{"id":1115010,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"MARTOS","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE MARTOS"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"913449","fechaRecepcion":"2026-06-16","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":40000,"mrr":false,"descripcion":"CONVOCATORIA CONCESION SUBVENCIONES PARTICIPACION CIUDADANA 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"},{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades asociativas","codigo":"94"}],"regiones":[{"descripcion":"ES616 - Jaén"}],"descripcionFinalidad":"Otras actuaciones de carácter económico","descripcionBasesReguladoras":"ORDENANZA REGULADORA CONCESION SUBVENCIONES MUNICIPALES EJERCICIO 2026","urlBasesReguladoras":"https://bop.dipujaen.es/bop/21-12-2015","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-06-24","fechaFinSolicitud":"2026-07-23","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1476921,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"(1)_Bases_Convocatoria_Subvenciones_Participación_Ciudadana_2026.pdf","long":632337,"datMod":"2026-06-16","datPublicacion":"2026-06-16"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214804,"titulo":"Extracto Convocatoria Subvenciones Participación Ciudadana 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero: Objeto.</p><p>La Concejalía de Participación Ciudadana del Excmo. Ayuntamiento de Martos convoca, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para el año 2026 con el fin de cofinanciar proyectos de las entidades sectoriales y asociaciones de vecinos, cuyo objetivo sea el fomento de la participación ciudadana, para que, a través de ésta, mejore la calidad de vida y las relaciones vecinales y se potencie el desarrollo de las personas y de los barrios del municipio, promoviendo el mantenimiento de sus sedes, así como promocionando actividades sociales, pedagógicas, culturales, deportivas, de fomento de la salud y el medioambiente.</p><p>Segundo: Beneficiarios.</p><p>Podrán ser beneficiarios o destinatarios de las ayudas reguladas en las presentes bases, todas aquellas asociaciones y demás entidades privadas sin ánimo de lucro que se encuentren legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones Vecinales y Organizaciones Ciudadanas del Ayuntamiento de Martos, cuyos proyectos se desarrollen del 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026 en el término municipal de Martos y vayan dirigidos a la población residente en el municipio.</p><p>Quedan expresamente excluidos de esta convocatoria los que se encuentren en los casos contemplados en el base 4 del texto completo de la Convocatoria, así como en cualquier caso aquellas entidades sin ánimo de lucro que para el presente año sean beneficiarias de una subvención nominativa del Ayuntamiento de Martos, se haya producido o no aún la firma del correspondiente Convenio de canalización de ésta.</p><p>Tercero: Modalidades.</p><p>En la convocatoria de subvenciones de la Concejalía de Participación Ciudadana para el ejercicio 2026, se incluyen las siguientes modalidades:</p><p>Modalidad A. Subvenciones destinadas a Asociaciones de Vecinos destinadas a proyectos que fomenten el asociacionismo y la dinamización de los barrios, bien de forma general (cuando el proyecto abarca el municipio, o cuando su ámbito excede el barrio o asociación), o bien proyectos que se desarrollen en el barrio o en el seno de la asociación, siendo subvencionables:</p><p>- Actividades que fomenten las tradiciones o la cultura local de nuestra ciudad en especial actividades a desarrollar en Ferias y Fiestas de tradición en el municipio tales como Cabalgatas, Carnavales, Semana Santa, Feria de San Juan, San Bartolomé, Fiesta de la Aceituna, Navidad, etc.</p><p>- Fomento y apoyo de las iniciativas juveniles.</p><p>- Actividades dirigidas a la dinamización de los barrios y al fomento de la participación.</p><p>- Participación, interculturalidad y fomento de valores democráticos.</p><p>- Actividades de salud, deporte, ocio y medioambiente.</p><p>- Celebración de eventos, actos y jornadas con un marcado carácter informativo.</p><p>- Gastos corrientes internos de la entidad beneficiaria (contribución a los gastos de la sede, teléfono, electricidad, material de oficina, etc.)</p><p>Modalidad B. Subvenciones destinadas al resto de Asociaciones, siendo subvencionables:</p><p>- Las actividades educativas complementarias, dirigidas a favorecer la integración sociocultural, la solidaridad y convivencia de los alumnos/as.</p><p>- Las actividades proyectadas por las Asociaciones de Padres y Madres de Alumnos/as y Antiguos Alumnos, realizadas y coordinadas por éstas, irán dirigidas a proveer al centro educativo de recursos que favorezcan la educación, a contribuir en acciones que repercutan en la mayor parte de los escolares y adultos del centro y en las que esté implicada la comunidad educativa en su conjunto.</p><p>- Gastos de Actividades y Fiestas de Fin de Curso.</p><p>- Actividades que fomenten las tradiciones o la cultura local de nuestra ciudad en especial actividades a desarrollar en Ferias y Fiestas de tradición en nuestro municipio tales como cabalgatas, carnavales, semana santa, Feria de san Juan, San Bartolomé, Fiesta de la Aceituna, Navidad, etc. dotando de presencia activa de niños y niñas en las mismas como herederos de estas tradiciones.