p><p>- Ventajas que se den a las rentas más bajas y las familias numerosas en el pago de las cuotas de inscripción mensuales. Hasta 2,5 puntos.</p><p></p><p></p><p>Descuentos a Rentas Bajas\tHasta 1,5 puntos</p><p>Descuentos a  Familias Numerosas\tHasta 1 punto</p><p></p><p>- Entidades que posibiliten la continuidad en la práctica deportiva en las distintas categorías por edades dentro del mismo deporte y de la misma zona del municipio. Hasta 2 puntos.</p><p></p><p>- La prestación de otros servicios complementarios. Hasta 4,5 puntos.</p><p>\t\t\t</p><p>Servicios Médicos\tHasta 2,5 puntos</p><p>Otros que deberán definirse\tHasta 2 puntos</p><p></p><p>2.- CRITERIOS DEPORTIVOS (Hasta 48 puntos).</p><p></p><p>- La composición de los grupos de trabajo, teniendo en cuenta factores como; ratio profesor nº de alumnos, horarios y duración de las sesiones adecuadas a cada edad, programaciones técnicas, material deportivo a utilizar, etc. Hasta 10 puntos.</p><p>\t\t\t\t\t</p><p>Nº sesiones en función a la edad y nivel de aprendizaje\tHasta 2 puntos</p><p>Duración de las sesiones\tHasta 2 puntos</p><p>Franja horaria de las sesiones\tHasta 2 puntos</p><p>Nº de alumnos por profesor y grupo de trabajo\tHasta 2 puntos</p><p>Recursos materiales a utilizar\tHasta 2 puntos</p><p></p><p>- La estructura humana propuesta; teniendo en cuenta factores como; Organigrama, personal técnico propuesto (titulaciones, formación y experiencia), y experiencia en el fomento del deporte base. Hasta 10 puntos.</p><p></p><p>Organigrama Propuesto\tHasta 10 puntos</p><p></p><p>- La planificación de actividades en las que participe los alumnos de las EDB teniendo en cuenta; número de actividades, ámbito y carácter de las mismas, y participación de la entidad y las personas a su cargo  en actividades organizadas por la Delegación de Deportes. Hasta 8 puntos.</p><p></p><p>- La participación en competiciones oficiales en las que participen los alumnos de las EDB, así como los resultados obtenidos, en los grupos de tecnificación deportiva. Hasta 5 puntos.</p><p></p><p>\tSe otorgará 1 punto extra, por la inscripción federativa de equipos de categorías  femeninas como medida de fomento del deporte femenino.</p><p></p><p>- La planificación y diseño de programas especiales para la promoción deportiva en el ámbito escolar. Hasta 5 puntos.</p><p></p><p>- El compromiso de la entidad, así como de su estructura técnica en la organización y participación en los Programas  Deportivos de la Delegación Municipal de Deportes, en especial. Hasta 4 puntos.</p><p>\t\t- Juegos Deportivos del Estrecho</p><p>\t\t- Campeonatos Deportivos Escolares</p><p>\t\t- Participación de alumnos en eventos populares organizados por la Delegación Municipal de Deportes.</p><p>\t</p><p>\tDicha puntuación podrá ser en sentido negativo debido a la falta de compromiso o cumplimiento de las obligaciones por parte del solicitante.</p><p></p><p></p><p>- Propuesta de Mejoras al proyecto; como plan de formación para alumnos, monitores y padres, acciones tutoriales, etc. Hasta 4 puntos.</p><p></p><p>Planes de Formación para monitores, padres  y alumnos\tHasta 2 puntos</p><p>Acciones tutoriales\tHasta 1 punto</p><p>Otras mejoras\tHasta 1 punto</p><p></p><p>- Las solicitudes referidas a deportes minoritarios y con escasa o nula presencia en el municipio con el fin de realizar una oferta lo más variada y completa posible. Hasta 1 punto.</p><p></p><p>3.- CRITERIOS ECONÓMICOS (Hasta 25 puntos).</p><p></p><p>- La viabilidad del proyecto, equilibrando el presupuesto consiguiendo el menor déficit de gestión posible.  Hasta 12 puntos.</p><p> -10  %\t12 puntos</p><p>10-18 % Déficit\t10-11 puntos</p><p>19-25 % Déficit\t8-9 puntos</p><p>26-30 % Déficit\t 6-7  puntos</p><p>31-34 % Déficit\t4-5 puntos</p><p>35-40% Déficit  \t2-3 puntos</p><p>41-45 % Déficit\t1 punto</p><p></p><p>- La capacidad de generar recursos propios para optimizar los ingresos del proyecto. Hasta 8 puntos.