{"id":1112038,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"PÁJARA","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE PÁJARA"},"sedeElectronica":"www.pajara.es","codigoBDNS":"910477","fechaRecepcion":"2026-06-03","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":120000,"mrr":false,"descripcion":"SUBVENCIÓN DESTINADA A LAS ASOCIACIONES Y A OTRAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL ÁMBITO DE SERVICIOS SOCIALES Y ACCESIBILIDAD UNIVERSAL DEL MUNICIPIO DE PÁJARA","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Otras actividades asociativas","codigo":"94.9"}],"regiones":[{"descripcion":"ES704 - Fuerteventura"}],"descripcionFinalidad":"Servicios Sociales y Promoción Social","descripcionBasesReguladoras":"ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES PRIVADAS DE INICIATIVA SOCIAL SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL ÁMBITO DE LOS SERVICIOS SOCIALES Y LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL (ORD1/2025)","urlBasesReguladoras":"https://www.pajara.es/wp-content/uploads/2025/09/No-50-SUBVENCIONES-SERVICIOS-SOCIALES.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"DESDE LA FECHA DE LA PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA","textFin":"15 DIAS HABILES, desde la fecha de la publicación de la convocatoria","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1479496,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Anuncio SUBVENCIÓN DESTINADA A LAS ASOCIACIONES Y A OTRAS ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL ÁMBITO DE SERVICIOS SOCIALES Y ACCESIBILIDAD UNIVERSAL DEL MUNICIPIO DE PÁJARA.pdf","long":499607,"datMod":"2026-06-19","datPublicacion":"2026-06-19"},{"id":1479497,"descripcion":"Acuerdo JGL de 21 de mayo de 2026","nombreFic":"Acuerdo JGL de 21 de mayo de 2026.pdf","long":508622,"datMod":"2026-06-19","datPublicacion":"2026-06-19"},{"id":1479500,"descripcion":"Resolución 2703/2026, de 19 de junio","nombreFic":"Resolución n 2703 2026 de 19 de junio por la que se ordena republicar la convocatoria para subsanar los errores.pdf","long":158823,"datMod":"2026-06-19","datPublicacion":"2026-06-19"},{"id":1479499,"descripcion":"Anuncio","nombreFic":"Anuncio convocatoria SSSS20260000001.pdf","long":499607,"datMod":"2026-06-19","datPublicacion":"2026-06-19"},{"id":1479498,"descripcion":"anexos","nombreFic":"ANEXOS 2026.docx","long":31101,"datMod":"2026-06-19","datPublicacion":"2026-06-19"}],"anuncios":[{"numAnuncio":215227,"titulo":"Resolución nº 2703/2026 de 19 de junio, del Ayuntamiento de Pájara, relativo a la subsanación del error advertido en la publicación de la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales y la accesibilidad universal del municipio de Pájara, correspondiente al ejercicio 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Advertido error en la aneterior publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas, Nº 63, de 27 de mayo de 2026, y por Resolución nº 2703/2026, de 19 de junio, del Ayuntamiento de Pájara, se ordena la publicación de la presente convocatoria siguiendo los canales establecidos por la BDNS, por lo que se realiza el siguiente:ANUNCIO</p><p>Por el que se hace de público conocimiento, que por la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 21 de mayo de 2026, se adoptó el siguiente acuerdo tomado del borrador del acta, el cual se transcribe a continuación:“CUARTO.- CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES EN RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA DESTINADAS A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL ÁMBITO DE LOS SERVICIOS SOCIALES Y LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL DEL AYUNTAMIENTO DE PÁJARA. ACUERDOS QUE PROCEDAN. (SUBV-SSSS 1/2026)</p><p>Dada cuenta del expediente administrativo referido en el encabezamiento, de la documentación integrante del mismo y, en particular, de la propuesta de acuerdo, que se transcribe a continuación:</p><p>“INFORME PROPUESTA DE LA CONCEJALÍA DELEGADA DE SERVICIOS SOCIALES</p><p>De acuerdo con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley 38/2003, de  17 de noviembre, General de Subvenciones, y de acuerdo a la Ordenanza Municipal ``ORDENANZA REGULADORA DE LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A ENTIDADES PRIVADAS DE INICIATIVA SOCIAL SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL ÁMBITO DE LOS SERVICIOS SOCIALES Y LA ACCESIBILIDAD UNIVERSAL.´´, PROPONGO:</p><p> Proceder a la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el presente año, destinadas a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de Servicios Sociales y Accesibilidad Universal del municipio de Pájara, con cargo a la partida presupuestaria  2311 48099, con hasta 120.000 euros y de acuerdo con las siguientes especificaciones:</p><p>Objeto y finalidad: </p><p>Aprobar la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas de iniciativa social sin fines de lucro, para el desarrollo de proyectos/programas de Acción Social, y cuya finalidad sea la promoción y bienestar de los vecinos del término municipal, el fomento de actividades preventivas, encaminadas a la atención y promoción del bienestar de los ciudadanos, de la infancia y adolescencia, de las personas mayores, de las personas con diversidad funcional, psíquicas o sensoriales, de minorías étnicas y colectivos con especiales problemas de vulnerabilidad social, que fomenten la igualdad de género, así como aquellas que promuevan acciones inclusivas, objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos para hacer comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad, comodidad y de la forma más autónoma y natural posible.  La presentación de solicitudes implica la aceptación expresa y formal de los términos de esta convocatoria.    La finalidad será la de atender los gastos a subvencionar. Se subvencionarán proyectos en el ámbito competencial de los Servicios Sociales municipales, según los ámbitos generales de intervención de las acciones a subvencionar contemplados en las siguientes líneas de actuación:• Línea 1.- Subvenciones destinadas a financiar los proyectos dentro del ámbito de la Igualdad de Oportunidades. • Línea 2.- Subvenciones destinadas a financiar los proyectos dentro del ámbito de Bienestar Social. • Línea 3.- Subvenciones destinadas a financiar los proyectos dentro del ámbito de la Accesibilidad Universal.Línea 1.- Subvenciones destinadas a financiar los proyectos dentro del ámbito de la Igualdad de Oportunidades. Serán prioritarios aquellos proyectos e iniciativas que:a)    Desarrollen actividades que favorezcan la corresponsabilidad y la conciliación de la vida personal, laboral y familiar. </p><p>b)    Actividades que favorezcan la coeducación y educación en valores de igualdad dirigidas al alumnado de educación infantil y/o primaria.</p><p>c)    Actividades que supongan la implicación de los hombres en la consecución de la igualdad de género, erradicación de la violencia hacia las mujeres, corresponsabilidad....</p><p>d)    Actividades en las que se fomente la formación en igualdad de género y visibilizar la figura de la mujer.</p><p>Línea 2.- Subvenciones destinadas a financiar proyectos dentro del ámbito de actuación de Bienestar Social. Serán prioritarios aquellos proyectos e iniciativas que:a)    Contengan acciones y estrategias para promover la inclusión de personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad social, cuyo objetivo central sea la normalización. </p><p>b)    Desarrollen actuaciones de ocio y tiempo libre, potencien el acceso a nuevas tecnologías y fomenten las acciones encaminadas a prevenir el aislamiento social a través de la participación de las personas mayores/menores. </p><p>c)    Contengan acciones y estrategias para promover la mejora de hábitos de vida de personas que se encuentran en situación de necesidad de recibir terapias para la mejora de habilidades que, por causa de enfermedad, sufran deterioro. </p><p>d)    Desarrollen sus actuaciones en zonas del municipio donde se hace necesaria la intervención social específica dadas las características socio-económicas de la población.