{"id":1113442,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CARTAGENA","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE CARTAGENA"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"911881","fechaRecepcion":"2026-06-10","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":20000,"mrr":false,"descripcion":"SUBVENCION DESTINADA A COMUNIDADES DE PROPIETARIOS PARA LOS DAÑOS OCASIONADOS POR FILTRACIONES DE AGUA PROCEDENTES DEL NIVEL FREÁTICO EN ZONAS DE INMUEBLES BAJO RASANTE DE TERRENO","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Servicios integrales a edificios e instalaciones","codigo":"81.1"}],"regiones":[{"descripcion":"ES62 - REGION DE MURCIA"}],"descripcionFinalidad":"Otras Prestaciones económicas","descripcionBasesReguladoras":"La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, Bases de Ejecución del Presupuesto General del Ayuntamiento de Cartagena 2026","urlBasesReguladoras":"https://hacienda.cartagena.es/gestion/documentos/92042.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"AL DIA SIGUIENTE DE SU PUBLICACION EN EL BORM","textFin":"HASTA QUINCE DIAS DESPUES DE SU PUBLICACION","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1472851,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"CFOD08.INFRAESTRUCTURAS.BASES CONCESIÓN SUBV. COM. PROPIETARIOS DAÑOS FILTR. AGUA. - SEFYCU 4276223.pdf","long":393830,"datMod":"2026-06-10","datPublicacion":"2026-06-10"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214178,"titulo":"SUBVENCION DESTINADA A COMUNIDADES DE PROPIETARIOS PARA LOS DAÑOS OCASIONADOS POR FILTRACIONES DE AGUA PROCEDENTES DEL NIVEL FREÁTICO EN ZONAS DE INMUEBLES BAJO RASANTE DE TERRENO","tituloLeng":null,"texto":"<p>OBJETO DE LA CONVOCATORIA</p><p>La presentes bases tienen por objeto regular la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones destinadas a financiar actuaciones vinculadas a la mitigación de afecciones derivadas de la elevación del nivel freático en zonas de inmuebles bajo rasante de terreno, ubicados en el término municipal de Cartagena. Las actuaciones subvencionables deberán estar dirigidas a: a) La ejecución de soluciones constructivas destinadas a eliminar las humedades y la entrada de agua proveniente del nivel freático. b) La compra, instalación o sustitución de sistemas de achique y evacuación de agua derivados de la elevación del nivel freático.</p><p>BENEFICIARIOS Y REQUISITOS</p><p>Podrán tener la condición de beneficiarios las comunidades de propietarios de inmuebles con afecciones bajo rasante de terreno de la edificación debidas a la entrada de agua de la capa freática, entre los que se incluyen: • Las comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios, constituidas conforme a lo dispuesto por el art. 5 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, de Propiedad Horizontal que se encuentren en el término municipal de Cartagena. • Los propietarios que, de forma agrupada, ostenten la titularidad de edificios y reúnan los requisitos establecidos por el art. 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de propiedad horizontal que se encuentren en el término municipal de Cartagena.</p><p>DISPONIBILIDAD ECONÓMICA Y MÁXIMO A SUBVENCIONAR.</p><p>La presente convocatoria se financiará con cargo a los créditos establecidos en el Presupuesto General del Ayuntamiento de Cartagena. Para atender el importe previsto, existe crédito presupuestario retenido por importe de 20.000,00€ .La ayuda máxima por beneficiario será de CUATRO MIL euros. En caso de que el crédito presupuestario disponible restante fuera inferior a la cuantía que correspondiera a la última solicitud con derecho a subvención, se concederá únicamente el importe restante disponible hasta el agotamiento del crédito. El importe de la subvención no excederá del 50 por 100 del coste total de la actividad subvencionada, quedando de cuenta del beneficiario la diferencia de financiación necesaria para la total ejecución de la actividad. </p><p>ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. Será subvencionables las siguientes actuaciones: a) Soluciones constructivas. - Impermeabilización de muros y soleras.  - Inyecciones de resinas impermeabilizantes. - Ejecución de drenajes perimetrales. - Instalación de láminas drenantes. - Sellado de filtraciones. - Obras de adecuación para evitar la entrada de agua subterránea. - Soluciones técnicas destinadas a eliminar las humedades o filtraciones. b) Sistemas de achique. - Compra e instalación de bombas de achique.- Sustitución de sistemas obsoletos o averiados. - Sistemas automáticos de evacuación de agua. - Sistemas de alimentación auxiliar o emergencia vinculados al achique. No serán subvencionables: -  Honorarios de profesionales intervinientes en la redacción de los proyectos. Obras de embellecimiento o mejora no vinculadas a la mitigación del nivel freático</p><p>LUGAR, PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. El plazo de presentación de solicitudes será de  quince días hábiles, comenzando a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).  Las solicitudes se presentarán: en el Registro General sito en la planta baja del edificio administrativo de la C/ San Miguel 8, Cartagena; en cualquiera de las oficinas descentralizadas (OMITAS); en las oficinas de correos o de forma telemática, accediendo a la Sede Electrónica del Ayuntamiento. </p><p>CRITERIOS OBJETIVOS PARA VALORAR LA SOLICITUD. El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva. No obstante, el único criterio de valoración será el orden cronológico de presentación de solicitudes completas en la forma  y medios indicados en la Base Sexta, hasta el agotamiento del crédito disponible. A estos efectos: ¿ Se considerará fecha válida aquella en la que la solicitud esté completa y acompañada de toda la documentación exigida.  ¿ Las solicitudes incompletas deberán ser subsanadas en el plazo que se determine.  ¿ La fecha efectiva de presentación será la de entrada de la documentación completa</p><p>FORMA DE PAGO Y JUSTIFICACIÓN. El pago de la subvención se realizará con carácter anticipado por el 100% de la ayuda concedida, tras la notificación de la concesión de la subvención, en el número de cuenta aportado por el beneficiario en la documentación adjunta a su solicitud. En el plazo máximo de tres meses contados desde la finalización de la actividad subvencionada, el beneficiario deberá proceder a la justificación del cumplimiento de las condiciones impuestas y de la consecución de los objetivos previstos en el acto de concesión de la subvención, mediante la presentación de cuenta justificativa.</p><p>REINTEGRO. Cuanto transcurrido el plazo otorgado para la presentación de la justificación, conforme a lo establecido en  la Base Décima, ésta no se hubiera efectuado, se acordará el reintegro de la subvención, previo requerimiento. En este caso el beneficiario deberá proceder a la devolución del importe no justificado más los intereses de demora que legalmente resulten aplicables</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://www.borm.es/services/anuncio/ano/2026/numero/2825/pdf","cve":"A-130626-2825","desDiarioOficial":"BORM. B.O. DE LA REGIÓN DE MURCIA","datPublicacion":"2026-06-13"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. 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