{"id":1114956,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"CASTILLA-LA MANCHA","nivel3":"SECRETARÍA GENERAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"913395","fechaRecepcion":"2026-06-16","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concesión directa - canónica","presupuestoTotal":10960000,"mrr":false,"descripcion":"Resolución de 16/06/2026, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, por la que se convoca la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto y de comedor escolar para el alumnado matriculado en centros docentes no universita","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"}],"regiones":[{"descripcion":"ES42 - CASTILLA LA MANCHA"}],"descripcionFinalidad":"Educación","descripcionBasesReguladoras":"Decreto 47/2025 de 1 de julio, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y de comedor escolar para Educación Infantil  y primaria en CLM","urlBasesReguladoras":"https://docm.jccm.es/docm/verArchivoHtml.do?ruta=2025/07/02/html/2025_5390.html&tipo=rutaDocm","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"1:día siguiente a publicación 2: 1 de septiembre  3:durante curso por traslado ocambio familiar","textFin":"1:10 habiles siguientes a pub 2: 1ªquincena sept  3:durante curso por traslado ocambio familiar","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1477311,"descripcion":"Modificación de forma del punto 4 del extracto convocatoria de gratuidad","nombreFic":"EXTRACTO RESOLUCIÓN CONVOCATORIA LIBROS TEXTO Y COMEDOR ESCOLAR 26_27 BNS_094950.PDF","long":327422,"datMod":"2026-06-17","datPublicacion":"2026-06-17"},{"id":1477310,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"2026-06-16 RESOLUCION CONVOCATORIA AYUDAS CURSO 2026_2027_110101.PDF","long":398011,"datMod":"2026-06-17","datPublicacion":"2026-06-17"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214854,"titulo":"Extracto de la Resolución, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes por la que se convoca la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto y de comedor escolar para el alumnado matriculado en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha para el curso 2026/2027.","tituloLeng":null,"texto":"<p></p><p> </p><p> Primero. Objeto</p><p> 1. Financiar el uso de libros de texto en cualquiera de sus formatos, en régimen de préstamo, para el alumnado matriculado en centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha, en las etapas de educación primaria y de educación secundaria obligatoria. Se incluye el material curricular para los alumnos con necesidades educativas especiales escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos.</p><p> Las modalidades de este programa de ayudas son las siguientes:</p><p> a) Modalidad 1.- Libramiento de fondos a centros públicos de Castilla-La Mancha para la adquisición de libros de texto destinados a su uso en régimen de préstamo para el alumnado.</p><p> b) Modalidad 2.- Subvención para la adquisición de libros de texto destinados a su uso en régimen de préstamo para el alumnado en centros privados concertados de Castilla-La Mancha.</p><p> 2. Financiar el servicio de comedor de mediodía del alumnado matriculado en educación infantil de segundo ciclo o en educación primaria en centros sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha, durante los periodos tanto lectivos como no lectivos de un curso escolar. Se incluye la financiación total del servicio de comedor escolar del alumnado escolarizado en centros públicos de educación especial.</p><p> </p><p> Segundo. Beneficiarios</p><p> 1. Para el uso de libros de texto y material curricular:</p><p> a) El alumnado matriculado en educación primaria y en educación secundaria obligatoria en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha y que no participa en el Banco de Libros por no reunir los requisitos establecidos en el Decreto 26/2024, de 4 de junio, por el que se regula el programa de reutilización de libros de texto y material curricular, mediante la creación de un banco de libros en los centros docentes no universitarios sostenidos con fondos públicos de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.</p><p> b) El alumnado con necesidades educativas especiales escolarizado en centros sostenidos con fondos públicos.</p><p> c) Los centros educativos privados concertados.