</p><p>Línea 3.- Subvenciones destinadas a financiar los proyectos dentro del ámbito de la Accesibilidad Universal. Serán prioritarios aquellos proyectos e iniciativas que:a)    Desarrollen puntos de información en el municipio en materia de Accesibilidad Universal.</p><p>b)    Contengan cualquier tipo de actuación relacionado con la sensibilización y concienciación: talleres, charlas, jornadas.</p><p>c)    Potencien actuaciones relacionadas con la formación en Accesibilidad.</p><p>d)    Promuevan acciones inclusivas para personas con cualquier tipo de diversidad funcional, ya sea psíquica y física, tales como: actividades inclusivas, actividades deportivas inclusivas, rutas inclusivas, conciertos inclusivos, etc.</p><p>Quedan excluidas las siguientes actividades:a)    En ningún caso se subvencionarán actuaciones que ya esté realizando el Ayuntamiento Pájara y no requieran complementariedad por parte de la acción privada, ni actividades concretas como viajes, fiestas, excursiones, seminarios, etc., que no estén recogidos en el diseño del proyecto como parte del mismo y que no concuerden con la lógica de intervención y ejecución planteada.b)    Aquellas que, según criterios técnicos, no den garantías para su viabilidad (objetivos, actividades y metodología planteada, eficacia, eficiencia y consistencia del proyecto, etc.).c)    En el ámbito de esta entidad local, no podrán otorgarse subvenciones a distintas asociaciones, destinadas a financiar la misma actuación con cargo al mismo ejercicio presupuestario.d)    No podrán otorgarse más de una subvención a la misma asociación, en el ámbito de esta entidad local, para la misma actividad y con cargo al mismo ejercicio presupuestario.e)    Asimismo, quedarán excluidos aquellos proyectos que no vayan dirigidos a los objetivos expresamente planteados en la presente ordenanza y los que no se ajusten al modelo oficial.Plazo de ejecuciónEl Plazo de ejecución de las actividades subvencionadas:Las actividades subvencionadas deberán realizarse en el plazo previsto en la memoria presentada. Dicho plazo deberá estar comprendido, obligatoriamente, entre el 1 de enero de 2026 al 31 de diciembre de 2026.Gastos subvencionables y no subvencionablesLos Gastos subvencionables serán los siguientes:Gastos de personal: aquellos originados por la contratación del personal técnico y administrativo directamente vinculado a la ejecución de la actividad, proyecto o programa subvencionado.Gastos corrientes en bienes y servicios: comprenderán los gastos de arrendamiento, suministros (agua, energía eléctrica, telefonía e internet), combustible para vehículos titularidad de la entidad beneficiaria y afectos al desarrollo de la actividad subvencionada, adquisición de material fungible o no inventariable, así como cualesquiera otros gastos corrientes que, de manera indubitada, respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada y resulten estrictamente necesarios para su adecuada ejecución.No tendrán la consideración de gastos subvencionables los gastos de inversión, entendiéndose por tales la adquisición de mobiliario, equipos informáticos, equipos audiovisuales, electrodomésticos, terminales de telefonía móvil o cualesquiera otros bienes inventariables.Procedimiento:</p><p>Concurrencia Competitiva: </p><p>El procedimiento de concesión será la concurrencia competitiva, a través del procedimiento ordinario de concesión de subvenciones en el que se concederá en base a un procedimiento, comparándose las solicitudes presentadas de acuerdo con los criterios de valoración previamente fijados en la Ordenanza Municipal Reguladora de la concesión de Subvenciones a Asociaciones y a otras entidades sin ánimo de lucro y  en la convocatoria de la subvención (artículo 22.1 LGS). A.    Plazo, lugar y forma para la presentación de solicitudes</p><p>El plazo para presentar las solicitudes será de 15 DÍAS HÁBILES, desde la fecha de publicación de la convocatoria y el plazo máximo para resolver las solicitudes es de tres meses a contar desde la fecha de finalización del plazo de presentación de las mismas; cuando el último día del plazo concedido fuere inhábil se prorrogará automáticamente hasta el primer día hábil siguiente. De conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las entidades con o sin personalidad jurídica estarán obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, por tanto las solicitudes, debidamente cumplimentadas, junto con la documentación requerida, deberán ser presentadas de la siguiente manera:a) En la sede electrónica del Ayuntamiento de Pájara dirigida a la Concejalía de Servicios Sociales.b) Cualquier oficina de la Red ORVE (Registro virtual a través de la red SARA) o el propio registro electrónico de la red SARA: https://rec.redsara.es/c) Por cualquiera de las formas autorizadas por el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.No se admitirán a trámite las solicitudes presentadas por medios distintos a los anteriormente señalados, resolviéndose la inadmisión de las mismas, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. También son causas de inadmisión la presentación fuera del plazo establecido y la no utilización de los formularios normalizados de uso obligatorio.</p><p>B.    Documentación a presentar</p><p>Las solicitudes se formalizarán en el modelo oficial que se establezca en la presente convocatoria, según modelo adjunto, y deberán presentarse a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Pájara, dirigidas a la Concejalía de Servicios Sociales, debidamente firmadas por la persona solicitante o su representante legal, acompañándose de la documentación requerida.</p><p>En caso de que algunos de los documentos exigidos ya estuvieran en poder de cualquier órgano de la Administración, la persona solicitante podrá acogerse a lo establecido en el artículo 53.1.d) y en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentados o emitidos y no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.</p><p>Deberán acompañarse a la solicitud los siguientes documentos:</p><p>1. Solicitud de subvención suscrita por la persona representante de la Asociación o Entidad, con todos los datos relativos a la misma, según modelo adjunto debidamente cumplimentado (Anexo I).</p><p>2. Número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad y Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la persona representante legal que firma la solicitud.</p><p>3. Documentación acreditativa de la representación legal, mediante poder notarial, documento expedido por el órgano directivo de la entidad, declaración en comparecencia personal o electrónica o cualquier otro medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.</p><p>4. Certificación expedida por la Secretaría de la entidad acreditativa de haberse adoptado el correspondiente acuerdo de solicitud de la subvención y de que la persona representante se encuentra en el ejercicio de sus funciones y facultada para la gestión de la misma.</p><p>5. Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el registro correspondiente, de conformidad con la normativa estatal y autonómica aplicable.</p><p>6. Fotocopia compulsada de los Estatutos, Acta Fundacional y Resolución de Inscripción de la entidad en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Canarias, en caso de concurrir a la convocatoria por primera vez.