{"id":1113345,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"DIPUTACIÓN PROV. DE SEVILLA","nivel3":"DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE SEVILLA"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"911784","fechaRecepcion":"2026-06-10","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concesión directa - canónica","presupuestoTotal":4195000,"mrr":false,"descripcion":"Línea de subvenciones en especie para financiar gastos derivados de la realización de un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto existentes en el término de las entidades locales beneficiarias, incluyendo un calendario que planifique su retira","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"OTROS SERVICIOS","codigo":"T"}],"regiones":[{"descripcion":"ES618 - Sevilla"}],"descripcionFinalidad":"Otras Prestaciones económicas","descripcionBasesReguladoras":"Línea de subvenciones en especie para financiar gastos derivados de la realización de un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto existentes en el término de las entidades locales beneficiarias, incluyendo un calendario que planifique su retira","urlBasesReguladoras":"https://bopsevilla.dipusevilla.es/export/sites/bop/.galleries/Documentos-Anuncios-en-PDF/firmado-1781046020582-final-5b23d071.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-06-12","fechaFinSolicitud":"2026-06-26","textInicio":"Fecha de la publicación en BOP del extracto de la convocatoria por la BDNS","textFin":"Diez días hábiles a partir de la publicación en el BOP del extracto de la convocatoria por la BDNS","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1472562,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"Rersol. 3781-2026 aprobación bases.pdf","long":208258,"datMod":"2026-06-10","datPublicacion":"2026-06-10"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214157,"titulo":"Línea de Subvenciones en especie para financiar gastos derivados de la realización de un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto existentes en el término de las entidades locales beneficiarias, incluyendo un calendario que planifique su retirada, así como un  estudio de costes para su retirada, en municipios y entidades locales autónomas con población de hasta 20.000 habitantes, en régimen de concurrencia no competitiva.","tituloLeng":null,"texto":"<p>Área de Servicios Públicos Supramunicipales</p><p> </p><p>Primero: Finalidad y objeto</p><p> </p><p>Dentro del ámbito competencial de la Diputación Provincial de Sevilla, el Área de Servicios Públicos Supramunicipales tiene como objetivo prestar la asistencia necesaria para que los municipios de la provincia puedan proporcionar en condiciones de homogeneidad y eficiencia, los servicios públicos básicos a sus ciudadanos, desde una perspectiva de sostenibilidad, prestando la asistencia técnica y material necesaria a los municipios de la provincia.</p><p>De conformidad con la Disposición Adicional 14ª de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de la ley (10 de abril de 2022) los Ayuntamientos deberán elaborar un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto incluyendo un calendario que planifique su retirada; a estos efectos, constituye el objeto de la presente subvención en especie la elaboración de dicho censo, el cual comprenderá aquellas instalaciones y emplazamientos con amianto, que existan en el municipio, con independencia de su titularidad pública o privada, teniendo cabida todo tipo de edificaciones (viviendas, oficinas, edificios industriales, agrícolas, locales de trabajo) hasta redes municipales de abastecimiento de aguas o incluso carreteras u otro tipo de infraestructuras. Así mismo, para ello se estará a lo establecido en Directrices aprobadas por los Ministerios para la transición ecológica y el reto demográfico; de Sanidad; de Trabajo y economía social, en colaboración con el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.</p><p> </p><p>Segundo: Procedimiento de concesión.</p><p> </p><p>El procedimiento de concesión es el de concurrencia no competitiva contemplado en el art. 22.1. de la LGS en el que se establece en su párrafo tercero que: “excepcionalmente, siempre que así se prevea en las bases reguladoras, el órgano competente procederá al prorrateo, entre los beneficiarios de la subvención, del importe global máximo destinado a las subvenciones”.