{"id":1113756,"organo":{"nivel1":"ESTADO","nivel2":"MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES","nivel3":"CENTRO PARA EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN E.P.E"},"sedeElectronica":"https://sede.cdti.gob.es/AreaPublica/home.aspx","codigoBDNS":"912195","fechaRecepcion":"2026-06-11","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":30250000,"mrr":false,"descripcion":"Resolución de 11 de junio de 2026 de la Presidencia del CDTI por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL)","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"GRAN EMPRESA"},{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Investigación y desarrollo","codigo":"72"}],"regiones":[{"descripcion":"ES11 - GALICIA"},{"descripcion":"ES41 - CASTILLA Y LEON"},{"descripcion":"ES42 - CASTILLA LA MANCHA"},{"descripcion":"ES43 - EXTREMADURA"},{"descripcion":"ES52 - COMUNIDAD VALENCIANA"},{"descripcion":"ES53 - ILLES BALEARS"},{"descripcion":"ES61 - ANDALUCIA"},{"descripcion":"ES62 - REGION DE MURCIA"},{"descripcion":"ES63 - CIUDAD AUTONOMA DE CEUTA"},{"descripcion":"ES64 - CIUDAD AUTONOMA DE MELILLA"},{"descripcion":"ES7 - CANARIAS"}],"descripcionFinalidad":"Investigación, desarrollo e innovación","descripcionBasesReguladoras":"Orden CNU/161/2025 de 7 de febrero, modificada por la Orden CNU/331/2026 de 8 de abril, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas del CDTI en el marco del PEICTI 2024-2027","urlBasesReguladoras":"https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2026-8122","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-06-17","fechaFinSolicitud":"2026-07-16","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":"SA.124047","urlAyudaEstado":"https://competition-cases.ec.europa.eu/cases/SA.124047","fondos":[{"descripcion":"FEDER - FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL"}],"reglamento":{"descripcion":"REG (UE) 651/2014, DE 17 DE JUNIO, de exención de notificación","orden":null},"objetivos":[{"descripcion":"ART. 25 AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO."}],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1480624,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Convocatoria Innoglobal 2026.pdf","long":599011,"datMod":"2026-06-23","datPublicacion":"2026-06-23"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214330,"titulo":"Extracto de la Resolución de 11 de junio de 2026 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (CDTI), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de la Innovación","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Entidades beneficiarias.</p><p>Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las ayudas contempladas en la convocatoria de referencia las siguientes empresas que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España, o, en el caso de tener domicilio fiscal en la UE, tengan un establecimiento o sucursal ubicado en territorio español:</p><p>a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida en el Anexo I de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, y</p><p>b) Las grandes empresas, siempre que la dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias, o tengan menos de 499 empleados (pequeñas empresas de mediana capitalización).</p><p>No podrán ser beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni las restantes exclusiones previstas en la convocatoria de referencia.</p><p>Segundo. Objeto y características de la ayuda.</p><p>Será objeto de ayuda la participación española en proyectos de I+D de cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), según lo establecido en el artículo 1, apartado 2.e) de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero.</p><p>Los proyectos deberán tener carácter internacional, plurianual y cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria de referencia.</p><p>No podrán ser objeto de ayuda los proyectos y actividades señalados en el artículo 2 de la convocatoria de referencia.</p><p>Las ayudas consistirán en subvenciones, cuya cuantía se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario, del desarrollo del proyecto en regiones asistidas, de la disponibilidad presupuestaria, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo y la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región. En cualquier caso, la subvención por beneficiario no será inferior al 30% del presupuesto elegible.</p><p>Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria constituyen ayudas de estado y respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.</p><p>Tercero. Bases reguladoras.</p><p>Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero (modificada por la Orden CNU/331/2026, de 8 de abril), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027.</p><p>Resultará también aplicable la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el periodo 2021-2027.