</p><p>7. Memoria detallada del proyecto correspondiente al ejercicio para el que se solicita subvención, así como presupuesto total desglosado de la actividad a realizar, que deberá estar relacionada con las líneas de actuación previstas en la convocatoria.</p><p>8. Escritura de constitución de la persona jurídica, en su caso.</p><p>9. Certificado de situación censal expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.</p><p>10. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y frente a la Seguridad Social.</p><p>11. Alta de terceros del Ayuntamiento de Pájara debidamente cumplimentada, siempre que no haya sido presentada con anterioridad.</p><p>12. En el caso de existir voluntariado, certificado emitido por la persona representante legal de la entidad acreditativo del número de personas voluntarias activas y de la existencia de un registro interno de voluntariado conforme a la normativa vigente. La presentación de la solicitud de subvención por parte de la persona beneficiaria, conforme a lo establecido en el artículo 23.3 de la LGS conllevará la autorización al órgano gestor para recabar los certificados a emitir por la Agencia Estatal y Autonómica de Administración Tributaria a través de sus redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto. No obstante, la persona solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar los certificados y/o documentos requeridos en las presentes bases.</p><p>El Ayuntamiento de Pájara podrá requerir la aportación de cualquier otra documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos o complementaria de la información facilitada para una mejor valoración y ponderación de las solicitudes.</p><p>La documentación presentada deberá estar referida, como límite máximo, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.</p><p>C.    Tramitación y valoración de las solicitudes</p><p>El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones será el Área Servicios Sociales. El Ayuntamiento de Pájara a través del Área de Servicios Sociales, revisará los expedientes de solicitud y verificará que contienen la documentación exigida. Concluido el plazo de presentación de solicitudes, si las mismas no reúnen los requisitos exigidos en esta Convocatoria y/o cualquiera de los datos previstos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas se requerirá al interesado para que, en un plazo máximo e improrrogable de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la notificación del requerimiento, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la citada Ley.La comprobación de existencia de datos no ajustados a la realidad, tanto en la solicitud como en la documentación aportada, podrá comportar, en función de su importancia, la denegación de la ayuda o subvención solicitada o reintegro, sin perjuicio de las restantes responsabilidades que pudieran derivarse.</p><p>Criterios de valoración</p><p>Se constituirá una Comisión de Valoración integrada por los siguientes miembros:- El concejal titular del órgano competente en materia de servicios sociales, o persona en quien se delegue, y que ostentará la presidencia de la Comisión.- Un mínimo de dos técnicos del órgano gestor competente.Dicho órgano podrá solicitar los informes que considere convenientes, así como disponer de personal colaborador para el trámite de baremación y valoración de solicitudes. El Presidente cuenta con voto de calidad, para el supuesto en que se produzca un empate.La Comisión de Valoración tendrá las funciones de analizar las solicitudes presentadas, evaluando los proyectos, emitiendo un informe con el resultado de la evaluación efectuada y los criterios aplicados, conformando una lista de reserva de solicitudes, por orden de puntuación, que podrán resultar beneficiarias hasta el límite del crédito presupuestario existente en cada anualidad presupuestaria o a través de la disponibilidad de crédito adicional, sometiéndose a las reglas y los supuestos que recoge el artículo 58 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.Según lo dispuesto en el artículo 17.3 e) de la LGS, las solicitudes presentadas se valorarán y seleccionarán teniendo en cuenta los siguientes criterios objetivos de valoración y su correspondiente baremación, hasta un máximo de 100 puntos:</p><p>Criterios de valoración para la concesión de subvenciones a Asociaciones en el ámbito de Servicios  Sociales: CRITERIO    DESCRIPCIÓN    PUNTOS HASTA    Valoración técnica del proyecto    MÁXIMO 70 PUNTOS1    Población destinataria. Número de personas beneficiarias del proyecto.     0 a 102     Líneas de actuación a subvencionar.      0 a 153      Contenido técnico del Programa y su adecuación al objetivo propuesto (objetivos/actividades/cronograma/ recursos materiales /indicadores de evaluación).     0 a 104     Recursos económicos propios que la asociación aportará al Proyecto.     0 a 105     Acreditación del número de personas voluntarias mediante certificado del/de la representante legal de la entidad, así como la existencia de un registro interno de voluntariado detallado.    0 a 106     Grado de continuidad en el desarrollo de los proyectos, atendiendo a su realización a lo largo del año, frente a actuaciones de carácter puntual o esporádico, debidamente acreditadas.    0 a 15    Capacidad de gestión y experiencia     MÁXIMO 20 PUNTOS7      Acreditación de la experiencia previa mediante la existencia de antecedentes del proyecto desarrollados en colaboración con Administraciones Publicas, dentro del ámbito de los  Servicios Sociales y Accesibilidad Universal, que demuestren una trayectoria continuada en la ejecución de proyectos de características similares.     0 a 20    Coordinación y colaboración     MÁXIMO 10 PUNTOS8    Colaboración con el área de Servicios Sociales y Accesibilidad Universal del Ayuntamiento de Pájara.    0 a 10      Total     100</p><p>Sólo podrán resultar beneficiarias aquellas entidades que alcancen una puntuación igual o superior a 50 puntos, al considerar que su proyecto cuenta con suficientes criterios de calidad. </p><p>En caso de empate en la puntuación final obtenida por algunos de ellos, para conformar el orden de prelación se atenderá a la mayor puntuación obtenida en el criterio 1, de persistir dicho empate se considerará la mayor puntuación obtenida en el criterio 2 y así sucesivamente.</p><p>    Cada una de las solicitudes será valorada conforme a los criterios anteriores, resultando de la suma de los puntos obtenidos por cada uno ellos, la valoración total atribuida a cada solicitud. Valoradas todas las solicitudes, correctamente presentadas y seleccionadas, se obtendrá mediante la suma del total de puntos conseguida por cada una de ellas, la puntuación global del conjunto de la convocatoria. Dicha puntuación global se corresponderá con el 100% del presupuesto asignado para cada convocatoria, correspondiéndole a cada solicitud la cantidad resultante de:     Importe por solicitud= (Puntuación de la solicitud X Total presupuesto) / Puntuación GlobalLa cuantía máxima a percibir será, en todo caso, de 10.000 euros como máximo por solicitante.     En ningún caso se recibirá una subvención por importe superior a la cantidad solicitada.</p><p>Requisitos1.- Los establecidos en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Concesión de subvenciones destinadas a entidades privadas de iniciativa social sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales y la accesibilidad universal.  