{"id":1110842,"organo":{"nivel1":"AUTONOMICA","nivel2":"COMUNIDAD DE MADRID","nivel3":"CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"909281","fechaRecepcion":"2026-05-29","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":4300000,"mrr":false,"descripcion":"CONV AYUDAS PARA EQUIPAM CIENTÍF-TÉCN DE REDLAB 2026 E INFRAESTR CM FEDER","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"Investigación y desarrollo","codigo":"72"}],"regiones":[{"descripcion":"ES3 - COMUNIDAD DE MADRID"}],"descripcionFinalidad":"Investigación, desarrollo e innovación","descripcionBasesReguladoras":"ORDEN 4635/2024, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS DE LAS AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE EQUIPAMIENTO CIENTÍFICO-TÉCNICO DE LOS LABORATORIOS DE LA RED DE LABORATORIOS E INFRAESTRUCTURAS CIEN","urlBasesReguladoras":"https://www.bocm.es/boletin-completo/bocm-20241018/249/i.-comunidad-de-madrid/c%29-otras-disposiciones/consejer%C3%ADa-de-educaci%C3%B3n%2C-ciencia--y-universidades","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":"2026-06-11","fechaFinSolicitud":"2026-07-02","textInicio":"EL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN EN EL BOCM DEL EXTRACTO DE LA CONVOCATORIA","textFin":"15 DÍAS HÁBILES A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE AL DE LA PUBLICACIÓN DEL EXTRACTO DE LA CONVOC EN EL BOCM","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[{"descripcion":"FEDER - FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL"}],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1477627,"descripcion":"Otros documentos  BOCM EXTRACTO ORDEN","nombreFic":"Otros documentos  BOCM EXTRACTO ORDEN.pdf","long":93678,"datMod":"2026-06-17","datPublicacion":"2026-06-17"},{"id":1477626,"descripcion":"Texto en castellano de la convocatoria","nombreFic":"Texto Convocatoria BDNS  Texto Convocatoria REDLAB 26.pdf","long":1129988,"datMod":"2026-06-17","datPublicacion":"2026-06-17"}],"anuncios":[{"numAnuncio":213203,"titulo":"EXTRACTO de la Orden 2114/2026, de 26 de mayo, de la Consejera de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2026 de las ayudas para la adquisición de equipamiento científico-técnico de los laboratorios de la red de laboratorios e infraestructuras científico-técnicas de la Comunidad de Madrid (REDLAB) cofinanciada por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional","tituloLeng":null,"texto":"<p>De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17</p><p>de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo</p><p>texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones</p><p>(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en la página web www.comunidad.madrid</p><p>BDNS (ID): xxxx</p><p>Primero</p><p>Entidades beneficiarias y requisitos</p><p>1. Podrán obtener la condición de beneficiarias de estas ayudas las entidades definidas en</p><p>los artículos 5 y 6 de la Orden 4635/2024, de 16 de octubre.</p><p>2. Las entidades solamente podrán solicitar financiación para aquellos laboratorios que</p><p>estén válidamente inscritos en el Registro REDLAB, de acuerdo a lo establecido en el</p><p>Decreto 9/2024, de 31 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se crea y regula el</p><p>funcionamiento del registro de la Red de Laboratorios e Infraestructuras Científico-</p><p>Técnicas de la Comunidad de Madrid, antes de la publicación de este extracto en el Boletín</p><p>Oficial de la Comunidad de Madrid.</p><p>3. En el momento de presentación de solicitudes, las entidades solicitantes deberán</p><p>acreditar mediante el modelo normalizado disponible en la sede electrónica de la Comunidad</p><p>de Madrid que, como mínimo, el 5% de la facturación total del laboratorio corresponde a la</p><p>prestación de servicios a empresas en los tres años anteriores a la publicación de esta</p><p>convocatoria (2023-2025), debiendo de existir facturación a empresas en cada uno de los 3</p><p>años. A efectos de esta orden, se entiende por empresas a las sociedades dedicadas a</p><p>actividades industriales, mercantiles o de prestación de servicios con fines lucrativos.</p><p>Segundo</p><p>Objeto de la convocatoria</p><p>El objeto de esta convocatoria es convocar las ayudas públicas correspondientes al año</p><p>2026 para la adquisición de equipamiento científico-técnico de los laboratorios inscritos</p><p>en el Registro de la Red de Laboratorios e Infraestructuras Científico-Técnicas de la</p><p>Comunidad de Madrid (Registro REDLAB) bajo los principios de publicidad,</p><p>transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como eficacia y eficiencia</p><p>en la asignación y utilización de los recursos públicos, según lo establecido en el</p><p>artículo 4 de la Orden 4635/2024, de 16 de octubre.