{"id":1111296,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"PRINCIPADO DE ASTURIAS","nivel3":"CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, COOPERACIÓN LOCAL Y GESTIÓN DE EMERGENCIAS"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"909735","fechaRecepcion":"2026-06-01","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":150000,"mrr":false,"descripcion":"CONVOCATORIA 2026 DE SUBVENCIONES DESTINADAS A FINANCIAR EL CÁLCULO DE LA HUELLA DE CARBONO Y LA ELABORACIÓN DE PROYECTOS DE ABSORCIÓN DE CO2 PARA SU INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE HUELLA DE CARBONO DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Otras actividades profesionales, científicas y técnicas n.c.o.p.","codigo":"74.9"},{"descripcion":"Servicios de investigación y seguridad","codigo":"80.0"}],"regiones":[{"descripcion":"ES12 - PRINCIPADO DE ASTURIAS"}],"descripcionFinalidad":"Otras actuaciones de carácter económico","descripcionBasesReguladoras":"Resolución de 16 de agosto de 2022 por la que se aprueban las bases reguladoras que regirán la concesión de subvenciones destinadas a financiar el cálculo de la huella de carbono y la elaboración de proyectos de absorción de dióxido de carbono...","urlBasesReguladoras":"https://sede.asturias.es/bopa/2022/08/30/2022-06498.pdf","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"DÍA SIGUIENTE A PUBLICACIÓN EXTRACTO DE CONVOCATO.","textFin":"20 DÍAS HABILES DESDE DÍA SIGUIENTE A PUBLICACION","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":{"descripcion":"REG (UE) 2023/2831 de minimis, General","orden":null},"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1466094,"descripcion":"ANEXO II-B DECLARACIÓ SUBCONTRATACIÓN ACTIVIDADES CON ENTIDADES VINCULADAS","nombreFic":"AYUD0438T02 Anexo II-B Declaración subcontratación actividades con entidades vinculadas (1).pdf","long":156598,"datMod":"2026-06-01","datPublicacion":"2026-06-01"},{"id":1466089,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Resolucion_AUTORIZACION_GASTO_Y_APROBACION_CONVOCATORIA_PUBLICA_2026.pdf","long":3187477,"datMod":"2026-06-01","datPublicacion":"2026-06-01"},{"id":1466093,"descripcion":"ANEXO II-A DECLARACIÓN OTRAS AYUDAS MISMA ACTUACIÓN","nombreFic":"AYUD0438T02 Anexo II-A Declaración otras ayudas o subvenciones misma actuación.pdf","long":164862,"datMod":"2026-06-01","datPublicacion":"2026-06-01"},{"id":1466091,"descripcion":"ANEXO PROTECCIÓN DE DATOS","nombreFic":"AYUD0438T01ProteccionDatos.pdf","long":85613,"datMod":"2026-06-01","datPublicacion":"2026-06-01"},{"id":1466092,"descripcion":"ANEXO II CUENTA JUSTIFICATIVA","nombreFic":"AYUD0438T02 Anexo II Cuenta justificativa.pdf","long":214536,"datMod":"2026-06-01","datPublicacion":"2026-06-01"},{"id":1466090,"descripcion":"ANEXO I SOLICITUD","nombreFic":"AYUD0438T01 Solicitud.pdf","long":298288,"datMod":"2026-06-01","datPublicacion":"2026-06-01"}],"anuncios":[{"numAnuncio":213355,"titulo":"Extracto subvenciones huella de carbono 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>EXTRACTO de la Resolución de 1 de junio de 2026, de la Consejería de Movilidad, Medio Ambiente y Gestión de Emergencias por la que se aprueba la convocatoria pública 2026 de subvenciones, en concurrencia competitiva, destinadas a financiar el cálculo de la huella de carbono y la elaboración de proyectos de absorción de dióxido de carbono para su inscripción en el Registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias.</p><p>Primero.- Beneficiarios.</p><p>Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas físicas que desarrollen una actividad económica, así como las personas jurídicas de derecho privado, todas ellas con personalidad jurídica propia y suficiente capacidad de obrar, que tengan alguno de sus centros de actividad radicados en la Comunidad Autónoma del Principado de Asturias y materialicen el proyecto objeto de ayuda en el ámbito territorial de la misma, en quienes no concurra alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.</p><p>Quedan excluidas las organizaciones sin ánimo de lucro.</p><p>Segundo.- Objeto.</p><p>Financiar parcialmente el proceso de cálculo de la huella de carbono y de elaboración de planes de reducción de emisiones de GEI y de proyectos de absorción de CO2 para su posterior inscripción en el registro de huella de carbono del Principado de Asturias, en los términos del Decre to 40/2021, de 29 de julio, por el que se regula la organización y funcionamiento del registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias.</p><p>Serán objeto de subvención las actuaciones relacionadas con la inscripción en la Sección A y en la Sección B del Registro de huella de carbono para la reducción, absorción y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero del Principado de Asturias incluidas en el primer apartado de la base reguladora tercera.</p><p>Cada posible beneficiario sólo podrá solicitar subvención para una única actuación.