En concreto se deberán reunir los siguientes requisitos:</p><p>a)    Podrán adquirir la condición de entidades beneficiarias las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Pájara o en el Registro de Asociaciones de Canarias, que desarrollen la actividad objeto de subvención y cumplan los requisitos establecidos en la presente convocatoria.b)    Acreditar el cumplimiento de las obligaciones documentales que recoge el artículo 42 de la Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias o, en su caso, acreditación documental de haber presentado la correspondiente solicitud.c)    Tener su ámbito de actuación e implicación en el municipio de Pájara. d)    Podrán acogerse a estas ayudas una agrupación de dos o más entidades, siempre que todas y cada una de las que la conformen cumplan los anteriores requisitos.</p><p>e)    En la correspondiente convocatoria o, cuando se trate de concesión directa, mediante resolución o convenio, se podrán incorporar otros requisitos necesarios para solicitar la subvención y la forma de acreditarlos, debiendo cumplir en todo caso con lo previsto en el artículo 13 de la LGS y resto de normas concordantes.f)     No podrán concederse ayudas económicas a las entidades que se hallen incursas en procedimientos de cobro por vía de apremio de deudas contraídas con el Ayuntamiento de Pájara.</p><p>g)     No podrán concederse nuevas subvenciones a entidades beneficiarias con subvenciones pendientes de justificar, una vez vencido el plazo establecido para dicha justificación.</p><p>2- Con carácter general, no podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes:</p><p>a)    Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.b)    Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.c)    Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.d)    No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.e)    Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.f)    No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.g)    Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a esta u otras leyes que así lo establezcan.h)    No podrán acceder a la condición de beneficiarios las agrupaciones previstas en el artículo 11.3, párrafo segundo de la LGS, cuando concurra alguna de las prohibiciones anteriores en cualquiera de sus miembros.i)    Las prohibiciones de obtener subvenciones afectarán también a aquellas Entidades de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras Entidades en las que hubiesen concurrido aquéllas.</p><p>j)    En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta ley las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.k)    Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.</p><p>Órgano competente para la instrucción y resolución del procedimientoEl órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones será el Área de Servicios Sociales. El Ayuntamiento de Pájara a través del Área de Servicios Sociales, revisará los expedientes de solicitud y verificará que contienen la documentación exigida. Cuando la solicitud o documentación presentada adoleciere de algún defecto o no reuniera los requisitos establecidos en la convocatoria, el Ayuntamiento requerirá, concediéndole un plazo de diez días hábiles para subsanar los mismos, haciéndole saber que en caso contrario, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que será notificada al solicitante, en los términos del Art. 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.     El Área de Servicios  Sociales podrá disponer que se efectúen las comprobaciones oportunas sobre la veracidad de los datos aportados por las entidades peticionarias, pudiendo requerir los informes técnicos, o de otra naturaleza que se consideren necesarios, para una mejor valoración de las solicitudes y resolución del expediente. El órgano competente para la resolución de la concesión de subvenciones será la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Pájara.     La resolución de concesión, pone fin a la vía administrativa, excepto en los supuestos legalmente establecidos. Una vez recaída la resolución de concesión, y siempre que concurran circunstancias excepcionales y debidamente acreditadas, podrá solicitarse la modificación de su contenido. Dichas modificaciones, podrán ser atendidas en tanto exista disponibilidad presupuestaria para ello. La Comisión de Valoración, formulará la Propuesta de AcuerdoProvisional, debidamente motivada en la que consten: La finalidad de la subvención, los criterios de evaluación utilizados, la valoración de éstos en cada solicitud, el CIF de la entidad, la cuantía de la subvención, la denegación en su caso, o la no concesión por desistimiento, renuncia al derecho, o imposibilidad sobrevenida. La propuesta de acuerdo provisional se notificará  a través de los Tablones de Anuncios Municipales, y concederá un plazo de 10 días para presentar alegaciones y/o, en su caso, proceder a la reformulación del proyecto presentado, exclusivamente a efectos de su adecuación al importe de la subvención propuesta, sin que en ningún caso dicha reformulación pueda implicar una alteración sustancial del objeto, finalidad o naturaleza de la actuación subvencionada. Se podrá prescindir del trámite de audiencia cuando no figuren en el procedimiento, ni sean tenidos en cuenta otros hechos, ni otras alegaciones y pruebas que las aducidas por los interesados. Examinadas las alegaciones, en su caso, la Comisión de Valoración formulará la Propuesta de Acuerdo Definitivo a la Junta de Gobierno Local. La propuesta de resolución definitiva, cuando resulte procedente de acuerdo con las bases reguladoras, se notificará a las personas  que hayan sido propuestas como beneficiarias en la fase de instrucción, para que en el plazo de diez días comuniquen su aceptación.    En todo momento podrá recabarse la información complementaria que se considere necesaria a fin de completar la valoración de la petición presentada.    El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de SEIS MESES, contados a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria.</p><p>Régimen de recursosContra la resolución por la que se resuelve el procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse bien recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la notificación de la resolución, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado  de lo Contencioso-Administrativo  de Las Palmas, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recurso se estime oportuno deducir, todo ello de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10, 46 y concordantes de la Ley29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción contencioso-Administrativa.</p><p>Abono de la subvención y  justificaciónEn cuanto a forma y modo de pago, podrá realizarse a través de pagos anticipados,  con carácter previo a la justificación del proyecto,  hasta en un máximo del  50%. Los pagos de las subvenciones que correspondan se efectuarán, mediante transferencia bancaria, a favor de las Asociaciones o Entidades Beneficiarias, en las cuentas bancarias aportadas en la solicitud de la subvención. Las personas beneficiarias vendrán obligadas a justificar el destino dado a la aportación recibida de acuerdo con lo establecido en el artículo 30 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones. La justificación de los gastos conforme al fin para el que la ayuda fue concedida, deberá realizarse aportando la cuenta justificativa simplificada con aportación de justificantes de gasto que deberá incluir: 1. - Memoria Técnica de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y los resultados obtenidos (Anexo II). 2.- Una Memoria Económica Justificativa del coste de las actividades realizadas (Anexo III), que contendrá: a. Justificante acreditativo de haber sido registrado el ingreso en documento contable. b. Una relación clasificada de los gastos de la actividad, con identificación del acreedor y del documento, su importe, fecha de emisión y fecha de pago. En caso de que la subvención se otorgue con arreglo a un presupuesto se indicarán las desviaciones acaecidas.    