{"id":1114383,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"PRINCIPADO DE ASTURIAS","nivel3":"CONSEJERÍA DE MEDIO RURAL Y POLÍTICA AGRARIA"},"sedeElectronica":"https://tramita.asturias.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO&DETALLE=6269000015075948207573","codigoBDNS":"912822","fechaRecepcion":"2026-06-12","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":30000,"mrr":false,"descripcion":"Resolución de 11 de junio de 2026, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento de razas autóctonas españolas","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Producción ganadera","codigo":"01.4"}],"regiones":[{"descripcion":"ES120 - Asturias"}],"descripcionFinalidad":"Agricultura, Pesca y Alimentación","descripcionBasesReguladoras":"Real Decreto 1625/2011 por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas","urlBasesReguladoras":"http://www.boe.es/boe/dias/2011/12/08/pdfs/BOE-A-2011-19243.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"A partir del día siguiente al de publicación del e","textFin":"20 días contados a partir del día siguiente al de","ayudaEstado":"SA.108727","urlAyudaEstado":"https://competition-cases.ec.europa.eu/cases/SA.108727","fondos":[],"reglamento":{"descripcion":"PRODUCCIÓN AGRÍCOLA PRIMARIA - REG (UE) 2022/2472, de 14 DE DICIEMBRE, de exención de notificación (vigente desde 01-01-2023)","orden":null},"objetivos":[{"descripcion":"ART. 27 AYUDAS DESTINADAS AL SECTOR GANADERO Y AYUDAS POR GANADO MUERTO"}],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1475283,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Resolución convocatoria razas 2026.pdf","long":583423,"datMod":"2026-06-12","datPublicacion":"2026-06-12"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214528,"titulo":"Extracto de la Resolución de 11 de junio de 2026, de la Consejería de Medio Rural y Política Agraria, por la que se convocan ayudas para el fomento de razas autóctonas españolas","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero.-Beneficiarios:</p><p>Ser organización o asociación de ganaderos reconocida por la comunidad autónoma del  Principado de Asturias para la llevanza del Libro Genealógico de la raza.</p><p>Segundo.-Finalidad:</p><p>Contribuir a financiar los gastos ocasionados por la realización de alguna de las actividades enmarcadas en las siguientes líneas de actuación:</p><p>-,,Línea a) Creación o mantenimiento de libros genealógicos.</p><p>-,,Línea b) Actividades que se deriven del desarrollo del programa de mejora oficialmente reconocido para la raza.</p><p>Tercero.-Bases reguladoras:</p><p>El Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas (BOE 08/12/2011), modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo (BOE 14/03/2015), por Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE 01/03/20219) y por Real Decreto 663/2023, de 18 de julio (BOE 20/07/2023).</p><p>El Real Decreto 1133/2025, de 10 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de las razas autóctonas españolas (BOE de 12/12/2025) deroga al Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, si bien establece en su Disposición Final Tercera \"El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el \"Boletín Oficial del Estado\", si bien surtirá efectos a partir de la primera convocatoria que se publique para el ejercicio 2027\".</p><p>Cuarto.-Importe:</p><p>El importe de la ayuda por beneficiario será calculado en función de las disponibilidades presupuestarias para el año  2026 (30.000,00 €) y el número de beneficiarios de la ayuda.</p><p>Quinto.-Plazo de presentación de solicitudes:</p><p>20 días, contados a partir del día siguiente al de publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias del presente extracto.</p><p>Sexto.-Otros datos:</p><p>En la sede electrónica del Principado de Asturias (https://sede.asturias.es) está publicada la Ficha de Servicio que se podrá localizar introduciendo el código AYUD0155T01 en el buscador de la cabecera (situado en la parte superior derecha de la página) en la que se encontrará el texto íntegro de la Resolución, información complementaria, el formulario normalizado de solicitud y la posibilidad de iniciar electrónicamente la solicitud.</p><p>Plazo de justificación: El plazo de justificación del gasto finaliza el día 5 de noviembre de 2026.</p>","textoLeng":null,"url":"https://miprincipado.asturias.es/bopa/disposiciones?p_p_id=pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb&p_p_lifecycle=0&_pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb_mvcRenderCommandName=%2Fdisposition%2Fdetail&p_r_p_dispositionText=2026-05058&p_r_p_dispositionReference=2026-05058&p_r_p_dispositionDate=22%2F06%2F2026","cve":null,"desDiarioOficial":"BOPA. B.O. DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS","datPublicacion":"2026-06-22"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}