</p><p>Cuarto. Financiación de la convocatoria</p><p>El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 30.250.000 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027. La cofinanciación FEDER se realizará a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021 – 2027. La cuantía cofinanciada por fondos FEDER será anticipada por el CDTI con cargo a su propio patrimonio.</p><p>De acuerdo con la disponibilidad de fondos FEDER asignada al CDTI durante el periodo 2025-2027 para estas actuaciones, las cuantías máximas de cofinanciación por Comunidad Autónoma son las previstas en el artículo 4 de la convocatoria de referencia. En ningún caso, se podrá superar la cuantía máxima de cofinanciación asignada por Comunidad Autónoma ni el presupuesto total de la convocatoria (30.250.000 euros).</p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 17 de junio de 2026 y finalizará el 16 de julio de 2026, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.</p>","textoLeng":null,"url":"http://www.boe.es/diario_boe/verifica.php?acc=Verificar&c=BOE-B-2026-20133","cve":"BOE-B-2026-20133","desDiarioOficial":"BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO","datPublicacion":"2026-06-13"},{"numAnuncio":214297,"titulo":"Extracto de la Resolución de 11 de junio de 2026 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (CDTI), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de la Innovación","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Entidades beneficiarias.</p><p></p><p>Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las ayudas contempladas en la convocatoria de referencia las siguientes empresas que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España, o, en el caso de tener domicilio fiscal en la UE, tengan un establecimiento o sucursal ubicado en territorio español: </p><p></p><p>a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida en el Anexo I de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, y </p><p>b) Las grandes empresas, siempre que la dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias, o tengan menos de 499 empleados (pequeñas empresas de mediana capitalización). </p><p></p><p>No podrán ser beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni las restantes exclusiones previstas en la convocatoria de referencia.</p><p></p><p>Segundo. Objeto y características de la ayuda.</p><p></p><p>Será objeto de ayuda la participación española en proyectos de I+D de cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), según lo establecido en el artículo 1, apartado 2.e) de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero.</p><p></p><p>Los proyectos deberán tener carácter internacional, plurianual y cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria de referencia.</p><p></p><p>No podrán ser objeto de ayuda los proyectos y actividades señalados en el artículo 2 de la convocatoria de referencia.</p><p></p><p>Las ayudas consistirán en subvenciones, cuya cuantía se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario, del desarrollo del proyecto en regiones asistidas, de la disponibilidad presupuestaria, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo y la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región. En cualquier caso, la subvención por beneficiario no será inferior al 30% del presupuesto elegible. </p><p></p><p>Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria constituyen ayudas de estado y respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.</p><p></p><p>Tercero. Bases reguladoras.</p><p></p><p>Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero (modificada por la Orden CNU/331/2026, de 8 de abril), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027. </p><p></p><p>Resultará también aplicable la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el periodo 2021-2027.</p><p></p><p>Cuarto. Financiación de la convocatoria </p><p></p><p>El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 30.250.000 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027. La cofinanciación FEDER se realizará a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021 – 2027. La cuantía cofinanciada por fondos FEDER será anticipada por el CDTI con cargo a su propio patrimonio.</p><p></p><p>De acuerdo con la disponibilidad de fondos FEDER asignada al CDTI durante el periodo 2025-2027 para estas actuaciones, las cuantías máximas de cofinanciación por Comunidad Autónoma son las previstas en el artículo 4 de la convocatoria de referencia. En ningún caso, se podrá superar la cuantía máxima de cofinanciación asignada por Comunidad Autónoma ni el presupuesto total de la convocatoria (30.250.000 euros).