{"id":1109337,"organo":{"nivel1":"LOCAL","nivel2":"LECIÑENA","nivel3":"AYUNTAMIENTO DE LECIÑENA"},"sedeElectronica":null,"codigoBDNS":"907776","fechaRecepcion":"2026-05-25","instrumentos":[{"descripcion":"SUBVENCIÓN Y ENTREGA DINERARIA SIN CONTRAPRESTACIÓN "}],"tipoConvocatoria":"Concurrencia competitiva - canónica","presupuestoTotal":5000,"mrr":false,"descripcion":"SUBVENCION DEPORTES 2026","descripcionLeng":null,"tiposBeneficiarios":[{"descripcion":"PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA"}],"sectores":[{"descripcion":"ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, DEPORTIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO","codigo":"S"}],"regiones":[{"descripcion":"ES243 - Zaragoza"}],"descripcionFinalidad":"Educación","descripcionBasesReguladoras":"SUBVENCION DEPORTES 2026","urlBasesReguladoras":"https://lecinena.sedelectronica.es/info.0","sePublicaDiarioOficial":true,"abierto":false,"fechaInicioSolicitud":null,"fechaFinSolicitud":null,"textInicio":"DIA SIGUIENTE PUBLICACION","textFin":"VEINTE DIAS","ayudaEstado":null,"urlAyudaEstado":null,"fondos":[],"reglamento":null,"objetivos":[],"sectoresProductos":[],"documentos":[{"id":1461061,"descripcion":"Documento de la convocatoria en español","nombreFic":"20260522_Otros_DECRETO 2026-0184 [DECRETO CONVOCATORIA AYUDAS MATERIA DEPORTE] (1).pdf","long":415169,"datMod":"2026-05-25","datPublicacion":"2026-05-25"}],"anuncios":[{"numAnuncio":212630,"titulo":"SUNVENCION DEPORTES 2026","tituloLeng":null,"texto":"<p>Extracto del Anexo del Decreto de Alcaldía 2026-0184 de 22 de mayo de 2026 del Ayuntamiento de Leciñena, por el que se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de deportes para el año 2026 del Ayuntamiento de Leciñena, por el procedimiento de concurrencia competitiva.</p><p> </p><p>Primero. Beneficiarios.</p><p> </p><p>Podrán beneficiarse de este plan de subvenciones, aquellas Entidades o Asociaciones, sin ánimo de lucro, o Clubes legalmente constituidos, con sede/residencia en el municipio de Leciñena que desarrollen sus actividades principalmente en este municipio. No podrán participar en la presente convocatoria aquellas entidades cuyos órganos directivos perciban remuneraciones por razón de dicho cargo.</p><p> </p><p>En caso de Asociaciones/Clubes en vías de constituci3ón, podrán incluirse si ya tienen aprobados y registrados sus Estatutos y presentan un avance del programa de actuación que pretendan desarrollar.</p><p> </p><p>No podrán obtener la condición de beneficiarios de esta subvención aquellas entidades en quienes concurran algunas de las circunstancias previstas en el art.13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.</p><p> </p><p>Asimismo quedan excluidos de la presente convocatoria aquellas entidades y clubes para las cuales los presupuestos municipales recogen subvención nominativa.</p><p> </p><p> </p><p>Segundo. Objeto</p><p> </p><p>Podrán ser objeto de subvención actividades deportivas, de Entidades y Asociaciones sin ánimo de lucro, y Clubes legalmente constituidas, con sede/residencia en el municipio de Leciñena que desarrollen sus actividades principalmente en este municipio, siempre que redunden en beneficio del municipio o de un colectivo de vecinos de Leciñena, y que tengan alguno de los siguientes objetivos:</p><p>-Gastos derivados de participación en competiciones oficiales, gozando de especial protección el deporte de la infancia y juventud; también podrán ser objeto de subvención los eventos deportivos oficiales.</p><p>-Gastos derivados de la organización de torneos, competiciones o exhibiciones en la localidad.</p><p>-Se podrán subvencionar los gastos federativos, arbitrajes y seguros.</p><p>-Gastos derivados de actividades de formación y entrenamiento</p><p> </p><p>No podrán ser objeto de subvención las actividades que se encuadren dentro de alguno de los siguientes apartados:</p><p>La adquisición de inmuebles o la realización de obras en los mismos.</p><p>La realización de actividades que ya se lleven a cabo por el Ayuntamiento.</p><p>Gastos de comidas y otros similares. No se incluyen en esta prohibición los denominados ágape que acompañan o cierran otras actividades subvencionables propias del colectivo. Ni tampoco aquellas comidas “populares” que constituyen una actividad dentro de un programa más amplio de actividades subvencionables.