{"id":1113510,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"COMUNIDAD DE MADRID","nivel3":"INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (IRSST)"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"911949","fechaRecepcion":"2026-06-10","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":1070000,"mrr":false,"descripcion":"PLAN 4 LÍNEA 1 2026 SUBVENCION REDUCCIÓN SINIESTRALIDAD LABORAL","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"GRAN EMPRESA"},{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Administración pública y de la política económica, social y medioambiental","codigo":"84.1"}],"regiones":[{"descripcion":"ES30 - COMUNIDAD DE MADRID"}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"ORDEN DE 23 DE MAYO DE 2023, DE LA CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO,POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES, DURANTE LA VIGENCIA DEL VI PLAN DIRECTOR DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DE LA COMUNIDAD DE M","urlBasesReguladoras":"https://www.bocm.es/bocm-20230605-27","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":"2026-09-30","textInicio":"DESDE EL DÍA SIGUIENTE A LA PUBLICACIÓN EN EL BOCM DEL EXTRACTO","textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":{"descripcion":"REG (UE) 2023/2831 de minimis, General","orden":null},"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1473017,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Texto Convocatoria BDNS  Orden de convocatoria 2026 anonimizada.pdf","long":1317379,"datMod":"2026-06-10","datPublicacion":"2026-06-10"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214204,"titulo":"EXTRACTO de la Orden de 1 de junio de 2026 de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan para 2026 las subvenciones dirigidas a la reducción de la siniestralidad laboral mediante la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, referido a la Línea 1: \"Gastos para la mejora de las condiciones de trabajo relacionadas con la Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada”","tituloLeng":null,"texto":"<p>BDNS: XXXXX</p><p>De conformidad con lo previsto en el artículo 17.3.b) y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de</p><p>noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto</p><p>completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones</p><p>https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias y en la página web</p><p>institucional de la Comunidad de Madrid (https://www.comunidad.madrid ).</p><p></p><p>Primero</p><p>Beneficiarios</p><p>Personas físicas o jurídicas, siempre que tengan uno o varios trabajadores por cuenta</p><p>ajena, tengan actividad económica en la Comunidad de Madrid y realicen los gastos o</p><p>actividades objeto de subvención en centros de trabajo situados dentro del territorio de</p><p>la Comunidad Autónoma.</p><p>En caso de trabajadores autónomos, podrán ser beneficiarios de estas subvenciones den o no</p><p>ocupación a personas trabajadoras por cuenta ajena.</p><p></p><p>Segundo</p><p>Objeto</p><p>La línea 1 tiene por objeto promover la realización de proyectos de inversión en</p><p>instalaciones, recursos y equipos que mejoren las condiciones de seguridad y salud de los</p><p>centros de trabajo.</p><p></p><p>Tercero</p><p>Bases Reguladoras</p><p>Orden de 23 de mayo de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, publicada en</p><p>el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de junio de 2023 (Núm. 132).</p><p></p><p>Cuarto</p><p>Cuantía y financiación de las ayudas</p><p>El presupuesto máximo previsto, para el total de los gastos subvencionables definidos en</p><p>la convocatoria para la línea 1 asciende a 1.070.000,00 €.</p><p></p><p></p><p>Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones según los tramos siguientes:</p><p>a)\tEl tramo del total de los gastos acreditados, desde 1.000,00 hasta 10.000,00 euros:</p><p>Subvención del 100 por 100 de los mismos. (En consecuencia, el tramo de 0 a 999,99 euros</p><p>no es subvencionable).</p><p>b)\tEl tramo del total de los gastos acreditados superior a 10.000,00 euros: Subvención</p><p>del 60 por 100 de los mismos.</p><p></p><p>Se establecen los siguientes importes máximos:</p><p>o\tEl máximo total a conceder será de 20.000,00 euros por línea.</p><p>o\tEl importe máximo a conceder, sumados los importes concedidos en todas las líneas en</p><p>las que se solicite ayuda, será de 30.000,00 euros por empresa y convocatoria.</p><p></p><p>No se admite el pago anticipado a los beneficiarios de la subvención concedida.</p><p></p><p>Quinto</p><p>Plazo de presentación de solicitudes</p><p>Comenzará el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín</p><p>Oficial de la Comunidad de Madrid y concluirá el día 30 de septiembre de 2026.</p><p></p><p>Sexto</p><p>Gastos subvencionables.</p><p></p><p>1.\tLa adquisición de maquinaria nueva, en sustitución de antigua, que si bien cumple la</p><p>legislación vigente presenta menores niveles y prestaciones de seguridad que la adquirida</p><p>y el achatarramiento de la maquinaria sustituida, excepto las máquinas que se incluyan en</p><p>otros gastos subvencionables.</p><p>A tal efecto se entiende por máquina la definición recogida en el artículo 2.2 del Real</p><p>Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, con las exclusiones establecidas en el artículo 1.3</p><p>del citado Real Decreto.</p><p></p><p>2.\tLa adquisición de equipos de trabajo motorizados para elevación y/o transporte de</p><p>cargas y/o la adquisición de equipos de trabajo motorizados para la realización de</p><p>trabajos en altura por trabajadores.</p><p>No serán subvencionables:</p><p>a.\tEquipos usados cuya declaración de conformidad no incluya específicamente la</p><p>directiva 2006/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de mayo de 2006, relativa</p><p>a las máquinas y por la que se modifica la Directiva 95/16/CE.</p><p>b.\tLa adquisición de maquinaria de obra para elevación y transporte de tierras.</p><p>c.\tLa adquisición de ascensores y equipos de elevación de vehículos o similares.</p><p>d.\tLa adquisición de vehículos destinados al transporte de personas y mercancías.</p><p></p><p>3.\tEl diseño, instalación y/o reparación y verificación de líneas de vida fijas,</p><p>mediante la adquisición e instalación permanente de dispositivos de anclaje: horizontales</p><p>flexibles (norma UNE EN 795C), horizontales rígidos (norma UNE EN 795D) y/o dispositivos</p><p>anti caídas deslizantes sobre líneas de anclaje verticales (norma UNE EN 353-1), con el</p><p>fin de proteger al personal trabajador contra caídas de altura en el tránsito por</p><p>cubiertas o debidas al acceso a las mismas.</p><p>No serán subvencionables aquellos gastos de verificación no ligados a operaciones de</p><p>instalación y reparación.</p><p></p><p>4.\tEl diseño, instalación y/o modificación total o parcial tanto de sistemas de</p><p>extracción localizada como de sistemas de ventilación forzada que controlen o reduzcan el</p><p>riesgo de exposición a contaminantes químicos en lugares de trabajo con trabajadores</p><p>expuestos. De forma particular serán subvencionables las modificaciones de partes de</p><p>sistemas ya instalados, siempre y cuando afecte al motor del sistema.</p><p></p><p>5.\tLas adquisiciones y/o adaptaciones que supongan la eliminación y/o reducción</p><p>significativa de los riesgos del sistema músculo-esquelético y particularmente de los</p><p>riesgos derivados de movimientos repetitivos, posturas forzadas y manejo manual de cargas,</p><p>mediante la adaptación ergonómica de puestos de trabajo.</p><p></p><p>6.\tLa contratación de psicólogos para mejorar el bienestar psicológico de los</p><p>trabajadores.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/18/BOCM-20260618-17.PDF","cve":null,"desDiarioOficial":"BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID","datPublicacion":"2026-06-18"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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