c. Las facturas o documentos de valor probatorio equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa incorporados en la relación a que se hace referencia en el párrafo anterior. En las facturas se hará constancia de que han sido utilizadas como justificantes de la subvención percibida, mediante estampillado en el cual se indicará la subvención para cuya justificación han sido presentados y si el importe se imputa total o parcialmente a la subvención. d. Una relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia. e. Los tres presupuestos que, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley General de Subvenciones, deba haber solicitado el beneficiario. 3.- Certificación, o en su caso declaración o informe, del cumplimiento de la finalidad para la cual se otorgó la subvención, conforme a la memoria presentada. 4.- Certificación, o en su caso, declaración en la que se haga constar que el importe de la subvención por si, o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas, no supera el importe de la actividad o hecho subvencionado.5.- En su caso, la carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.6.- Cualquier otra documentación o publicación, que a juicio de las personas beneficiarias complemente la justificación presentada.7.- Incluir la documentación sobre la publicidad que se le dé al Ayuntamiento de las actividades o proyectos realizados con la subvención concedida, (carteles publicitarios, folletos, placas conmemorativas, menciones en medios electrónicos o audiovisuales, etc.). Los documentos justificativos de los gastos realizados para la ejecución del programa y actividades subvencionadas y relacionadas en la justificación, deberán cumplir los requisitos establecidos por las normas legales y reglamentarias en materia fiscal y, en particular todos los requisitos fijados en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación. El Área de Servicios Sociales gestionará los expedientes de justificación y comprobará la adecuada justificación de la subvención. 8.- Así mismo en las Bases Reguladoras de la Convocatoria de las Subvenciones, se limitará el uso de pagos en efectivo, utilizándose preferentemente, transferencias bancarias o por cualquier otro medio que  permita la constancia fidedigna del pago.9.- Aportar Anexo III cumplimentado.El plazo máximo para la presentación de la justificación de la subvención finalizará el 31 de enero del año siguiente a la convocatoria.Dicha justificación deberá presentarse en el Área de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Pájara. Transcurrido el plazo dado para la justificación sin que se presenten los documentos justificativos, será de aplicación lo previsto a estos efectos en el art. 70.3 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, e iniciándose en otro caso el procedimiento de reintegro.</p><p>Compatibilidad de la subvenciónLa subvención a la que se refiere esta convocatoria es compatible con la percepción de otras subvenciones, ayudas o ingresos para la misma finalidad, siempre y cuando el importe total a recibir no sea superior al coste total de la actividad a subvencionar.      Las personas beneficiarias deberán comunicar al Ayuntamiento de Pájara la obtención de dichas subvenciones, ayudas o ingresos. Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la subvención.</p><p>Reintegro de la subvención         Procederá el reintegro de las cantidades concedidas por el Ayuntamiento de Pájara, así como el pago del interés de demora desde el momento del abono de la subvención hasta la fecha en que se acuerde la procedencia del reintegro, en los casos contemplados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.En particular, serán causas de reintegro las siguientes:a) Aquellas cuya resolución adolezca de algún vicio de nulidad o de anulabilidad, de conformidad con lo establecido en las leyes.b) Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.c) Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.d) Incumplimiento de la obligación de justificación o la justificación insuficiente.e) Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión.f) Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas, así como el incumplimiento de las obligaciones contables, registrales o de conservación de documentos cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.g) Incumplimiento de las obligaciones impuestas, así como de los compromisos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, siempre que afecten o se refieran al modo en que se han de conseguir los objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.h) Incumplimiento de las obligaciones impuestas, así como de los compromisos asumidos, con motivo de la concesión de la subvención, distintos de los anteriores, cuando de ello se derive la imposibilidad de verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la realidad y regularidad de las actividades subvencionadas, o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad.i) La obtención de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales que suponga una sobre financiación de la actividad, proyecto, comportamiento u objetivo a subvencionar.En estos casos habrá de reintegrar el exceso de financiación sobre el coste total de la actividad, proyecto, comportamiento u objetivo, o bien la parte proporcional que resulte, considerando las aportaciones de las otras Administraciones.j) Cualquier otra que se establezca en la normativa vigente.k) A efectos de determinar la cuantía a reintegrar se tendrán en cuenta los criterios de graduación establecidos en el artículo 17.n) de la LGS.Las cantidades a reintegrar tendrán la consideración de ingresos de derecho público y devengarán el interés legal del dinero incrementado en un 25%, siendo compatibles con las sanciones que en su caso correspondan.En materia de prescripción, de obligados y procedimientos de reintegro, se aplicará lo establecido en el artículo 39 y siguientes de la LGS y en los artículos 94 a 101 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.En la resolución de reintegro se indicarán los medios disponibles para que el beneficiario pueda efectuar voluntariamente la devolución de la subvención, sin necesidad de requerimiento previo por parte de la Administración. En ese caso, el cálculo de los intereses de demora se realizará de acuerdo a lo previsto en el artículo 38 de la LGS y hasta el momento en que se produjo la devolución efectiva por parte del beneficiario.Cuando la resolución de reintegro se practique de oficio, los intereses de demora se calcularán desde la fecha en que se efectuó el pago hasta la fecha de dictar la resolución.El correspondiente centro gestor será el responsable de iniciar los procedimientos de reintegros de las subvenciones tramitadas.Obligaciones         Son obligaciones de las personas beneficiarias de estas subvenciones, además de las especificadas en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones, las que a continuación se indican: a)    Realizar el proyecto o actividad para la que fue concedida la subvención, ajustándose a los términos del proyecto.</p><p>b)    Acreditar ante el Ayuntamiento de Pájara la realización del proyecto o actividad y cumplir con los requisitos y condiciones que hayan determinado la concesión de la ayuda.</p><p>c)    Someterse a las actuaciones de comprobación y facilitar al Ayuntamiento cuantos datos y documentos se le requieran.</p><p>d)    Dar cuenta de las modificaciones que pudieran surgir en la realización del proyecto tan pronto como sean conocidas y justificarlas adecuadamente.