</p><p>- Fomento y apoyo de actividades relacionadas directamente con su objeto social.</p><p>- Actividades dirigidas a la dinamización y al fomento de la participación.</p><p>- Actividades de salud, ocio y medioambiente.</p><p>- Celebración de eventos, actos y jornadas con un marcado carácter informativo y formativo.</p><p>- Gastos corrientes internos de la entidad beneficiaria (contribución a los gastos de la sede, teléfono, electricidad, material de oficina, etc.)</p><p>Las actividades propuestas por los solicitantes y que no estén relacionadas directamente con el objeto de la asociación podrán ser objeto de subvención en un importe no superior a la mitad del gasto presupuestado del total de la actividad.</p><p>Esta convocatoria de subvenciones, no incluye:</p><p>- Los viajes de estudios, excursiones o salidas didácticas fuera del término municipal.</p><p>- Las actividades deportivas que no se encuentren incluidas en una actividad más amplia.</p><p>- La contratación de monitores/as profesionales para la realización de actividades dentro o fuera del horario escolar.</p><p>Cuarto: Bases Reguladoras.</p><p>La presente Convocatoria se regulará por la Ordenanza General para el Otorgamiento de Subvenciones Municipales (Boletín Oficial de la Provincia de Jaén número 243, de fecha 21 de diciembre de 2015), así como específicamente por el texto completo de la Convocatoria, el cual puede consultarse en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio) y en la web municipal (https://martos.es/participacion-ciudadana/subvenciones/)</p><p>Quinto: Cuantía.</p><p>- Cuantía total: 40.000 euros.</p><p>- Cuantía máxima por modalidades:</p><p>- Modalidad A: la subvención máxima establecida en esta modalidad para cada asociación, no podrá superar, bajo ningún concepto, la cantidad de 1.300 euros y el número máximo de proyectos será de 3, de tal modo que los posibles beneficiarios podrán solicitar un proyecto de 1.300 euros, dos cuya suma sea 1.300 euros o tres con ese mismo tope.</p><p>- Modalidad B: la subvención máxima establecida en esta modalidad para cada asociación, no podrá superar, bajo ningún concepto, la cantidad de 1.300 euros, ni un número de 2 proyectos, de tal modo que los posibles beneficiarios podrán solicitar un proyecto de 1.300 euros o dos cuya suma sea de ese mismo tope.</p><p>Sexto: Plazo de Presentación de Solicitudes: 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén.</p><p>Séptimo: Otros datos de interés.</p><p>- Documentación Obligatoria: la establecida en la base 7 del texto completo de la Convocatoria.</p><p>- Compatibilidad: Sí.</p><p>- Cofinanciación Mínima del Beneficiario: 10% del proyecto presentado y aceptado.</p><p>- Obligaciones Específicas del Beneficiario: además de la establecidas en la ordenanza general deberá hacer constar en toda la información o publicidad de la actividad y objeto de la subvención que la misma está subvencionada por el Excmo. Ayuntamiento de Martos, debiendo aparecer el logotipo de Participación Ciudadana en cualquier soporte que publicite el objeto de la subvención.</p><p>- Criterios de Valoración: los establecidos en la base 9 del texto completo de la Convocatoria.</p><p>- Plazo máximo de resolución: ocho meses a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes.</p><p>- Notificación de la resolución de concesión: publicación en la página web municipal (https://martos.es/participacion-ciudadana/subvenciones/), así como en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sustituyendo dicha publicación a la notificación individual y surtiendo sus mismos efectos. El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.</p><p>- Pago de las subvenciones: Al ser el importe de la subvención individual inferior a 3.000 euros se procederá al abono del 100% de la subvención concedida mediante transferencia bancaria al número de cuenta aportada por cada beneficiario en su solicitud, en el plazo no superior a un mes desde su concesión, sin que en ningún caso pueda producirse antes del día 1 de octubre de 2026 y siempre que las disponibilidades de la Tesorería Municipal así lo permitan y de acuerdo con el Plan de Disposición de Fondos vigente.</p><p>- Justificación: mediante la presentación de la documentación establecida en la base 17 del texto completo de la Convocatoria.</p><p>- Plazo máximo de justificación: Tres meses desde el abono de la subvención por parte del Ayuntamiento a cada beneficiario en su cuenta bancaria.</p><p>- Gastos Subvencionables y Normas para la Aceptación de éstos: los establecidos en la base 23 del texto completo de la Convocatoria.</p><p>- Plazo máximo de ejecución de los proyectos: del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, admitiéndose los gastos y justificantes, que acrediten su realización, producidos con anterioridad a la notificación del acto administrativo de concesión pero siempre que hayan tenido lugar en el periodo antes señalado.</p><p>- Los formularios, tanto para la solicitud como para la justificación, y demás datos figuran publicados en el texto completo de la Convocatoria, la cual puede consultarse en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio) y en la web municipal (https://martos.es/participacion-ciudadana/subvenciones/).</p>","textoLeng":null,"url":"http://bop.dipujaen.es/validaCVE?cve=BOP-2026-2936","cve":"BOP-2026-2936","desDiarioOficial":"B.O.P. DE JAÉN","datPublicacion":"2026-06-18"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}