{"id":1114412,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"EXTREMADURA","nivel3":"INSTITUTO DE LA MUJER DE EXTREMADURA"},"sedeElectronica":"https://www.juntaex.es/w/5485","codigoBDNS":"912851","fechaRecepcion":"2026-06-15","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concesión directa - canónica","presupuestoTotal":1759773,"mrr":false,"descripcion":"Subvenciones 2026 a mujeres, para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género, según Decreto 115/2026 que la convoca.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Actividades de los hogares como productores de bienes y servicios para uso propio","codigo":"98"}],"regiones":[{"descripcion":"ES43 - EXTREMADURA"}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"Decreto 115/2026, de 2 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género y se aprueba la primera convocatoria","urlBasesReguladoras":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1150o/26040138.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":"2026-09-30","textInicio":"Día siguiente a publicación en el DOE","textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1475353,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Convocatoria de 2026 de las subvenciones para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género para el año 2026, según Decreto 115/2026 que la convoca_.PDF","long":881369,"datMod":"2026-06-15","datPublicacion":"2026-06-15"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214548,"titulo":"EXTRACTO de la convocatoria de 2026 de las subvenciones para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género para el año 2026, según Decreto 115/2026 que la convoca","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la</p><p>Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el</p><p>artículo 16 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la</p><p>Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la</p><p>convocatoria de las subvenciones para facilitar la recuperación integral</p><p>de las mujeres víctimas de violencia de género para el año 2026, cuyo</p><p>texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de</p><p>Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el Diario Oficial</p><p>de Extremadura (http://doe.juntaex.es/).</p><p></p><p>PRIMERO. OBJETO.</p><p>Se realiza la convocatoria de subvenciones para facilitar la</p><p>recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género</p><p>que, como consecuencia de ésta, se encuentren en situación de</p><p>vulnerabilidad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y las</p><p>cuales habrán de estar destinada a la realización de las actividades</p><p>constitutivas de los gastos subvencionables previstos en el artículo 4</p><p>de las bases reguladoras, y ello con la finalidad de facilitar su</p><p>proceso integral de recuperación psicosocial y apoyar el inicio de una</p><p>vida independiente que le permita superar el círculo de la violencia,</p><p>para el ejercicio 2026.</p><p></p><p>SEGUNDO. BENEFICIARIAS.</p><p>Podrán ser beneficiarias las mujeres víctimas de violencia de género</p><p>que, como consecuencia de ésta, se encuentren en situación de</p><p>vulnerabilidad económica en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y</p><p>reúnan los requisitos previstos en el artículo 2 de Decreto por el que</p><p>se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para facilitar</p><p>la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género.</p><p></p><p>TERCERO. BASES REGULADORAS.</p><p>La convocatoria se regirá por las normas contenidas en el Decreto</p><p>115/2026, de 2 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras</p><p>de las subvenciones para facilitar la recuperación integral de las</p><p>mujeres víctimas de violencia de género y se aprueba la primera</p><p>convocatoria. El artículo 7 de las mencionadas bases, regula el</p><p>procedimiento de concesión y de convocatoria, estableciendo que será de</p><p>concesión directa mediante convocatoria abierta ya que se trata de</p><p>subvenciones dirigidas a un colectivo vulnerable con unas</p><p>características predefinidas y cuyas potenciales beneficiarias pueden</p><p>reunir los requisitos exigidos en las bases reguladoras en cualquier</p><p>período del año y que constituyen una pluralidad indeterminada de</p><p>personas que requieren de una respuesta ágil e inmediata que sólo puede</p><p>proporcionarse a través del empleo de este tipo de procedimientos.</p><p>Asimismo, en la presente convocatoria de subvenciones se recogen las</p><p>disposiciones contenidas en las Leyes 4/2022, de 27 de Julio, de</p><p>racionalización y simplificación administrativa de Extremadura y 5/2022,</p><p>de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta</p><p>administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los</p><p>servicios públicos, que afectan a los procedimientos administrativos que</p><p>rigen la concesión de subvenciones.</p><p></p><p>CUARTO. CUANTÍA.</p><p>La cuantía de la subvención no será superior al gasto que se pretende</p><p>sufragar, conforme a los importes indicados en el modelo de solicitud y</p><p>a los presupuestos or facturas aportadas, y, en todo caso, dicha cuantía</p><p>no podrá superar los límites cuantitativos individualmente establecidos,</p><p>en su caso, en cada convocatoria, mediante el Anexo correspondiente.</p><p>En todo caso, el importe máximo de la subvención a conceder será de</p><p>5.000,00 euros por beneficiaria y el pago se realizará mediante un único</p><p>abono, una vez dictada la resolución de concesión.</p><p>El crédito disponible para la ejecución de la convocatoria asciende a un</p><p>importe de 1.759.773,00 euros, que se abonarán con cargo a la aplicación</p><p>presupuestaria 02101/253A/48000, fondo financiador TE25006001 y proyecto</p><p>20190446 denominado “Pacto de Estado Contra la Violencia de Género” de</p><p>los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura de</p><p>2024, prorrogados desde el 1 de enero de 2026 hasta, en su caso, la</p><p>aprobación y entrada en vigor de la Ley de Presupuestos Generales de la</p><p>Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2026. Estas cantidades</p><p>podrán aumentarse en función de las disponibilidades presupuestarias.</p><p></p><p>QUINTO. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES.</p><p>Las solicitudes se dirigirán a la persona titular de la Dirección</p><p>General del Instituto de la Mujer de Extremadura y podrán presentarse</p><p>desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria y de este</p><p>extracto en el Diario Oficial de Extremadura y hasta el día 30 de</p><p>septiembre de 2026, inclusive, formalizándose en el modelo normalizado</p><p>que se recoge como Anexo I de las bases reguladoras, que estará a</p><p>disposición de las personas interesadas en el punto de acceso general</p><p>electrónico de los servicios y trámites en el portal web de la Junta de</p><p>Extremadura: https://www.juntaex.es/w/5485</p><p></p><p>SEXTO. OTROS DATOS.</p><p>Las beneficiarias de las subvenciones, dado el objeto y la finalidad de</p><p>las mismas, están exentas de la constitución de garantías por los pagos</p><p>a cuenta o anticipados que se realicen.</p><p>Una vez concedida esta subvención, la beneficiaria sólo podrá volver a</p><p>serlo en otras dos convocatorias posteriores a la inicialmente</p><p>concedida. A estos efectos, se consideran incluidas las subvenciones</p><p>concedidas con arreglo al anterior Decreto 97/2018, de 26 de junio, por</p><p>el que se establecen las bases reguladas de las ayudas para facilitar la</p><p>recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género.</p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1150o/26040155.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"DOE. D.O. DE EXTREMADURA","datPublicacion":"2026-06-17"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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