</p><p>e)    Justificar adecuadamente la subvención en los términos establecidos por esta ordenanza y la convocatoria correspondiente o, cuando se trate de concesión directa, mediante la resolución o convenio.</p><p>f)    Haber registrado por sede electrónica antes de la percepción de los fondos el correspondiente formulario de alta de terceros en el sistema contable municipal mediante documento oficial del Ayuntamiento de Pájara.</p><p>g)    Dar la adecuada difusión de que el proyecto o actividad desarrollada está subvencionada por el área de gobierno competente en materia de servicios sociales del Ayuntamiento de Pájara (cartelería en las sedes de la entidad, logo institucional en folletos, páginas webs, redes sociales, etc.)</p><p>h)    Disponer de la documentación contable exigida por las disposiciones aplicables a cada persona beneficiaria.</p><p>i)    Conservar, al menos durante un periodo de 5 años, los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, incluidos los documentos electrónicos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.</p><p>j)    Atender los requerimientos que le pueda hacer el Ayuntamiento sobre la presentación, ejecución y justificación del proyecto.</p><p>k)    Cualquier otra que sea de aplicación, en virtud de lo dispuesto en la normativa legal o reglamentaria.</p><p>La convocatoria de cada subvención, o la resolución o convenio que instrumente la concesión directa, en su caso, podrá determinar otras obligaciones específicas que, por razón del proyecto o actividad subvencionada, deban cumplir los beneficiarios.</p><p>Régimen sancionador</p><p>    Constituirán infracciones administrativas en materia de las subvenciones reguladas en la Ordenanza Reguladora de la Concesión de Subvenciones destinadas a Entidades Privadas de Iniciativa Social sin Ánimo de Lucro en el ámbito de los Servicios Sociales y la Accesibilidad Universal (ORD 1/2025), del Ayuntamiento de Pájara, publicada definitivamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas nº 105, de 1 de septiembre de 2025, las tipificadas en el Título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siendo igualmente de aplicación lo dispuesto en dicha norma en materia de graduación de sanciones, plazos de prescripción, competencia, procedimiento, responsables y extinción de la responsabilidad.</p><p>Publicidad y protección de datosEl Ayuntamiento dará a conocer la presente convocatoria mediante su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, la cual trasladará al diario oficial correspondiente (BOP) el extracto de la misma, y hará publicidad a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (SNPSAP), en la Sede Electrónica del Ayuntamiento y en otros medios que aseguren los principios de publicidad, transparencia y concurrencia. La entrada en vigor de la convocatoria será a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la misma. Se garantiza la confidencialidad de los datos personales recogidos en el marco de esta convocatoria, que serán tratados exclusivamente para las finalidades derivadas de la gestión, tramitación, resolución, justificación y control de las subvenciones, dentro del marco establecido por el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016 (Reglamento General de Protección de Datos), y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.La presentación de la solicitud de subvención implica el conocimiento y aceptación del tratamiento de los datos personales contenidos en la misma, de acuerdo con la normativa citada en el párrafo anterior, así como su comunicación a las Administraciones Públicas competentes en los supuestos legalmente previstos.</p><p>Por todo lo expuesto, se eleva a La Junta de Gobierno Local lo siguiente:</p><p>PROPUESTA DE ACUERDO:</p><p>Primero.- Aprobar la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el presente año, destinadas a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de Servicios Sociales y Accesibilidad Universal del municipio de Pájara.</p><p>Segundo.- Autorizar el gasto por importe de 120.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2311.48099 del vigente presupuesto.</p><p>Tercero.- Dar traslado de la presente resolución al departamento de Intervención y al de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Pájara para su posterior publicación.</p><p>Cuarto.- Ordenar la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pájara, a efectos de que los interesados puedan presentar sus ofertas en los plazos y condiciones establecidos.</p><p>    En Pájara, firmado digitalmente por la Concejala delegada de Servicios Sociales, a fecha de la firma digital.”        </p><p>“ANEXO I</p><p>SOLICITUD DE SUBVENCIÓN  A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO EN EL ÁMBITO DE LOS SERVICIOS SOCIALES DEL AYUNTAMIENTO DE PÁJARA.</p><p>1.- DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE:</p><p>Nombre ___________________________________________________________________Entidad: __________________________________________________________________CIF: ________________________________________________________________________Domicilio:_______________________________________________________Nº _________Localidad: _______________________________ Código Postal: ___________________ Teléfono: __________________________________________________________________Correo electrónico: __________________________________________________________</p><p>2.- DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD SOLICITANTE:</p><p>Nombre y apellidos: ________________________________________________________DNI/NIE: ___________________________________________________________________Domicilio: ______________________________________________________Nº _________Localidad: _______________________________ Código Postal: ___________________ Teléfono: ___________________________________________________________________ Correo electrónico:__________________________________________________________En calidad de: ______________________________________________________________</p><p>EXPONE: que habiendo sido publicada la Convocatoria para la Concesión de Subvenciones a Entidades sin ánimo de lucro y reuniendo la entidad que represento los requisitos establecidos,</p><p>SOLICITA: se le conceda una subvención por importe de _____________ € para la ejecución del siguiente proyecto y/o actividades, y el abono de pagos anticipados de la misma.</p><p>DECLARACIÓN JURADA</p><p>El/la  abajo firmante, representante de la entidad, declara que la entidad que representa:</p><p>a) Está legalmente constituida e inscrita en el Registro Municipal de Asociaciones del Ayuntamiento de Pájara o en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Canarias, salvo la particularidad del apartado  c) de esta Base en cuanto al campo de actuación, teniendo sus datos actualizados y disponiendo del correspondiente CIF, en el momento de solicitar la subvención. </p><p>    b) Tiene sus estatutos adaptados a la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de asociación. </p><p>    c) Tiene su ámbito de actuación e implicación en el municipio de Pájara. En aquellos casos en que el campo de actuación exceda del término municipal de Pájara, tenga su sede social o no en él, se tendrá en cuenta dicho hecho en los criterios de valoración, para que en virtud de los mismos, se pueda subvencionar en proporción a la implicación de sus actuaciones en el municipio.