{"id":1112521,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"CIEMPOZUELOS","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE CIEMPOZUELOS"},"sedeElectronica":"https://sede.ayto-ciempozuelos.org/eAdmin/Sede.do","codigoBDNS":"910960","fechaRecepcion":"2026-06-05","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":150000,"mrr":false,"descripcion":"BASES REGULADORAS DE AYUDAS DE COMEDOR PARA MENORES ESCOLARIZADOS EN CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DE CIEMPOZUELOS, QUE CURSEN SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL O EDUCACIÓN PRIMARIA EN EL CURSO ESCOLAR 2026-2027.","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"EDUCACIÓN","codigo":"Q"}],"regiones":[{"descripcion":"ES3 - COMUNIDAD DE MADRID"}],"descripcionFinalidad":"Educación","descripcionBasesReguladoras":"BASES REGULADORAS DE AYUDAS DE COMEDOR PARA MENORES ESCOLARIZADOS EN CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DE CIEMPOZUELOS, QUE CURSEN SEGUNDO CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL O EDUCACIÓN PRIMARIA EN EL CURSO ESCOLAR 2026-2027.","urlBasesReguladoras":"https://ayto-ciempozuelos.org/index.php/download/subvenciones-del-ayuntamiento-de-ciempozuelos/","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"El día siguiente a la publicación en el BOCM","textFin":"15 días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en BOCM","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1470162,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"BASES REGULADORAS DE AYUDAS DE COMEDOR PARA MENORES ESCOLARIZADOS EN CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DE CIEMPOZUELOS.pdf","long":244803,"datMod":"2026-06-05","datPublicacion":"2026-06-05"}],"anuncios":[{"numAnuncio":213799,"titulo":"Extracto del Acuerdo de Pleno de fecha 28 de mayo de 2026 por el que se aprueban la convocatoria y Bases Reguladoras de la concesión de ayudas de comedor para el curso 2026-2027, para menores escolarizados en centros educativos públicos de Ciempozuelos que cursen segundo ciclo de educación infantil o educación primaria en el curos escolar 2026-2027 .","tituloLeng":null,"texto":"<p>BDNS:  910960</p><p>Primero. Objeto</p><p>La ayuda únicamente atenderá los gastos generados por la asistencia al comedor escolar del Centro Educativa en el que se encuentre matriculado el menor, durante la comida de mediodía.</p><p> El sistema de concesión de las ayudas será el de concurrencia competitiva.</p><p> Las ayudas se concederán a instancia de parte y tendrán carácter finalista, destinándose únicamente al objeto para el que haya sido concedida. </p><p>Segundo. Beneficiarios</p><p>Podrán ser beneficiarios/as de las ayudas los menores que durante el curso 2026-2027 estén escolarizados en alguno de los cuatro Centros de Educación Infantil y Primaria públicos (CEIP) del municipio, cuya renta familiar “per cápita” sea inferior a 9.000 €.</p><p>La ayuda cubrirá el 100% del coste del comedor escolar, con el límite en su caso, de la cantidad real que debiera pagar tras la aplicación de las reducciones que se derivasen de la concesión de ayudas compatibles a las que se refiere el artículo 15, a aquellos beneficiarios cuya renta “per cápita” anual de la unidad familiar sea igual o inferior a los 4.600 €, el 60% para aquellos beneficiarios cuya renta “per cápita” anual de la unidad familiar esté entre los 4.600,01 € y 6.500 € y el 30% para aquellos beneficiarios cuya renta cuya renta “per cápita” anual de la unidad familiar esté entre 6.500,01 € y 9.000 €.</p><p>Tercero. Bases Reguladoras</p><p>Las normas que regulan la convocatoria son las Bases reguladoras de ayudas de comedor para menores escolarizados en centros educativos públicos de Ciempozuelos, que cursen segundo ciclo de educación infantil o educación primaria en el curso escolar 2026-2027 (www.ayto-ciempozuelos.org).</p><p>Cuarto. Cuantía</p><p>                La cuantía global máxima destinada a la convocatoria de las ayudas reguladas en las presentes Bases para el curso 2026-2027 asciende a la cantidad de 150.000 €, que se financiará con cargo a las aplicaciones presupuestarias del programa 320.0, subconcepto 480.02 “Administración General de Educación. Ayudas Sociales.”</p><p>Quinto. Criterios de adjudicación</p><p>La baremación de las solicitudes presentadas se realizará aplicando los siguientes criterios:</p><p>1. Renta anual “per cápita” (hasta 4 puntos):</p><p>Hasta 4.000 euros…4,00 puntos</p><p>Desde 4.000,01 hasta 5.000 euros …3,00 puntos</p><p>Desde 5.000,01 hasta 6.500 euros…2,00 puntos</p><p>Desde 6.500,01 hasta 8.000 euros …1,00 puntos</p><p>Desde 8.000,01 hasta 9.000 euros …0,00 puntos</p><p>2. Tipología familiar (hasta 2 puntos):</p><p>Familia con menores en acogimiento familiar…1,75 puntos</p><p>Familia monoparental (un solo progenitor/a)…1,00 puntos</p><p>Familia numerosa… 0,75 puntos</p><p>Familia con hasta 2 menores…0,25 puntos</p><p>3. Situación sociofamiliar (hasta 2 puntos):</p><p>Discapacidad igual o superior al 33% y hasta el 65% de miembros de la unidad familiar (cada uno)… 0,50 puntos</p><p>Discapacidad superior al 65% de miembros de la unidad familiar (cada uno)...1,00 puntos</p><p>Grado de Dependencia III de miembros de la unidad familiar (cada uno)….1,00 puntos</p><p>Grado de Dependencia II de miembros de la unidad familiar (cada uno)….0,50 puntos</p><p>Grado de Dependencia I de miembros de la unidad familiar (cada uno)…..0,25 puntos</p><p> </p><p>4. Situaciones de riesgo de exclusión social (hasta 2 puntos)</p><p>Unidad familiar atendida por el equipo de Violencia de Género…1,00 puntos</p><p>Unidad familiar atendida por el equipo de familia…1,00 puntos</p><p>Sexto. Forma y plazo de presentación de solicitudes</p><p>Las solicitudes habrán de entregarse debidamente cumplimentadas por el padre/madre o tutor/a legal y, acompañadas de los documentos correspondientes en cualquiera de los lugares previstos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.              </p><p>El plazo general de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.</p><p>Si la solicitud no reuniese toda la documentación exigida o la presentada adoleciera de algún defecto formal, el Ayuntamiento requerirá al interesado para que, en el plazo improrrogable de diez días hábiles aporte los documentos preceptivos o subsane la falta, con el apercibimiento de que, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.</p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/15/BOCM-20260615-57.PDF","cve":null,"desDiarioOficial":"BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID","datPublicacion":"2026-06-15"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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