{"id":1113173,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CIUDAD REAL","nivel3":"INSTITUTO MUNICIPAL DE EMPLEO Y FORMACIÓN"},"sedeElectronica":"https://sedescr.dipucr.es/impefe/ ","codigoBDNS":"911612","fechaRecepcion":"2026-06-09","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":85000,"mrr":false,"descripcion":"CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL IMPULSO, MODERNIZACIÓN Y REACTIVACIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO DE CIUDAD REAL : \"CIUDAD REAL EMPRENDE II\" 2026.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Comercio al por menor","codigo":"47"}],"regiones":[{"descripcion":"ES422 - Ciudad Real"}],"descripcionFinalidad":"Comercio, Turismo y Pymes","descripcionBasesReguladoras":"BASES REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA EL IMPULSO, MODERNIZACIÓN Y REACTIVACIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO DE CIUDAD REAL: CIUDAD REAL EMPRENDE II 2026.","urlBasesReguladoras":"https://www.impefe.es/Impefe/subvenciones/","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-06-10","fechaFinSolicitud":"2026-10-30","textInicio":null,"textFin":null,"ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1472175,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Certificado de acuerdos.pdf","long":199011,"datMod":"2026-06-09","datPublicacion":"2026-06-09"}],"anuncios":[{"numAnuncio":214078,"titulo":"IMPEFE. CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES: CIUDAD REAL EMPRENDE II","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y en la sede electrónica del IMPEFE. (https://www.impefe.es) \n</p><p>Primero. Beneficiarios.\n</p><p>Podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas, microempresas, pequeñas empresas, comunidades de bienes y sociedades civiles que desarrollen actividad comercial minorista en el municipio de Ciudad Real y dispongan de establecimiento abierto al público en la ciudad, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.\n</p><p>Segundo. Objeto.\n</p><p>La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a financiar inversiones y gastos dirigidos a la modernización, digitalización, mejora de la competitividad, eficiencia energética, accesibilidad, seguridad e imagen comercial de los establecimientos comerciales ubicados en el municipio de Ciudad Real.\n</p><p>Esta subvención se regirá además de lo dispuesto en la presente resolución, por las bases de ejecución vigentes en cada presupuesto general del IMPEFE; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio, por el que se aprueba su Reglamento, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.\n</p><p>Tercero. Bases reguladoras.\n</p><p>Las bases reguladoras de la presente convocatoria se encuentran aprobadas por el Instituto Municipal de Promoción Económica, Formación y Empleo (IMPEFE) y se dictan al amparo del Texto Regulador de las Bases Generales para la Concesión de Subvenciones del Ayuntamiento de Ciudad Real y sus Organismos Autónomos, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real n.º 42, de 3 de marzo de 2026, debiendo publicarse la Convocatoria de las subvenciones por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.\n</p><p>Cuarto. Cuantía.\n</p><p>La cuantía total máxima destinada a esta convocatoria asciende a OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (85.000,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 4330.47200 &#8220;Subvención en concurrencia competitiva al fomento del Pequeño Comercio&#8221; del presupuesto del IMPEFE para el ejercicio 2026.\n</p><p>La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido de hasta el 70 % de la inversión subvencionable realizada, con un importe máximo de 6.000 euros por beneficiario.\n</p><p>La inversión mínima subvencionable será de 1.000 euros, IVA excluido.\n</p><p>Quinto. Actuaciones subvencionables.\n</p><p>Serán subvencionables las inversiones y gastos realizados entre el 1 de enero y el 30 de octubre de 2026 relacionados directamente con la actividad comercial, entre otros:\n</p><p>&#8226;\tObras de acondicionamiento y reforma de locales.\n</p><p>&#8226;\tAdquisición de mobiliario y equipamiento comercial.\n</p><p>&#8226;\tEquipamiento tecnológico e informático.\n</p><p>&#8226;\tSoftware de gestión comercial.\n</p><p>&#8226;\tDesarrollo e implantación de páginas web y comercio electrónico.\n</p><p>&#8226;\tActuaciones de eficiencia energética.\n</p><p>&#8226;\tSistemas de seguridad.\n</p><p>&#8226;\tActuaciones de accesibilidad.\n</p><p>&#8226;\tDigitalización y marketing digital.\n</p><p>Sexto. Formalización y Plazo de presentación de solicitudes.\n</p><p>El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto desde el día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real hasta las 23:59 horas del día 30 de octubre de 2026.\n</p><p>Las solicitudes se presentarán exclusivamente por vía telemática a través de la sede electrónica del IMPEFE, en la dirección (https://sedescr.dipucr.es/impefe/ en el apartado de &#8220;SOLICITUD SUBVENCIONES EMPRESAS&#8221;) según el modelo que se adjunta en las presentes Bases (Anexo I), debidamente cumplimentada, incluida la AUTOBAREMACIÓN, siendo obligatorio incluir una dirección de correo electrónico que facilite la comunicación con el IMPEFE.\n</p><p>Séptimo. Procedimiento de concesión.\n</p><p>Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.\n</p><p>Octavo. Criterios de valoración.\n</p><p>En caso de que las solicitudes admitidas superen el crédito disponible, se valorarán conforme a los criterios establecidos en la convocatoria, relacionados con la inversión realizada, las actuaciones de digitalización y modernización tecnológica, la mejora de la accesibilidad, la eficiencia energética y la antigüedad del negocio.\n</p><p>El texto íntegro de la convocatoria, y sus anexos, se pueden consultar a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones. Resolución de 10/12/2015 de la Intervención General del Estado. BOE número 299, de 15/12/2015.\n</p>","textoLeng":null,"url":"https://se1.dipucr.es:4443/SIGEM_BuscadorDocsWeb/getDocument.do?entidad=005&doc=7592375","cve":"swzRCg5uQAavk5R7qB1x","desDiarioOficial":"B.O.P. DE CIUDAD REAL","datPublicacion":"2026-06-11"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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