</p><p>Tercero</p><p>Bases reguladoras</p><p>La Orden 4635/2024, de 16 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades,</p><p>establece las bases reguladoras de las ayudas para la adquisición de equipamiento</p><p>científico-técnico de los laboratorios de la red de laboratorios e infraestructuras</p><p>científico-técnicas de la Comunidad de Madrid (REDLAB).</p><p>Cuarto</p><p>Cuantía y duración de las ayudas</p><p>El presupuesto de la convocatoria asciende a 4.300.000 euros. La realización de las</p><p>actuaciones subvencionadas deberá ejecutarse en el período de un año a partir de la fecha</p><p>en que tenga lugar la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de la</p><p>orden de concesión de la ayuda.</p><p>Quinto</p><p>Presentación de solicitudes y documentación</p><p>Las solicitudes se presentarán por las entidades solicitantes en el plazo de quince días</p><p>hábiles a partir del día siguiente al de publicación de este extracto en el Boletín</p><p>Oficial de la Comunidad De Madrid, con la documentación a que se refiere el artículo 35 de</p><p>la Orden 4635/2024, de 16 de octubre.</p><p>Sexto</p><p>Gastos subvencionables</p><p>1. Las ayudas previstas en esta orden se destinarán, de conformidad con lo previsto en el</p><p>artículo 8 de la Orden 4635/2024, de 16 de octubre, a cubrir los siguientes gastos: compra</p><p>de equipamiento científico-técnico nuevo, así como los ordenadores y las licencias</p><p>permanentes de programas informáticos de carácter técnico destinado exclusivamente a la</p><p>utilización adecuada del equipamiento adquirido.</p><p>2. El equipamiento adquirido deberá dedicarse al laboratorio REDLAB para el que ha sido</p><p>obtenido un mínimo de 5 años, o en su caso, durante toda la vida útil del equipamiento si</p><p>esta es inferior a 5 años.</p><p>3.\tCuando el importe del coste de adquisición del equipamiento (sin IVA) sea inferior o</p><p>igual a 400.000 euros, se concederá una ayuda que cubrirá el 100% de los costes elegibles</p><p>solicitados.</p><p>4.\tCuando el importe del coste de adquisición del equipamiento (sin IVA) sea superior a</p><p>400.000 euros, se concederá una ayuda que cubrirá el 60% de los costes elegibles</p><p>solicitados.</p><p>A tal efecto, las entidades deberán declarar en la solicitud que disponen de los fondos</p><p>necesarios para la cofinanciación del equipamiento solicitado.</p><p>Séptimo</p><p>Criterios de baremación</p><p>Las solicitudes se evaluarán de acuerdo a los criterios establecidos en el artículo 16 de</p><p>la Orden 4635/2024, teniendo todos ellos la misma ponderación sobre la puntuación final.</p><p>Se otorgará a cada solicitud una puntuación de 0 a 100 puntos como sigue:</p><p>a) Adecuación y viabilidad de la propuesta de adquisición de equipamiento (máximo 50</p><p>puntos). Dentro de este apartado se tendrán en cuenta:</p><p>1º. Singularidad, relevancia y pertinencia del equipamiento para la mejora de las</p><p>capacidades científico-técnicas del laboratorio (máximo 30 puntos).</p><p>2º. Inexistencia de equipamiento idéntico o que pueda ofertar las mismas prestaciones en</p><p>la entidad solicitante o en el entorno cercano o, en caso de existir, la no disponibilidad</p><p>de acceso al mismo (máximo 20 puntos).</p><p>b) Calidad y solidez del servicio científico-técnico (máximo 50 puntos). Dentro de este</p><p>apartado se tendrán en cuenta:</p><p>1º. Estado de la técnica aplicada y su idoneidad en relación con las actividades a</p><p>realizar dentro del perfil científico-técnico del laboratorio REDLAB, así como la demanda</p><p>potencial del servicio por los usuarios externos (máximo 25 puntos).</p><p>2º. Conocimientos y experiencia del personal científico y técnico que gestionará la</p><p>prestación del servicio (máximo 15 puntos).</p><p>3º. Acreditación del laboratorio para la ejecución de los ensayos según normas ISO u otras</p><p>equivalentes (máximo 10 puntos).</p><p>Para que una solicitud pueda ser propuesta para financiación deberá alcanzar una</p><p>puntuación total igual o superior a 80 puntos.</p><p></p>","textoLeng":null,"url":"https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2026/06/10/BOCM-20260610-26.PDF","cve":null,"desDiarioOficial":"BOCM. B.O. DE LA COMUNIDAD DE MADRID","datPublicacion":"2026-06-10"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. 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