{"id":1114982,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"TORREDELCAMPO","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE TORREDELCAMPO"},"sedeElectronica":"https://torredelcampo.sedelectronica.es","codigoBDNS":"913421","fechaRecepcion":"2026-06-16","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":8100,"mrr":false,"descripcion":"Bases reguladoras para la concesión de ayudas para libros en educación infantil \"Cheque-Libro curso 2026/2027\"","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"}],"regiones":[{"descripcion":"ES616 - Jaén"}],"descripcionFinalidad":"Educación","descripcionBasesReguladoras":"Bases reguladoras para la concesión de ayudas para libros en educación infantil \"Cheque-Libro curso 2026/2027\"","urlBasesReguladoras":"https://www.torredelcampo.es/","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-06-22","fechaFinSolicitud":"2026-07-13","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1476871,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Decreto aprobando las bases reguladoras.pdf","long":1524537,"datMod":"2026-06-16","datPublicacion":"2026-06-16"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214795,"titulo":"Bases reguladoras para la concesión de ayudas para libros en los ciclos educativos de educación infantil \"Cheque-Libro curso 2026/2027","tituloLeng":null,"texto":"<p>Extracto de la Resolución de Alcaldía n.º 2026-1573 de fecha 16 de junio de 2026, por la que se convocan Ayudas Municipales en materia de educación, \"Cheque-libro 2026/2027\", por el procedimiento de concurrencia competitiva.</p><p>Base 1ª Objeto de las subvenciones.</p><p>Las presentes bases tienen por objeto regular la convocatoria para la concesión de ayudas de libros de texto a los/as niños/as empadronados/as en el municipio para el curso escolar 2026-2027, en régimen de concurrencia competitiva, con la finalidad de sufragar mediante ayuda directa a la familia y un importe fijo asignado según la etapa educativa, el coste de los libros de educación infantil del alumnado de todos los centros de educación infantil de Torredelcampo.</p><p>Estas ayudas irán destinadas a las familias empadronadas en Torredelcampo que tengan menores a su cargo escolarizados en los ciclos de educación infantil (escuela infantil – 0, 1 y 2 años; y educación infantil – 3,4 y 5 años).</p><p>Base 4ª.- Cuantía de las ayudas.</p><p>La cuantía de la ayuda ascenderá como máximo a 200,00 euros para cada uno de los niños y niñas escolarizados que estén empadronados en el municipio, en los términos y condiciones establecidos en la presente convocatoria y en función del número de solicitudes admitidas.</p><p>El pago de la ayuda se realizará mediante vale suscrito por la Concejalía de educación del Ayuntamiento de Torredelcampo, que podrá hacerse efectivo en cualquier librería de esta localidad.</p><p>En caso de que lo adquirido sobrepase la cantidad asignada, será el beneficiario el que abonará la diferencia.         </p><p>La concesión de las presentes ayudas vendrá condicionada a la existencia de crédito en la partida presupuestaria. En el supuesto de que dicho crédito se agote como consecuencia del número de solicitudes presentadas con derecho a esta ayuda, la Concejalía de educación realizará el reparto del cheque-libro en atención a las unidades familiares; es decir, se tendrá en cuenta la renta de la unidad familiar en lugar del número de niños/as integrantes en la misma y circunstancias de vulnerabilidad familiar.</p><p>Base 5ª.- Personas beneficiarias y requisitos.</p><p>Podrán ser personas beneficiarias y destinatarias de estas ayudas los padres, madres o el representante o representantes legales de los niños que cumplan con los requisitos económicos especificados en la presente base y que estén escolarizados en la enseñanza de educación infantil en los colegios y escuelas infantiles de Torredelcampo, en los niveles educativos que se indican, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:</p><p>Tener al menos un hijo o hija, o ser representante legal de algún niño o niña, matriculado en alguno de los centros educativos sostenidos con fondos públicos en el municipio, cursando las Enseñanza de Infantil para quien se solicita la ayuda (escuela infantil – 0, 1 y 2 años; y educación infantil – 3,4 y 5 años).</p><p>Que los menores se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:</p><p>Que formen parte de familias en riesgo de exclusión social usuarias de servicios sociales.</p><p>Mujeres víctimas de violencia de género, con hijos a su cargo, cuyos ingresos netos no sobrepasen el salario mínimo interprofesional.</p><p>Familias cuyos ingresos netos anuales no sobrepasen las siguientes cantidades:</p><p>2 miembros: 11.000,00 euros.</p><p>3 miembros: 14.000,00 euros.