</p><p></p><p></p><p>+90 % Generación de Recursos Propios\t8 puntos</p><p>+80 % Generación de Recursos Propios\t7 puntos</p><p>+60 % Generación de Recursos Propios\t6 puntos</p><p>+50 % Generación de Recursos Propios\t5 puntos</p><p>+40 % Generación de Recursos Propios\t4 puntos</p><p> +30 % Generación de Recursos Propios   \t3 puntos</p><p>      +20 % Generación de Recursos Propios\t2 puntos</p><p>      <20 % Generación de Recursos Propios\t1 punto</p><p>      <15 % Generación de Recursos Propios\t 0 puntos</p><p></p><p>- La propuesta de cuotas mensuales de inscripción por alumno. Hasta 5 puntos.</p><p></p><p>\tUna vez valorados todos estos criterios, cada solicitante contará con una puntuación de 0 a 100, con la cuál se adjudicará la EDB, a la mayor puntuación alcanzada, y a su vez se calculará la cuantía de la cuantía de la subvención en función del siguiente baremo:</p><p></p><p></p><p>TABLA DE BAREMACIÓN</p><p>76-100 puntos\t100% Déficit propuesto</p><p>(Que no podrá ser superior al 45% del total de los gastos del Proyecto)</p><p>66-75 puntos\t80% Déficit propuesto</p><p>51-65 puntos\t60% Déficit propuesto</p><p>31-50 puntos\t40% Déficit propuesto</p><p>21-30 puntos\t30% Déficit propuesto</p><p>16-20 puntos\t 20% Déficit propuesto</p><p>1-15 puntos\t10% Déficit propuesto</p><p></p><p></p><p>OCTAVA. CRITERIOS DE GRADUACIÓN DE LOS POSIBLES INCUMPLIMIENTOS  DE OBLIGACIONES, DE APLICACIÓN PARA DETERMINAR LA CANTIDAD FINAL A PERCIBIR.</p><p>\t</p><p>\tLa puntuación total obtenida por los CRITERIOS DEPORTIVOS podrá ser disminuida, hasta en 10 puntos, motivado en Informe emitido por el Director de Servicio de la Delegación de Deportes, siempre que se manifiesten faltas leves, graves o muy graves, estableciéndose las mismas en el siguiente cuadro:</p><p>\t</p><p>TIPO\tCONCEPTO\tPUNTOS</p><p></p><p>LEVES\t- No cumplir con los horarios establecidos</p><p>- No recoger el material o equipamiento deportivos</p><p>- No hacer caso al personal de la Instalación Deportiva\t</p><p>- 1 punto</p><p></p><p>GRAVES\t- No cumplir con los procedimientos administrativos</p><p>- Causar deterioro en el material o equipamiento deportivo</p><p>- Reiteración de 2 o más faltas leves\t</p><p>- 5 puntos</p><p>MUY GRAVES\t- Reiteración de faltas graves\t- 10 puntos</p><p></p><p>NOVENA. SOLICITUD Y PLAZOS DE PRESENTACIÓN.</p><p></p><p>\tLa Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de Racionalización del Sector Público y otras Medidas de Reforma Administrativa, dispone en su artículo 30.tres, que modifica lo establecido en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que las administraciones concedentes comunicarán a la Base de Datos Nacional de Subvenciones el texto de la convocatoria y la información requerida por la Base de Datos, siendo la BDNS la que dará traslado al diario oficial correspondiente del extracto de la convocatoria, para su publicación ?.?</p><p></p><p>El plazo de presentación de solicitudes, será de 30 días naturales, y  se iniciará a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, el Portal de Transparencia y el tablón de anuncios del Ilustre Ayuntamiento de San Roque.</p><p></p><p>Únicamente podrán solicitar esta subvención, en representación de las entidades, los presidentes y secretarios de las mismas, o miembros de su junta directiva o equipo directivo, de acuerdo con el régimen de competencias establecido en sus estatutos.</p><p></p><p>Atendiendo a la condición de personas jurídicas de las entidades solicitantes, las solicitudes se presentarán telemáticamente acompañadas de las documentación necesaria en el Registro General de Entrada a través de la Sede Electrónica, sita en la página web www.sanroque.es.</p><p></p><p>DÉCIMA. SUBSANACIÓN DE DEFECTOS DE LAS SOLICITUDES.