</p><p>     d) Está al corriente del pago de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. </p><p>    e) No ha recibo o solicitado ayudas económicas de la misma naturaleza, alcance y finalidad de otro Organismo que la solicitada aquí. </p><p>    f) Ha procedido, en forma y plazo establecido, a la justificación de las ayudas y subvenciones que se le hubieran concedido con anterioridad por el Excmo. Ayuntamiento de Pájara. </p><p>    g) No se encuentra incurso en las causas que inhabilitan para la obtención de la condición de beneficiario/a de subvenciones a que se refiere el apartado dos y tres del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (1).</p><p>AUTORIZA AL AYUNTAMIENTO</p><p>1.- A consultar, comprobar y recabar los certificados de estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias con la Hacienda Municipal de Pájara, con la Hacienda Tributaria Canaria y con la Hacienda Estatal.2.- A recabar cualquier tipo de información que pueda obrar en su poder o solicitarla a otras Administraciones.</p><p>DATOS DEL PROYECTO Y/O ACTIVIDADES</p><p>ENTIDAD SOLICITANTE</p><p>TITULO DEL PROYECTO Y/O ACTIVIDADES</p><p>ÁREAS DE ACTUACIÓN</p><p>SECTOR DE POBLACIÓN</p><p>OBJETIVOS Y FINALIDAD DEL PROYECTO</p><p>NÚMERO POBLACIÓN DESTINATARIADIRECTA</p><p>    INDIRECTATEMPORALIDAD DEL PROYECTO</p><p>PROYECTO IMPLEMENTADO EN 20__    FECHA INICIO :</p><p>FECHA FINALIZACIÓN:DESCRIPCIÓN DE LAS ACTIVIDADES QUE SE PRETENDEN REALIZAR CRITERIOS ADMISIÓN PERSONAS BENEFICIARIAS    INDICADORES DE EVALUACIÓN DE LAS ACTIVIDADES A REALIZAR    MEDIOS TÉCNICOS Y MATERIALES CON LOS QUE SE CUENTA PARA REALIZAR LAS ACTIVIDADES    </p><p>COSTE DEL PROYECTOSUBVENCIÓN SOLICITADA (Ayuntamiento de Pájara)    IMPORTE    APORTACIÓN DE LA ENTIDAD (fondos propios)    IMPORTE    OTRAS SUBVENCIONES     IMPORTE    COSTE TOTAL        GESTIÓN DE SEDES DE TITULARIDAD NO MUNICIPALGASTOS DE ALQUILER EN EL MUNCIPIO:</p><p>GASTOS DE ALQUILER FUERA DEL MUNICIPIO:</p><p>GASTOS DE MANTENIMIENTO:</p><p>COLABORACIÓN CON OTRAS ENTIDADES DEL SECTOR</p><p>ANTECEDENTES Y  PERSPECTIVAS DE CONTINUIDAD DEL PROYECTO</p><p>PERSONAL DEL PROYECTONº PERSONAL REMUNERADO</p><p>Nº PERSONAS VOLUNTARIAS</p><p>GRADO PARTICIPACIÓN PERSONAS VOLUNTARIAS</p><p>COLABORACIÓN CON EL ÁREA DE SERIVICIOS SOCIALESEN PROYECTOS DE CONVIVENCIA:</p><p>EN PROYECTOS DE VALORES DIRIGIDOS AL ALUMNADO:</p><p>OTROS DATOS DE INTERÉS A DESTACAR</p><p>3.- DOCUMENTACIÓN QUE HAY QUE APORTAR</p><p>    Deberán acompañarse a la solicitud los siguientes documentos:</p><p>1. Solicitud de subvención suscrita por la persona representante de la Asociación o Entidad, con todos los datos relativos a la misma, según modelo adjunto debidamente cumplimentado (Anexo I).</p><p>2. Número de Identificación Fiscal (NIF) de la entidad y Documento Nacional de Identidad (DNI) o Número de Identidad de Extranjero (NIE) de la persona representante legal que firma la solicitud.</p><p>3. Documentación acreditativa de la representación legal, mediante poder notarial, documento expedido por el órgano directivo de la entidad, declaración en comparecencia personal o electrónica o cualquier otro medio válido en derecho que deje constancia fidedigna.</p><p>4. Certificación expedida por la Secretaría de la entidad acreditativa de haberse adoptado el correspondiente acuerdo de solicitud de la subvención y de que la persona representante se encuentra en el ejercicio de sus funciones y facultada para la gestión de la misma.</p><p>5. Documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el registro correspondiente, de conformidad con la normativa estatal y autonómica aplicable.</p><p>6. Fotocopia compulsada de los Estatutos, Acta Fundacional y Resolución de Inscripción de la entidad en el Registro de Asociaciones del Gobierno de Canarias, en caso de concurrir a la convocatoria por primera vez.</p><p>7. Memoria detallada del proyecto correspondiente al ejercicio para el que se solicita subvención, así como presupuesto total desglosado de la actividad a realizar, que deberá estar relacionada con las líneas de actuación previstas en la convocatoria.</p><p>8. Escritura de constitución de la persona jurídica, en su caso.</p><p>9. Certificado de situación censal expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.</p><p>10. Declaración responsable de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y frente a la Seguridad Social.</p><p>11. Alta de terceros del Ayuntamiento de Pájara debidamente cumplimentada, siempre que no haya sido presentada con anterioridad.</p><p>12. En el caso de existir voluntariado, certificado emitido por la persona representante legal de la entidad acreditativo del número de personas voluntarias activas y de la existencia de un registro interno de voluntariado conforme a la normativa vigente.</p><p>4.- PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES</p><p>Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por el Ayuntamiento de Pájara e incorporados a la actividad de tratamiento “Subvenciones y Ayudas”, cuya finalidad es la gestión, tramitación, resolución de las solicitudes de subvenciones y de las ayudas que otorga el Ayuntamiento.</p><p>La legitimación para el uso de sus datos está basada en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, y en el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento (Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Decreto  36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias)</p><p>Los datos de carácter personal pueden ser comunicados a otras Administraciones Públicas competentes, a entidades financieras para el pago de las ayudas concedidas. </p><p>Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se han recabado y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español. </p><p>En el caso de aportar datos personales de terceras personas, usted declara que los datos de terceros son ciertos y que se ha informado y obtenido el consentimiento o autorización para el tratamiento de datos por parte de esta entidad eximiendo a AYUNTAMIENTO DE PÁJARA de cualquier responsabilidad por dicho incumplimiento. Los interesados podrán ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición y portabilidad dirigiéndose a al Iltre. Ayuntamiento de Pájara en la dirección Ntra. Sra. de la Regla núm.3, 35628, Pájara, también podrá acudir a los Registros correspondientes (art. 16.4 de la LPACAP) o a través de la Sede Electrónica de esta entidad https://www.pajara.es/modelos-solicitud-de-derechos. Igualmente, puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de datos si considera que sus derechos han sido vulnerados (www.aepd.es). Contacto Delegado de Protección de Datos: dpd@pajara.es. Puede consultar más información en https://www.pajara.es/proteccion-de-datos/   </p><p>(1)    Artículo 13 de la LGS.</p><p>2. No podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta Ley las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias siguientes, salvo que por la naturaleza de la subvención se exceptúe por su normativa reguladora:</p><p>Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas.</p><p>a. Haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.</p><p>b. Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con  la Administración.</p><p>c. Estar incursa la persona física, los administradores de las sociedades mercantiles o aquellos que ostenten la representación legal de otras personas jurídicas, en alguno de los supuestos de la Ley 12/1995, de 11 de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de jun io, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.</p><p>d. No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente.</p><p>e. Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.</p><p>f. No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.</p><p>g. Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según esta Ley o la Ley General Tributaria.</p><p>En Pájara, a __________________ de _______________________________ de 2026            Fdo.