</p><p></p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p></p><p>El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 17 de junio de 2026 y finalizará el 16 de julio de 2026, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.</p>","textoLeng":null,"url":"http://www.boe.es/diario_boe/verifica.php?acc=Verificar&c=BOE-B-2026-19775","cve":"BOE-B-2026-19775","desDiarioOficial":"BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO","datPublicacion":"2026-06-12"},{"numAnuncio":214300,"titulo":"Extracto de la Resolución de 11 de junio de 2026 de la Presidencia del Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E. (CDTI), por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 del procedimiento de concesión de ayudas destinadas a Proyectos de I+D en cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de la Innovación","tituloLeng":null,"texto":"<p>Primero. Entidades beneficiarias.</p><p>Podrán tener la condición de entidades beneficiarias de las ayudas contempladas en la convocatoria de referencia las siguientes empresas que tengan personalidad jurídica propia, estén válidamente constituidas y tengan domicilio fiscal en España, o, en el caso de tener domicilio fiscal en la UE, tengan un establecimiento o sucursal ubicado en territorio español:</p><p>a) Las pequeñas y medianas empresas (pymes), según la definición establecida en el Anexo I de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero, y</p><p>b) Las grandes empresas, siempre que la dirección de desarrollo del proyecto se localice en Canarias, o tengan menos de 499 empleados (pequeñas empresas de mediana capitalización).</p><p>No podrán ser beneficiarias aquellas entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ni las restantes exclusiones previstas en la convocatoria de referencia.</p><p>Segundo. Objeto y características de la ayuda.</p><p>Será objeto de ayuda la participación española en proyectos de I+D de cooperación tecnológica internacional (INNOGLOBAL), según lo establecido en el artículo 1, apartado 2.e) de la Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero.</p><p>Los proyectos deberán tener carácter internacional, plurianual y cumplir los requisitos establecidos en la convocatoria de referencia.</p><p>No podrán ser objeto de ayuda los proyectos y actividades señalados en el artículo 2 de la convocatoria de referencia.</p><p>Las ayudas consistirán en subvenciones, cuya cuantía se determinará en función del coste financiable real del proyecto, de las características del beneficiario, del desarrollo del proyecto en regiones asistidas, de la disponibilidad presupuestaria, del porcentaje máximo de cofinanciación FEDER según la región de desarrollo y la cuantía máxima disponible de fondos FEDER en cada región. En cualquier caso, la subvención por beneficiario no será inferior al 30% del presupuesto elegible.</p><p>Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria constituyen ayudas de estado y respetarán lo establecido en el Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado.</p><p>Tercero. Bases reguladoras.</p><p>Orden CNU/161/2025, de 7 de febrero (modificada por la Orden CNU/331/2026, de 8 de abril), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas por el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2024-2027.</p><p>Resultará también aplicable la Orden HFP/1414/2023, de 27 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los gastos subvencionables de los programas financiados por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y del Fondo de Transición Justa para el periodo 2021-2027.</p><p>Cuarto. Financiación de la convocatoria</p><p>El presupuesto máximo de la convocatoria asciende a 30.250.000 euros, que se financiarán con cargo al patrimonio del CDTI y fondos FEDER 2021-2027. La cofinanciación FEDER se realizará a través del Programa Plurirregional de España FEDER 2021 – 2027. La cuantía cofinanciada por fondos FEDER será anticipada por el CDTI con cargo a su propio patrimonio.</p><p>De acuerdo con la disponibilidad de fondos FEDER asignada al CDTI durante el periodo 2025-2027 para estas actuaciones, las cuantías máximas de cofinanciación por Comunidad Autónoma son las previstas en el artículo 4 de la convocatoria de referencia. En ningún caso, se podrá superar la cuantía máxima de cofinanciación asignada por Comunidad Autónoma ni el presupuesto total de la convocatoria (30.250.000 euros).</p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes y documentación anexa comenzará el 17 de junio de 2026 y finalizará el 16 de julio de 2026, a las 12:00 horas del mediodía, hora peninsular.</p>","textoLeng":null,"url":"http://www.boe.es/diario_boe/verifica.php?acc=Verificar&c=BOE-B-2026-19774","cve":"BOE-B-2026-19774","desDiarioOficial":"BOE. BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO","datPublicacion":"2026-06-12"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}