</p><p></p><p>\tFinalizado el plazo de presentación de solicitudes y proyectos, se solicitarán los siguientes informes: 1) Los informes del técnico competente de la Delegación de Deportes (Jefe de la Unidad de Instalaciones Deportivas Municipales y Jefe de Servicio en sus respectivas competencias) referentes a los requisitos previstos en la base cuarta 4) y 5), a los efectos de determinar el grado de incumplimiento de los mismos y en consecuencia la no admisión de la solicitud a la presente convocatoria; 2) Informe de la Intervención de Fondos sobre el cumplimiento de los requisitos 6 y 7 de la base cuarta, a los efectos de determinar si se procede su admisión o no a la presente convocatoria.</p><p></p><p>\tPosteriormente se les comunicará, mediante remisión de escrito a través de la sede electrónica, a aquellos clubes que deban subsanar alguna deficiencia o presentar alguna documentación que haya quedado pendiente, de qué plazo disponen y que documentación deben subsanar o presentar.</p><p> </p><p>\t Una vez transcurrido este plazo si la entidad no subsanara las cuestiones requeridas se entenderá que ésta desiste de sus derechos y se procederá al archivo de la documentación sin trámite alguno.</p><p>\tUna vez finalizado este plazo de subsanación, se dictará Decreto de Alcaldía acordando la admisión e inadmisión de solicitudes, con indicación de la causa de inadmisión, en su caso.</p><p></p><p>UNDÉCIMA. EXCLUSIONES.</p><p></p><p>En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en estas bases las entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:</p><p></p><p>1) Aquellas entidades sobre las que hubiera recaído resolución de reintegro o pérdida de la     subvención por incumplimiento de las condiciones establecidas en la convocatoria correspondiente, o bien tuviera pendiente de justificar cualquier otra aportación.</p><p></p><p>2) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.</p><p></p><p>3) Haber dado lugar, por causa de la que hubieses sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.</p><p></p><p>4) En general todas las previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.</p><p></p><p>5) Las que carezcan de capacidad de obrar y no se encuentren constituidas formalmente con arreglo a su normativa específica, en cada caso.</p><p></p><p>6) Las entidades que no acrediten que su objeto cumple con los fines y objetivos de las Bases de esta convocatoria.</p><p></p><p>7) Las entidades que no se encuentren al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social y otros tributos locales.</p><p></p><p>8) Las Entidades que no hayan cumplido con la justificación del destino de la subvención concedida en el ejercicio anterior. A tal efecto, se solicitará informe de la Intervención de Fondos.</p><p></p><p>9) Las entidades que tengan antecedentes en el desarrollo de algún tipo de actividad que hubiera interferido negativamente en el funcionamiento de las instalaciones y servicios ofertados por la Delegación Municipal de Deportes, incluyendo no respetar las indicaciones del personal de la instalación, causar grave deterioro al material o instalación deportiva o no cumplir con los procedimientos establecidos desde la Delegación de Deportes. A tal efecto, se emitirá informe por el Director de Servicio de la Delegación de Deportes.</p><p></p><p>10) Las entidades que no se hubieran ajustado a lo indicado por la Delegación Municipal de Deportes para el desarrollo del programa de ?Escuelas Deportivas de Base?, para la subvención concedida en el ejercicio anterior. A tal efecto, se emitirá informe por el Director de Servicio de la Delegación de Deportes.</p><p></p><p>DUODÉCIMA. FINANCIACIÓN, RESOLUCIÓN, Y PAGO DE LAS SUBVENCIONES.