{"id":1113448,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"EXTREMADURA","nivel3":"DIRECCIÓN GENERAL DE COOPERATIVAS Y ECONOMÍA SOCIAL"},"sedeElectronica":"https://www.juntaex.es/w/5542","codigoBDNS":"911887","fechaRecepcion":"2026-06-10","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":500000,"mrr":false,"descripcion":"Subvenciones 2026 para el fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de Extremadura, convocadas por Decreto 91/2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"GRAN EMPRESA"},{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Industria alimentaria","codigo":"10"}],"regiones":[{"descripcion":"ES43 - EXTREMADURA"}],"descripcionFinalidad":"Otras actuaciones de carácter económico","descripcionBasesReguladoras":"Decreto 91/ 2026, de 12 de mayo, de bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de la CA de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio 2026","urlBasesReguladoras":"https://doe.juntaex.es/","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"Al día siguiente desde su publicación en el DOE","textFin":"Un mes desde la publicación en el DOE","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":{"descripcion":"REG (UE) 2023/2831 de minimis, General","orden":null},"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1472863,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Subvenciones 2026 para el fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de Extremadura, convocadas por Decreto de Bases Reguladoras de 12 de mayo de 2026.PDF","long":745389,"datMod":"2026-06-10","datPublicacion":"2026-06-10"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214179,"titulo":"Extracto de la convocatoria incorporada al Decreto 91/ 2026, de 12 de mayo, por el que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria para el ejercicio 2026.","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la</p><p>Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el</p><p>artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de subvenciones de la</p><p>Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto de la</p><p>convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos</p><p>Nacional de Subvenciones</p><p>https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio y en el presente DOE.</p><p></p><p>Primero. Objeto.</p><p></p><p>La disposición adicional del Decreto 91/2026, de 12 de mayo, por el que</p><p>se aprueban las bases reguladoras tiene por objeto efectuar la primera</p><p>convocatoria de las subvenciones para el fomento de la integración</p><p>cooperativa en el sector agroalimentario de la Comunidad Autónoma de</p><p>Extremadura, financiando los gastos derivados de los procesos de</p><p>integración previstos en el citado decreto.</p><p></p><p>Las actuaciones subvencionables se describen en los capítulos I, II,</p><p>III, IV y V del Decreto de bases reguladoras, y consistirán en:</p><p></p><p>- Línea 1: Fusión de cooperativas.</p><p></p><p>- Línea 2: Constitución de cooperativas de segundo grado o grupos</p><p>cooperativos.</p><p></p><p>- Línea 3: Incorporación a cooperativas de segundo grado o grupos</p><p>cooperativos o a entidades asociativas inscritas.</p><p></p><p>- Línea 4: Celebración de acuerdos intercooperativos.</p><p></p><p>- Línea 5: Reconocimiento como Entidad Agroalimentaria Prioritaria.</p><p></p><p>Segundo. Beneficiarias.</p><p></p><p>Podrán ser beneficiarias las sociedades cooperativas agroalimentarias y</p><p>de explotación comunitaria de la tierra, las sociedades agrarias de</p><p>transformación y las entidades agroalimentarias prioritarias que cumplan</p><p>los requisitos establecidos en el artículo 5 del Decreto 91/2026, de 12</p><p>de mayo.</p><p></p><p>Tercero. Bases Reguladoras.</p><p></p><p>La convocatoria se rige por el Decreto 91/2026, de 12 de mayo, por el</p><p>que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para el</p><p>fomento de la integración cooperativa en el sector agroalimentario de la</p><p>Comunidad Autónoma de Extremadura</p><p></p><p>Cuarto. Cuantía.</p><p></p><p>El importe total del crédito destinado a esta convocatoria será de</p><p>500.000,00 euros y se financiará con cargo a los Presupuestos Generales</p><p>de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2026, imputándose a la</p><p>aplicación presupuestaria 120100000 G/325A/47000 CAG0000001 y código de</p><p>proyecto 20160363 “Fomento de la integración cooperativa”, siendo la</p><p>fuente de financiación los fondos propios de la Comunidad Autónoma, con</p><p>el siguiente desglose por anualidad:</p><p></p><p>- Anualidad 2026: 500.000,00 €</p><p></p><p>Asimismo, el importe máximo individual de las subvenciones a conceder</p><p>por cada línea de actuación</p><p></p><p>será el siguiente:</p><p></p><p>· Línea 1. Fusión de cooperativas:</p><p></p><p>- Modalidad 1 (Fusión): hasta el 75 % de los gastos subvencionables, con</p><p>un límite máximo de 25.000,00 euros por entidad beneficiaria.</p><p></p><p>- Modalidad 2 (Consolidación de la fusión): hasta el 75 % de los gastos</p><p>subvencionables, con un límite máximo de 125.000,00 euros por entidad</p><p>beneficiaria.</p><p></p><p>· Línea 2. Constitución de cooperativas de segundo grado o de grupos</p><p>cooperativos: Hasta el 100 % de los gastos subvencionables, con un</p><p>límite máximo de 100.000,00 euros por entidad beneficiaria.</p><p></p><p>· Línea 3. Incorporación a cooperativas, grupos cooperativos o entidades</p><p>asociativas de cooperativas agroalimentarias:</p><p></p><p>- Para la incorporación a cooperativas o grupos cooperativos: hasta el</p><p>100 % de los gastos subvencionables, con un límite máximo de 75.000,00</p><p>euros por entidad beneficiaria.</p><p></p><p>- Para la incorporación a entidades asociativas de cooperativas</p><p>agroalimentarias: hasta el 100 % de los gastos subvencionables, con un</p><p>límite máximo de 10.000,00 euros por entidad beneficiaria.</p><p></p><p>· Línea 4. Celebración de acuerdos intercooperativos: Hasta el 75 % de</p><p>los gastos subvencionables, con un límite máximo de 12.500,00 euros por</p><p>acuerdo, pudiendo concederse hasta dos subvenciones por entidad</p><p>beneficiaria y convocatoria, siempre que los acuerdos no se suscriban</p><p>entre las mismas partes.</p><p></p><p>· Línea 5. Reconocimiento como Entidad Agroalimentaria Prioritaria de</p><p>Extremadura: Hasta el 75 % de los gastos subvencionables, con un límite</p><p>máximo de 10.000,00 euros por entidad beneficiaria.</p><p></p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p></p><p>El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día</p><p>siguiente al de la publicación de la convocatoria y la de su extracto en</p><p>el Diario Oficial de Extremadura, http://doe.juntaex.es.</p><p></p><p>Sexto. Otros datos.</p><p></p><p>Las solicitudes, así como la información referente a la tramitación</p><p>concreta del procedimiento, se efectuarán a través de Sede Electrónica</p><p>Asociada mediante el acceso a través del Punto de Acceso General</p><p>Electrónico, utilizando el modelo de solicitud disponible en la</p><p>siguiente dirección electrónica: https://www.juntaex.es/w/5542</p>","textoLeng":null,"url":"https://doe.juntaex.es/pdfs/doe/2026/1130o/26040154.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"DOE. D.O. DE EXTREMADURA","datPublicacion":"2026-06-15"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}