- ___________________________________</p><p>SR. ALCALDE – PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE PÁJARA&#8195;</p><p>ANEXO II</p><p>MEMORIA TÉCNICA DE ACTUACIÓN JUSTIFICATIVA DE LAS  ACTIVIDADES REALIZADAS Y RESULTADOS</p><p>1.- DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE:</p><p>Nombre Entidad: __________________________________________________________CIF: _______________________________________________________________________Domicilio: ______________________________________________________Nº _________Localidad: _______________________________ Código Postal: ___________________ Teléfono: __________________________________________________________________Correo electrónico: _________________________________________________________</p><p>2.- DATOS DE LA PERSONA REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD SOLICITANTE:</p><p>Nombre y apellidos: _________________________________________________________DNI/NIE: __________________________________________________________________Domicilio: ______________________________________________________Nº _________Localidad: _______________________________ Código Postal: ___________________ Teléfono: __________________________________________________________________ Correo electrónico:_________________________________________________________En calidad de: _____________________________________________________________</p><p>3.- DENOMINACIÓN DEL PROYECTO Y/O ACTIVIDADES</p><p>DENOMINACIÓN PROYECTO Y/O ACTIVIDADES</p><p>DESCRIPCIÓN Y FINES DEL PROYECTO Y/O ACTIVIDADES </p><p>ACTIVIDADES REALIZADAS Y RESULTADOS OBTENIDOS</p><p>OTROS DATOS DE INTERÉS</p><p>PLAN DE FINANCIACIÓN-INGRESOS    CUANTÍA-IMPORTEFinanciación propia    Subvención del Ayuntamiento de Pájara    Subvenciones del Cabildo Insular    Subvenciones del Gobierno de Canarias    Otras subvenciones/ingresos    TOTAL    </p><p>PLAN DE FINANCIACIÓN- GASTOS    CUANTÍA-IMPORTE            TOTAL    </p><p>OTROS DATOS DE INTERÉS DEL PROGRAMA Y/O ACTIVIDADES (especificar cuantas aclaraciones se estimen necesarias)</p><p>En Pájara, a __________________ de _______________________________ de 2026</p><p>Fdo. ___________________________</p><p>Los datos de carácter personal que consten en la solicitud serán tratados por el Ayuntamiento de Pájara e incorporados a la actividad de tratamiento “Subvenciones y Ayudas”, cuya finalidad es la gestión, tramitación, resolución de las solicitudes de subvenciones y de las ayudas que otorga el Ayuntamiento. Finalidad basada en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. Los datos de carácter personal pueden ser comunicados a otras Administraciones Públicas competentes, a entidades financieras para el pago de las ayudas concedidas. Los datos se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se han recabado y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación la normativa de archivos y patrimonio documental español. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión y portabilidad de sus datos, de limitación y oposición a su tratamiento, así como a no ser objeto de decisiones basadas únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos, cuando procedan, ante el Ayuntamiento de Pájara en https://www.pajara.es/modelos-solicitud-de-derechos o en dpd@pajara.es Cualquier duda sobre protección de datos puede dirigirse a la Delegada de Protección de Datos enviando un correo a dpd@pajara.es</p><p>&#8195;</p><p>ANEXO III</p><p>MEMORIA ECONÓMICA JUSTIFICATIVA DEL COSTE DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS</p><p>1.- SUBVENCIÓN CONCEDIDA:</p><p>DENOMINACIÓN PROYECTO    SUBVENCIÓN CONCEDIDA</p><p>    </p><p>2.- DATOS DE LA ENTIDAD SOLICITANTE:</p><p>Nombre Entidad: __________________________________________________________CIF: ________________________________________________________________________Domicilio: ______________________________________________________Nº _________Localidad: _______________________________ Código Postal: ___________________ Teléfono: __________________________________________________________________Correo electrónico: _________________________________________________________</p><p>3.- DATOS DEL LA PERSONA REPRESENTANTE DE LA ENTIDAD SOLICITANTE:</p><p>Nombre y apellidos: ________________________________________________________DNI/NIE: ___________________________________________________________________Domicilio: ______________________________________________________Nº _________Localidad: _______________________________ Código Postal: ___________________ Teléfono: __________________________________________________________________ Correo electrónico:__________________________________________________________En calidad de: _____________________________________________________________</p><p>RELACIÓN DE TAREAS Y ACTIVIDADES DESARROLLADAS</p><p>Nº FACTURA    PROVEEDOR/RAZÓN SOCIAL    CONCEPTO    IMPORTE    FECHA FACTURA    FECHA PAGO                                                                                                                                                                                                        TOTAL                    </p><p>Asimismo DECLARO bajo mi responsabilidad:</p><p>- Que todos los datos presentados en esta cuenta justificativa son ciertos.</p><p>- Que las facturas, certificados y justificantes de pago escaneados que acompañan a la solicitud son una réplica de los originales.</p><p>- Que se ha utilizado el importe de la subvención recibida para lo que ha sido concedida.</p><p>- Que todos los gastos presentados en este documento han sido pagados en su totalidad al proveedor o suministrador.”</p><p>En Pájara, a ___________ de ______________________ de 2026</p><p>Fdo. _______________________________</p><p>Sometido el asunto a votación se aprueba por unanimidad, adoptándose el acuerdo que seguidamente se describe, sirviendo de motivación al mismo los informes transcritos de conformidad con lo dispuesto en el artículo 88.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:</p><p>PRIMERO.- Aprobar la convocatoria pública para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el presente año, destinadas a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de Servicios Sociales y Accesibilidad Universal del municipio de Pájara.</p><p>SEGUNDO.- Autorizar el gasto por importe de 120.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 2311.48099 del vigente presupuesto.</p><p>TERCERO.- Dar traslado de la presente resolución al departamento de Intervención y al de Servicios Sociales del Ayuntamiento de Pájara para su posterior publicación.</p><p>CUARTO.- Ordenar la publicación del correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas y en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pájara, a efectos de que de que los interesados puedan presentar sus ofertas en los plazos y condiciones establecidos.”Y para que así conste y surta los efectos que procedan, expido la presente, de orden y con el visto bueno del Alcalde, haciendo constar la salvedad prevista en el artículo 206 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, en el sentido de que la presente certificación se extrae del borrador del acta y queda sujeta a su aprobación, en Pájara, en la fecha de la firma digital.</p><p>Lo que se hace público para general conocimiento, en Pájara, en la fecha que figura en la firma digital, la Concejala Delegada de Economía, Hacienda y Servicios Sociales. </p>","textoLeng":null,"url":"https://www.boplaspalmas.net/boletines/2026/24-6-26/24-6-26.pdf","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE LAS PALMAS","datPublicacion":"2026-06-24"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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