</p><p>El régimen de concurrencia no competitiva se ha considerado el procedimiento más adecuado, dado el interés de este Área de que la subvención llegue por igual a todas aquellas entidades beneficiarias que hayan solicitado la subvención, dada la naturaleza de la actuación subvencionada , su carácter homogéneo, preventivo y de interés general, imprescindible para la protección de la salud pública y la planificación de políticas de retirada segura de este material. Dada la urgencia sanitaria, la necesidad de cobertura territorial completa y la inexistencia de criterios objetivos que permitan una valoración comparativa entre solicitudes, se considera que el régimen de concurrencia competitiva no resulta adecuado. En consecuencia, concurren razones de interés público y social que justifican la concesión de las ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, garantizando el acceso a todas las entidades que cumplan los requisitos establecidos y hayan solicitado la subvención.</p><p> </p><p>Tercero: Beneficiarios.</p><p>Tendrán la condición de entidad beneficiaria aquellos municipios con población hasta 20000 habitantes de la Provincia de Sevilla que hayan solicitado la participación en la convocatoria. y acrediten que cumplen los requisitos y obligaciones relacionados en los arts. 13 y 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones</p><p> </p><p>Cuarto: Bases Reguladoras.</p><p>Las Bases reguladoras para la concesión de las presentes subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, se encuentran publicadas en el BOP nº 110 de 10 de junio de 2026, y en la Sede Electrónica de la Diputación de Sevilla.</p><p> </p><p>Quinto: Gastos subvencionables.</p><p>Serán subvencionables aquellos gastos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios, esto es, aquellos gastos necesarios para la realización de un censo de instalaciones y emplazamientos con amianto existentes en el término de las entidades locales beneficiarias, de titularidad pública y privada, incluyendo un calendario que planifique su retirada, así como un estudio de costes para su retirada.</p><p> </p><p>Séxto: Financiación</p><p>La concesión de la presente subvención no tendrá repercusión económica, si bien al tener la condición de subvención en especie, la adquisición de los servicios, a través de la correspondiente licitación, tendrá un coste máximo de 4.195.000,00€ aportados íntegramente por la Diputación, cuya distribución presupuestaria dependerá del expediente de contratación de los servicios que se liciten a tal fin, y al que se incorporará el correspondiente control de oportunidad en función de los plazos que se prevean de licitación y ejecución y contemplados en la siguiente aplicación del ejercicio 2026 y la que, en su caso, se habilite para el presupuesto 2027:</p><p>Año 2026 3201.16210/22706 146.000,00 €</p><p>Año 2027 3201.16210/22706 o la que se habilite 4.049.000&#8236;,00 €</p><p> </p><p>Séptimo: Plazo de presentación.</p><p>El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria, por conducto de la BDNS, en el BOP.</p><p> </p><p>Octavo: Plazo de realización de la actividad.</p><p>Se establece que el plazo para la realización de la actividad subvencionada finalizará el 31 de diciembre de 2027, vinculándose a los plazos de ejecución de los contratos de servicios tramitados por esta Corporación con el objeto de realizar las subvenciones concedidas.</p><p> </p><p>Noveno: Formalización de la concesión de la subvención y justificación.</p><p>La formalización de la concesión de esta subvención y la materialización de la misma, se realizará con la puesta a disposición a la entidad local beneficiaria de la prestación subvencionada, debiendo dicho acto formalizarse a través de la suscripción de la correspondiente acta de entrega-recepción.</p><p> </p><p>Décimo: Renuncias.</p><p>Una vez aprobada la resolución de concesión definitiva la entidad beneficiaria tendrá derecho a presentar la renuncia a la subvención concedida en el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución, a fin de que por el Área gestora se inicie la licitación del contrato de servicios con las debidas garantías y con concreción cierta del objeto del contrato, evitando que con la renuncia, una vez iniciados los expedientes de licitación o la ejecución de las obras, se ocasione un grave perjuicio a los intereses de la Corporación</p>","textoLeng":null,"url":"https://bopsevilla.dipusevilla.es/export/sites/bop/.galleries/Documentos-Anuncios-en-PDF/firmado-1781218832935-final-271e08c0.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE SEVILLA","datPublicacion":"2026-06-12"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}