</p><p></p><p>\tAprobada la admisión e inadmisión, en su caso, de las solicitudes e indicadas, las causas de inadmisión, los proyectos admitidos serán examinados y valorados por una Comisión de Seguimiento para los programas subvencionados, que estará constituida por un presidente, dos vocales (técnicos de la Delegación de Deportes), asistidos por la Secretaria General, resultando la siguiente constitución:</p><p>\tPresidente/a:</p><p>\tEl Concejal/a-Delegado/a de Deportes del Ilustre Ayuntamiento de San Roque.</p><p>\t</p><p>\tVocales:</p><p>1.\tDirector de Servicio de la Delegación Municipal de Deportes.</p><p>2.\tJefe de Servicio de la Delegación Municipal de Deportes.</p><p></p><p>\tSecretario/a:</p><p>\tLa Secretaria General de la Corporación Municipal o persona en quién delegue.</p><p></p><p>\tEsta Comisión elevará una propuesta de adjudicación provisional de las EDB, que será  notificada a las entidades adjudicatarias y entidades cuya solicitud haya sido denegada de forma motivada, y se establecerá en la misma un plazo para la presentación de la documentación necesaria para la acreditación del cumplimiento de los requisitos recogidos en el apartado b) de la base cuarta: Requisitos específicos.</p><p></p><p>\tUna vez revisada la documentación presentada por los clubes deportivos para la acreditación del cumplimiento de los requisitos recogidos en el apartado b) de la base cuarta: Requisitos específicos,  y comprobados por el departamento de Estadística los listados de deportistas aportados por cada club, se emitirá  una propuesta de adjudicación definitiva  de las EDB y la cuantía de las subvenciones consecuentes de las mismas. Dicha propuesta será elevada al órgano competente para su aprobación, correspondiendo dicha competencia al Sr. Alcalde.</p><p></p><p>\tSe dictará resolución del Alcalde adjudicando definitivamente las EDB con asignación  de las subvenciones consecuente de la misma.</p><p></p><p>\tSe emitirá también resolución con las solicitudes inadmitidas, así como las categorías deportivas excluidas por el incumplimiento del los requisitos recogidos en el apartado b) de la base cuarta: Requisitos específicos.  </p><p>\t</p><p>\tEstas resoluciones se notificarán a los interesados. Ante estos acuerdos, cabe impugnación potestativa mediante recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó.</p><p>\tLa concesión de las EDB se entiende condicionada a las normas contenidas en la regulación vigente y por tanto:</p><p></p><p>1)\t- Su otorgamiento tiene carácter eventual y voluntario.</p><p>2)\t- Podrá ser revocada o  reducida por las causas aquí recogidas.</p><p>3)\t- No excederá en ningún caso del coste de la EDB.</p><p>4)\t- No será exigible aumento de la subvención, siendo solo posible su revisión a la baja para su reajuste a la realidad.</p><p></p><p> El acuerdo de adjudicación definitivo de las EDB y la cuantía de las subvenciones consecuentes de las mismas,  servirá como documento de pago de la subvención, quedando las subvenciones condicionadas al presupuesto del presente ejercicio y a los criterios y requisitos recogidos en las presentes bases.</p><p></p><p>En cualquier momento de vigencia de la EDB se podrá revisar y reajustar el importe de la subvención, ajustándose ésta a la realidad de la ejecución del Proyecto.</p><p></p><p>DECIMOTERCERA. OBLIGACIONES DEL BENEFICIARIO.</p><p></p><p>Además de otras obligaciones establecidas en estas bases, y de las demás que se establecen en la Ley General de Subvenciones (LGS) con carácter general, son obligaciones específicas del beneficiario:</p><p></p><p>b)\t Acreditar los requisitos exigidos en las presentes bases, en la forma prevista por las mismas y someterse expresamente a sus disposiciones y a la interpretación que de las mismas haga el órgano instructor.</p><p></p><p>c)\tFacilitar cuanta información le sea requerida por la Delegación Municipal de Deportes, por la Intervención de dicho Organismo y por cualquier órgano de fiscalización y control en ejercicio de sus respectivas competencias.</p><p></p><p>d)\tColocar el logo de la Delegación Municipal de Deportes en las equipaciones de los niños que formen parte del Club.