</p><p>Tercero.- Bases reguladoras.</p><p>Bases reguladoras aprobadas por Resolución de 16 de agosto de 2022, de la entonces Consejería de Administración Autonómica, Medio Ambiente y Cambio Climático (BOPA núm. 167 de 30-VIII-2022).</p><p>Cuarto.- Cuantía.</p><p>El importe total asciende a 150.000,00 € (ciento cincuenta mil euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 18.06-443D-473.019 \"Medición de la huella de carbono\" de los Presupuestos Generales del Principado de Asturias para 2026.</p><p>Las ayudas recogidas en la presente convocatoria se concederán en régimen de concurrencia competitiva, siendo las cuantías máximas de las subvenciones:</p><p>1. Para empresas que se inscriban en la Sección A hasta un máximo de 5.000 €, distribuidos de la siguiente manera:</p><p>a. El 80 % de los gastos correspondientes al cálculo de la huella de carbono, elaboración del informe de huella de carbono y la redacción de un plan de reducción de huella de carbono, siempre que la cuantía resultante no exceda de 3.000 €.</p><p>b. El 80 % de los gastos correspondientes a la verificación de la información de la huella de carbono objeto de inscripción, siempre que la cuantía resultante no exceda de 2.000 €.</p><p>2. Para empresas que se inscriban en la Sección B hasta un máximo de 4.000 €, distribuidos de la siguiente manera:</p><p>a. El 80 % de los gastos correspondientes a la elaboración de un proyecto de absorción de CO2, siempre que la cuantía resultante no exceda de 1.600 €.</p><p>b. El 80 % de los gastos correspondientes a la elaboración de un instrumento de gestión forestal, siempre que la cuantía resultante no exceda de 1.600 €.</p><p>c. El 80 % de los gastos correspondientes a la certificación forestal sostenible, siempre que la cuantía resultante no exceda de 800 €.</p><p>Quinto.- Régimen de minimis.</p><p>Las ayudas reguladas en las presentes bases están acogidas al régimen de minimis establecido en el Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023 (DOUE núm. 2831, de 15-12-2023), en virtud del cual el importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no excederá de 300.000 euros durante cualquier período de tres años.</p><p>Conforme al Reglamento (UE) n.º 1408/2013 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2013, tras la modificación incorporada por el Reglamento (UE) 2024/3118 de la Comisión, de 10 de diciembre de 2024, las ayudas de minimis concedidas a una empresa del sector agrícola no excederá de 50.000 euros durante cualquier período de tres ejercicios fiscales, ni el tope máximo nacional de 1.220,06 millones de euros.</p><p>Conforme al Reglamento (UE) n.º 717/2014, de la Comisión, de 27 de junio de 2014, tras la modificación operada por el Reglamento (UE) 2023/2391 de la Comisión, de 4 de octubre de 2023, las ayudas de minimis concedidas a una empresa del sector de la pesca y de la acuicultura no excederá de 30.000 euros durante un período cualquiera de tres ejercicios fiscales.</p><p>El importe acumulado de las ayudas de minimis concedidas por Estado miembro a las empresas que operen en el sector de la pesca y de la acu icultura durante un periodo cualquiera de tres ejercicios fiscales no excederá de 66.336.000 euros.</p><p>Conforme al Reglamento (UE) 2023/2832, de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023 (DOUE núm. 2832, de 15-12-2023), las ayudas de minimis concedidas a una empresa que preste servicios de interés económico general no excederá de 750.000 euros durante cualquier período de tres años.</p><p>Antes de la concesión de la ayuda, la empresa deberá aportar una declaración escrita, sobre cualquier ayuda de minimis recibida y/o solicitada durante los tres años anteriores o, en su caso, durante el ejercicio fiscal en curso y los dos anteriores.</p><p>Sexto.- Plazo de presentación de solicitudes.</p><p>El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias.</p><p>Séptimo.- Otros datos.</p><p>Las solicitudes se ajustarán al modelo normalizado que estará disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias https://miprincipado.asturias.es/ introduciendo en el buscador de la cabecera el código de la ficha de servicio AYUD0438T01.</p><p>Las solicitudes se dirigirán al Servicio de Gestión, Planificación y Promoción Ambiental, código de identificación DIR A03028810.</p>","textoLeng":null,"url":"https://miprincipado.asturias.es/bopa/disposiciones?p_p_id=pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb&p_p_lifecycle=0&_pa_sede_bopa_web_portlet_SedeBopaDispositionWeb_mvcRenderCommandName=%2Fdisposition%2Fdetail&p_r_p_dispositionText=2026-04637&p_r_p_dispositionReference=2026-04637&p_r_p_dispositionDate=05%2F06%2F2026","cve":null,"desDiarioOficial":"BOPA. B.O. DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS","datPublicacion":"2026-06-05"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. 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