</p><p> 2. Para las ayudas en especie en comedores escolares, el alumnado matriculado en educación infantil, segundo ciclo, y en educación p rimaria en los centros educativos sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha. Asimismo, será beneficiario el alumnado escolarizado en centros de educación especial públicos.</p><p> </p><p> Tercera. Bases reguladoras</p><p> Decreto 47/2025 de 1 de julio, que regula la concesión directa de ayudas consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria y de comedor escolar para el alumnado de segundo ciclo de Educación Infantil y Educación Primaria, matriculados en centros docentes sostenidos con fondos públicos de Castilla-La Mancha (DOCM nº 125 de 1 de julio), modificado por el Decreto 86/2025 de 21 de octubre (DOCM nº 208 de 28 de octubre).</p><p> </p><p> </p><p> Cuarto. Cuantía</p><p> </p><p> 1. El crédito destinado a la financiación de este programa de ayudas para el curso escolar 2026/2027 es de 10.960.000 €.</p><p> </p><p> 2. Para la adquisición de libros de texto y material curricular, se establece una cuantía máxima individual en función del nivel de renta y nivel educativo:</p><p> </p><p> Nivel educativo Importe máximo de la ayuda.</p><p> 1º y 2º Primaria 140 €</p><p> 3º, 4º, 5º y 6º Primaria 175 €</p><p> 1º, 2º, 3º y 4º Secundaria 240 €</p><p> </p><p> </p><p> 3. En el caso de la ayuda de comedor la cuantía individual será del 100 % o del 50 % del importe del coste del servicio, en función del nivel de renta.</p><p> </p><p> Quinto. Presentación de solicitudes. Forma y plazo.</p><p> </p><p> Se establecen dos períodos de presentación de solicitudes:</p><p> a) Un periodo ordinario para el alumnado que se encuentre escolarizado en centros educativos de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos y para el alumnado que haya participado en el proceso de admisión en centros educativos de Castilla-La Mancha para el curso 2026/2027. Para este periodo ordinario el plazo será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.</p><p> b) Un periodo extraordinario, durante la primera quincena de septiembre de 2026, para el alumnado que proceda de un curso o un centro educativo no adherido al Banco de Libros y para el alumnado que se matricule en dicho periodo en cualquiera de las enseñanzas incluidas en el ámbito de aplicación del Decreto 47/2025, de 1 de julio, en centros docentes de Castilla-La Mancha sostenidos con fondos públicos.</p><p> También podrá solicitar estas ayudas, durante todo el curso escolar:</p><p> - el alumnado escolarizado durante el curso o si por circunstancias sobrevenidas se produce un cambio de situación familiar, de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional segunda del Decreto 47/2025, de 1 de julio, según su redacción modificada por el punto cuatro del Decreto 86/2025 de 21 de octubre.</p><p> - el alumnado que haga nueva matrícula por traslado.</p><p> </p><p> Las solicitudes del alumnado se presentarán por el padre, madre o tutor legal, de forma electrónica, mediante la cumplimentación y el envío telemático del formulario de solicitud a través de la plataforma EducamosCLM  (https://educacion.castillalamancha.es/educamosclm),  que estará disponible en dicha plataforma con ocasión de la publicación de esta resolución y será accesible, asimismo, desde la Sede Electrónica del Gobierno de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/).</p><p> </p><p> Las solicitudes de los centros educativos privados concertados para la modalidad de uso de libros de texto se presentarán exclusivamente de forma telemática, con firma electrónica, a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es/), mediante la cumplimentación y el envío del formulario disponible en dicha Sede Electrónica y en el Portal de Educación de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (https://educacion.castillalamancha.es).</p><p> </p><p> Será condición necesaria para que el alumnado solicitante matriculado en centros concertados en los cursos establecidos en esta modalidad, pueda resultar usuario de los libros de texto, que el centro en que esté matriculado dicho alumnado solicite la subvención.</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://docm.jccm.es/docm/descargarArchivo.do?ruta=2026/06/18/pdf/2026_4685.pdf&tipo=rutaDocm","cve":null,"desDiarioOficial":"DOCM. D.O. DE CASTILLA-LA MANCHA","datPublicacion":"2026-06-18"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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