</p><p></p><p>e)\tEl Club o entidad deportiva está obligado a colocar publicidad del Ayuntamiento de San Roque y de la Delegación Municipal de Deportes en todos los eventos que organice.</p><p></p><p>f)\tFirmar el correspondiente Documento Administrativo de colaboración con el Ilustre Ayuntamiento de San Roque cuando sea requerido para ello.</p><p></p><p>g)\tCumplimentar las relaciones de participantes  y las fichas de inscripción de alumnos y monitores inscritos en las EDB, entregando las copias correspondientes al área de coordinación deportivas de la Delegación Municipal de Deportes. Podrán realizarse una o varias entregas en función de cómo vayan realizándose las incorporaciones de alumnos.</p><p></p><p>h)\tCumplir con los horarios establecidos por la Delegación de Deportes.</p><p></p><p>i)\tRecoger el material o equipamiento deportivo.</p><p></p><p>j)\tHacer constar en toda información o publicidad que se haga de la EDB, que la misma está subvencionada por la Delegación Municipal de Deportes del Ilustre Ayuntamiento de San Roque, incluyendo su imagen institucional.</p><p></p><p>k)\tComunicar la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, en cualquier momento de vigencia del acuerdo, así como cualquier modificación, en gastos o ingresos, que se realice sobre el proyecto subvencionado.</p><p></p><p>l)\tAdmitir en todo momento la supervisión-verificación por parte de la Delegación Municipal de Deportes de la EDB, así como las instrucciones que reciba del personal de la instalación deportiva y del Jefe de Unidad de las Instalaciones Deportivas.</p><p></p><p>m)\tJustificar el destino de la subvención, en los plazos marcados.</p><p></p><p>n)\tCumplir con los procedimientos establecidos por la Delegación de Deportes.</p><p></p><p>o)\tAjustarse a lo indicado por la Delegación de Deportes, en cuanto al desarrollo del programa de ?escuelas deportivas de base? establecido.</p><p></p><p>p)\tEn general todas las previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>DECIMOCUARTA. CONTROL Y SEGUIMIENTO.</p><p></p><p>La Delegación Municipal de Deportes, a propuesta del área de coordinación deportiva de la misma, o del Director de Servicio de la Delegación de Deportes por incumplimiento de alguna de las condiciones convenidas, es competente para inspeccionar directa o indirectamente la ejecución de las EDB objeto de la subvención, con la finalidad de comprobar su adecuación al proyecto presentado, y  las condiciones establecidas para la subvención. Estas condiciones podrán ser reajustadas, al igual que el importe de la subvención, tras comunicación de la Delegación Municipal de Deportes, a propuesta del área de coordinación deportiva del mismo, por incumplimiento de alguna de las condiciones convenidas.</p><p></p><p>Por otro lado, la entidad adjudicataria estará obligada a entregar cualquier documentación que se le solicite, y adoptar la actitud necesaria para facilitar el trabajo de inspección y supervisión del personal de la Delegación Municipal de Deportes.</p><p></p><p>DECIMOQUINTA. DOCUMENTACIÓN Y PLAZOS DE JUSTIFICACIONES.</p><p></p><p>\tSerá obligatorio entregar la documentación justificativa que responda a la totalidad de la subvención recibida por la entidad y aportada por este concepto por la Delegación Municipal de Deportes.</p><p>\tLas entidades podrán justificar el importe de la subvención recibida atendiendo únicamente a los gastos que consten relacionados con el desarrollo de las EDB.</p><p></p><p>\tSe entenderán incluidos los siguientes: arbitrajes, gastos de desplazamientos, manutención y/o alojamientos para participar en competiciones oficiales, pago-compensación por gastos en dietas y kilometrajes de monitores y otros recursos humanos, pago por tasas federativas (inscripciones, licencias, y otros gastos federativos), arrendamiento de instalaciones y adquisición de uniformidades o material necesarios para el desarrollo de la EDB, y cualesquiera otros necesarios para la práctica deportiva de sus equipos o participantes.