</p><p>Aquellas actividades en las que se cobre entrada por asistir.</p><p>Cuando se cobre una cuota específica por participar en la actividad, la suma del importe de las cuotas y la parte de la subvención que se impute a esa actividad no podrá superar el coste total de organizarla.</p><p>Viajes meramente recreativos.</p><p>Multas y sanciones.</p><p> </p><p>Tanto el gasto como el pago deberá ser del año 2026</p><p>Plazo de justificación. Terminará el 15 de diciembre del ejercicio en curso</p><p> </p><p>Tercero. Bases reguladoras y convocatoria</p><p> </p><p>Las bases reguladoras de esta subvención pueden consultarse en la sede electrónica de Leciñena, en ordenanza general subvenciones de Leciñena y la convocatoria en la Base de Datos Nacional de Subvenciones.</p><p> </p><p>Cuarto. Cuantía de la ayuda.</p><p> </p><p>La cuantía total máxima prevista para las subvenciones convocadas es de 5.000,00 € que será imputada a la aplicación presupuestaria 3410.48001- destinada a Subvenciones a Asociaciones Deportivas de Leciñena, del Presupuesto municipal del año 2026</p><p> </p><p>El importe máximo a conceder a cada beneficiario de la subvención no podrá superar el 80% del presupuesto de la actividad, con los siguientes límites:</p><p>Para Asociaciones, Entidades y Clubes, con carácter general la cantidad de 600 euros.</p><p>Dicha cantidad podrá incrementarse hasta los 1.000 euros cuando la Asociación cuente al menos con un 30% de sus miembros de tercera edad (igual o mayor de 65 años).</p><p> </p><p>La cuantía de la subvención será compatible con otras ayudas de otras Administraciones Públicas o instituciones, en cuyo caso, su otorgamiento deberá ser comunicado a la Entidad concedente.</p><p> </p><p>El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aislada o conjuntamente con otras ayudas de otras Administraciones Públicas o instituciones privadas, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.</p><p> </p><p>Excepcionalmente, en el caso de no haber presentado solicitud en el ejercicio anterior, se podrá solicitar subvención por 200,00 euros, en una única ocasión durante el periodo del Plan Estratégico de subvenciones del Ayuntamiento de Leciñena, 2023-2027, reconociendo por escrito la no presentación en el ejercicio anterior, y presentando la correspondiente justificación de los gastos realizados en el ejercicio no solicitado por importe mínimo de 250,00 euros.</p><p> </p><p> </p><p>Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.</p><p> </p><p>Las solicitudes se formularán en los modelos normalizados que figuran como Anexos de esta convocatoria, al que puede accederse igualmente a través de la sede electrónica de este Ayuntamiento de Leciñena</p><p> </p><p>Las solicitudes junto con la a documentación referenciada se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Leciñena, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El plazo para su presentación será de 20 DÍAS NATURALES, a partir del siguiente la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza- sección Boletín Oficial de Aragón..</p><p> </p>","textoLeng":null,"url":"https://boletin.dpz.es/BOPZ/obtenerContenidoEdicto.do?idEdicto=893643&numBop=120","cve":null,"desDiarioOficial":"B.O.P. DE ZARAGOZA","datPublicacion":"2026-05-29"}],"advertencia":"La reutilización de los datos del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas está sujeta a una serie de restricciones y consideraciones legales. Consulte el aviso legal en https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/avisolegal.Además, el usuario debe ser consciente que la información presentada es de naturaleza dinámica, y que los datos pueden ser sometidos a correcciones, inserciones, modificaciones y eliminaciones en momentos posteriores a su extracción. Accesos al API del sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas. La Administración Presupuestaria, para salvaguardar la protección del acceso libre e irrestricto de los ciudadanos a este Portal y a su información podrá adoptar medidas restrictivas de acceso al API ante situaciones de manifiesto abuso del servicio, riesgos de seguridad, o uso fraudulento de la información descargada, de acuerdo con las buenas prácticas de gestión de datos abiertos (https://datos.gob.es/es/blog/limitaciones-la-consulta-de-una-api) establecidas por el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública."}