</p><p>4 miembros: 17.000,00 euros.</p><p>5 miembros: 20.000,00 euros.</p><p>6 miembros: 24.000,00 euros.</p><p>7 miembros: 28.000,00 euros.</p><p>8 miembros: 33.000,00 euros.</p><p>Cada miembro adicional a partir del 8º: 3.536 euros.</p><p>Los ingresos familiares a efectos de beca se obtendrán por agregación de los ingresos de cada uno de los miembros computables de la unidad familiar, calculados del siguiente modo: En base a la/s declaración/es de la renta presentadas en el ejercicio 2025: casilla 435 (base imponible general) + casilla 460 (base imponible del ahorro). En caso de que no tenga obligación de tributar: Ingresos brutos anuales menos gastos de seguridad social.</p><p>Miembros computables: (RD 1721/2007, de 21 de diciembre).</p><p>Para el cálculo de la renta y patrimonio familiar a efectos de beca o ayuda al estudio, serán miembros computables los padres, y en su caso, tutor o persona encargada de la guarda y protección del menor, quienes tendrán la consideración de sustentadores principales de la familia. También serán miembros computables el solicitante, los hermanos solteros menores de 25 años y que convivan en el domicilio familiar a 31 de diciembre de 2025, o los de mayor edad, cuando se trate de personas con discapacidad psíquica o sensorial, así como los ascendientes de los padres que justifiquen su residencia en el mismo domicilio que los anteriores con el certificado municipal correspondiente.</p><p>En el caso de divorcio o separación legal o de hecho de los padres, no se considerará miembro computable aquel de ellos que no conviva con el solicitante de la beca. No obstante, en su caso, tendrá la consideración de miembro computable y sustentador principal, el nuevo cónyuge, pareja registrada o no, o persona unida por análoga relación cuyas rentas y patrimonio se incluirán dentro del computo de la renta y patrimonios familiares. Asimismo, tendrá la consideración de miembro computable la persona con ingresos propios que, a la referida fecha, conviva en el domicilio con el solicitante cuando no media relación de parentesco y no se pueda justificar un alquiler de piso compartido.</p><p>A efectos de cómputo, cada hijo/a con discapacidad reconocida en grado igual o superior al 33% computará como dos.</p><p>No ser beneficiarios de otras ayudas al estudio concedidas por cualquier otra administración pública.</p><p>Que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en el municipio de Torredelcampo.</p><p>En ningún caso el importe de la ayuda, unido al de otras posibles subvenciones, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente público o privado podrá superar el coste de los libros de texto subvencionados.</p><p>Dada la naturaleza de estas subvenciones, se exceptúa de los requisitos a que se refiere en el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, a los citados beneficiarios.</p><p>Base 6ª Solicitudes.</p><p>Las solicitudes se presentarán en el registro general del Ayuntamiento de Torredelcampo y a través de su sede electrónica, www.torredelcampo.es, “servicios telemáticos”, en el plazo de 15 días hábiles desde la publicación de la convocatoria en el B.O.P y en la página web del Ayuntamiento de Torredelcampo.</p><p>Base 7ª Documentación a aportar junto con la solicitud.</p><p>-          En el caso de que el/la solicitante forme parte de una familia en riesgo de exclusión social usuaria de servicios sociales:</p><p>o    Certificado de los servicios sociales municipales.</p><p>-          En el caso de que el/la solicitante sea una mujer víctima de violencia de género, con hijos a su cargo:</p><p>o    Certificado del centro de la mujer.</p><p>-          Solicitud normalizada firmada por la persona interesada o su representante legal (se rellena automáticamente cuando se presenta la solicitud).</p><p>-          D.N.I./N.I.E./Pasaporte o documento de identificación del solicitante.</p><p>-          Fotocopia Declaración de Renta 2.025 y caso de no estar obligado a hacerla, declaración de ingresos de la unidad familiar obtenida del Servicio Público de empleo estatal o de la Agencia Tributaria.</p><p>-          Documentos acreditativos situación familiar. (numerosa, monoparental…etc.).</p><p>No se estará obligado a aportar los documentos relacionados en las letras anteriores si éstos ya obran en el Ayuntamiento de Torredelcampo y/o se autoriza a la administración municipal a obtenerlos de otras administraciones, de acuerdo con lo previsto en el artículo 53.1.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p>","textoLeng":null,"url":"http://bop.dipujaen.es/validaCVE?cve=BOP-2026-2932","cve":"BOP-2026-2932","desDiarioOficial":"B.O.P. DE JAÉN","datPublicacion":"2026-06-18"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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