</p><p></p><p>\tLos gastos abonados mediante tarjeta de crédito extendida a nombre de la entidad correspondiente, se justificarán adjuntando a la factura, el ticket y el extracto bancario en el que figure la cantidad cargada.</p><p></p><p>\tQueda excluida, salvo autorización expresa, la posibilidad de justificación de la subvención concedida con gastos ocasionados por: multas, billetes emitidos y no utilizados, alquiler de vehículos de turismo para uso particular, gastos extras de hotel, tributos, alcohol, tabaco ni drogas.</p><p></p><p>\tLa documentación se presentará, debido a la condición de personas jurídicas de las entidades,  telemáticamente en el Registro General de Entrada a través de la Sede Electrónica, sita en la página web www.sanroque.es.  y se dirigirá a la Intervención de Fondos.</p><p></p><p>\tAdemás de la relación de documentos justificativos por el total del importe subvencionado, cada entidad deberá entregar una cuenta justificativa donde se recojan todos los gastos e ingresos realizados en el desarrollo de la EDB, (este podrá realizarse en Modelo Oficial a solicitar).</p><p></p><p>\tDicha cuenta se acompañará de todos los documentos justificativos de cada movimiento de gastos e ingresos.</p><p></p><p>\tEn cuánto a los plazos de justificación, la entidad beneficiaria tendrá hasta tres meses de plazo una vez finalizada la temporada deportiva, para entregar toda la documentación justificativa correspondiente.</p><p></p><p></p><p>\tEn el caso de que la EDB fuese cerrada antes de la fecha establecida para su realización, la Delegación Municipal de Deportes del Ilustre Ayuntamiento de San Roque, efectuará la liquidación proporcional correspondiente. La entidad tendrá que devolver, en su caso, la parte proporcional del importe de la liquidación a los alumnos.</p><p></p><p>DECIMOSEXTA. REVOCACIÓN Y REINTEGRO.</p><p></p><p>Se procederá al reintegro de las cantidades percibidas por las entidades deportivas en concepto de subvención y a la exigencia de interés de demora desde el momento del pago, cuando concurran algunas de las siguientes causas:</p><p></p><p>-\tIncumplimiento de algún apartado de estas bases.</p><p>-\tIncumplimiento de la obligación de justificar el empleo dado a los fondos concedidos, en la forma y plazo que se establecen en las presentes bases.</p><p>-\tHaber incurrido en falsedad en cualquiera de los documentos presentados.</p><p>-\tIncumplimiento de la finalidad para la cual fue concedida la subvención.</p><p>-\tLa negativa u obstrucción a las actuaciones de control establecidas en las presentes Bases.</p><p>-\tIncumplimiento de cualquier condición impuesta por la Delegación Municipal de Deportes  a los beneficiarios con motivo de la concesión de la subvención.</p><p>-\tObstrucción a cualquier actividad de la Delegación Municipal de Deportes.</p><p></p><p>A tal efecto, se instruirá expediente de reintegro en el que se concederá al interesado un plazo de quince días para que pueda comparecer en el expediente, tomar audiencia y vista del mismo, proponer pruebas y realizar las alegaciones que tenga por conveniente.</p><p></p><p>Concluidas estas actuaciones y emitidos los informes oportunos, se dictará la resolución que corresponda por el órgano competente respecto al reintegro total o parcial de la subvención, que será el mismo que en su día la concedió. Como consecuencia de ello, el órgano competente podrá acordar no admitir a trámite cualquier otra solicitud de subvención durante el plazo de un año y en todo caso mientras tenga pendiente de justificar cualquier otra subvención o aportación de la Delegación Municipal de Deportes.</p><p></p><p>DECIMOSÉPTIMA: ENTRADA EN VIGOR.</p><p></p><p>Las presentes bases entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.</p><p></p><p>\t            </p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p> ANEXO I</p><p></p><p> SOLICITUD</p><p></p><p>D/Dña._______________________________,con DNI _______________, representante legal del Club Deportivo ___________________________ con CIF_________________.</p><p>Con domicilio social en _______________________________.</p><p>Localidad: ___________</p><p>C. Postal ________   Tfno:  _____________ Fax: _____________</p><p>E-mail: ______________________________</p><p></p><p>PRESENTA LA DOCUMENTACIÓN QUE SE SEÑALA  </p><p></p><p>_____\tFormulario de datos de la Entidad Solicitante (Anexo II).</p><p></p><p>_____\tEstatutos del club.</p><p></p><p>_____\tTarjeta Fiscal.</p><p></p><p>_____\tCertificado de inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas de la Junta de Andalucía y en el Registro de Asociaciones del Ilustre Ayuntamiento de San Roque</p><p></p><p>_____\tCertificado de cuenta bancaria de la Entidad.</p><p></p><p>_____\tCertificado de estar al corriente de las obligaciones fiscales y con la seguridad social.</p><p></p><p>_____\tSeguro Obligatorio de Responsabilidad Civil y de accidentes o licencias federativas.</p><p></p><p>_____\tDeclaración certificada por el Secretario de Entidad, en la que se manifieste el no disfrutar de otras subvenciones, o en caso se deberá detallar el importe de las ayudas recibidas para atender gastos de la misma naturaleza.</p><p></p><p>_____\tCertificado de no haber sido condenadas por sentencia firme a la pena de pérdida de posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.</p><p>\t</p><p>_____\tProyecto Técnico-Deportivo.</p><p></p><p>_____\tProyecto de Gestión.</p><p>SOLICITA</p><p></p><p>Le sea concedida una ayuda económica de ________ €, para la Escuela Deportiva de Base de ____________________ de acuerdo con las Bases Reguladoras del Procedimiento para la concesión de subvenciones de la Delegación Municipal de Deportes de San Roque para el desarrollo de las Escuelas Deportivas de Base durante la temporada 2026/2027.</p><p></p><p>DECLARA</p><p></p><p>Que acepta las bases reguladoras de la convocatoria y se compromete a su cumplimiento.</p><p>\t\t</p><p>En San Roque a ___ de ______________ de 2026</p><p></p><p></p><p>\t                                         Fdo.: ____________________               </p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>ANEXO II</p><p></p><p>FORMULARIO DE DATOS DE LA ENTIDAD</p><p></p><p></p><p>Número de Inscripción  en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas (RAED): _____________.</p><p>Club Deportivo: ________________________.</p><p>Localidad: ____________________________ .</p><p>Domicilio Social: ________________________________________________________________ .</p><p>CIF: __________________ .</p><p>Teléfono/Fax: __________________________ .</p><p>Correo electrónico: __________________________________.</p><p></p><p></p><p>COMPOSICIÓN DE LA JUNTA DIRECTIVA ACTUAL</p><p></p><p></p><p>Cargo/Nombre\tDNI\tFecha posesión\t Domicilio\tTeléfono</p><p>             PRESIDENTE/A</p><p>\t\t\t\t</p><p>        VICEPRESIDENTE/A</p><p>\t\t\t\t</p><p>            SECRETARIO/A</p><p>\t\t\t\t</p><p>              TESORERO/A</p><p>\t\t\t\t</p><p>              VOCALES</p><p>\t\t\t\t</p><p>\t\t\t\t</p><p>\t\t\t\t</p><p>\t\t\t\t</p><p>\t\t\t\t</p><p>\t\t\t\t</p><p>\t\t\t\t</p><p>\t\t\t\t</p><p>\t\t\t\t</p><p></p><p></p><p>En..............................??.a..............de???????..de 2026</p><p></p><p></p><p>Firma del Presidente                             Firma del Vicepresidente              \t Firma del Secretario</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bopcadiz.es/export/sites/default/.boletines_pdf/2026/06_junio/BOP122_29-06-26.pdf#page=11","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. 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